Agencia de Recaudación y Control Aduanero

Refuerzan la seguridad en la Triple Frontera por la escalada del conflicto en Medio Oriente

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La escalada del conflicto en Medio Oriente comenzó a generar repercusiones a nivel internacional y también activó medidas preventivas en Argentina. En ese marco, se dispuso reforzar los controles en zonas consideradas estratégicas, entre ellas la Triple Frontera, donde confluyen Argentina, Brasil y Paraguay.

A nivel nacional, el Gobierno decidió elevar el nivel de alerta y fortalecer los operativos de prevención, con acciones coordinadas entre fuerzas federales y organismos de control fronterizo.

En Puerto Iguazú, fuentes de fuerzas federales indicaron que se recibieron directivas para intensificar los controles en la zona de frontera, en el marco de las medidas dispuestas ante el contexto internacional.

“Tenemos orientaciones para que todas las fuerzas coordinen acciones junto a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) con el objetivo de profundizar e intensificar los controles”, señalaron fuentes vinculadas al operativo, según publicó La Voz de Cataratas.

Las acciones incluyen mayor presencia de efectivos en los pasos fronterizos, controles vehiculares, verificación de documentación y monitoreo permanente en áreas estratégicas vinculadas al tránsito turístico y comercial.

En paralelo, del lado paraguayo también se adoptaron medidas preventivas. En Ciudad del Este, la Policía Nacional dispuso un refuerzo de seguridad en la Mezquita del Este, ubicada en el barrio E. O’Leary.

El operativo se desarrolla en el marco del contexto internacional marcado por episodios recientes de violencia en Medio Oriente y coincide además con el inicio del mes sagrado del Ramadán.

Según informaron autoridades paraguayas, el dispositivo contempla presencia permanente de efectivos policiales, con apoyo de distintas dependencias y del Grupo Especial de Operaciones (GEO), que realiza tareas tácticas y de vigilancia en el perímetro del templo durante las 24 horas.

Las medidas adoptadas en ambos lados de la frontera apuntan a reforzar la prevención y el monitoreo en una región de intenso movimiento migratorio, turístico y comercial, considerada estratégica dentro del esquema de seguridad regional.

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Comercio exterior: el Gobierno habilita un nuevo sistema de garantías aduaneras para importación y exportación

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El Gobierno simplifica garantías aduaneras, nuevo decreto permite usar un documento firmado para importaciones y exportaciones

Con el Decreto 838/2025, el Poder Ejecutivo modificó el histórico Decreto 1001/1982 para ampliar el uso del documento firmado como garantía en operaciones de comercio exterior. La medida, que entra en vigencia inmediata tras su publicación, apunta a reducir costos operativos, unificar requisitos y facilitar los trámites tanto para importadores como exportadores.

Un cambio estructural en el régimen de garantías: qué modifica el Decreto 838/2025

El decreto, firmado el 26 de noviembre de 2025 y respaldado en el artículo 455 del Código Aduanero (Ley 22.415), introduce una modificación clave en el régimen de garantías exigidas por el servicio aduanero. Hasta ahora, el inciso i) del apartado 5 del artículo 56 del Decreto 1001/82 —incorporado en 2004— permitía presentar un documento firmado únicamente para las destinaciones definitivas de exportación a consumo.

El Gobierno argumenta que la medida se inscribe en los objetivos de “simplificar y agilizar requisitos y formalidades vinculados al comercio exterior”. En ese contexto, el nuevo texto habilita el uso del documento firmado también para destinaciones de importación y para operaciones suspensivas, lo que extiende su alcance a la mayor parte del universo aduanero.

El nuevo inciso i) establece: “Cuando se tratare de destinaciones de importación o de exportación definitivas o suspensivas, podrá considerarse como suficiente garantía la presentación de un documento firmado por los interesados en la forma y condiciones que establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero”.

La única excepción son los supuestos especiales previstos en los incisos d), f) y j) del mismo artículo, que mantienen su régimen particular.

Además, el Decreto 838/2025 deroga el inciso e) del artículo 56, en línea con la reestructuración del esquema de garantías.

Impacto operativo para el comercio exterior: reducción de costos y homogeneización normativa

El Poder Ejecutivo sostiene que la ampliación del uso del documento firmado permitirá “homogeneizar el tratamiento normativo” y reducir los costos asociados a garantías más onerosas, como pólizas de caución, seguros o depósitos bancarios. En términos prácticos, el cambio implica que importadores y exportadores dispondrán de un instrumento más accesible para cumplir con la exigencia aduanera.

La medida también elimina asimetrías entre regímenes, ya que unifica criterios para operaciones definitivas y suspensivas, facilitando procesos logísticos y administrativos.

Entre los beneficios señalados por el Ejecutivo se destacan: Menor carga financiera para empresas con operaciones frecuentes. Agilización de trámites en frontera y sistemas aduaneros. Reducción de tiempos de gestión, al evitar la presentación de garantías externas. Mayor previsibilidad normativa, al simplificar las reglas dispersas en decretos anteriores.

El Gobierno remarca que la flexibilización “no compromete la solvencia del sistema ni el control aduanero”, dado que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero será la encargada de fijar las condiciones específicas del instrumento admitido como garantía.

En términos institucionales, la decisión se inscribe en el proceso más amplio de modernización regulatoria impulsado por la administración nacional, orientado a la desburocratización de operaciones económicas estratégicas.

Implementación inmediata y proyección regulatoria

El Decreto 838/2025 establece que la medida entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, lo que implica una aplicación inmediata sobre operaciones de comercio exterior en curso.

El cambio será particularmente relevante para sectores con alta rotación operativa —como industrias importadoras de insumos, operadores logísticos y exportadores con regímenes suspensivos frecuentes— que podrían comenzar a reemplazar garantías tradicionales costosas por el documento firmado.

Además, la reforma consolida una tendencia hacia instrumentos más simples y de menor costo, un objetivo recurrente en las políticas aduaneras de los últimos años, ahora profundizado mediante una modificación normativa de alto impacto.

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