APORTES PATRONALES

El Gobierno cedió y aceptó 28 modificaciones en el proyecto de la reforma laboral

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El Gobierno nacional aceptó cambios clave en el proyecto de reforma laboral antes del debate previsto para este miércoles en el Senado y validó las modificaciones negociadas por Patricia Bullrich, jefa del bloque libertario, con la oposición dialoguista. El punto central fue la eliminación del artículo que proponía una rebaja del 3% en el Impuesto a las Ganancias para las empresas.

La caída de esa cláusula despejó las últimas dudas que pesaban sobre el futuro de la iniciativa en la Cámara alta. Con los gobernadores provinciales conformes —al evitar una pérdida estimada en 3 billones de pesos— el proyecto se encamina a su aprobación con cambios, pero sin sobresaltos.

La decisión fue confirmada por Bullrich en una conferencia de prensa ofrecida en el Senado, acompañada por Eduardo Vischi, jefe del bloque de la Unión Cívica Radical, y Martín Goerling, titular del bloque del PRO. Allí, la senadora explicó que el oficialismo resolvió postergar el debate sobre Ganancias hasta avanzar en una reforma fiscal integral.

“Decidimos postergar el tratamiento del Impuesto a las Ganancias hasta construir un proyecto de reforma fiscal integral, que integre a los tres niveles impositivos: nacional, provincial y municipal”, afirmó Bullrich, en línea con lo anticipado previamente por La Nación.

Los cambios al dictamen firmado en diciembre no solo beneficiaron a las provincias. La Casa Rosada también cedió ante los reclamos de la Confederación General del Trabajo y resolvió mantener sin modificaciones el aporte patronal a las obras sociales, que seguirá en el 6%. Además, los denominados “aportes solidarios” continuarán siendo obligatorios por dos años más, con un tope del 2%, y luego pasarán a ser voluntarios. Los empleadores conservarán su rol como agentes de retención de la cuota sindical, preservando así la recaudación gremial.

Las cámaras empresarias también lograron introducir cambios: se eliminó la cláusula que volvía voluntarios los aportes de sus miembros. Al igual que en el caso sindical, esos aportes serán obligatorios durante dos años, con un límite del 0,5%.

En total, Bullrich anunció 28 modificaciones, que fueron enviadas a los senadores tras recibir el aval de la mesa política del Gobierno, reunida al mediodía en la Casa Rosada. La senadora aclaró que no todas las correcciones implican cambios de fondo, ya que algunas son meramente de redacción. Entre ellas, se eliminará la referencia a la denominada “industria del juicio” en el capítulo de justicia laboral.

Según explicó la exministra de Seguridad, todas las modificaciones fueron consensuadas con los bloques de la oposición dialoguista, lo que anticipa un respaldo de entre 42 y 44 votos en la votación en general. En la discusión en particular, que se hará por títulos, podrían variar los apoyos, aunque el oficialismo confía en que cada apartado tendrá mayoría asegurada.

El viraje del Gobierno contrasta con la postura expresada la semana pasada, cuando desde la mesa política se había dejado trascender que no se modificaría “ni una coma” del proyecto original.

El texto mantiene como ejes centrales la reducción de los cálculos indemnizatorios, mayores facilidades para contratar y despedir personal, la limitación del derecho a huelga y una menor capacidad de representación y recaudación sindical, aunque con concesiones introducidas durante la negociación.

En la antesala de la votación, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, encabezó una reunión de la mesa política en Casa Rosada, de la que participaron Karina Milei, Martín Menem, Patricia Bullrich, Diego Santilli, Luis Caputo, Santiago Caputo, Ignacio Devitt y Eduardo “Lule” Menem. El encuentro, inicialmente previsto para el miércoles, fue adelantado y se extendió por casi dos horas.

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El RENATRE aumentó 3% la prestación por desempleo rural y fijó nuevos montos desde febrero

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El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) dispuso un incremento del 3% en la Prestación por Desempleo del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, con vigencia a partir del 1 de febrero de 2026. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 11/2026, adoptada el 23 de enero y publicada en el Boletín Oficial el 29 de enero, y eleva el monto máximo a $356.895 y el mínimo a $178.448. La decisión impacta directamente en el esquema de protección social del trabajo rural y en la administración de los recursos del sistema, financiado por aportes patronales.

Marco legal, financiamiento y antecedentes del sistema

La resolución se inscribe en el marco de la Ley N° 25.191, que creó el RENATRE como ente autárquico de derecho público no estatal, con integración de representantes de las organizaciones empresarias y sindicales del sector rural. La norma también instituyó el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, cuyo financiamiento se sustenta en una contribución mensual del 1,5% del total de la remuneración abonada a cada trabajador, a cargo del empleador rural, conforme lo establece el artículo 14 de la ley.

Como antecedente inmediato, mediante la Resolución RENATRE N° 120/25 (Boletín Oficial del 20 de noviembre de 2025), el organismo había fijado los topes de la prestación en $346.500 como monto máximo y $173.250 como monto mínimo, con vigencia desde el 1 de diciembre de 2025. Esa resolución fue ahora derogada por el artículo 1° de la Resolución 11/2026, en función del nuevo ajuste aprobado por el Directorio.

En los considerandos, el RENATRE recuerda que el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo constituye uno de los pilares del régimen de protección social para los trabajadores rurales, y que su actualización periódica resulta clave para preservar el alcance real del beneficio.

La decisión del Directorio y los nuevos montos vigentes

La actualización fue aprobada por el Cuerpo Directivo del RENATRE en su reunión del 21 de enero de 2026, según consta en el Acta de Directorio N° 157. Allí se resolvió aplicar un incremento del 3% sobre el beneficio ordinario de la prestación.

Como resultado de ese ajuste, el artículo 2° de la resolución establece que, a partir del 1 de febrero de 2026, la Prestación por Desempleo tendrá un monto máximo de $356.895 y un monto mínimo de $178.448. El texto precisa que las erogaciones financieras necesarias para afrontar la medida serán atendidas con los recursos previstos en el artículo 13 de la Ley N° 25.191, es decir, con fondos propios del sistema.

La resolución cuenta con las intervenciones de la Gerencia General, la Subgerencia, los departamentos de Recaudación, Contabilidad y Finanzas, Prestaciones por Desempleo y Asuntos Jurídicos, y fue dictada en uso de las facultades conferidas por el artículo 8 de la ley que regula al organismo.

Impacto en trabajadores rurales y empleadores

Desde el punto de vista social, la medida tiene un impacto directo sobre los trabajadores rurales beneficiarios del sistema, al elevar los pisos y techos de la prestación en un contexto de actualización periódica de los beneficios. En términos prácticos, el aumento busca sostener el poder de cobertura del seguro de desempleo para un sector caracterizado por la estacionalidad y la informalidad histórica.

Para los empleadores rurales, el esquema de financiamiento no introduce cambios en la alícuota de aportes —que se mantiene en el 1,5% de la remuneración—, aunque el incremento de los beneficios implica una mayor exigencia de eficiencia en la administración de los recursos del sistema. En el plano institucional, la resolución refuerza el rol del RENATRE como administrador del régimen y como ámbito de articulación entre los actores empresariales y sindicales del sector.

La medida entra en vigencia con su publicación oficial y tendrá efectos económicos concretos desde febrero, marcando un nuevo parámetro para la cobertura por desempleo en el trabajo rural.

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CAME respalda la reforma laboral, pero advierte riesgos por aportes patronales y convenios

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La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) expresó su respaldo general al proyecto de reforma laboral que se debate en el Congreso, compuesto por 180 artículos, pero encendió alertas sobre cinco disposiciones puntuales que, según la entidad, podrían generar inestabilidad en el sector productivo y afectar de manera directa el funcionamiento de las cámaras empresariales. Las objeciones se concentran en los artículos 126, 128, 130, 131 y 132, que introducen cambios en el régimen de convenios colectivos y en el financiamiento de las organizaciones representativas del empresariado.

La advertencia no es aislada: también fue acompañada por reclamos de la Cámara de Comercio, ADIMRA y entidades empresariales del interior del país, que comparten la preocupación por el impacto institucional y económico de la iniciativa si se aprueba sin modificaciones.

Convenios colectivos y ultraactividad: el riesgo de una transición abrupta

Uno de los ejes centrales del planteo de CAME es la limitación de la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo. Desde la entidad sostienen que, si bien los convenios requieren actualización, los cambios propuestos podrían provocar una ruptura abrupta del marco normativo vigente.

El presidente de CAME, Ricardo Diab, advirtió que “estos convenios, si bien hay que retocarlos o mejorarlos o actualizarlos, no pueden caer de un día para otro porque generarían una incertidumbre muy compleja”. En declaraciones a Radio Rivadavia, el dirigente agregó que desarmar el entramado actual sin una transición adecuada “generaría más caos que soluciones en este momento”.

Desde la óptica de la mediana empresa, la ultraactividad funciona como un mecanismo de previsibilidad en las relaciones laborales. Su eliminación o restricción, sin un esquema gradual, podría impactar en la planificación productiva, en los costos laborales y en la estabilidad de los acuerdos vigentes, especialmente en sectores con menor capacidad de negociación individual.

Aportes patronales y financiamiento: una “desigualdad absoluta” frente al sector sindical

El artículo 128 del proyecto es señalado como uno de los puntos más sensibles. La norma propone la quita de la obligatoriedad de los aportes patronales a las cámaras empresariales, una medida que, según CAME, comprometería seriamente su sostenibilidad financiera.

Diab sostuvo que esta modificación colocaría a las entidades empresariales en una “desigualdad absoluta” frente al sector sindical, que mantiene sus mecanismos de financiamiento. En ese marco, afirmó que el proyecto “tiene como objetivo final la inexistencia de las organizaciones empresariales tal como están constituidas”.

La confederación remarcó que estos recursos no solo sostienen la estructura institucional, sino también programas de formación profesional que se desarrollan en todo el país. “Gracias a las capacitaciones que nosotros hacemos, hay muchas empresas o pequeños comercios, unidades productivas que se han sostenido con nuevas habilidades”, explicó el titular de la entidad. La eventual pérdida de estos fondos, advierten, tendría un impacto directo en la competitividad y en la capacidad de adaptación de las pymes.

Riesgos legales y gestiones políticas antes de la votación

Además de los aspectos financieros, CAME alertó sobre posibles consecuencias jurídicas derivadas de la aplicación de los artículos 130, 131 y 132. Según el análisis de los asesores legales de la entidad, estas disposiciones “pueden traer conflictos legales futuros”, lo que abriría un nuevo frente de incertidumbre para empresas y cámaras en un contexto ya complejo.

Ante este escenario, la confederación intensificó su estrategia de diálogo político. Representantes de CAME mantuvieron reuniones con “la mayoría de los legisladores, senadores que tienen de la comisión y otros también”, además de encuentros con distintos gobernadores. El objetivo es que el Poder Legislativo contemple estas observaciones antes de la votación definitiva de la reforma.

El debate se da en un momento clave para el entramado productivo, donde la reforma laboral es presentada como una herramienta para modernizar el mercado de trabajo, pero también genera tensiones sobre el equilibrio institucional entre sindicatos, empresas y el Estado. Para CAME y otras entidades empresariales, el desafío pasa por introducir cambios sin desfinanciar a las organizaciones representativas ni erosionar la previsibilidad que requieren las pymes para sostener la actividad.

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Nuevas reglas para denuncias de aportes impagos: cómo impacta en empleadores y trabajadores

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso cambios en la tramitación de las denuncias “Z”, que habilitan a trabajadores y derechohabientes a denunciar incumplimientos previsionales de sus empleadores. La medida actualiza competencias internas tras la reestructuración de la Dirección General Impositiva y apunta a cerrar grietas frente a maniobras fraudulentas.

La Disposición Conjunta 1/2025, publicada este 19 de agosto en el Boletín Oficial, reordena el procedimiento de las llamadas denuncias “Z”, una figura prevista en el artículo 13 inciso a) punto 3 de la Ley 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino – SIPA).

Estas denuncias permiten que trabajadores o sus derechohabientes reclamen por incumplimientos de sus empleadores en el ingreso de aportes y contribuciones a la seguridad social. Sin embargo, en los últimos años se detectaron maniobras fraudulentas de personas sin relación laboral que buscaban obtener beneficios previsionales de manera indebida.

La instrucción general vigente (N° 1017/2017) había unificado las pautas operativas, pero la reciente Disposición ARCA 36/2025, que modificó la estructura de la Dirección General Impositiva (DGI) y la Subdirección de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, obligó a redefinir competencias administrativas.

Nuevas facultades para Grandes Contribuyentes

La resolución firmada por Claudio Ernesto Castagnola y Néstor Hernán Perlasco, directores interinos de las áreas de Control y Recaudación de Grandes Contribuyentes, establece un nuevo esquema de actuación:

  • Artículo 1: Se deroga la Disposición DI-2024-23, ya sin vigencia operativa tras la reorganización interna.
  • Artículo 2: El funcionario a cargo de la División Revisión y Recursos de la Dirección de Control de Grandes Contribuyentes actuará como juez administrativo en los casos de denuncias “Z”, dictando resolución de admisión o rechazo.
  • Artículo 3: Los recursos de apelación interpuestos en los términos del artículo 74 del Decreto 1.397/79 contra dichas resoluciones serán resueltos por la Dirección de Control de Grandes Contribuyentes.
  • Artículo 4: La disposición entra en vigencia inmediata desde su suscripción.

En la práctica, esto concentra la resolución de conflictos previsionales en el área de Grandes Contribuyentes, fortaleciendo el control en un segmento clave de la recaudación.

La medida tiene un doble alcance. Por un lado, garantiza la continuidad de la fiscalización previsional en línea con las atribuciones que la Ley 24.241 otorga a la administración tributaria. Por otro, busca cerrar grietas regulatorias frente a fraudes en las denuncias “Z”, que podrían comprometer fondos del SIPA y generar costos fiscales no previstos.

Fuentes del organismo remarcan que la reasignación de facultades responde al principio de eficiencia administrativa: “La reorganización procura unificar procedimientos y fortalecer el control sobre incumplimientos de grandes empleadores, que representan una parte sustancial de los aportes al sistema previsional”, señalaron.

Para los grandes contribuyentes, el cambio implica un mayor nivel de escrutinio y resolución más centralizada, lo que podría derivar en litigios administrativos más ágiles pero también en un endurecimiento de las sanciones.

Señales de endurecimiento fiscal

El rediseño de competencias se enmarca en la política del Gobierno nacional de fortalecer la recaudación previsional y combatir la evasión en un contexto de ajuste fiscal. La decisión de delegar funciones de juez administrativo en la División Revisión y Recursos marca una tendencia hacia procesos internos más expeditivos, con menor dispersión entre áreas.

Hacia adelante, analistas legales anticipan que este modelo podría replicarse en otras áreas sensibles de la seguridad social, ampliando la capacidad de ARCA para perseguir incumplimientos. La medida envía además una señal clara al sector privado: la fiscalización de aportes y contribuciones será uno de los ejes de control tributario en 2025.

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Prorrogaron el beneficio que exime a escuelas privadas de pagar aportes patronales

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El Gobierno había tomado la misma decisión en febrero del año pasado para mitigar el efecto de los aumentos de las cuotas en el bolsillo de las familias

El Gobierno nacional prorrogó nuevamente el beneficio para que las escuelas privadas no paguen aportes patronales, en un intento de mitigar los efectos de los aumentos de las cuotas en el bolsillo de las familias.

La medida se hizo oficial esta madrugada mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 68/2025, que establece: “Prorrógase lo establecido en el primer párrafo del artículo 24 de la Ley N° 27.541 y sus modificatorias, desde el vencimiento fijado en el artículo 1° del Decreto N° 134 del 14 de febrero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive”.

Esta no es la primera vez que el Gobierno nacional otorga este beneficio, puesto que el año pasado hizo lo mismo, al igual que realizaron otras gestiones en sucesivas oportunidades.

En el considerando de la norma, recuerdan que en 2019, “a través del artículo 24 de la Ley N° 27.541 se excluyeron de las disposiciones del referido Capítulo 3 a los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que se encontraren incorporados a la enseñanza oficial conforme las disposiciones de las Leyes Nros. 13.047 y 24.049 hasta el 31 de diciembre de 2020, y se previó que tales empleadores continuarían aplicando las alícuotas de contribuciones patronales que les correspondieron hasta la entrada en vigencia de esa norma”.

Además, alegaron que “el principal costo operativo y financiero de los establecimientos educativos de gestión privada está representado por el componente salarial, en el que se incluyen las correspondientes contribuciones patronales”.

El Gobierno considera que la aplicación de disposiciones establecidas por la legislación para el año 2025 produciría un incremento desmesurado en las contribuciones patronales a pagar por las instituciones a las que se hizo referencia, el que sería incluso mayor en jurisdicciones alejadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, ya que las reducciones de las que actualmente se benefician estos establecimientos difieren en las diversas áreas y regiones del país conforme a la normativa vigente”.

En ese sentido, también señalaron que “el incremento de las contribuciones patronales generará un aumento importante en las partidas presupuestarias de las provincias, ya que el aporte estatal no solo contribuye para el pago de los sueldos de los docentes curriculares sino también al pago de las contribuciones patronales de aquellos salarios”.

“En los casos en los cuales el instituto educativo no reciba aporte estatal, o lo reciba parcialmente, el significativo aumento de las contribuciones patronales originará incrementos importantes en el valor de los aranceles que abonan las familias por los servicios educativos y afectará su economía”, suma la normativa.

En consecuencia, el Gobierno concluye que la aplicación de los aportes patronales establecidos por la ley sobre las instituciones educativas de gestión privada “afectaría la prestación del servicio educativo, con principal impacto negativo en las regiones más necesitadas y en las instituciones de bajos recursos que prestan servicio a la población socialmente más vulnerable”.

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