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Puertos aplica una rebaja del 16,7% en la Hidrovía para buques que usen el Canal Martín García

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El Gobierno nacional decidió intervenir en la ecuación de costos de la Vía Navegable Troncal con una señal concreta: una rebaja del 16,7% en el peaje para los buques que transiten por el Canal Martín García. La decisión quedó formalizada el 4 de mayo de 2026 mediante la Resolución 25/2026 de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, con aplicación retroactiva desde el 1° de mayo y vigencia hasta el 30 de junio.

El movimiento no es menor. Se inscribe en pleno proceso de rediseño del esquema de concesión y control de la hidrovía, uno de los activos logísticos más sensibles del país. La pregunta que queda flotando es si se trata de un incentivo táctico de corto plazo o de una señal más profunda sobre el modelo de navegación que el Ejecutivo busca consolidar.

Reconfiguración institucional en la hidrovía

La medida no surge en el vacío. Se apoya en un proceso de reorganización que comenzó con la declaración como servicio público de las tareas de dragado, señalización y mantenimiento de las vías navegables en 2024, y que tuvo un punto de inflexión con la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación mediante el DNU 3/2025.

Ese rediseño institucional implicó la disolución de la Administración General de Puertos y la transferencia de funciones a un ente autárquico con mayor capacidad de intervención. La nueva agencia no solo heredó competencias técnicas, sino también la potestad de actuar como autoridad de aplicación y control del sistema.

En ese marco, la resolución actual aparece como una herramienta operativa dentro de ese esquema: ajustar tarifas para ordenar el tráfico y sostener condiciones de navegabilidad mientras se define el futuro concesionario del sistema.

La decisión establece una bonificación del 16,7% sobre el peaje en el tramo comprendido entre la Sección 0.0 y la Sección 1.2 de la Vía Navegable Troncal, en ambos sentidos, exclusivamente para los buques que utilicen el Canal Martín García.

El beneficio no es nuevo en términos conceptuales. Ya había sido aplicado previamente mediante una resolución de marzo de 2026, pero con plazo vencido. Ahora se renueva bajo el argumento de los “resultados obtenidos”, aunque el texto no detalla cuáles fueron esos efectos.

La clave operativa está en tres elementos: Temporalidad definida: desde el 1° de mayo hasta el 30 de junio de 2026. Aplicación retroactiva: alcanza operaciones ya realizadas desde el inicio del período. Y focalización: solo para quienes opten por el Canal Martín García.

En términos concretos, la medida altera los costos relativos entre rutas dentro de la hidrovía, lo que puede incidir en la elección de trazas por parte de los operadores.

Control tarifario en transición

El movimiento refuerza el rol de la Agencia como actor central en la regulación económica del sistema. No solo administra contratos o fiscaliza obras: también interviene directamente en la estructura de incentivos del transporte fluvial.

En un contexto donde el contrato de concesión está en revisión y se proyecta una nueva licitación, la política tarifaria se convierte en una herramienta de gestión y, al mismo tiempo, en una señal hacia el mercado.

El Ejecutivo mantiene así capacidad de arbitraje en una etapa de transición. La bonificación puede leerse como un mecanismo para sostener flujo operativo, evitar desbalances en el tráfico o corregir distorsiones detectadas en la operatoria reciente.

Sin embargo, también introduce una variable política: quién define el costo de navegar la hidrovía mientras el modelo definitivo aún no está cerrado.

Costos logísticos en ajuste

Aunque la resolución no cuantifica impactos agregados, la reducción del peaje implica una disminución directa en los costos de transporte para los buques que utilicen el canal beneficiado.

En un sistema donde cada decisión logística impacta en la competitividad de las cargas, pequeñas variaciones tarifarias pueden modificar rutas, tiempos y márgenes.

La clave está en que la medida no es generalizada: premia una vía específica. Eso introduce competencia interna entre canales y puede redistribuir el tránsito dentro del sistema troncal.

Señales en medio de la transición

La bonificación tiene fecha de vencimiento: 30 de junio. Ese límite temporal funciona como recordatorio de que el esquema está en revisión.

Lo que ocurra después será clave. Si la medida se prorroga, podría consolidarse como política de incentivo. Si se modifica, indicará ajustes en la estrategia. Si desaparece, quedará como intervención puntual.

En paralelo, el proceso de licitación y redefinición del contrato de la hidrovía seguirá marcando el pulso de fondo. La política tarifaria, en ese contexto, aparece como una herramienta flexible para administrar una infraestructura crítica en plena transición.

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Hidrovía: el Gobierno avanza con la licitación y deja solo a dos oferentes en carrera tras filtrar la primera etapa

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El Gobierno nacional dio un paso decisivo en la licitación de la Vía Navegable Troncal al aprobar, el 19 de abril de 2026, la primera etapa del proceso y dejar en carrera a solo dos oferentes. A través de la Resolución 21/2026 de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), se precalificaron las propuestas de JAN DE NUL N.V. junto a SERVIMAGNUS S.A. y de DREDGING, ENVIRONMENTAL & MARINE ENGINEERING NV, mientras que se declaró inadmisible la oferta de DTA ENGENHARIA LTDA. La apertura del Sobre N° 2 —clave para definir la adjudicación— quedó fijada para el 22 de abril a las 13 horas. La decisión ordena el proceso, pero también delimita la competencia en una licitación estratégica: ¿se consolida un esquema de concentración o se garantiza competencia real en el control de la hidrovía?

Un proceso bajo control estatal y reglas estrictas

La licitación se enmarca en el régimen de concesión de obra pública por peaje previsto en la Ley 17.520 y sus modificatorias, con el objetivo de modernizar, ampliar y mantener el sistema de señalización y dragado desde el kilómetro 1238 del río Paraná hasta el Río de la Plata exterior. Se trata de un corredor clave para el comercio exterior argentino.

El esquema institucional fue redefinido en 2025 con la creación de la ANPYN, que absorbió las funciones de la ex Subsecretaría de Puertos y de la Administración General de Puertos. Desde allí se centraliza la conducción del proceso licitatorio, con facultades delegadas por el Poder Ejecutivo para llamar, evaluar y adjudicar.

Antes de llegar a esta instancia, el Gobierno habilitó una etapa de observaciones al pliego, con participación de actores del sector y recomendaciones internacionales. Ese proceso derivó en ajustes técnicos y en la apertura formal de la licitación a fines de 2025.

En febrero de 2026 se recibieron tres ofertas. Tras el análisis técnico del Sobre N° 1, la comisión evaluadora consideró admisibles dos propuestas y recomendó su precalificación. La tercera fue descartada por no cumplir un requisito clave: la presentación de la garantía de mantenimiento de oferta en los términos exigidos por el pliego.

Reglas formales y tensión con los oferentes

El rechazo de DTA ENGENHARIA LTDA no solo reduce la competencia, sino que expone el peso de las condiciones formales en el proceso. La empresa intentó cuestionar el dictamen de evaluación, pero su presentación fue desestimada por no cumplir con los requisitos de impugnación, entre ellos la garantía correspondiente.

La resolución subraya un punto sensible: las instancias para cuestionar el pliego o las condiciones del proceso ya habían concluido. En ese marco, cualquier intento de revisión fuera de término es considerado improcedente.

El mensaje es claro: la administración prioriza la estabilidad jurídica del proceso y el respeto estricto a las reglas. Pero esa misma rigidez también redefine el escenario competitivo, dejando a dos actores en la instancia decisiva.

Impacto en la puja por la hidrovía

Con dos oferentes precalificados, la licitación entra en su fase más sensible. El Sobre N° 2 contendrá las variables económicas que definirán la adjudicación de una concesión que abarca dragado, señalización y mantenimiento de la principal vía de exportación del país.

La reducción de competidores puede tener efectos directos en la dinámica de la puja. Menos oferentes implica menor presión competitiva, aunque también puede interpretarse como un filtro que garantiza estándares técnicos y financieros.

Desde el punto de vista político, el Gobierno avanza con una licitación que considera estratégica para la economía nacional. El proceso busca combinar inversión privada con control estatal en un sector donde históricamente se concentran intereses económicos de alto impacto.

Definición inminente y foco en el resultado

La apertura del Sobre N° 2, prevista para el 22 de abril, marcará el inicio de la etapa final. Allí se pondrán en juego las condiciones económicas de las propuestas, incluyendo tarifas, peajes u otras formas de remuneración.

El proceso llega a esta instancia sin impugnaciones formales vigentes, lo que fortalece su validez administrativa. Sin embargo, la atención estará puesta en la transparencia de la adjudicación y en el equilibrio entre competencia y concentración.

La hidrovía vuelve a ser un eje de poder económico y político. La resolución ordena el procedimiento, pero la definición de fondo —quién controlará el principal corredor fluvial del país— todavía está en construcción.

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La ANPyN extendió el descuento del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, en el tramo comprendido entre las Secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida, formalizada por la Resolución 6/2026, rige desde el 3 de febrero de 2026 y por 40 días corridos, y busca preservar las condiciones de navegabilidad y ordenar el tráfico en un corredor estratégico para el comercio exterior argentino.

Marco normativo y continuidad de la política de bonificaciones

La resolución se inscribe en una secuencia regulatoria iniciada con los Decretos 427/2021, 699/2024 y 709/2024, que definieron el esquema de concesión, declararon servicio público a las actividades de dragado, balizamiento y control hidrológico, y habilitaron el llamado a licitación bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje y/o servicio público conforme a la Ley 17.520.

Posteriormente, el DNU 3/2025 creó la ANPyN como ente autárquico, con personería jurídica y capacidad para actuar en el derecho público y privado, y la estableció como continuadora jurídica de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. En ese marco, la Agencia asumió las facultades de Autoridad de Aplicación y Control del contrato de modernización, ampliación, operación y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal, que se extiende desde el kilómetro 1238 del río Paraná (Confluencia) hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, incluyendo el Canal Ingeniero Emilio Mitre y los tramos Paraná de las Palmas, Bravo, Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

La bonificación ahora prorrogada da continuidad a las establecidas por las Resoluciones 56/2025 y 65/2025, y a su renovación por Resolución 1/2026, que habían fijado el mismo descuento por plazos acotados. El vencimiento de ese esquema y la evaluación de resultados motivaron la nueva extensión temporal.

Alcance operativo y objetivos de la medida

La bonificación del 16,7% se aplica en ambos sentidos del tramo Sección 0.0 a Sección 1.2 del contrato vigente, exclusivamente para buques que utilicen el Canal Martín García. Según los considerandos, el objetivo central es mantener las condiciones de navegabilidad y optimizar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata, en un contexto de reordenamiento de las actividades de mantenimiento y control hidrológico.

Desde el punto de vista institucional, la medida reafirma el rol de la ANPyN como autoridad técnica y regulatoria, al tiempo que articula con la Administración General de Puertos S.A.U. (en liquidación), que tomó intervención en el proceso. La decisión se adoptó con la intervención del servicio jurídico permanente, y se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por el DNU 3/2025.

Impacto y proyección

En términos económicos, la prórroga del descuento reduce costos operativos para los buques que transitan el canal bonificado, con impacto directo en la competitividad logística del sistema fluvial y marítimo. Al tratarse de un corredor clave para la salida de cargas, la medida puede mejorar la previsibilidad de costos en el corto plazo y evitar desvíos de tráfico hacia rutas alternativas más onerosas.

La naturaleza temporal —40 días corridos desde el 3 de febrero de 2026— deja abierta la evaluación de nuevas prórrogas o ajustes en función de los resultados operativos y del avance del proceso licitatorio y de transición del contrato de concesión. En ese sentido, el esquema de bonificaciones aparece como una herramienta de gestión transitoria, alineada con el objetivo de regularidad, continuidad y eficiencia del servicio público de la Vía Navegable Troncal.

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La ANPyN extiende la rebaja del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, aplicable al tramo comprendido entre las secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida fue formalizada mediante la Resolución 1/2026, publicada el 8 de enero de 2026, con efecto retroactivo al 4 de enero y una vigencia de 30 días corridos, en continuidad con las rebajas ya otorgadas en noviembre y diciembre de 2025. El objetivo es sostener las condiciones de navegabilidad, ordenar el tráfico y acompañar el proceso de reorganización institucional del sistema portuario y de vías navegables.

Continuidad operativa en la Vía Navegable Troncal

La decisión se inscribe en un esquema de administración transitoria de la Vía Navegable Troncal, cuya concesión para el mantenimiento del sistema de señalización, dragado, redragado y control hidrológico fue otorgada en 2021 a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado por el Decreto 427/2021. Posteriormente, el Decreto 699/2024 declaró servicio público a las actividades vinculadas al dragado, balizamiento y señalización de las vías navegables de jurisdicción nacional.

En agosto de 2024, el Decreto 709/2024 delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de llamar y adjudicar la licitación pública nacional e internacional para la modernización y operación del sistema, bajo el régimen de concesión previsto en la Ley 17.520. En ese marco, se dispuso una revisión integral del contrato de concesión firmado el 2 de septiembre de 2021, aprobada luego por las Disposiciones 24 y 28 de octubre de 2024.

Con la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación mediante el DNU 3/2025, el Estado reordenó el esquema institucional: la ANPyN pasó a ser la continuadora jurídica de la ex Subsecretaría y asumió las funciones de autoridad de aplicación y control del contrato de la Vía Navegable Troncal, mientras se dispuso la disolución y liquidación de la AGP S.A.U.

La bonificación del Canal Martín García: alcance y fundamentos

En ese contexto operativo y regulatorio, la ANPyN había resuelto en noviembre de 2025 una bonificación temporaria del 16,7% en el peaje del Canal Martín García, por 30 días desde el 5 de noviembre, medida que fue renovada en diciembre por un período idéntico. La Resolución 1/2026 extiende nuevamente el beneficio, con carácter retroactivo desde el 4 de enero de 2026, y por 30 días corridos desde su entrada en vigencia.

El descuento aplica en ambos sentidos del trayecto comprendido entre las secciones 0.0 a 1.2 del contrato de concesión y alcanza a todos los buques que utilicen el Canal Martín García. La decisión apunta a mantener la competitividad del corredor, facilitar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata y acompañar las tareas de mantenimiento de la navegabilidad en un período de transición institucional.

Impacto económico

La reiteración de la bonificación tiene efectos directos sobre los costos logísticos de los usuarios del sistema fluvial, en un corredor clave para el comercio exterior y el transporte regional. En términos institucionales, la medida refuerza el rol de la ANPyN como autoridad rectora del sistema, al tiempo que garantiza continuidad operativa mientras avanzan los procesos licitatorios y de reorganización previstos por los decretos vigentes.

En el corto plazo, el esquema de rebajas temporarias sugiere una estrategia de gestión activa del peaje para sostener el flujo de tránsito y evitar distorsiones en la elección de rutas. Hacia adelante, el impacto dependerá de la definición del nuevo contrato de concesión y de las condiciones económicas que establezca la futura licitación para la Vía Navegable Troncal.

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Fin de la bonificación ZAP: nuevo esquema de costos en el Puerto Buenos Aires

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La Administración General de Puertos S.A.U. (AGP) resolvió derogar la bonificación del cien por ciento (100%) aplicada al cargo de la Zona de Apoyo Portuario (ZAP) para los contenedores llenos que ingresan a las terminales concesionadas del Puerto Buenos Aires, mediante la Resolución 148/2025, dictada el 23 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 26 de diciembre.

La medida entrará en vigencia el 1° de enero de 2026 y marca un cambio relevante en el esquema tarifario portuario, con impacto directo sobre la operatoria logística y la estructura de costos del sistema.

La decisión se inscribe en el nuevo enfoque de explotación privada de la infraestructura portuaria, impulsado por la Ley de Bases N° 27.742, y busca garantizar la sustentabilidad económica y financiera de la Zona de Apoyo Portuario, cuya operación fue transferida a un permisionario privado.

Antecedentes del sistema ZAP y evolución del esquema tarifario

El Sistema de Control de Tránsito Vehicular Portuario (CTVP) fue implementado en 2012 con el objetivo de ordenar el preingreso de camiones a las terminales portuarias y evitar interferencias con la circulación externa, en cumplimiento del Artículo 47 del Pliego de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/93 para la concesión de las terminales de Puerto Nuevo.

En octubre de 2017, la entonces AGP asumió la gestión operativa de la Zona de Apoyo Portuario, estableciendo un cargo tarifario de US$ 10 más IVA por cada contenedor lleno de 20 o 40 pies que ingresara o egresara de las terminales concesionadas. Dicho monto debía ser facturado y recaudado por las terminales, por cuenta y orden de la AGP, bajo el concepto “ZAP”.

Posteriormente, a partir del 1° de octubre de 2018, se dispuso una bonificación del 100% del cargo para los contenedores llenos ingresados a las terminales, esquema que fue mantenido —con distintas adecuaciones normativas— hasta la actualidad.

En 2023, el valor del cargo ZAP fue actualizado a US$ 14,50, importe que se mantiene vigente, aunque neutralizado por la bonificación total ahora derogada.

Cambio de política: explotación privada y necesidad de sustentabilidad financiera

La Resolución 148/2025 fundamenta la eliminación de la bonificación en el cambio de paradigma en la gestión portuaria, alineado con las políticas públicas que promueven que los agentes privados asuman actividades previamente desarrolladas por el Estado.

En ese marco normativo, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/25 creó la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) y el Decreto N° 602/25 fijó los lineamientos del proyecto de infraestructura portuaria. En consonancia con esas directrices, la AGP otorgó a Terminales Río de la Plata S.A. un Permiso de Uso de la Zona de Apoyo Portuario, transfiriendo la operación y explotación integral del sector al permisionario.

Según el texto oficial, para asegurar la viabilidad económica de esa explotación privada, resulta indispensable contar con los recursos generados por la tarifa ZAP, lo que torna incompatible la continuidad de una bonificación total sobre el cargo. Por ese motivo, se dispuso la derogación expresa del apartado que establecía el beneficio del 100% para cada contenedor lleno de 20 o 40 pies.

Impacto operativo y repercusiones en la actividad portuaria

Con la entrada en vigencia de la resolución el 1° de enero de 2026, los contenedores llenos que ingresen a las terminales concesionadas del Puerto Buenos Aires volverán a estar alcanzados por el cargo ZAP, actualmente fijado en US$ 14,50, conforme a la normativa vigente.

Desde una perspectiva económica, la medida implica un reordenamiento de los costos logísticos asociados al tránsito portuario, al tiempo que refuerza un esquema en el que la infraestructura y los servicios de apoyo deben autofinanciarse. En términos institucionales, consolida el rol del sector privado en la operación de áreas clave del sistema portuario, bajo supervisión estatal.

La resolución también establece las notificaciones formales a Terminales Río de la Plata S.A. y Terminal 4 S.A., y ordena su comunicación a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, reforzando la articulación entre los organismos del nuevo esquema portuario.

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