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La inflación de julio se desaceleró al 1,9% y acumula un 17,3% en lo que va de 2025

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El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró en julio de 2025 un aumento del 1,9% respecto de junio, lo que marca una desaceleración respecto a meses anteriores y ubica la inflación acumulada en los primeros siete meses del año en 17,3%. En la medición interanual, el incremento alcanza el 23,7%, consolidando la tendencia a la baja en la variación de precios minoristas

La moderación del ritmo inflacionario ocurre en un contexto de política monetaria contractiva y acuerdos sectoriales que buscan contener subas en rubros clave. Desde comienzos de año, el Banco Central y el Ministerio de Economía han reforzado estrategias para anclar expectativas, combinando tasas de interés reales positivas, controles selectivos de precios y un monitoreo más estricto de cadenas de valor sensibles, como alimentos, combustibles y tarifas.

Este nivel mensual de inflación —el más bajo en los últimos 20 meses— se produce en la antesala de definiciones políticas y económicas que podrían marcar la agenda del segundo semestre.

Composición de la variación mensual

Según el informe técnico del INDEC, los aumentos más significativos en julio se concentraron en:

  • Alimentos y bebidas no alcohólicas: 2,5%, impulsados por frutas, verduras y productos lácteos.
  • Transporte: 2,3%, debido a ajustes en tarifas de transporte público y combustibles.
  • Equipamiento y mantenimiento del hogar: 2,1%, por alzas en artículos de limpieza y electrodomésticos.

En contrapartida, las menores variaciones se registraron en:

  • Comunicación: 0,8%.
  • Prendas de vestir y calzado: 1,1%.
  • Educación: 0,9%.

El Ministerio de Economía destacó que “los datos confirman una tendencia descendente de la inflación que es resultado del ordenamiento macroeconómico y el compromiso de diversos sectores productivos”. En paralelo, analistas privados advierten que la estabilidad cambiaria y la moderación de costos internacionales han sido factores determinantes para evitar saltos abruptos en precios.

El relevamiento abarca 39 aglomerados urbanos de todo el país y se realiza sobre una canasta de bienes y servicios que refleja el consumo de los hogares.

La desaceleración inflacionaria tiene efectos directos sobre:

  • Poder adquisitivo: una inflación más baja contribuye a una mejora real en salarios y jubilaciones, aunque aún condicionada por la recuperación del empleo.
  • Mercado financiero: la tendencia puede reforzar expectativas de estabilidad y favorecer la baja gradual de tasas.
  • Negociaciones paritarias: gremios y empresas podrían replantear cláusulas de ajuste en un escenario de menor inflación proyectada.

Para el resto de 2025, el Gobierno proyecta que el IPC se mantendrá en torno al 2% mensual, siempre que no haya shocks externos o internos que alteren el esquema actual. Sin embargo, la estacionalidad de algunos precios y la dinámica de tarifas reguladas serán determinantes.

Los próximos meses serán clave para definir si el descenso de la inflación se consolida como un fenómeno estructural o si responde a un ciclo coyuntural favorecido por medidas temporales.

IPC INDEC 13 AGOSTO 2025 by CristianMilciades

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El Gobierno disolvió la CONAL y agiliza la actualización del Código Alimentario

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El presidente Javier Milei firmó el Decreto 538/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial, que disuelve la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), creada en 1999, y transfiere sus funciones a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). La medida busca agilizar la actualización del Código Alimentario Argentino (CAA), reducir estructuras administrativas y fortalecer el Sistema Nacional de Control de Alimentos.

“La disolución de la CONAL no implica un menoscabo en la protección de la salud, sino que busca optimizar los procesos de toma de decisión”, señala el decreto firmado por Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos, el ministro de Economía Luis Caputo y el ministro de Salud Mario Iván Lugones.

La CONAL fue creada por el Decreto 815/1999 como órgano asesor del Sistema Nacional de Control de Alimentos, con participación de organismos nacionales, autoridades provinciales y expertos. Su función era articular las propuestas de actualización del Código Alimentario Argentino (CAA), que regula las condiciones higiénico-sanitarias, bromatológicas y de identificación comercial de los alimentos en el país.

Según el Ejecutivo, la estructura se volvió “innecesariamente ralentizadora” para la toma de decisiones en un contexto de dinamismo creciente en la producción y comercio de alimentos, lo que motivó su eliminación.

Contenido técnico: cambios principales del Decreto 538/2025

La norma introduce una serie de modificaciones al Decreto 815/1999:

  • Disolución de la CONAL: se elimina el órgano colegiado asesor y sus funciones son asumidas por ANMAT y SENASA.
  • Actualización del Código Alimentario: las modificaciones del CAA serán aprobadas mediante resoluciones conjuntas del Ministerio de Salud (ANMAT) y el Ministerio de Economía (Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca), con posibilidad de convocar expertos que tendrán 15 días hábiles para emitir informes.
  • Sistema Nacional de Control de Alimentos: queda integrado por ANMAT, a través del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), SENASA y las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Base Única de Datos: ANMAT será responsable de la administración y actualización diaria del sistema informatizado que centraliza registros de establecimientos, productos, normativa, inspecciones e infracciones.
  • Derogación de artículos: se eliminan 11 artículos del Decreto 815/1999, entre ellos el que creaba las “cabinas sanitarias únicas” en puntos de introducción de alimentos, por considerarse obsoletas ante los controles aduaneros digitalizados.

Fundamentos y motivación

El Poder Ejecutivo argumenta que la medida se inscribe en el proceso de “modernización del Estado, eliminación de superposiciones de competencias y racionalización de recursos”.

La dinámica actual de la producción y el comercio de alimentos exige mecanismos de respuesta más ágiles y directos”, señala el texto, que subraya que ANMAT y SENASA cuentan con la capacidad técnica y los equipos necesarios para asumir las funciones de la CONAL.

La decisión podría agilizar los tiempos de aprobación de modificaciones al Código Alimentario, algo reclamado por empresas de la industria alimenticia y cámaras del sector que denuncian dilaciones en la incorporación de nuevas tecnologías, ingredientes y procesos.

Por otro lado, autoridades provinciales deberán adaptar sus mecanismos de participación en el Sistema Nacional de Control de Alimentos, ahora bajo la órbita directa de ANMAT y SENASA.

Desde el punto de vista del comercio exterior, la medida podría facilitar la homologación de estándares con el MERCOSUR y otros mercados internacionales, al acortar los plazos para adecuar las normativas locales a los acuerdos vigentes.

Con la entrada en vigencia del decreto, ANMAT y SENASA deberán dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para su implementación. Además, el Ejecutivo prevé revisar otros procesos del sistema alimentario, en línea con el objetivo de “gestión más austera, eficaz y orientada a resultados”.

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Jabuticaba, guabiyú y ubajay: el Estado avala el uso alimentario de especies autóctonas

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La Secretaría de Gestión Sanitaria y la Secretaría de Agricultura incorporaron al Código Alimentario Argentino (CAA) una amplia variedad de especies vegetales comestibles, muchas de ellas nativas de regiones como Misiones, el Chaco y las Yungas. La medida respalda la soberanía alimentaria, impulsa la biodiversidad y crea oportunidades para la agroindustria local.

A través de la Resolución Conjunta 36/2025, publicada en el Boletín Oficial el 4 de julio, el Gobierno nacional oficializó la incorporación de más de 30 nuevas especies frutales y hortícolas al Código Alimentario Argentino (CAA), en sus artículos 822 y 888.

La norma responde a solicitudes del Instituto Misionero de Biodiversidad (IMiBio) y de la Dirección Nacional de Biodiversidad del Ministerio de Ambiente, entre otros organismos, que propusieron incorporar especies nativas y de uso ancestral como la jabuticaba, ubajay, caraguatá, guabiyú, achachairú, yacaratiá y ají quitucho, entre muchas otras.

Estas frutas, hasta ahora no reconocidas formalmente en el marco regulatorio nacional, ya eran consumidas por comunidades originarias o recolectadas localmente. Su incorporación al CAA implica una habilitación formal para su comercialización, industrialización y exportación, abriendo nuevas posibilidades para productores, cooperativas y pymes agroalimentarias.

Valor cultural, ambiental y económico

Según los considerandos de la norma, esta actualización “permite mantener la biodiversidad de especies nativas, revalorizar las tradiciones y respetar la soberanía alimentaria de nuestros pueblos”. En muchos casos, se trata de especies propias de la Selva Paranaense, el Chaco Húmedo, las Yungas o regiones áridas como el NOA, que ya eran utilizadas en jugos, mermeladas, dulces regionales y preparados medicinales.

Entre las nuevas frutas autorizadas figuran:

  • Caraguatá (Bromelia balansae), utilizada en jaleas, licores y cerveza artesanal.
  • Guabiyú (Myrcianthes pungens), consumido fresco o en yogures, mermeladas y helados.
  • Jacaratiá (Jacaratia spinosa), con potencial para frutas confitadas, cristalizadas o harinas.
  • Mbocayá (Acrocomia aculeata), aprovechado para la obtención de aceites, licor y harina de pulpa.
  • Achoccha o caigua (Cyclanthera pedata), especie andina presente en el NOA.

Además, se sumaron especies exóticas como el Gac (Momordica cochinchinensis), fruto rojo brillante rico en licopeno, y el cupuaçu (Theobroma grandiflorum), de origen amazónico, muy utilizado en Brasil para jugos y cosméticos.

Oportunidades para Misiones y la región NEA

La medida tiene especial impacto en la provincia de Misiones, dado que varias de las especies incorporadas son endémicas del Bosque Atlántico del Alto Paraná, como la jabuticaba, el pindó o el ubajay. Su inclusión normativa allana el camino para proyectos de valorización, industrialización y exportación de productos locales, en línea con la agenda de bioeconomía y desarrollo sustentable que impulsa la provincia.

Con esta resolución, el Estado nacional reconoce formalmente la comestibilidad y aptitud sanitaria de frutos históricamente marginados del sistema agroindustrial. También habilita su uso en alimentos procesados, bebidas fermentadas, cosméticos o suplementos, siempre que cumplan con los estándares definidos por la ANMAT y el Código Alimentario.

La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación y constituye una herramienta clave para ampliar la canasta agroalimentaria nacional con identidad territorial y valor agregado local.

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Misiones relanza el Programa Provincial de Alimentos Artesanales

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Mediante el Decreto N.º 2520 firmado el 14 de noviembre de 2024, el gobernador Hugo Passalacqua oficializó la aprobación del “Programa Provincial de Alimentos Artesanales 2024”, una iniciativa del Ministerio de Salud Pública que busca promover la producción local y fortalecer el sistema de registro, control y apoyo técnico a los elaboradores artesanales de alimentos en Misiones.

El Programa fue diseñado por la Subsecretaría de Atención Primaria y Salud Ambiental en cumplimiento de la Ley XVII N.º 71, que creó los registros provinciales de salas y de alimentos artesanales, y del Decreto Reglamentario N.º 655/11, que establece la obligación de formular cada año un plan de trabajo con recursos asignados, ad-referéndum del Poder Ejecutivo.

El relanzamiento contempla una red de cooperación interinstitucional con municipios y ministerios del gobierno provincial, como Acción Cooperativa, Agro y la Producción, Desarrollo Social, Educación y Agricultura Familiar. También participan escuelas técnicas agrarias como las Escuelas de la Familia Agrícola (EFA) y los Institutos de Enseñanza Agropecuaria (IEA), junto a organismos nacionales como la Secretaría de Agricultura Familiar, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), la Fundación ArgenINTA y la Universidad Nacional de Misiones.

Esta articulación busca consolidar el acompañamiento técnico, la capacitación continua, la formalización de productores y el acceso a mercados de cercanía, promoviendo el desarrollo sustentable de las economías regionales.

El decreto autoriza una partida específica de 5.300.000 pesos del presupuesto del Ministerio de Salud Pública para implementar el programa. Los fondos se distribuyen en 4.200.000 pesos para bienes de consumo, 500.000 pesos para servicios no personales y 600.000 pesos para bienes de capital. La Dirección del Servicio Administrativo de Salud Pública, Prevención de Adicciones y Control de Drogas será responsable de liquidar y pagar los gastos correspondientes. La ejecución del presupuesto fue avalada por la Comisión de Contención del Gasto Público y cuenta con dictamen favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio.

El programa apunta a mejorar las condiciones sanitarias en la producción artesanal, estimular el consumo de alimentos locales e identitarios, fortalecer la trazabilidad y calidad de los productos, articular saberes tradicionales con buenas prácticas de manufactura, y favorecer la inclusión social y el arraigo rural mediante la generación de ingresos genuinos.

Con este paso, Misiones da continuidad a una política pública que pone en valor a los pequeños productores, generando oportunidades de desarrollo local e inclusión económica. El fortalecimiento institucional, la asignación presupuestaria y el compromiso multisectorial constituyen la base para consolidar un sistema provincial de alimentos artesanales con identidad, calidad y trazabilidad.

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Oficializan cambios en el Etiquetado Frontal de alimentos

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A través de dos disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial se introdujeron modificaciones en el Manual reglamentario que incluyen ajustes en los cálculos de nutrientes críticos y restricciones en la publicidad

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) introdujo modificaciones en el Manual de Aplicación de la Ley de Etiquetado Frontal, que desde mayo pasado se encuentra completamente en vigor. La medida, —que se introduce a partir de dos disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial— afecta el cálculo de agregados de grasa, azúcares y sodio y la publicidad de los productos. La norma se verá reflejada en los próximos días, cuando las fábricas comiencen a distribuir los alimentos rotulados según las nuevas pautas.

Fuentes oficiales aseguraron a Infobae que con las disposiciones 11378/2024 y 11362/2024, que modifican el Manual de Aplicación de la Ley N°27642 y el Decreto 151/22, se busca “adaptar” la normativa a estándares internacionales y “mejorar la información nutricional” disponible para los consumidores.

Los mismos voceros dijeron a este medio que la nueva reglamentación continúa basada en el perfil nutricional establecido por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), pero introduce un cambio clave: el cálculo de nutrientes excesivos, como grasas, azúcares, sodio y calorías, indicados únicamente los ingredientes añadidos durante la producción, no los intrínsecos de los alimentos.

Así, por ejemplo, los alimentos con numerosos componentes, como una mermelada de naranja deberá informar cuánto azúcar se incorpora en su elaboración, más allá del azúcar presente de forma natural en la fruta. La fuente consultada por Infobae sumó otro ejemplo: en el caso de los frutos secos envasados, dijo, que antes podían tener etiquetas de advertencia debido a sus grasas naturales, con la nueva normativa, alimentos como almendras o maní podrían recibir sellos de “exceso de sodio” o “exceso de grasas” si contienen ingredientes adicionales, como sal o aceites añadidos. Al contrario, productos como la manteca, pese a su alto contenido de grasa intrínseca, evitarían sellos si no incluyen aditivos como sodio.

Además, dijo el vocero consultado, las empresas no contarán con plazos para adaptar los rótulos de sus productos, ya que la normativa está plenamente implementada. Asimismo, admitió que es una medida que va en sintonía con lo que venía expresando la industria alimentaria, ya que algunos sellos se aplican por exceder los límites establecidos por márgenes mínimos y señalan que su intención de ajustar las fórmulas de ciertos productos sería evitar etiquetas de advertencia por productos que forman parte natural de los alimentos.

Los sellos ahora reflejarán únicamente

Restricciones publicitarias y supervisión de la ANMAT

En cuanto a la publicidad, la ANMAT reforzó las restricciones para productos con sellos de advertencia, especialmente los dirigidos a niños y adolescentes menores de 16 años. Según la nueva Disposición 11362/2024, queda prohibida la promoción de alimentos y bebidas envasadas que utilicen elementos atractivos para esta franja etaria, como colores llamativos, personajes infantiles o bandas sonoras diseñadas para captar su atención.

Por otro lado, la normativa exige que toda publicidad destinada al público general incluya información clara y veraz sobre los sellos de advertencia, edulcorantes o cafeína que puedan contener los productos. También se establece que las promociones deben propender al consumo responsable, y evitar engaños o ambigüedades en la presentación de los alimentos.

Los productos etiquetados bajo la normativa podrán mantenerse en circulación hasta agotar existencias, pero las nuevas adaptaciones serán obligatorias para toda producción futura, según las autoridades.

Según la norma, la intención es fortalecer el derecho de los consumidores a acceder a información nutricional transparente, promoviendo hábitos alimenticios más saludables, medidas y alineados con estándares internacionales.

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