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Parques Nacionales prohíbe el fuego hasta abril de 2026 en cinco parques patagónicos por riesgo extremo

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La Administración de Parques Nacionales (APN) dispuso una prohibición estricta del uso del fuego en los parques Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo y Los Alerces hasta el 30 de abril de 2026. La medida, establecida mediante la Resolución 390/2025, responde al agravamiento de las condiciones meteorológicas en la Patagonia y parte de la región centro, donde se proyecta un nivel alto de riesgo ígneo para la temporada estival, según los informes técnicos incorporados al expediente.

La decisión se enmarca en un contexto de emergencias declaradas por las provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut, y refuerza el esquema nacional de prevención ante la escalada de incendios forestales.

Emergencias provinciales, riesgo ígneo extremo y revisión de normas vigentes

La resolución cita como antecedente inmediato el análisis técnico contenido en el documento IF-2025-132612063-APN-DLIFYE#APNAC, elaborado por la Dirección de Lucha contra Incendios Forestales y Emergencias, que advierte que “la región patagónica presenta un nivel alto de riesgo de incendios” para los próximos meses.
En paralelo, las provincias atravesadas por los focos más críticos —Neuquén, Río Negro y Chubut— declararon la emergencia ígnea mediante los Decretos Provinciales 198/2025, 1.004/2025 y 1.392/2025, respectivamente.

Frente a ese escenario, la APN resolvió dejar sin efecto la Resolución 126/2025, que regulaba el uso del fuego bajo autorizaciones específicas. La nueva norma señala que dicha estructura “corresponde ser reemplazada a efectos de adoptar medidas preventivas de carácter urgente”.

El Directorio fundamentó esta revisión en la necesidad de “distinguir las situaciones de acuerdo con cada Área Protegida tomando como base la situación ígnea, la evolución del Índice de Peligro de Incendios y condiciones particulares del entorno”.

Asimismo, la APN reafirmó la vigencia del marco normativo establecido por la Resolución 210/2006 respecto del procedimiento obligatorio para quemas prescriptas.

Medidas adoptadas: prohibición total, excepciones limitadas y refuerzo de controles

Prohibición del uso del fuego en zonas críticas

El artículo 2 de la resolución establece: “Prohíbase el uso del fuego en los Parques Nacionales Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo y Los Alerces, a partir del dictado de la presente y hasta el 30 de abril de 2026”.

La única excepción aplica a instalaciones específicas para cocción de alimentos dentro de campamentos organizados administrados por prestadores turísticos habilitados.

En el caso del Parque Nacional Los Arrayanes, la APN aclara que, al no contar con Intendente propio, las instrucciones administrativas recaen en la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi.

Regulación en el resto de las áreas protegidas

En todas las demás áreas de APN, cualquier solicitud de quema deberá contar con intervención favorable de la Dirección de Lucha contra Incendios Forestales y Emergencias, siguiendo lo establecido en la Resolución 210/2006.

Régimen sancionatorio y denuncias penales

La resolución refuerza el marco contravencional derivado de la Ley 22.351 y del Decreto 300/2022. El artículo 4 es explícito:

“Acreditada la responsabilidad en la producción de tales desastres, se aplicará la sanción máxima establecida por la normativa vigente, además de la denuncia penal pertinente.”

Se trata de un mensaje institucional fuerte frente a prácticas que derivan en incendios de origen antrópico, históricamente predominantes en la región.

Instrucciones operativas y comunicación a prestadores turísticos

El Directorio instruyó a las intendencias de los parques afectados y a la Dirección Regional Sur a “comunicar a los prestadores turísticos habilitados la situación meteorológica y a maximizar los controles correspondientes” (artículo 5).
La estacionalidad del turismo en la Patagonia aumenta la necesidad de alertas preventivas dirigidas a concesionarios y visitantes.

Presión sobre el turismo, riesgos ambientales y coordinación federal

La decisión tendrá impacto en:

Actividad turística estival. La restricción afecta a algunos de los destinos más visitados del país durante el verano, donde el uso del fuego —particularmente en fogones y áreas de acampe— forma parte de la experiencia del visitante.
La APN preserva la operatividad turística bajo concesionarios autorizados, pero eleva la carga de control y responsabilidad para los prestadores.

Operación de concesiones y permisos. Las concesiones dentro de parques deberán adecuar sus protocolos diarios, reforzar señalización y garantizar infraestructura segura para fogones habilitados.

Coordinación interjurisdiccional. La medida se integra con los decretos provinciales de emergencia ígnea y los procedimientos nacionales de prevención. Aumenta la presión sobre los sistemas de respuesta locales, especialmente en parques con estructuras descentralizadas.

Responsabilidad penal y administrativa. El refuerzo en sanciones y en la obligación de denunciar penalmente apunta a desincentivar la causal humana, principal origen de incendios en temporadas previas.

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Misiones intensifica el monitoreo ambiental con vuelos mensuales para prevenir incendios en áreas protegidas

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Misiones refuerza el monitoreo ambiental, Ecología suma vuelos mensuales sobre áreas protegidas para anticipar riesgos

El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones ejecutó este jueves un vuelo de monitoreo sobre áreas naturales protegidas, con el fin de evaluar su estado de conservación y fortalecer la prevención de incendios en zonas de difícil acceso. La provincia incorporó así vuelos mensuales de reconocimiento ambiental, una herramienta estratégica para anticipar riesgos, optimizar la gestión territorial y mejorar la capacidad de respuesta institucional frente a amenazas ambientales.

Monitoreo aéreo en Misiones: un refuerzo operativo clave para la prevención de incendios

La recorrida se realizó en helicóptero y permitió observar sectores críticos del territorio provincial, caracterizados por su baja accesibilidad terrestre. Durante el operativo se registraron movimientos de fauna, se identificaron patrones de alteración en el ambiente y se relevaron variables esenciales para el diseño de acciones preventivas, especialmente vinculadas al riesgo de incendios forestales, un tema crítico en períodos de sequía.

El vuelo contó con la participación conjunta de equipos técnicos e institucionales. Subsecretaría de Ecología y Desarrollo Sustentable, representada por Facundo Ringa. Dirección de Control Forestal, encabezada por el Ing. Mateo Sosa. Cuerpo de Guardaparques, dirigido por Jorge Bondar. Dirección de Ambiente y Delitos Rurales de la Policía de Misiones, bajo la conducción de Maximiliano Jaques. Brigadistas especializados en manejo del fuego.

La tarea aérea se realizó con la colaboración operativa del equipo de Aeronáutica de Misiones, lo que reafirma el enfoque interinstitucional adoptado por la provincia.

Contexto: por qué Misiones intensifica la vigilancia en áreas naturales protegidas

Misiones concentra la mayor proporción de biodiversidad del país y cuenta con un sistema provincial de áreas protegidas que exige monitoreo permanente. En ese marco, los vuelos mensuales constituyen una herramienta crítica porque permiten detectar cambios ambientales tempranos. Además, facilitan la localización de focos de riesgo. Complementan la vigilancia terrestre en zonas remotas. Y mejoran la capacidad de reacción ante eventos extremos, especialmente incendios.

El Ministerio de Ecología destacó que esta estrategia forma parte de un esquema ampliado de prevención, cuyo propósito es “fortalecer la protección del patrimonio natural misionero mediante la articulación entre distintos actores del Estado”.

Además, el uso de aeronaves mejora la eficiencia del monitoreo al reducir tiempos de relevamiento y brindar una visión integral del territorio, lo que resulta clave para una provincia cuyo ecosistema enfrenta presiones tanto climáticas como antrópicas.

Impacto institucional y proyecciones: qué sectores pueden verse afectados

La implementación sostenida de vuelos mensuales generará impactos en varios frentes:

Gestión ambiental: permitirá planificar intervenciones tempranas, definir prioridades de conservación y ajustar operativos en campo.

Seguridad y control: fortalecerá la capacidad de la Policía de Misiones y de los guardaparques para detectar delitos ambientales y actividades de riesgo.

Prevención de incendios: brindará información en tiempo real para coordinar brigadas y anticipar escenarios críticos.

Economía regional: proteger los bosques nativos y su biodiversidad contribuye a sostener actividades asociadas al turismo, la producción forestal y los servicios ecosistémicos.

En términos políticos e institucionales, el refuerzo del monitoreo aéreo consolida un enfoque de gestión activa del territorio, señalando que la provincia coloca la prevención como eje central de sus políticas ambientales.

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Guías turísticos de parques nacionales podrán digitalizar sus trámites

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La Administración de Parques Nacionales (APN) estableció el funcionamiento digital de los registros de guías turísticos, prestadores y permisos en todas las áreas protegidas. La medida, que entrará en vigencia a partir del 15 de septiembre de 2025, busca modernizar la gestión, garantizar mayor trazabilidad de la información y fortalecer la fiscalización de las actividades económicas dentro de los parques.

La decisión se formalizó a través de la Resolución 267/2025, publicada en el Boletín Oficial el 12 de septiembre, en el marco de las leyes 22.351 (Régimen de Parques Nacionales), 25.506 (Firma Digital) y 27.446 (validez legal de documentos electrónicos).

El nuevo esquema se apoya en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y en la plataforma Trámites a Distancia (TAD), creados por los Decretos 561/2016, 1.063/2016 y 1.306/2016, que promueven la digitalización de registros y expedientes en la Administración Pública.

En paralelo, se integrará al Registro Nacional de Autorizaciones, Recaudaciones e Infracciones (ReNARI), creado en 2015, que centraliza datos de permisos, recaudaciones y sanciones dentro del sistema de áreas protegidas.

Los nuevos registros: alcance y funciones

La resolución establece tres registros digitales obligatorios bajo la órbita de la Dirección Nacional de Uso Público:

  • Registro de Guías Turísticos de Parques Nacionales: alcanzará a personas físicas habilitadas para actividades de guiado. Deberá registrar inscripciones, renovaciones, suspensiones y actualizaciones de datos.
  • Registro de Prestadores Turísticos en Parques Nacionales: incluirá a personas físicas y jurídicas que soliciten habilitaciones para servicios turísticos (alojamientos, gastronomía, excursiones, etc.).
  • Registro de Permisos Turísticos de Parques Nacionales: centralizará las autorizaciones otorgadas por la APN para desarrollar actividades específicas, registrando también bajas y modificaciones.

Todos estos registros deberán gestionarse mediante el módulo Registro Legajo Multipropósito (RLM) del GDE, lo que permitirá automatizar búsquedas, reducir burocracia y aumentar la trazabilidad.

La medida impactará de manera directa en guías, agencias de turismo, hoteles, operadores gastronómicos y prestadores de excursiones. La obligatoriedad de registrar y actualizar digitalmente cada trámite supone un cambio estructural en la relación entre el Estado y el sector privado.

Fuentes del sector turístico reconocen que la digitalización puede mejorar la agilidad y transparencia, pero también advierten sobre la necesidad de capacitación y asistencia técnica para prestadores pequeños y medianos, en especial en regiones donde la conectividad digital es limitada.

La APN, por su parte, sostiene que el nuevo sistema permitirá reforzar los mecanismos de control de recaudación y sanciones, asegurando que los recursos generados en parques y reservas se destinen al mantenimiento de infraestructura, conservación ambiental y fiscalización de actividades.

Hacia un sistema turístico más transparente y sostenible

El nuevo esquema de registros digitales, que entrará en vigencia con la implementación de los Reglamentos de Guías y de Permisos Turísticos aprobados en marzo y prorrogados hasta septiembre de 2025, se inscribe en un proceso más amplio de modernización del Estado y fortalecimiento de la gestión ambiental.

La apuesta de Parques Nacionales es clara: combinar innovación tecnológica, control eficiente y sostenibilidad ambiental en un sistema que debe responder tanto a las demandas del turismo internacional como a las necesidades de conservación de los ecosistemas.

El desafío hacia adelante será lograr que esta transformación digital se traduzca en mayor competitividad para el turismo de naturaleza argentino, sin dejar de lado la accesibilidad de los pequeños prestadores que operan en áreas protegidas.

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Parques Nacionales actualizó el reglamento de uso de armas de fuego para guardaparques

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La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó, mediante la Resolución 269/2025 publicada en el Boletín Oficial, un nuevo Reglamento General de Armamento del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, que redefine las condiciones de asignación, portación y uso de armas de fuego dentro de las áreas protegidas. La medida apunta a reforzar la seguridad operativa, profesionalizar el cuerpo y asegurar un equilibrio entre la protección de los ecosistemas y el resguardo de quienes los vigilan.

La resolución se apoya en la Ley 22.351 de Parques Nacionales, la Ley 20.429 de Armas y Explosivos, y en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, homologado por el Decreto 647/2022.

En 2023 ya se había aprobado un reglamento provisorio, pero la APN entendió necesario readecuarlo a partir de la experiencia operativa y de los requerimientos ambientales y de seguridad. Según el organismo, se busca garantizar que el uso de armamento se enmarque en protocolos claros, con controles administrativos y técnicos más estrictos.

El nuevo reglamento (Anexo IF-2025-98959967-APN-DNO#APNAC) abarca desde la asignación de pistolas y escopetas hasta el manejo de fusiles para control de especies invasoras, pasando por la provisión de municiones, chalecos antibalas, registros digitales y cursos obligatorios de tiro.

El reglamento establece con precisión las armas de dotación:

  • Pistolas FM M-95 Classic o Bersa TPR calibre 9 mm para portación permanente.
  • Escopetas calibre 12 UAB para control de fauna y vigilancia.
  • Fusiles .308 Winchester, 7,62×51, .22 largo/Magnum y carabina 44.40 Winchester para erradicación de especies exóticas y encuentros con grandes felinos.

Entre los puntos centrales:

  • Uso obligatorio de chalecos antibalas-antipunzantes (nivel RB2 a RB4) en operativos, salvo en control de fauna.
  • Prohibición expresa de disparos de advertencia y obligación de identificar al guardaparque antes de emplear el arma.
  • Provisión centralizada de armamento y municiones desde la Dirección Nacional de Operaciones, sin posibilidad de compras directas por intendencias.
  • Registros digitales (SIAPN) obligatorios de todas las armas, calibres, municiones y usuarios habilitados.
  • Cursos de Idoneidad de Tiro anuales, con evaluación psicofísica y renovación de credenciales.

Además, se introducen causales de retiro inmediato del armamento: por ejemplo, si un agente es denunciado por violencia de género o uso indebido de la fuerza, el arma será retirada preventivamente y notificada al RENAR.

El Directorio de la APN —integrado por Walter Rubén Scibilia Campana, María Victoria Haure, Guillermo Eduardo Díaz Cornejo, Marcelo Miguel Forgione y Sergio Martín Álvarez— destacó que la medida responde a la necesidad de “alinear la labor del guardaparque con estándares de seguridad y transparencia”.

El nuevo reglamento también refleja el rol híbrido del Cuerpo de Guardaparques: custodios de la biodiversidad, pero también con facultades de policía administrativa ambiental.

La Coordinación Operativa, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, tendrá a su cargo la supervisión de las armas, la capacitación de agentes y las gestiones ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).

El endurecimiento de los protocolos apunta a profesionalizar al Cuerpo de Guardaparques y reducir riesgos tanto ambientales como legales.

  • Para los trabajadores del sector, implica mayor capacitación, controles periódicos y una burocracia más estricta para conservar la portación.
  • Para la sociedad civil y las ONGs ambientalistas, la resolución busca dar garantías de que el uso de armamento será excepcional y regulado, evitando abusos en áreas de uso público.
  • Para el Estado nacional, representa un paso clave en la consolidación de un marco normativo moderno que armoniza seguridad y conservación.

No obstante, la medida también podría abrir debates sobre la tensión entre el rol de custodia ambiental y las facultades casi policiales que asumen los guardaparques en zonas conflictivas.

En el corto plazo, las intendencias de áreas protegidas deberán:

  • Presentar en 30 días la información actualizada de inventario de armas y municiones al sistema central.
  • Readecuar armeros y sectores de guarda de materiales controlados conforme a las normas del RENAR.
  • Iniciar la capacitación obligatoria del personal en el marco del nuevo curso anual de tiro.

A mediano plazo, se espera que la aplicación uniforme de este reglamento fortalezca la institucionalidad del Cuerpo de Guardaparques, eleve sus estándares de seguridad y marque un antecedente normativo para la gestión de armamento en organismos civiles con rol de control territorial.

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