ANPyN

Puertos: la ANPYN redefine funciones y avanza en su organización interna

Compartí esta noticia !

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) aprobó su estructura de cuarto nivel operativo, consolidando la organización interna del organismo creado en enero de este año. La medida redefine funciones clave de la Gerencia de Administración y Finanzas y crea la Coordinación de Servicios Generales bajo la órbita de la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa, con el objetivo de optimizar la gestión de bienes, servicios e infraestructura portuaria.

La Resolución 45/2025, publicada en el Boletín Oficial el 29 de septiembre, marca un nuevo paso en la puesta en marcha de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), ente autárquico dependiente del Ministerio de Economía y continuador jurídico de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y de la Administración General de Puertos (AGP).

La norma, firmada por el director ejecutivo Iñaki Miguel Arreseygor, modifica las misiones y funciones asignadas a la Gerencia de Administración y Finanzas, que a partir de ahora se concentrará en la gestión contable, financiera y patrimonial de la Agencia. Entre sus competencias figuran la supervisión de la percepción y pago de fondos, la administración de bienes y el control de inventarios.

En paralelo, se aprueba la creación de la Coordinación de Servicios Generales, dependiente de la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa, que tendrá a su cargo la administración y mantenimiento de instalaciones edilicias, flota automotora y unidades flotantes, así como la gestión de servicios generales, choferes y mayordomía.

La nueva Coordinación de Servicios Generales

La Coordinación de Servicios Generales será responsable de la gestión integral de los bienes e infraestructuras bajo la órbita de la ANPYN, incluyendo la supervisión de embarcaciones y maquinarias en desuso, la planificación de mantenimientos edilicios y la puesta en valor de instalaciones y espacios públicos. También deberá administrar la disposición final de unidades flotantes y materiales terrestres fuera de servicio, una tarea clave en el marco del proceso de liquidación de la AGP.

La medida, según consta en la resolución, no genera erogaciones presupuestarias inmediatas, aunque se prevé que en el futuro se realicen adecuaciones para sostener la operatividad de las nuevas funciones asignadas.

La creación de la ANPYN mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 3/2025 respondió a la necesidad de concentrar en un único organismo la planificación, regulación y administración de la infraestructura portuaria y de vías navegables, en reemplazo de estructuras fragmentadas que habían funcionado bajo la órbita del Ministerio de Transporte.

En los últimos meses, la agencia fue delineando su organigrama. El Decreto 42/2025 aprobó la estructura de primer nivel, mientras que la Resolución 4/2025 definió el segundo nivel operativo. Ahora, la Resolución 45/2025 completa la definición de la estructura de cuarto nivel en la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa.

La consolidación de la ANPYN tiene efectos directos en la gestión del sistema portuario nacional. La centralización de funciones permitirá ordenar el inventario de bienes de la AGP en proceso de liquidación y mejorar la eficiencia en la administración de recursos materiales y financieros.

El fortalecimiento de áreas como Servicios Generales resulta clave para garantizar el mantenimiento de flotas, maquinarias e instalaciones críticas, un aspecto central para el comercio exterior y la competitividad logística de la Argentina.

La medida también abre interrogantes sobre las próximas fases de la reorganización institucional: cómo se financiarán las nuevas funciones, cuál será la articulación con las delegaciones regionales y qué impacto tendrá la redefinición de competencias en el vínculo con el sector privado.

Compartí esta noticia !

Puertos y navegación: cómo será el nuevo régimen de excepciones a la Ley de Cabotaje

Compartí esta noticia !

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) aprobó un nuevo procedimiento para el otorgamiento de excepciones a la Ley de Cabotaje Nacional, previsto en el artículo 6° del Decreto-Ley N° 19.492/44. La Resolución 41/2025, publicada el 9 de septiembre en el Boletín Oficial, deja sin efecto la Resolución 52/2021 del entonces Ministerio de Transporte y establece un esquema más ágil y transparente para autorizar embarcaciones extranjeras cuando no existan barcos argentinos disponibles.

Con este cambio, el organismo busca atender las necesidades del comercio marítimo y fluvial con mayor previsibilidad y seguridad jurídica, en un contexto en el que el 80% de los pedidos de excepción presentados en 2024 y 2025 no pudieron ser cubiertos por buques de bandera nacional.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 3/2025 creó la ANPYN como autoridad portuaria nacional, en reemplazo de la antigua Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. Este reordenamiento administrativo otorgó al organismo autarquía y capacidad para actuar tanto en el ámbito del derecho público como privado, bajo la órbita del Ministerio de Economía.

El marco legal de referencia es el Decreto-Ley 19.492/44, que estableció la reserva del cabotaje para embarcaciones de bandera argentina, salvo excepciones en casos de inexistencia de oferta nacional. Desde 2021, esos permisos eran gestionados por la cartera de Transporte, pero las demoras y la baja disponibilidad de barcos con matrícula local evidenciaron la necesidad de un cambio.

En los últimos dos años, sobre 130 publicaciones para cubrir operaciones de cabotaje, solo 23 recibieron ofrecimientos de buques de bandera y apenas 2 resultaron viables, según datos oficiales.

El nuevo procedimiento: digitalización y plazos claros

El Anexo I de la Resolución 41/2025 establece un procedimiento con tres pilares: digitalización de trámites, plazos mínimos y declaraciones juradas de inexistencia de buques disponibles en la matrícula nacionalanexo_7459769_1.

  • Presentación digital: las solicitudes deberán realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), con un plazo mínimo de 3 días hábiles antes del inicio de la operación.
  • Documentación exigida: se requerirán estatutos del solicitante, matrícula y certificados del buque, seguros (P&I, casco y maquinarias), contrato de servicio (si corresponde) y una declaración jurada sobre la inexistencia de alternativas nacionales.
  • Certificado de Excepción: una vez aprobado, será válido por hasta 180 días y podrá presentarse ante Prefectura Naval, Aduanas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y otros organismos.
  • Prórrogas y renovaciones: los permisos podrán extenderse por razones climáticas o técnico-operativas debidamente justificadas, e incluso renovarse de forma ilimitada siguiendo el mismo procedimiento.

El régimen también fija un control ex post: dentro de los 15 días hábiles posteriores a la operación, el peticionante deberá presentar documentación aduanera y un informe detallado. La falta de cumplimiento podrá derivar en la negativa de futuros permisos.

El Director Ejecutivo de la ANPYN, Iñaki Miguel Arreseygor, subrayó que el nuevo esquema “no busca flexibilizar la normativa, sino adaptarla a la realidad del sector”, garantizando transparencia y eficiencia.

Para las navieras extranjeras y cargadores, el procedimiento abre un canal más ágil para cubrir operaciones críticas de comercio, especialmente en tráficos regionales vinculados a la hidrovía Paraná-Paraguay y el Atlántico sur.

Sin embargo, desde el sector naviero local podrían surgir críticas: la posibilidad de renovar excepciones “de forma ilimitada” genera temores de una mayor extranjerización de los servicios, en detrimento de la flota nacional. El artículo 13 del anexo incluso habilita a los armadores locales a impugnar un certificado si demuestran que cuentan con un buque disponible en las mismas condiciones, lo que anticipa posibles conflictos administrativos y judiciales.

Desafíos y próximos pasos

El nuevo régimen busca equilibrar dos objetivos: preservar la prioridad de la bandera argentina en el cabotaje y, al mismo tiempo, evitar cuellos de botella logísticos por falta de flota nacional.

De cara al futuro, la clave estará en el desarrollo de una política integral para la marina mercante argentina: la agilización de excepciones puede dar previsibilidad a corto plazo, pero no sustituye el desafío estructural de fortalecer la flota de bandera.

La ANPYN queda posicionada como actor central en esa agenda, con capacidad regulatoria y de control sobre un sector clave para la competitividad de las exportaciones, la integración territorial y la soberanía logística del país.

Compartí esta noticia !

Hidrovía: el Gobierno extiende el beneficio tarifario en la Vía Navegable Troncal

Compartí esta noticia !

La AGP extendió el beneficio tarifario para el transporte internacional en la Vía Navegable Troncal. La medida busca sostener la competitividad mientras se resuelve la transición hacia la nueva Agencia Nacional de Puertos y Navegación.

La Administración General de Puertos (AGP S.A.U.), actualmente en proceso de liquidación tras la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), resolvió prorrogar hasta el 31 de agosto de 2025 la bonificación de la tarifa de peaje en el tramo Santa Fe-Confluencia de la Vía Navegable Troncal. La decisión quedó formalizada en la Resolución 77/2025, publicada en el Boletín Oficial del 5 de septiembre, y mantiene las condiciones fijadas por la Resolución 13/24 de la ex AGP.

Un esquema tarifario en revisión constante

El régimen de peajes en la Vía Navegable Troncal ha sido motivo de controversia desde 2022, cuando el ex Ministerio de Transporte fijó una tarifa de USD 1,47 por tonelada de registro neto (TRN) para transporte internacional y $1,47 para cabotaje en el tramo Santa Fe-Confluencia.

La medida generó reclamos judiciales y presentaciones de entidades empresarias, que obligaron a suspender el cobro pleno y abrir instancias de diálogo. En 2023, la AGP creó la Mesa de Trabajo de la VNT – Sección Santa Fe al Norte, con participación del Comité Ejecutivo de la Vía Navegable Troncal, y redujo la tarifa mediante bonificaciones transitorias:

  • USD 0,80 por TRN entre febrero 2023 y agosto 2024.
  • USD 1,20 por TRN entre septiembre 2024 y febrero 2025.

Desde entonces, las prórrogas fueron sucesivas: Resolución 8/25 (marzo), Resolución 32/25 (mayo) y Resolución 54/25 (julio), siempre en el marco de la transición institucional hacia la ANPyN tras el DNU 3/2025, que disolvió la AGP S.A.U.

La decisión oficial y sus fundamentos

La Resolución 77/2025, firmada por el interventor de la AGP, Gastón Alejo Benvenuto, prorroga el beneficio “en las mismas condiciones originales” hasta el 31 de agosto de 2025, destacando que “persisten las circunstancias que justificaron las prórrogas previas”.

Entre los argumentos:

  • La compleja transición administrativa y técnica entre la AGP y la nueva ANPyN.
  • La imposibilidad de constituir aún la Mesa de Trabajo de Santa Fe al Norte, instancia clave para validar la razonabilidad de los valores tarifarios.
  • La necesidad de mantener previsibilidad para los operadores fluviales en un tramo sensible de la hidrovía, clave para la logística de granos, combustibles y bienes industriales hacia los puertos de exportación.

La medida contó con la intervención técnica y jurídica de la Dirección de Planificación y Control de Gestión, la Dirección de Administración y Finanzas, y la Gerencia General, sin observaciones

La prórroga mantiene un alivio parcial en los costos de navegación para las empresas del transporte fluvial internacional, particularmente barcazas paraguayas y bolivianas que trasladan soja, maíz, combustibles y minerales desde el norte de la hidrovía.

Desde el punto de vista fiscal, el esquema supone ingresos menores para el Estado en concepto de peajes, pero la decisión apunta a sostener la competitividad logística y evitar tensiones con países vecinos en un contexto de revisión integral del contrato de concesión de la Vía Navegable Troncal.

De cara al futuro, el desafío será:

  • Constituir la Mesa de Trabajo pendiente para revisar el cuadro tarifario.
  • Integrar la gestión de la ANPyN como autoridad de aplicación definitiva.
  • Coordinar con el sector privado y los países de la hidrovía un esquema estable y sustentable, que garantice el financiamiento de obras de dragado y señalización sin afectar la competitividad exportadora.

La resolución prorroga, pero no resuelve de fondo, el debate sobre cuánto debe costar navegar la hidrovía y quién debe financiar las obras.

Compartí esta noticia !

Milei avanza con incentivos en el Canal Martín García en plena transición de la hidrovía

Compartí esta noticia !

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación dispuso una rebaja transitoria de 60 días en las tarifas de la Vía Navegable Troncal. La medida busca potenciar el tráfico fluvial y facilitar la transición del nuevo esquema concesionado de dragado y señalización.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), creada por DNU en enero de este año como autoridad autárquica en reemplazo de la Administración General de Puertos, dispuso a través de la Resolución 40/2025 una bonificación del peaje en el Canal Martín García para todos los buques que utilicen el trayecto entre las secciones 1.1 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida, publicada en el Boletín Oficial del 5 de septiembre de 2025, tendrá vigencia por 60 días corridos y apunta a estimular el tránsito fluvial en el Río de la Plata, favorecer el comercio bilateral y regional y acompañar el reordenamiento del sistema de navegación.

La disposición se enmarca en un proceso de reordenamiento institucional y contractual que arrastra varios años de debate en torno a la hidrovía Paraná-Paraguay, clave para el comercio exterior argentino y regional.

  • En 2021, el Estado había otorgado a la Administración General de Puertos (AGP SE) la concesión del dragado, balizamiento y control hidrológico.
  • En 2024, por Decreto 699, estas actividades fueron declaradas servicio público y se delegó a la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la organización de la nueva licitación internacional para la modernización y ampliación de la traza.
  • Finalmente, en enero de 2025, el DNU 3/2025 creó la ANPyN como ente autárquico, disolvió la AGP S.A.U. y centralizó en la nueva agencia todas las competencias de autoridad de aplicación y control.

La resolución firmada por el director ejecutivo de la ANPyN, Iñaki Miguel Arreseygor, se justifica en la necesidad de ordenar el tráfico en el Río de la Plata y analizar alternativas viables de mantenimiento mientras avanza el proceso de adjudicación definitiva de la concesión de la vía navegable troncal.

Alcance técnico de la medida

El artículo 1 de la resolución establece que:

  • La bonificación regirá para todos los buques que hagan uso del Canal Martín García, en ambos sentidos, dentro del trayecto comprendido en el contrato de concesión suscripto en 2021 y revisado en 2024.
  • La medida se aplicará durante 60 días corridos desde la entrada en vigencia (día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial).
  • Se trata de una rebaja focalizada en un tramo estratégico que compite con el Canal Emilio Mitre como ruta principal de ingreso y salida hacia el Atlántico.

El objetivo, según los considerandos, es “potenciar el flujo de buques y estimular el desarrollo del comercio bilateral y regional”, favoreciendo a armadores y operadores que elijan esta ruta en el marco de los ajustes provisorios en la red troncal.

La medida tiene efectos directos sobre la competitividad logística del comercio exterior argentino y regional, en un contexto donde el costo del dragado y señalización de la hidrovía es un factor central para exportadores de granos, combustibles y manufacturas.

El Canal Martín García, administrado en forma binacional por Argentina y Uruguay, es una alternativa estratégica al Mitre, pero requiere incentivos para captar mayor volumen de tránsito. La bonificación temporaria busca precisamente inclinar la balanza hacia un mayor uso de esa vía.

En lo político, la decisión refuerza el rol de la ANPyN como continuadora de la AGP, consolidando el esquema de transición mientras se definen los términos de la próxima licitación internacional. La disposición también exhibe el interés del Gobierno en mantener regularidad y continuidad en un servicio considerado crítico para la macroeconomía.

Sin embargo, desde el sector privado persiste la expectativa sobre el futuro régimen de tarifas y peajes, así como la capacidad del Estado de garantizar un esquema de financiamiento eficiente para las obras de dragado a largo plazo.

En el corto plazo, la bonificación funcionará como un incentivo coyuntural que permitirá medir la respuesta del mercado y ajustar el flujo de tráfico en el Río de la Plata.

A mediano plazo, el desafío pasa por:

  • Definir los adjudicatarios de la licitación internacional para la Vía Navegable Troncal.
  • Establecer un régimen tarifario transparente y sustentable que financie las obras sin afectar la competitividad exportadora.
  • Coordinar la administración con Uruguay en el marco de la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), dado el carácter binacional del Canal Martín García.

La resolución marca así un punto de transición en la política portuaria y de navegación interior, con impacto económico, institucional y diplomático.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin