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Parques Nacionales avanza con el ingreso de 40 nuevos guardaparques

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La Administración de Parques Nacionales dio un paso clave para reforzar el sistema de conservación ambiental argentino al aprobar la nómina de aspirantes que accederán al Curso de Habilitación del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, instancia obligatoria para cubrir 40 cargos permanentes dentro del Agrupamiento Técnico. La medida fue oficializada mediante la Resolución 236/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Más allá de tratarse de un trámite administrativo, la decisión representa una señal relevante para uno de los organismos estratégicos en materia de protección ambiental. En un contexto donde el cambio climático, los incendios forestales, la presión sobre la biodiversidad y el crecimiento del turismo en áreas protegidas exigen mayor capacidad operativa, incorporar nuevos guardaparques constituye una inversión directa en la gestión del patrimonio natural del país.

El proceso forma parte del concurso público iniciado este año para cubrir 40 vacantes financiadas de planta permanente en la categoría Guardaparque Técnico GT-2. La selección se desarrolló bajo el régimen establecido para el ingreso al Cuerpo de Guardaparques Nacionales e incluyó evaluación de antecedentes académicos y laborales, examen técnico, pruebas de habilidades prácticas, entrevistas laborales y evaluación del perfil psicológico.

La resolución oficial aprueba la nómina elaborada por el Comité de Selección, cuyos integrantes evaluaron integralmente a los postulantes antes de autorizar su ingreso al curso de habilitación, instancia que constituye el último paso previo a la incorporación efectiva al cuerpo profesional de conservación.

De acuerdo con el acta del concurso, los mejores puntajes fueron obtenidos por María Paz Lourdes Etchepare, con 86,35 puntos; Tomás Di Cosmo, con 85,05; Alan Manuel Piciulo, con 84,50; Alina Di Marco, con 83,63; Samara Belén Siukscius, con 82,83; Camila Zambruno, con 82,48; Marcela Alejandra Zanatta Ruiz, con 82,33; Rosario Ledesma, con 81,20; Juan Pablo Moschen Selva, con 80,94; y Libertad Escobar, con 80,93 puntos.

La nómina completa incluye 34 postulantes que superaron todas las etapas del proceso y fueron habilitados para iniciar el curso de formación técnica, requisito indispensable para acceder posteriormente a los cargos concursados.

El fortalecimiento del cuerpo de guardaparques tiene una importancia que trasciende el empleo público. Argentina administra actualmente decenas de parques nacionales, reservas y monumentos naturales que resguardan algunos de los ecosistemas más valiosos de Sudamérica. La presencia de personal especializado resulta determinante para controlar actividades ilegales, prevenir incendios, monitorear fauna y flora, asistir a visitantes, desarrollar tareas de educación ambiental y ejecutar programas científicos de conservación.

En provincias como Misiones, donde el Parque Nacional Iguazú protege uno de los últimos grandes remanentes de Selva Paranaense, el trabajo cotidiano de los guardaparques resulta fundamental para preservar la biodiversidad, controlar el avance de la caza furtiva y acompañar el desarrollo del turismo sustentable, una de las principales fuentes de ingresos de la economía regional.

La resolución también refleja un cambio gradual en la política de recursos humanos del organismo. El ingreso a la planta permanente se realiza mediante concursos abiertos y mecanismos de evaluación estandarizados, buscando fortalecer la profesionalización del cuerpo técnico encargado de administrar las áreas protegidas.

La incorporación de nuevos guardaparques representa una política pública con impacto múltiple. No solo genera empleo especializado y fortalece carreras vinculadas a las ciencias ambientales, sino que mejora la capacidad institucional para proteger recursos naturales cuya conservación tiene efectos económicos directos sobre el turismo, la investigación científica, la disponibilidad de agua y la resiliencia frente al cambio climático.

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Parques Nacionales extiende la transición de permisos turísticos hasta fin de año

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La Administración de Parques Nacionales (APN) dispuso un nuevo esquema de transición para los permisos de servicios turísticos que operan dentro de las áreas protegidas nacionales. La Resolución 210/2026 extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de aquellos permisos alcanzados por el régimen anterior cuyo vencimiento opere hasta el 31 de julio de 2026, otorgando un margen adicional para completar la migración al nuevo Reglamento de Permisos Turísticos.

La decisión responde a una evaluación interna realizada por la Dirección de Concesiones, que detectó distintos niveles de avance en la adecuación de los operadores turísticos distribuidos en los parques nacionales. El diagnóstico también evidenció diferencias administrativas entre jurisdicciones, por lo que el organismo resolvió establecer un procedimiento uniforme para evitar que esas asimetrías afecten la continuidad de la actividad.

Desde la perspectiva económica, la resolución introduce un elemento de previsibilidad para un segmento compuesto por empresas de excursiones, guías habilitados, transportistas, operadores náuticos y otros prestadores que desarrollan su actividad dentro de áreas protegidas. La continuidad de los permisos evita que procesos administrativos pendientes se traduzcan en interrupciones de servicios durante una temporada que continúa siendo relevante para muchas economías regionales.

Para provincias donde el turismo constituye un componente significativo de la actividad económica, como Misiones con el Parque Nacional Iguazú, la decisión reduce el riesgo de discontinuidad operativa para los prestadores habilitados mientras completan los nuevos requisitos regulatorios. El impacto no modifica las condiciones comerciales de los servicios, pero sí preserva el marco legal necesario para que puedan seguir funcionando durante el período de adecuación.

La resolución también busca ordenar la implementación del nuevo régimen aprobado en 2025. En lugar de una migración automática, la APN optó por un proceso gradual, acompañado por un Esquema de Transición Normativa que fija criterios homogéneos para todas las áreas protegidas bajo jurisdicción nacional.

Como condición para acceder al régimen excepcional, los titulares de los permisos deberán presentar, dentro de los 30 días hábiles administrativos, un Acta de Conformidad y Obligación de Adecuación, mediante la cual formalizan su adhesión al proceso de transición y asumen el compromiso de cumplir con las exigencias previstas por el nuevo reglamento.

El procedimiento también fortalece el rol de las intendencias de cada parque nacional. Serán las encargadas de verificar la documentación presentada, evaluar la continuidad de cada prestación turística y elevar un informe técnico a la Dirección Nacional de Uso Público recomendando, o no, la continuidad del servicio. La incorporación de esta instancia busca uniformar criterios de evaluación y respaldar técnicamente las decisiones administrativas.

La medida alcanza exclusivamente a los permisos cuyos cánones se determinan mediante el Tarifario Institucional vigente y deja expresamente afuera aquellos servicios comprendidos en planes específicos de reordenamiento turístico, que continuarán bajo sus propios esquemas regulatorios.

Aspectos centrales de la resolución prórroga de los permisos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026. Alcanza a permisos con vencimiento hasta el 31 de julio de 2026. Los prestadores disponen de 30 días hábiles para adherir al régimen de transición. La continuidad del servicio quedará sujeta a la evaluación técnica de cada Intendencia. Se implementa un esquema uniforme de adecuación para todas las áreas protegidas nacionales.

Más allá de su carácter administrativo, la resolución apunta a reducir la incertidumbre regulatoria para un sector que depende de autorizaciones permanentes para operar. La evolución del proceso de adecuación permitirá medir si el nuevo régimen logra simplificar la gestión de permisos sin afectar la continuidad de la oferta turística en los parques nacionales, un factor clave para las economías regionales cuya actividad está vinculada al turismo de naturaleza.

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Parques Nacionales ordena concesiones en Iguazú y fijó límites para La Gran Aventura Náutica

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La Administración de Parques Nacionales avanzó en un proceso de ordenamiento territorial dentro del Parque Nacional Iguazú al aprobar formalmente los límites georreferenciados de la concesión operada por La Gran Aventura Náutica SRL, empresa responsable de las excursiones de navegación y actividades turísticas sobre el río Iguazú. La decisión quedó plasmada en la Resolución 193/2026, publicada en el Boletín Oficial, y apunta a resolver una deuda administrativa que se arrastraba desde la adjudicación original de la concesión en 2015.

La medida tiene una importancia que excede lo meramente cartográfico. Según reconoció el propio organismo nacional, ninguna de las concesiones que operan dentro del Área Cataratas contaba hasta ahora con un polígono territorial formalmente aprobado, definido y georreferenciado. Esta ausencia de límites precisos generaba interpretaciones diferentes entre los actores involucrados y abría la puerta a conflictos vinculados al uso de espacios, autorizaciones de obras, responsabilidades operativas y controles ambientales.

La concesión en cuestión fue adjudicada originalmente a Alejandro Arrabal mediante la Licitación Pública 14/2015 para la prestación de servicios de excursiones náuticas en jurisdicción del Parque Nacional Iguazú. Posteriormente, los derechos fueron transferidos a La Gran Aventura Náutica SRL, firma que actualmente explota uno de los productos turísticos más demandados por los visitantes de las Cataratas.

La resolución aprobada por el Directorio de Parques Nacionales delimita de manera oficial los distintos espacios vinculados a la operación de la empresa, incluyendo el Puerto Macuco, el taller de mantenimiento y apoyo logístico, sectores de embarque y desembarque, oficinas administrativas, senderos operativos y puntos de atención al visitante distribuidos dentro del área protegida.

Desde el organismo explicaron que la falta de una delimitación territorial precisa afectaba la planificación de inversiones y complicaba la autorización de mejoras e infraestructura dentro de los espacios concesionados. Además, generaba incertidumbre respecto de la asignación de responsabilidades legales, coberturas de seguros y obligaciones ambientales.

El caso adquiere mayor relevancia si se considera que el Área Cataratas concentra múltiples concesiones turísticas que conviven dentro de un mismo espacio de uso público. Entre ellas sobresale también la concesión de servicios generales operada por Iguazú Argentina S.A., cuya área de explotación se encontraba definida de manera genérica en los pliegos contractuales, sin una delimitación técnica detallada.

La resolución instruye a la Intendencia del Parque Nacional Iguazú a incorporar los nuevos límites a todos los sistemas de información territorial, registros y documentación operativa, transformándolos en referencia obligatoria para futuras autorizaciones de obras, ampliaciones o intervenciones dentro del área concesionada.

Para Misiones, la decisión representa un paso relevante en la profesionalización de la gestión turística de uno de los destinos más importantes del país. Las Cataratas del Iguazú constituyen el principal atractivo turístico de la provincia y uno de los mayores generadores de divisas vinculadas al turismo receptivo internacional. En ese contexto, la seguridad jurídica de las concesiones y la claridad en la asignación de responsabilidades aparecen como factores clave para sostener inversiones y mejorar la calidad de los servicios.

La medida también anticipa una tendencia que podría extenderse al resto de las concesiones existentes dentro de áreas protegidas nacionales. La definición precisa de los espacios de explotación comercial se vuelve cada vez más relevante en un escenario donde la actividad turística convive con exigencias crecientes de conservación ambiental, control estatal y desarrollo de infraestructura.

Más allá de su carácter técnico, la resolución marca un precedente para el ordenamiento institucional del Parque Nacional Iguazú. La delimitación formal de áreas operativas reduce zonas grises administrativas y crea un marco más sólido para la gestión futura de uno de los patrimonios naturales más importantes de Argentina.

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Desfinanciamiento en Parques Nacionales: Passalacqua reclamo por el riesgo sistémico para el activo ambiental y turístico de Misiones

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Bajo la Decisión Administrativa N° 20/2026, el Gobierno Nacional oficializó un recorte superior a los 53 millones de pesos en las partidas destinadas al Parque Nacional Iguazú y la Reserva Campo San Juan. Para Misiones, esta poda presupuestaria no solo compromete la custodia del 52% de la biodiversidad del país, sino que vulnera la operatividad del principal imán de divisas del NEA, en un contexto donde el mantenimiento de la infraestructura es crítico para la seguridad del visitante y la integridad del ecosistema.

El gobernador Hugo Passalacqua elevó un reclamo formal ante la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Economía, advirtiendo que la reducción de $41.715.920 para Iguazú y $12.123.088 para Campo San Juan lesiona la sostenibilidad de la Selva Paranaense. En términos macroeconómicos regionales, el Parque Nacional Iguazú funciona como una unidad superavitaria: su recaudación por tickets sostiene históricamente el sistema federal de áreas protegidas. Retraer inversión en el nodo generador de recursos es, técnica y políticamente, una descapitalización de un activo estratégico que garantiza servicios ecosistémicos vitales para la producción agroindustrial de la provincia.

Impactos proyectados: de la conservación al bolsillo

El gobernador Hugo Passalacqua presentó la posición de Misiones ante el Gobierno nacional por la reducción presupuestaria destinada a la Administración de Parques Nacionales. A través de dos notas enviadas al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y al ministro de Economía, Luis Caputo, el mandatario provincial manifestó preocupación por el impacto de la medida sobre el Parque Nacional Iguazú y la Reserva Natural Silvestre Parque Federal Campo San Juan.

En ambas misivas, Passalacqua expresó su “profunda preocupación por la Decisión Administrativa N° 20/2026, que modifica el presupuesto Ley N° 27.798”. Además, señaló que la medida establece una reducción presupuestaria para la conservación y administración de los mencionados parques. Según detalló, los recortes alcanzan sumas de 41.715.920 pesos y 12.123.088 pesos respectivamente.

El mandatario provincial sostuvo que “el Parque Nacional Iguazú, una de las Maravillas Naturales del Mundo, constituye un motor económico de la región y junto a la Reserva Campo San Juan, ecosistema de transición vital, se integran con el Sistema de Áreas Naturales Protegidas de la Provincia de Misiones, que en su conjunto resguardan el remanente protegido más grande y mejor conservado de la Selva Paranaense, área que posee el 52 % de la biodiversidad de la República Argentina”.

“Este recorte presupuestario afecta de manera grave y directa a la sostenibilidad de los trabajos de conservación, seguridad y vigilancia del manejo de estas áreas, en un contexto donde la protección de la biodiversidad debe ser una prioridad estratégica”, añadió en las cartas. 

Una medida que puede afectar gravemente al ecosistema

Durante el acto por el aniversario de Almafuerte, el gobernador Passalacqua volvió a referirse al recorte de fondos destinado al Parque Nacional Iguazú. “El recorte que hicieron en el parque nacional asciende a decenas de millones y afecta de manera muy grave su sostenimiento. Me duele profundamente, porque rompe el ecosistema. Es grave, muy grave”, enfatizó.

“Si se nos cae el Parque Nacional, estamos en problemas. Más allá del turismo —obviamente—, voy mucho más allá: se lesiona todo el ecosistema. Son 70 mil hectáreas de selva pura; es un orgullo nacional”, comentó.

El mandatario también señaló que “el Parque Nacional Iguazú con su ticket solventa todos los demás parques nacionales. Hacer esto es un tiro en el pie”. Finalmente, remarcó que el funcionamiento del ecosistema misionero sostiene actividades productivas y económicas en distintos municipios de la provincia.

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La Justicia frenó los eventos privados en Cataratas y suspendió la resolución de Parques Nacionales

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La Cámara Federal de Posadas suspendió la aplicación de la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN), que habilitaba la realización de “microeventos” privados dentro del Parque Nacional Iguazú, y revocó así el rechazo dictado en primera instancia. El fallo representa un fuerte revés para la política de flexibilización impulsada por el Gobierno nacional sobre áreas protegidas y refuerza la exigencia de controles ambientales previos en uno de los principales patrimonios naturales del país: Parque Nacional Iguazú.

La decisión fue firmada este 28 de abril por los jueces Fabián Gustavo Cardozo, Mario Osvaldo Boldu y Mirta Delia Tyden, integrantes de la Cámara Federal de Posadas, quienes hicieron lugar a la apelación presentada por la Asociación Civil Orembae y concedieron una medida cautelar de no innovar hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la causa.

La normativa cuestionada había sido aprobada en diciembre de 2025 y permitía desarrollar actividades privadas de pequeña escala en el Área Cataratas, con hasta 60 participantes. Desde la APN se defendía la iniciativa bajo el argumento de que se trataba de propuestas de “bajo impacto operativo”, de carácter experimental, sujetas a declaraciones juradas ambientales y controles administrativos simplificados.

Sin embargo, la organización ambientalista sostuvo que la resolución omitía requisitos esenciales previstos por la legislación ambiental argentina, entre ellos la Evaluación de Impacto Ambiental y los mecanismos de participación ciudadana, además de incumplir compromisos internacionales asumidos por el país, como el Acuerdo de Escazú.

En un comunicado difundido este martes, Orembae celebró la resolución judicial y afirmó que el pronunciamiento “constituye un hito fundamental en la defensa del patrimonio natural”. También destacó que el tribunal corrigió el criterio adoptado previamente por el Juzgado Federal de Puerto Iguazú, que había rechazado la cautelar bajo el argumento de que no existía un “peligro cierto e inminente”.

El abogado de la asociación, Martín Ferroni, remarcó que “la Cámara ha comprendido lo que el juez de primera instancia había pasado por alto: que, en materia ambiental, la duda favorece a la naturaleza”. Además, sostuvo que “no podemos esperar a que ocurra un daño irreversible para que la Justicia intervenga”.

El principio preventivo por encima de la presunción administrativa

En los fundamentos del fallo, los camaristas señalaron que la presunción de legitimidad de los actos administrativos no puede prevalecer cuando existe riesgo de afectación ambiental. En ese marco, remarcaron que el principio preventivo establecido en la Ley General del Ambiente obliga a actuar incluso cuando no exista certeza absoluta sobre las consecuencias futuras.

“El peligro existe con claridad”, sostuvieron los jueces al analizar la posibilidad de autorizar actividades cuyos alcances no estaban debidamente especificados en la resolución suspendida.

Además, advirtieron que la figura de los “microeventos” podía transformarse en una herramienta para eludir controles ambientales más rigurosos dentro de un área protegida de altísima sensibilidad ecológica.

La sentencia también cuestionó que la Administración de Parques Nacionales pretendiera respaldar la legalidad de la medida únicamente en sus propios mecanismos de supervisión. Para la Cámara, el control judicial sobre las decisiones estatales “es indelegable” y no puede quedar exclusivamente bajo la órbita del organismo demandado.

Escazú, participación ciudadana y un límite a la flexibilización

Otro de los ejes centrales del expediente gira en torno a la ausencia de Evaluación de Impacto Ambiental y de audiencias públicas previas.

Según el tribunal, la eventual omisión de esos procedimientos podría vulnerar derechos vinculados al acceso a la información pública, la participación ciudadana y la transparencia en la toma de decisiones ambientales.

En ese sentido, el fallo remarca que el Acuerdo de Escazú obliga al Estado argentino a garantizar procesos abiertos e inclusivos cuando se trata de decisiones que puedan afectar ecosistemas protegidos.

La resolución judicial abre ahora una nueva etapa en la discusión de fondo sobre el alcance de las actividades privadas dentro de parques nacionales y fija un precedente relevante para futuras decisiones sobre el uso turístico y comercial de áreas naturales protegidas.

En el caso de Iguazú, la suspensión de la Resolución 460/2025 deja en pausa cualquier intento de habilitar eventos privados experimentales hasta que exista una sentencia definitiva, en una causa que ya se transformó en un caso testigo sobre los límites entre desarrollo turístico, conservación ambiental y control institucional.

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