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Etchevehere presiona a las provincias para una rebaja impositiva para imitar a Brasil

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El presidente de la Sociedad Rural Argentina (SRA), Luis Miguel Etchevehere, participó del tradicional Almuerzo del Ganadero en el marco de la 73° Exposición Rural de Salta.

“Inmediatamente que asumió el gobierno, hizo una quita de retenciones y el campo respondió con mayor inversión y producción”, destacó Etchevehere, al tiempo que agregó: “Ahora el trabajo es más fino. Hay que analizar cadena por cadena y ver dónde están los obstáculos y removerlos, porque eso va a redundar en la mejora de la calidad de vida en los lugares donde producimos”.

“Tenemos que sacar las trabas que se fueron apilando durante los últimos años para poder ser competitivos a nivel mundial. Esas trabas están, por ejemplo, en los impuestos disfrazados de tasas que cobran muchos municipios, en los ingresos brutos que muchas provincias tienen, en el impuesto a los sellos o a la mera compra”, señaló.

Etchevehere puntualizó en algunos impuestos que tributa Salta y que se convierten en un obstáculo para la inversión productiva, como el impuesto a la “Mera Compra” -la provincia cobra 1,8% a toda empresa que compra cereales u oleaginosas para transformarlos o venderlos fuera de la jurisdicción provincial. Este tributo se termina trasladando al precio recibido por el productor-; el impuesto “a los sellos” que carga con un 0,35% a cada contrato de compra venta de granos; o el impuesto a “la masa salarial”, que aplica un 2% a toda empresa que tenga más de un empleado.

En el caso de Ingresos Brutos, un productor de Salta tributa el 1,5%, pero puede tramitar anualmente una exención solo si no se atrasó en el pago de ningún impuesto.

“Hay que tener estrategia para vender y eso hace que todos tengamos que aportar algo para generar estabilidad estructural”, destacó y exhortó a “generar un sistema impositivo que estimule la inversión”.

“Lo que está pasando en Brasil nos está marcando la cancha. Brasil produce alimentos en cantidad y calidad, si ellos a través del sistema laboral que acaba de votar el congreso son más competitivos, lo único que estoy seguro que no podemos hacer nosotros es no hacer nada”, aclaró. “Tenemos que buscar la forma de mantener y generar nuevos empleos”, agregó.

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Disciplina fiscal: ¿el ojo de la tormenta está en el lugar correcto?

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El jueves 17 de Agosto, el Gobierno nacional y las jurisdicciones provinciales acordaron enviar al Congreso, que seguramente será tratado conjuntamente con la Ley de Presupuesto Nacional 2018, un proyecto de Ley de Responsabilidad fiscal con una serie de lineamientos a los fines de mejorar la disciplina de los diferentes estamentos gubernamentales.

Actualmente reducir el déficit fiscal es clave a los fines de atemperar la actual modalidad de financiamiento que emplea el Estado nacional para cubrir el excedente del gasto por encima de los recursos genuinos, que es a través de la emisión de Deuda externa.

Tal como dijo el Roberto Sifón Arévalo, director ejecutivo y líder de Calificaciones Soberanas y de Finanzas Públicas Internacionales para las Américas de Standard & Poors (S&P) Global Ratings, la Argentina debería crecer a una tasa más alta que la actual para que dentro de poco la deuda no sea preocupante.

Asimismo, el ojo de la tormenta está puesto en mayor magnitud en las Provincias que en el Estado nacional. Pero si analizamos el Déficit Fiscal Consolidado (Nación más Provincias) del año 2016, el mismo alcanzó al 7 % del Producto Bruto Interno a precios corrientes, donde el resultado financiero negativo de la Nación en el año pasado fue de 474.786 millones de pesos, representando el 6 % del PBI.

En tanto, el déficit de las Provincias más CABA fue negativo en 79.108 millones de pesos (1 % del PBI).

Es por ello, que el Estado Nacional es el que debe realizar el mayor esfuerzo fiscal para logar alcanzar la convergencia.

Queda claro que al analizar el gráfico, después de la crisis financiera de 2008 en Estados Unidos por la burbuja inmobiliaria denominada “crisis de las hipotecas subprime” y que generó un efecto adverso en el nivel de actividad económica mundial, donde el Estado nacional adopto políticas fiscales anticíclicas que conllevaron a un nivel de déficit fiscal constante, que a los fines de cumplir con la normativa que regía desde el año 2004 de la Ley 25.917 del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal se efectuaron excepciones mediante la Ley 26.530 a partir del año 2009 que tornaron más laxas las reglas cuantitativas en cuanto a la disciplina fiscal.

Al respecto, el nuevo Proyecto de Ley de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas del Gobierno tiene, entre otros, los siguientes lineamientos generales:

  • Tope del Crecimiento de la Planta Ocupada: Tanto el Estado nacional como las Provincias se comprometen a no incrementar la relación de cargos ocupados existentes al 31/12/17 con respecto a la población proyectada por el INDEC para cada jurisdicción.

Ahora bien, veamos lo siguiente:

           En base a los últimos datos publicados por el Ministerio de Trabajo de la Nación se puede observar un comportamiento del crecimiento de la planta ocupada de cada Provincia en el año 2016 con respecto al 2015 claramente heterogéneo, donde por ejemplo, algunas tuvieron un buen desempeño en el resguardo de sus cuentas públicas, como ser, la Provincia de Misiones incrementó su planta ocupada en tan solo un 0,4%,  partiendo de que tuvo un crecimiento poblacional claramente por encima de la media nacional (+3,45 %) en el último censo del 2010 y que le arroja un crecimiento del 1,2 % de la población en el año 2016 con respecto al 2015 según estimaciones del INDEC,  en tanto que,  Santa Cruz, supero claramente cualquier tope con un incremento del 21,1 % (mayor que el incremento de la población nacional en 10 años!), donde también, las demás jurisdicciones del NEA tuvieron un incremento de la planta por encima de su crecimiento poblacional y es lo que se busca limitar mediante los nuevos lineamientos.

Es claro el caso de Misiones, dado que el Gobernador ante el comportamiento económico del año pasado observando una merma de los ingresos públicos por la recesión, tomó la medida de suspender las designaciones de personal en planta permanente, adoptando una disposición estratégica a fin de potenciar a los recursos humanos existentes a través del Decreto Nº 913/16.

  • Gasto Corriente Primario Constante:

Tanto en la aprobación de los presupuestos como en la ejecución las Provincias y la CABA no pueden incrementar su gasto corriente primario por encima de la tasa de incremento del índice de precios al consumidor de cobertura nacional publicado por el INDEC, esto quiere decir, que si la inflación es del 12 % el año que viene, las Provincias no pueden incrementar su gasto por encima de dicho porcentaje.

Con esta normativa y partiendo de que el Saldo Fiscal es procicilico (sigue el ciclo económico), si la economía crece en términos reales y el gasto se lo mantiene constante, va a existir claramente una mejora en el resultado fiscal de las jurisdicciones gradual.

Asimismo, también le permitirá mejorar la composición del gasto para reorientarlo al Gasto de Capital, dado que este es lo que mejora las condiciones de infraestructura para un desarrollo económico a largo plazo, y para ello, es importante resaltar que el Promedio de las 24 Jurisdicciones en el año 2016 de cada $ 100 que gastaron $ 12 lo destinaron al gasto de capital, donde la Provincia de Misiones, gasto $ 17 en este último concepto, es decir, 5 % por encima del promedio.

 

  • Regla de la Carga Tributaria:

Partiendo de que la Presión tributaria en la Argentina en el año 2016 fue del 32,14 % en relación al nivel de actividad económica y que es una de las más altas de la región, y que la misma está compuesta en un 83 % por impuestos Nacionales y un 17 % por impuestos provinciales, se acordó entre las Jurisdicciones la adopción de políticas tributarias, tendientes a armonizar y no aumentar la presión impositiva legal.

Posterior a este acuerdo, en el Consejo de las Américas, el Mministro de Hacienda de la Nación, Dujovne afirmó que en este año ingresará al Congreso de la Nación un proyecto de Ley para reformar el sistema tributario nacional vigente, donde se propondría un esquema gradual de reducción de alícuotas.

 

La finalidad central de gran parte de las medidas asociadas a la reforma fiscal y tributaria, tiene por objeto estimular la Inversión Privada evitando el efecto crowding out y a fin ampliar las fronteras de posibilidad de la Producción con el objeto de aumentar la participación de dicho componente de la demanda agregada en función al PBI, pero en el corto plazo no generará un costo social ni económico, si y solo sí, los brotes verdes llegan a los niveles deseados.

 

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Misiones no se queda sola en la pelea por la coparticipación: gobernadores eligen vía judicial

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Los fallos de la Corte Suprema de hace 10 días en donde instó a 17 distritos para que definan si van a reclamar por vía judicial la deuda por el 15% de Coparticipación que dejaron de recibir desde 2006 para financiar la ANSeS o si lo harán en una mesa de negociación con el Ejecutivo nacional, sirvió para generar un abroquelamiento en torno al reclamo que se definirá en la justicia. El mensaje que llegará al Palacio de Justicia esta semana será claro: las provincias no bajan el reclamo.
Hace una semana, el Máximo Tribunal intimó a las provincias de Buenos Aires; Santiago del Estero; Salta; Tierra del Fuego; Santa Cruz; Jujuy; La Pampa; Formosa; Misiones; Tucumán; San Juan; Chaco; Río Negro; Neuquén; Catamarca; Mendoza y La Rioja; para que este jueves le notifiquen si mantendrán la vía judicial o negociarán algún proceso de regularización de la deuda con el Ejecutivo en el marco del acuerdo para impulsar una Ley Federal de Coparticipación.

Según había explicado una alta fuente de la Corte, la intención era que cada provincia diga “me puse de acuerdo en esto con el Gobierno y lo mantengo”. Sin embargo, esto generó una “causa común” de parte de la mayoría de las administraciones que entienden que no hay señales para ir por el camino de la negociación.

“Las provincias vamos a contestar que seguiremos la vía judicial y esto se debe a que nadie puede renunciar a seguir con un juicio sin nada a cambio, y hoy no hay propuestas ni señales de parte de la Nación para un acuerdo”, explicó a El Cronista Roberto Gattoni, ministro de Hacienda de San Juan. Idéntica posición tomó Misiones, según anticipó el secretario de Hacienda, Adolfo Safrán, quien advierte que hay que discutir además otras leyes que cercenan recursos de las provincias.

 

“Primero hay que entender que el acuerdo con Nación es para restituir el 15% desde 2016 en adelante y el reclamo judicial es por el período 2006-2015. Nosotros conversamos con los ministros de las provincias a las que la Corte envió el fallo y hay un acuerdo generalizado en seguir por esta línea porque no tenemos ninguna oferta de parte del Ejecutivo. Las provincias estamos dispuestos a escuchar, pero Nación es quien tene que ofrecer algo”, agregó el funcionario sanjuanino.

En ese sentido, José Vanini, fiscal de Estado de La Pampa, explicó que va a responder “que mantendrá el trámite de las actuaciones que persiguen la inconstitucionalidad del artículo 76 de la Ley 26.078”.

“La Fiscalía de Estado, siguiendo expresas instrucciones del gobernador manifestará oportunamente a la Corte que mantiene la pretensión planteada, solicitando la prosecución del trámite judicial correspondiente”, explicó. “El objeto de la demanda es que se declare la inconstitucionalidad del artículo 76´ de la Ley N´ 26.078, que dispone la prórroga unilateral de la distribución del producido de los tributos prevista, entre otras, en la Ley N´ 24.130 “durante la vigencia de los impuestos respectivos, o hasta la sanción de la Ley de Coparticipación Federal que establece el artículo 75´ inciso 2´de la Constitución Nacional, lo que ocurra primero, y el cese de la detracción de fondos”, agregó.

En la misma línea se expresaron desde varios distritos, desde donde adelantaron su intención de mantener el reclamo por vía judicial, como fue el caso de Tucumán que “seguiremos en la justicia”.
“Es poco probable que alguna de las provincias decida bajarse del reclamo porque abre la puerta a que desde la oposición les hagan juicio político por ceder en el reclamo”, agregaron desde una de las provincias afectadas.

Además, en relación a la variante que propone la Corte, el acuerdo Nación-Provincias firmado el 18 de mayo de 2016 y ratificado por el artículo 24 de la Ley Nacional 27.260 surge del artículo 4º del referido acuerdo, “…la firma del mismo no implica, de ningún modo, para la provincia, el reconocimiento o no de la validez constitucional del artículo 76´ de la Ley 26.078, así como tampoco implica la renuncia a los reclamos administrativos y/o judiciales que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hayan efectuado o efectúen respecto de las detracciones comprendidas o no en el mencionado acuerdo …”

Los fallos que llevan la firma del presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y de los jueces Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, no alcanzan a provincias que ya tienen diferentes situaciones legales, como Santa Fe que tiene fallo favorable, o Córdoba y San Luis.

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Advierten que el nuevo pacto fiscal no alcanzará para controlar el déficit fiscal

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El gobierno nacional y las provincias anunciaron el acuerdo para dictar una nueva Ley de Responsabilidad Fiscal. Con este consenso se espera facilitar el tratamiento en el Congreso y la posterior adhesión de cada jurisdicción. El objetivo declarado es inducir a que en los tres niveles de gobierno se tienda a una administración más transparente y austera del gasto público. Para ello, se fijan límites al crecimiento del gasto público, el empleo y el endeudamiento y reglas para la publicación de información sobre las finanzas públicas.
La Ley de Responsabilidad Fiscal originalmente fue puesta en vigencia en el año 2005, pero a partir del año 2009 las reglas fueron relajadas al punto que se diluyó su operatividad. El argumento utilizado en ese momento para justificar las excepciones fue afrontar las consecuencias de la crisis internacional. La crisis pasó rápidamente, pero el relajamiento en la administración del gasto público se mantuvo. Con las reformas acordadas ahora se procura restablecer el espíritu original que inspiró en su momento la ley.
Para evaluar la eficacia de las reformas consensuadas resulta pertinente tener en cuenta la dinámica que muestran las finanzas públicas en los tres niveles de gobierno en los últimos años. Según datos del Ministerio de Hacienda entre los años 2005 y 2015 se observa que: 
  • El gasto público nacional pasó del 14% al 26% del PBI.
  • El gasto público provincial pasó del 12% al 17% del PBI.
  • El gasto público municipal pasó de 3% a 4% del PBI.
Estos datos muestran que lo que prevaleció en la última década fue una enorme irresponsabilidad fiscal. Sumando los tres niveles de gobierno arroja que el gasto público consolidado pasó del 29% al 47%del PBI. De esta forma, el histórico crecimiento de la presión impositiva no fue suficiente para financiar semejante expansión de las erogaciones del Estado. El resultado es un desequilibrio de las cuentas públicas insostenible. El aspecto más negativo de este proceso es que este aumento de gasto público no brindó más y mejores servicios del Estado. Los resultados educativos, sanitarios, en materia de justicia y seguridad y servicios básicos en general muestran un severo deterioro.
Las reformas acordadas sobre la Ley de Responsabilidad Fiscal van en el sentido correcto. Sin embargo, resultan insuficientes para devolver sustentabilidad a las finanzas públicas, aun cuando todas las jurisdicciones se ajusten estrictamente a las pautas previstas. Esto implica que se seguirá dependiendo del endeudamiento público para cubrir los desequilibrios fiscales y que las posibilidades de eliminar, o al menos reducir, los impuestos más distorsivos son remotas. En el mejor de los casos habrá una promesa de reforma futura sujeta a que el crecimiento económico genere espacio para la reducción de impuestos. Mientras tanto se seguirá conviviendo con altos y distorsivos impuestos que cercenan la producción y la generación de empleos y apostando a que los mercados financieros sigan financiando la parte del gasto no cubierta con impuestos.
El problema de fondo es el desbalance en la percepción que tiene la población sobre la administración del gasto público. Las medidas tendientes a manejar con austeridad el gasto público, en general, motivan rechazo argumentando que tienen asociados costos sociales. Se pasa por alto que mantener los desajuste fiscales genera costos sociales más elevados. A modo de ejemplo, es muy común exagerar el impacto social de los empleos públicos que se dejan de generar por administrar austeramente el Estado y minimizar o directamente ignorar los costos sociales de los empleos privados que se dejan de crear por aplicar impuestos que desalientan la inversión y la producción.
El desarrollo social exige un sector público austero y profesional. Para avanzar en esta dirección es fundamental asumir que el gradualismo y la tibieza en el ordenamiento del Estado son una fuente generadora de costos sociales a través de más deuda pública, menos crecimiento y más inflación. 
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A pesar de la movilidad previsional, la cobertura de la jubilación sobre la canasta básica disminuyó hasta un14,5%

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La movilidad previsional, desde 2009, garantizó una curva ascendente en el poder adquisitivo de las jubilaciones en los últimos años. Al estar su cálculo atado a la evolución de la recaudación de Anses y el nivel de precios, la Ley de Movilidad se mueve de manera “procíclica” respecto de la actividad interna. Esto garantizó que hasta el año 2015 se registrara una mejora constante en los haberes jubilatorios, producto de ajustes superiores al avance del nivel general de precios. Esta tendencia se quebró a fines de 2015, a partir del cambio de régimen económico. La endeblez del mercado de trabajo durante 2016 y el importante salto inflacionario por los incrementos tarifarios, desacoplaron la movilidad previsional del nivel de inflación. Las proyecciones marcan que el declive se revierta levemente en el corriente año. Con la recomposición semestral del 13,3% para el mes de septiembre (28% acumulado anual), se proyecta una tenue mejora de entre el 2% y el 3% para las jubilaciones para el consolidado 2017.

En la presente infografía se busca analizar los efectos de los últimos reajustes previsionales. A tales fines, calculamos la evolución real de la jubilación mínima, neta del efecto inflacionario, y la comparamos con diferentes canastas de consumo. A partir de la información volcada en el informe, se desprenden las siguientes conclusiones sintéticas:

  • En números, se encontró un 13% de deterioro acumulado para el período agosto 2015-2017.
  • Si bien esta caída se compensará con la reciente suba del 13,3%, el avance de la inflación de los próximos meses licuará parte del aumento.
  • En términos de poder adquisitivo, el deterioro gravita entre el 4,1% y el 14,5% desde noviembre de 2015 hasta junio del presente año, dependiendo la canasta seleccionada.
  • Por ejemplo, en el caso de adultos mayores no propietarios, el costo medio de sostener un hogar pasó de $6.456 en noviembre de 2015 a casi $12.130 en la actualidad, esto es, la cobertura del salario mínimo bajó del 67% al 64%, aun contemplando el ajuste jubilatorio anunciado.
  • En el caso de familias propietarias, el deterioro porcentual fue aún mayor. de un valor de canasta básica total de $3.666 a fines de 2015, trepó a más de $7.700 en la actualidad. así, la cobertura del salario mínimo disminuyó desde el 117% a poco más del 100%.
  • En el detalle, la cobertura de las jubilaciones sobe la canasta de productos alimentarios registra hasta el corriente mes de agosto una merma del 3,8%. por su parte, para los rubros de alimentos por fuera del hogar, la baja en la cobertura del ingreso previsional es el 9%, mientras que en indumentaria el deterioro es del 2%.
  • En materia de servicios públicos y servicios de salud como medicamentos, la baja de la cobertura jubilatoria es aún más dramática. acumula un 58,4% y un 69,5% respectivamente, entre noviembre de 2015 y agosto del corriente año.
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