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Mercosur-UE: las exportaciones argentinas crecieron casi 20% en siete meses

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El Acuerdo Interino de Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea comenzó a regir el 1 de mayo y, aunque todavía transita sus primeros meses de implementación, las estadísticas ya muestran una recuperación significativa de las exportaciones. Entre enero y julio, Argentina envió US$ 5.191 millones al bloque europeo, un 19% más que en igual período de 2025, según informa la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR).

El salto devuelve las ventas argentinas a la Unión Europea a niveles que no se observaban desde 2022. El valor acumulado durante los primeros siete meses del año quedó 12,5% por encima del promedio de la última década y se convirtió en el tercer registro más alto de los últimos catorce años.

El dato adquiere mayor relevancia porque la Unión Europea había perdido peso relativo como destino de las exportaciones argentinas. En 2025 concentró el 9,3% de los despachos totales, pese a que las ventas hacia el bloque habían crecido 12% durante la última década. En el mismo período, las exportaciones argentinas al mundo aumentaron más de 53%, reduciendo en 6,9 puntos porcentuales la participación europea.

El nuevo acuerdo aparece así como una oportunidad para revertir una pérdida de participación que no se explica solamente por la falta de demanda, sino también por las condiciones de acceso y la competitividad relativa de la oferta argentina.

El acuerdo Mercosur – UE en marcha

Los despachos argentinos al bloque europeo consolidan su tercer mayor nivel exportador en catorce años. Gran participación argentina en los cupos de huevos, miel, arroz, etanol y carne bovina del acuerdo

Desde el 1ro de mayo de 2026 se encuentra en vigencia el Acuerdo Interino de Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea. El mismo se consolida como la zona de libre comercio más grande del mundo, reuniendo a 31 países (27 de la UE y 4 del Mercosur) y representando cerca del 20% del PBI global.

Este nuevo acuerdo, el de mayor envergadura de la historia del Mercosur, marca un nuevo capítulo en la relación con un socio estratégico, cómo bien destacó la Cancillería Argentina al presentarlo. Para el bloque sudamericano, el entendimiento funciona también como una señal de madurez comercial, devolviéndole protagonismo en la agenda de integración.

En términos operativos, el acuerdo libera el 100% de los bienes industriales y el 82% de los bienes agrícolas para ingresar a la Unión Europea. Sin embargo, para cada complejo el beneficio depende particularmente de sus condiciones: diseño de cupos, ritmo de eliminación arancelario, posicionamiento de marcas de origen, etc.

La Unión Europea es el segundo destino de exportación más importante para el país, concentrando el 9,3% de los despachos totales en 2025. Sin embargo, mientras que desde la última década los envíos a esta región crecieron, medidos en dólares, un 12%, las exportaciones totales de nuestro país al mundo aumentaron más de un 53%, lo que trajo una caída en la participación del bloque de más de 6,9 p.p. Es en este escenario que el acuerdo emerge como una oportunidad para revertir esta tendencia y darle más impulso al comercio bilateral.

Mayo–julio: el mejor trimestre desde 2022 y el tercero mejor en casi una década y media

Los primeros siete meses del año dejaron un acumulado de US$ 5.191 millones exportados por Argentina a la Unión Europea, un 19% por encima de los US$ 4.365 millones registrados en igual período de 2025 y cerca de un 12,5% por encima del promedio de los últimos diez años. De esta manera, el valor exportado en 2026 se ubicó como el tercero más alto de los últimos catorce años. Asimismo, se trata del mayor registro desde 2022, consolidando una recuperación luego del piso observado en 2023, aunque todavía por debajo de los máximos alcanzados en 2021 y 2022, en un contexto de elevados precios internacionales.

En la misma dirección apuntan los datos de mayo-julio de este año, es decir, desde la vigencia del acuerdo. Se exportó a la Unión Europea en ese período US$ 2.476 millones, un 13,1% más en valor que en igual período del año pasado, representando este el mejor trimestre desde 2022.

Con el acuerdo se abren progresivamente cupos específicos para productos agroindustriales, en muchos de ellos Argentina ya viene mostrando un desempeño notable. Los exportadores argentinos se llevaron todo el cupo de huevos y casi todo el cupo de albúmina de huevo al 29 de julio de este año. Asimismo, más del 70% del cupo de miel, más de la mitad del etanol y más de un tercio del arroz se abastece con productos argentinos. En las carnes, Argentina se lleva casi un tercio del cupo de carne bovina fresca y el 7% del cupo de carne congelada.

Naturalmente, al interior del desempeño exportador de los últimos meses aparecen productos con incrementos particularmente significativos, varios de los cuales coinciden con sectores que recibieron mejoras inmediatas en sus condiciones de acceso al mercado europeo. De esta manera, las nuevas preferencias arancelarias ya refuerzan una dinámica exportadora más favorable.

El caso más destacado es el de la miel, cuyas exportaciones superaron en un 88,4% el promedio de los últimos cinco años. Aquí el incentivo introducido por el acuerdo es particularmente significativo: la Unión Europea otorgó al Mercosur un nuevo contingente que llegaría de forma progresiva a las 45.000 toneladas con arancel intra-cuota del 0%. Durante el año inicial se habilitaron 7.500 toneladas, de las cuales 5.000 toneladas corresponden al período mayo-diciembre de 2026. Se trata, por lo tanto, de una mejora de acceso que comenzó a operar inmediatamente después de la entrada en vigencia del acuerdo y, a su vez, ya el sector agotó el contingente otorgado para el primer período de 2026.

También resulta relevante el comportamiento del complejo pesquero. En el caso de la merluza, el acuerdo eliminó desde el inicio aranceles que, dependiendo de la posición, se ubicaban aproximadamente entre el 8% y el 15%, otorgándole una mejora inmediata de competitividad a los productos argentinos en el mercado europeo. Para los langostinos, en cambio, el beneficio es más gradual: varias de las principales posiciones congeladas partían de aranceles del 12% al 18% y quedaron sujetas a cronogramas de desgravación, algunos de hasta 5 años, pero lo que ya implica una reducción del 20% del arancel base durante 2026 y su proyección de eliminación en el próximo lustro.

La carne bovina es otro de los sectores donde el acuerdo produjo un cambio fuerte desde el comienzo. La carne exportada dentro de la Cuota Hilton pasó de pagar un arancel del 20% a ingresar libre de derechos, mientras que se incorporaron además nuevos contingentes para carne fresca y congelada con un arancel intra-cuota del 7,5%. Para mayo-diciembre de 2026, el acuerdo contempló 6.050 toneladas de carne fresca y 4.950 toneladas de congelada para el Mercosur.

En otros productos, la mejora inicial es más moderada. Los limones quedaron comprendidos en un esquema de desgravación gradual, por lo que durante 2026 sólo se aplica el primer escalón de reducción. Algo similar ocurre con el tabaco, donde las principales posiciones comenzaron un cronograma de eliminación arancelaria y reciben desde este año una primera preferencia, aunque todavía lejos del arancel cero. Por otro lado, la lana peinada presenta un caso diferente: algunas de sus posiciones obtuvieron desgravación inmediata, aunque desde aranceles de partida relativamente bajos. Aunque el impacto del acuerdo tiene efecto automático en los márgenes y competitividad de los sectores, la evolución de la producción, los precios, la demanda europea y la estacionalidad continúan siendo factores centrales.

Esta nueva dinámica de mercados se suma a un regreso en junio y julio de embarques de biodiesel hacia la Unión Europea, con negocios por más de US$ 110 millones. Cancelada la propuesta de clasificar a la soja como cultivo de alto riesgo de cambio de suelos (ILUC), se espera un nuevo crecimiento de la exportación de este biocombustible de darse un contexto favorable de precios y mercado en el bloque europeo.

La cancelación de la clasificación de ILUC también es favorable para las exportaciones de harina de soja, principal producto exportado por la Argentina hacia la Unión Europea. Y no debemos dejar de lado al petróleo crudo y al complejo maní, relevantes actores del comercio exterior argentino con la UE. 

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Biocombustibles: Energía actualizó los precios mínimos de bioetanol y biodiesel para febrero

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La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía fijó los nuevos precios mínimos de adquisición del bioetanol y del biodiesel destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles para las operaciones de febrero de 2026, en el marco del Marco Regulatorio de Biocombustibles (Ley 27.640). Las medidas fueron formalizadas a través de las Resoluciones 25/2026 y 24/2026, publicadas en el Boletín Oficial el 2 de febrero de 2026, y constituyen una nueva adecuación del esquema de precios regulados que impacta de forma directa en la estructura de costos de la industria energética, el complejo agroindustrial y la formación de precios en surtidor.

En concreto, la Secretaría estableció un precio mínimo de $1000,868 por litro para el bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de $917,323 por litro para el bioetanol elaborado a base de maíz, mientras que para el biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil fijó un valor de $1.842.796 por tonelada. Todos los valores rigen para febrero y hasta que una nueva resolución los reemplace.

Marco regulatorio y fundamentos de la actualización de precios

Las resoluciones se inscriben en el esquema normativo inaugurado por la Ley 27.640, que derogó las disposiciones de las Leyes 23.287, 26.093 y 26.334, y concentró en la Secretaría de Energía la potestad de definir metodologías y precios de los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con naftas y gasoil. En ese marco, la autoridad de aplicación aprobó procedimientos específicos para la determinación de precios del bioetanol y del biodiesel, con el objetivo de reflejar costos reales de elaboración, transporte y una rentabilidad determinada, evitando distorsiones en el mercado energético.

Para el caso del bioetanol, la Resolución 25/2026 se apoya en los criterios establecidos por la Resolución 373/2023, modificada por la Resolución 709/2023, que habilitan ajustes excepcionales cuando los valores resultantes puedan generar desfasajes con los costos reales o impactos no deseados en el precio del combustible fósil en surtidor. En ese sentido, la Secretaría destacó la necesidad de revisar precios ante el contexto económico vigente y la dinámica del mercado de combustibles.

En el biodiesel, la actualización se fundamenta en el procedimiento aprobado por la Resolución 963/2023, que define la metodología de cálculo del precio de adquisición para su mezcla obligatoria con gasoil. La última adecuación había sido dispuesta por la Resolución 612/2025, vigente para enero, y la autoridad consideró que las condiciones actuales del mercado ameritan un nuevo valor para febrero.

Detalle de los valores y condiciones comerciales

De acuerdo con la Resolución 25/2026, el precio mínimo del bioetanol de caña de azúcar se fijó en $1000,868 por litro, mientras que el bioetanol de maíz quedó establecido en $917,323 por litro. Ambos valores son considerados precios mínimos obligatorios para las operaciones en el mercado interno y se aplican a la mezcla con nafta.

La norma también estableció que el plazo de pago del bioetanol no podrá exceder los 30 días corridos desde la fecha de la factura correspondiente, introduciendo una referencia temporal clave para la relación comercial entre productores y compradores.

En paralelo, la Resolución 24/2026 fijó el precio del biodiesel en $1.842.796 por tonelada para su mezcla obligatoria con gasoil. A diferencia del bioetanol, el plazo máximo de pago para el biodiesel se estableció en 7 días corridos, una condición que impacta de manera directa en el flujo financiero de las empresas productoras.

Ambas resoluciones entran en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, consolidando un nuevo cuadro de precios regulados para el mes de febrero.

Impacto económico y reacciones sectoriales esperadas

La actualización de precios tiene repercusiones directas en el complejo agroindustrial, especialmente en los sectores vinculados a la producción de caña de azúcar, maíz y oleaginosas, que abastecen la cadena de biocombustibles. Al mismo tiempo, incide sobre las refinerías y empresas obligadas a cumplir con los cortes obligatorios, que deben incorporar estos valores en su estructura de costos.

Desde una perspectiva macroeconómica y regulatoria, las medidas buscan equilibrar la sostenibilidad de los productores de biocombustibles con la contención de impactos en el precio final de los combustibles fósiles, un aspecto sensible para la inflación y el consumo. El esquema reafirma el rol activo de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación y regulador de precios, en un contexto de revisión permanente del marco energético.

En este escenario, el sector seguirá de cerca la evolución de los costos y la periodicidad de las próximas actualizaciones, dado que los valores fijados rigen solo hasta la publicación de nuevos precios que los reemplacen.

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Energía actualizó el valor del biodiesel y fijó plazos de pago de hasta siete días

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El Gobierno actualizó el precio del biodiesel, $1.590.832 por tonelada para mezcla obligatoria con gasoil.

La Secretaría de Energía fijó un nuevo valor de referencia para las operaciones de biodiesel, en el marco de la Ley 27.640. El ajuste responde a la evolución de costos del sector y busca garantizar la rentabilidad de los productores.

Nuevo precio de referencia para el biodiesel

El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, estableció mediante la Resolución 422/2025 un nuevo precio de adquisición del biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil, fijado en $1.590.832 por tonelada, con vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y hasta que un nuevo valor lo reemplace.

La medida se enmarca en lo dispuesto por la Ley N.º 27.640, que regula la producción, comercialización y mezcla de biocombustibles en la Argentina. Según el texto oficial, el nuevo valor “se determina conforme al procedimiento establecido por la Resolución 963/2023”, que fija la metodología de cálculo de precios del biodiesel considerando costos de elaboración, transporte y rentabilidad razonable para los productores.

Asimismo, la norma dispone que el plazo máximo de pago por las operaciones no podrá exceder los siete días corridos desde la fecha de la factura, una disposición que busca asegurar liquidez y previsibilidad a las empresas elaboradoras.

La actualización llega menos de un mes después de la Resolución 385/2025, que había fijado el precio para octubre. Sin embargo, el contexto de volatilidad de costos y precios internacionales del aceite de soja —principal insumo para el biodiesel— impulsó la revisión de los valores locales.

Un marco regulatorio con foco en previsibilidad y sostenibilidad

El marco regulatorio de biocombustibles, establecido por la Ley 27.640, asigna a la Secretaría de Energía la función de determinar y publicar periódicamente los precios de comercialización de los biocombustibles destinados a mezcla obligatoria con combustibles fósiles.

Los artículos 13 y 14 de dicha norma establecen que el precio debe garantizar una rentabilidad adecuada al sector, considerando los costos de producción y el transporte, así como el valor final del producto puesto en planta. De este modo, la política de precios busca preservar la sustentabilidad económica de las pymes productoras que abastecen el mercado nacional de biodiesel.

La Secretaría, encabezada por María Carmen Tettamanti, fundamentó la medida en la necesidad de “adecuar el precio del biodiesel a las actuales condiciones del mercado”, manteniendo la metodología de cálculo basada en criterios objetivos y verificables.

El procedimiento para la determinación de precios fue aprobado en 2023 a través de la Resolución 963/23, que introdujo un esquema técnico de ajuste con fórmulas de actualización periódica, contemplando variables como el precio del aceite de soja, el tipo de cambio oficial y los costos industriales.

Implicancias para el mercado energético y la cadena productiva

La fijación del nuevo valor impacta de manera directa sobre las mezclas obligatorias con gasoil, que según la normativa vigente mantienen un porcentaje mínimo del 7,5% de biodiesel en el combustible final. Este componente es abastecido principalmente por pymes radicadas en provincias como Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires, que forman parte del entramado industrial del sector oleaginoso.

Con el nuevo precio de $1.590.832 por tonelada, el Gobierno busca dar previsibilidad al abastecimiento interno, en un contexto de tensión entre los costos industriales y los valores internacionales de exportación. La medida también refuerza la política de transición energética impulsada desde la Secretaría, que considera a los biocombustibles un instrumento clave para la descarbonización del transporte y la reducción de emisiones.

La Ley 27.640, sancionada en 2021, sustituyó los regímenes previos (Leyes 26.093 y 26.334) y estableció un esquema integral de regulación que abarca la elaboración, almacenamiento, comercialización y mezcla de biocombustibles, con el objetivo de promover la diversificación energética y reducir la dependencia de los combustibles fósiles.

Desde el punto de vista económico, la actualización de precios del biodiesel tiene un impacto transversal: afecta a las refinerías que realizan las mezclas, a las pymes productoras, y al mismo tiempo, incide en los costos logísticos del transporte y la agroindustria.

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Energía actualizó el precio del biodiesel en $1,43 millones por tonelada

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La Secretaría de Energía estableció un nuevo precio mínimo de adquisición para el biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil, que regirá durante septiembre de 2025. Según la Resolución 377/2025, publicada en el Boletín Oficial, el valor quedó fijado en $1.436.861 por tonelada, con un plazo máximo de pago de siete días corridos desde la facturación.

La medida se enmarca en la aplicación de la Ley 27.640 de Biocombustibles, que regula la producción, comercialización y mezcla de biocombustibles en la Argentina, y responde a la necesidad de ajustar los precios frente a las condiciones actuales del mercado.

El precio de referencia del biodiesel se determina periódicamente bajo el procedimiento aprobado por la Resolución 963/2023, que faculta a la Secretaría de Energía a revisar distorsiones de mercado. En septiembre, el valor ya había sido actualizado por la Resolución 369/2025, pero un nuevo informe de la Subsecretaría de Combustibles Líquidos —IF-2025-104511712-APN-SSCL#MEC— justificó la revisión y el ajuste.

Este esquema se da en un marco de emergencia pública económica, energética y administrativa, declarado por el Decreto 70/2023 y la Ley 27.742, que refuerza la potestad del Gobierno para intervenir en la fijación de precios estratégicos.

La medida, firmada por la secretaria de Energía María Carmen Tettamanti, entra en vigencia inmediata desde su publicación y regirá hasta que se establezca un nuevo valor.

Un sector clave en transición

El biodiesel, elaborado principalmente a partir de aceite de soja, constituye un insumo crítico en la matriz energética argentina por su aporte a la diversificación y a la reducción de emisiones. La normativa vigente establece un corte obligatorio con gasoil, que asegura demanda para las plantas productoras distribuidas en provincias como Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires y Santiago del Estero.

El nuevo precio impacta directamente en la rentabilidad de las pymes del sector, que reclaman previsibilidad y condiciones de pago más ágiles para sostener la producción. En ese sentido, la resolución fija que los pagos deben realizarse en un plazo máximo de 7 días corridos, buscando reducir tensiones financieras en un segmento con fuerte peso exportador y encadenamiento regional.

El ajuste del biodiesel ocurre en un momento de alta sensibilidad política y económica:

  • Para el Gobierno, significa sostener un marco regulado que garantice la continuidad de las mezclas obligatorias en el transporte y la logística.
  • Para los productores, implica un reconocimiento a los mayores costos de insumos y a la presión cambiaria, aunque persiste la incertidumbre sobre la periodicidad de las revisiones.
  • Para el mercado energético, la medida refuerza la transición hacia fuentes renovables, aunque en un contexto de emergencia y restricciones fiscales que limita subsidios y estímulos adicionales.

En términos institucionales, la resolución busca equilibrar el cumplimiento de la Ley de Biocombustibles con la necesidad de garantizar precios sostenibles para los productores y, al mismo tiempo, moderar los impactos sobre los precios finales de los combustibles fósiles.

Entre la estabilidad de corto plazo y la agenda de transición energética

La fijación de un nuevo precio mínimo asegura la continuidad operativa en septiembre, pero deja abierto el interrogante sobre la estrategia de largo plazo. El desafío será cómo combinar la disciplina fiscal, la apertura del mercado de combustibles y los compromisos de descarbonización que Argentina asumió en el plano internacional.

El sector de biocombustibles aparece así como un laboratorio de tensiones entre la necesidad de incentivar inversiones y la política oficial de ordenamiento económico bajo emergencia. Las próximas resoluciones marcarán si el esquema logra consolidar una senda previsible o si se mantiene bajo ajustes permanentes.

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Energía fija nuevos precios del bioetanol y biodiesel para agosto

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Energía actualiza precios del bioetanol y biodiesel para agosto: impacto en la cadena de combustibles

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía fijó nuevos precios mínimos para el bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz, así como para el biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles, que regirán durante agosto de 2025. La medida, publicada en el Boletín Oficial a través de las Resoluciones 341/2025 y 342/2025, busca garantizar previsibilidad a productores y operadores en un contexto de emergencia económica y energética.

El marco regulatorio vigente surge de la Ley 27.640, que unificó y reemplazó las anteriores leyes de biocombustibles (23.287, 26.093 y 26.334) y otorgó a la Secretaría de Energía la potestad de fijar precios y condiciones para la mezcla obligatoria de bioetanol con nafta y biodiesel con gasoil.

La normativa vigente busca equilibrar los costos reales de producción con la incidencia final en el precio en surtidor, contemplando posibles distorsiones que afecten la competitividad del mercado. Este ajuste se enmarca en la emergencia pública declarada por el Decreto 70/2023 y la Ley 27.742, que habilitan la revisión periódica de precios para asegurar abastecimiento y estabilidad.

Según la Resolución 341/2025, el precio mínimo de adquisición del bioetanol de caña de azúcar se fijó en $824,044 por litro, mientras que el bioetanol de maíz quedó en $755,258 por litro. En ambos casos, el plazo máximo de pago será de 30 días corridos desde la facturación.

Por su parte, la Resolución 342/2025 estableció en $1.354.507 por tonelada el precio mínimo del biodiesel para mezcla obligatoria con gasoil, con un plazo de pago reducido a 7 días corridos. Estos valores serán válidos para las operaciones de agosto y hasta que se disponga una nueva actualización.

Energía justificó la actualización en base al artículo 3º de la Resolución 373/2023 (bioetanol) y el artículo 5º de la Resolución 963/2023 (biodiesel), que habilitan modificaciones cuando existen desfasajes entre costos y precios o riesgo de distorsión en el valor de los combustibles fósiles.

El objetivo, según la cartera, es evitar “impactos desmedidos en el pico del surtidor” y, a la vez, sostener la rentabilidad mínima necesaria para los productores de biocombustibles.

El ajuste de precios tendrá incidencia directa en refinerías, estaciones de servicio y en la cadena agrícola-industrial que abastece las plantas de bioetanol y biodiesel, particularmente en provincias productoras como Tucumán, Córdoba y Santa Fe.

En un escenario de costos crecientes por inflación y tipo de cambio, la fijación de precios mínimos busca evitar operaciones por debajo de valores de referencia que comprometan el abastecimiento.

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