Por pedido de numerosos bancos y estudios contables y debido al gran interés generado por el Régimen de Regularización de Activos, el Gobierno Nacional dispondrá por Decreto, y a efecto de facilitar las tareas administrativas de los actores involucrados, la prórroga para realizar la manifestación de la adhesión al régimen de la Etapa 1, hasta el 31 de octubre de 2024 inclusive.
De esta manera, las nuevas fechas para las tres etapas serán las siguientes:
Etapa 1
Desde el 1° de octubre de 2024 y hasta el 31 de octubre de 2024, ambas fechas inclusive.
Etapa 2
Desde el 1° de noviembre y hasta el 31 de enero de 2025, ambas fechas inclusive.
Etapa 3
Desde el 1° de febrero de 2025 y hasta el 30 de abril de 2025, ambas fechas inclusive.
A partir de este decreto, todas las personas que deseen, podrán depositar su dinero en un banco hasta el 31 de octubre inclusive y podrán retirarlo a partir del 1° de noviembre.
Solamente el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre, podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1°de octubre, tal como fuera estipulado originalmente.
A partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se podrán regularizar montos adicionales.
La AFIP detalló los criterios a tener en cuenta para acceder a los beneficios del régimen. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) especificó los criterios por los cuales los contribuyentes con deudas pendientes que adhieran al Régimen de Regularización de Activos pueden acceder a la liberación de impuestos prevista en el programa, mediante la Resolución 5573/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial.
La norma modificatoria establece que la posibilidad de liberar a los deudores de obligaciones en discusión requiere una aceptación total a las exigencias del fisco y la renuncia a cualquier acción judicial en curso.
Además, desde el organismo precisaron que la medida “protege a los pequeños contribuyentes incluidos en el monotributo, ya que la tenencia declarada voluntariamente no será tenida en cuenta como antecedente a los fines de la exclusión o recategorización”.
¿Qué obligaciones están incluidas?
Las liberaciones que ofrece el régimen contempla obligaciones en curso de discusión, ya sea en el ámbito administrativo, contencioso-administrativo o judicial, siempre y cuando la determinación de oficio de la deuda no haya adquirido firmeza antes de la entrada en vigencia de la Ley Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Esto significa que los contribuyentes pueden acogerse a este beneficio si aún existe la posibilidad de discutir el monto o la existencia de la deuda ante la autoridad fiscal.
¿Qué significa la discusión administrativa?
Para que una deuda sea considerada en discusión administrativa, debe haberse notificado al contribuyente mediante la llamada “prevista” (un aviso previo que la AFIP realiza al contribuyente), o a través de actas de inducción al régimen. Este proceso brinda la oportunidad al deudor de resolver la situación antes de que se convierta en una deuda firme e inamovible.
¿Cómo acceder a los beneficios?
El desistimiento debe ser formalizado a través de la presentación del Formulario 408/PD, que se gestiona digitalmente mediante el servicio con clave fiscal “Presentaciones Digitales”. Allí se debe buscar el trámite “Presentación F. 408 – Allanamiento o Desistimiento”.
Esto implica renunciar a todo derecho de apelación, incluso al derecho de repetición (la posibilidad de recuperar pagos indebidos) sobre los conceptos y montos involucrados en la regularización. Además, el contribuyente deberá asumir el pago de las costas y gastos judiciales que se hayan generado en su causa.
La AFIP llevará a cabo los controles pertinentes para verificar la procedencia del trámite. Si todo está en orden, se notificará al contribuyente la recepción del formulario para su posterior presentación en la instancia administrativa o judicial correspondiente.
¿Cuáles son los impuestos comprendidos?
Impuestos a las ganancias
Salidas no documentadas
Impuesto a la ganancia mínima presunta
Impuesto a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas
Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias
IVA
Bienes personales
Fiscalización
Para asegurarse de que los contribuyentes cumplan con lo dispuesto en el régimen, la AFIP hará uso de sus facultades de fiscalización y verificación. Esto podría incluir la revisión detallada de los bienes y fondos regularizados, conforme lo establecido en la Ley N° 11.683, que regula los procedimientos de la administración tributaria en Argentina.
El ministro de Economía, Luis Caputo, se presentó en la Bolsa de Comercio de Rosario donde intenta despejar dudas sobre el rumbo económico ante los empresarios. Caputo habló de la expectativa de un nuevo acuerdo con el FMI y llamó a todos los presentes a blanquear los “dólares del colchón”.
El ministro de Economía, Luis Caputo, habló en la Bolsa de Comercio de Rosario, en el marco del 140° aniversario de esa entidad, y anticipó que las próximas revisiones (la octava y la novena) del Fondo Monetario Internacional (FMI) se podrían hacer juntas y que, de ahí en más, se podría ir a la negociación de un acuerdo nuevo con el FMI, en el marco de la cual espera lograr nuevos desembolsos. “Los fondos los usaremos para recomponer las reservas y el balance del BCRA“, anticipó.
Intentó llevar calma a los empresarios y les aseguró que “no va a haber crisis económica porque es un riesgo que está eliminado”. Ratificó en la Bolsa de Rosario que el Gobierno de Javier Milei busca fortalecer al peso y que su objetivo es “remonetizar” la economía, con un programa económico que tiende a un esquema bimonetario donde la “moneda fuerte será el peso”.
“El programa económico tiene sus etapas. Se evitó la crisis y hoy estamos en otra Argentina”, dijo Caputo y tras su exposición, consultado sobre la baja de impuestos, especialmente las retenciones agropecuarias, mencionó que “están en el Top 2 de impuestos que hay que sacar junto con el impuesto al cheque”, pero supeditó la baja de esos tributos al superavit: “Lo antes que nos convenzamos que este país arranca, antes tendremos superávit e inmediatamente bajaremos esos impuestos”.
Sobre el RIGI, adelantó que “las inversiones van a venir, están viniendo…”, pero no dio precisiones ni cifras, tampoco en el caso del blanqueo.
Entre las preguntas de los empresarios, el tema del blanqueo surgió como uno de los más consultados y se le pidieron cifras al ministro que no quiso responder: “viene muy bien, ojalá sea mucho mejor…va a salir muy bien, viene muy bien” contestó Caputo y luego repitió los usos que pueden tener los dólares blanqueados y las características del programa “es una oportunidad histórica, se benefician las empresas y los bancos porque habrá crédito financiado por los argentinos”, destacó y adelantó que “será a tasas más bajas que en el mercado internacional” y resaltó que también será importante para las provincias porque generará “proyectos satélites” con generación de empleo, entre otros presuntos beneficios.
Asimismo, el funcionario insistió en la necesidad de que la mayor cantidad posible de argentinos se sumen al blanqueo. “Si todos sacan sus dólares del colchón, pueden tener la certeza de que se los vamos a devolver porque van a ser en beneficio de todos”, enfatizó. Y dijo a los presentes, principalmente representantes del campo y del mundo de las finanzas: “Ustedes saben que cuentan con nosotros y entre todos podemos construir lo que va a ser la Argentina en los próximos 30 años: el país que más crezca en el mundo“. De esta manera, parafraseó a su viceministro, José Luis Daza.
“Las tarjetas de débito van a poder operarse en pesos y en dólares, por lo que, si se decide blanquear, se va a poder utilizar luego como cada uno quiera. Por eso es clave que todos se sumen”, dijo para alentar a los presentes a exteriorizar sus fondos en negro.
Sobre la relación con el FMI, Caputo explicó que “es muy buena” y contó: “El Fondo quiere que Agentina salga adelante, tenemos por delante la 9na y 10ma revisión del programa y después de esas revisiones está la opción de pedir ir a un nuevo programa, que tiene la ventaja de que se puede pedir plata adicional. Ojalá no necesitemos hacerlo. Recomponer el balance del BCRA es prioridad”.
Sobre el Central y los dólares con los que cuenta, Caputo aclaró que el balance “se ha ido recomponiendo, Argentina hoy no necesita deuda, el único objetivo para pedir plata al FMI sería para acelerar la recomposición del balance del Central, entonces los tiempos serían la 9na y 10ma revisión -que la haríamos juntas- y luego optar si vamos a un nuevo acuerdo o no”.
A continuación, Caputo dialogó con el presidente de la Bolsa de Comercio de Rosario, Luis Simioni, quien celebró la reducción del Impuesto PAIS, pero le preguntó cuándo iban a eliminar las retenciones. “Vinimos a bajar la inflación y reducir la carga tributaria. A mi me importan tres impuestos clave: retenciones, ingresos brutos y el impuesto al cheque. En la medida que tengamos superávit, vamos a empezar a bajar impuestos“, prometió.
Dijo que “la forma en que vamos a bajar impuestos es logrando un superávit fiscal sostenido” y es que confía en que, “con ese superávit fiscal, le vamos a devolver esa plata a la gente”.
Por otro lado, habló de la situación de Argentina al asumir el presidente Javier Milei: “Al lado de la situación que heredamos, la Argentina a la salida de la Convertibilidad era Disneylandia“, dijo. Y aseguró que, en el mundo, no pueden creer lo que está haciendo el país en este Gobierno.
“Nunca vimos a la Argentina hacer las cosas bien por voluntad política de enfrentar el problema, sino luego de las crisis previas. Nos vamos a sorprender de la velocidad con la que nuestro país va a salir adelante. Está a la vuelta de la esquina que entendamos que todos nos vamos a beneficiar si seguimos por este camino: cobre todo, los que menos tienen“, dijo el ministro.
Otro de los puntos que le preguntó Simioni fue por la Hidrovía y destacó que están trabajando en la licitación y planean lanzarla en breve.
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Comarb) comunicó esta tarde a los bancos que se ha decidido dejar fuera del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) el pago de Ingresos Brutos.
Eso implica que en el caso de que un cliente de una entidad financiera decida exteriorizar pesos en una Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) no se le deberá retener nada en concepto Ingresos Brutos de las provincias.
El ente que regula las relaciones fiscales entre las provincias envió un nota a la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), La Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA), la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (ABAPPRA) y a la Asociación de la Banca Especializada (ABE).
El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, comentó que la decisión adoptada por el ente “no obsta a que cada jurisdicción pueda considerar que están gravados los depósitos que se puedan hacer en las cuentas CERA porque cada jurisdicción mantiene su potestad tributaria”.
Domínguez señaló que la medida no implica que desaparezca el riesgo de que una jurisdicción que no esté adherida al blanqueo no aparezca luego a reclamar impuestos y tasas municipales. “Por lo menos los bancos no van a recaudar el CIRCREB a cuenta de Ingresos Brutos”.
Los fondos “blanqueados” podrán utilizarse para la realización de inversiones, informaron la CNV y el BCRA
La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) informaron hoy que, bajo el régimen de regularización de activos es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales de los clientes.
Estas se podrán realizar desde la fecha de acreditación de los fondos regularizados, sin restricción de monto, hacia las cuentas bancarias especiales de regularización de los Agentes de Liquidación y Compensación (AlyC), informaron a través de un comunicado conjunto la CNV y el BCRA.
Los fondos regularizados podrán ser invertidos en la suscripción y/o adquisición, según corresponda, de títulos públicos (incluidos los BOPREAL), acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de FCI abiertos o cerrados, valores fiduciarios, pagarés bursátiles y cheques de pago diferido.
Así quedó establecido por la Ley 27.743 y su reglamentación, y para mayor información se puede consultar las normativas vigentes de la CNV y el BCRA