La AFIP pone en marcha el registro de proyectos inmobiliarios para regularizar fondos sin costo

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Quienes se inscriban no deben abrir una cuenta especial de regularización para recibir los fondos, sólo registrar una cuenta de su titularidad al proyecto.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilita el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) para inversiones en obras nuevas o con un grado de avance de hasta 50%.

 Lo hizo a través de la Resolución General N.º 5549/24, publicada en el Boletín Oficial. De esta manera, el organismo abre la posibilidad de informar las obras para poder afectar los fondos regularizados, sin tope y sin costo, en el marco del Régimen de Regularización de Activos de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Los sujetos alcanzados por la normativa son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra. 

En el registro, se incluirán inversiones directas o indirectas en construcciones de edificios residenciales, no residenciales, rurales, loteo de predios, reformas, ampliaciones, instalaciones, mejoras  y todo proyecto que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, requiera denuncia, autorización o aprobación de autoridad competente.

Asimismo, se incluirán los contratos de locación de obras sobre inmueble propio con destino a fines industriales, productivos, de vivienda o comercial.
Quienes se inscriban en el registro, no deben abrir una Cuenta Especial de Regularización para recibir los fondos regularizados, simplemente deben asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto. Esta medida se encuentra en línea con la reciente Comunicación “A” 8090 dictada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Por su parte, los sujetos que opten por alguna de estas inversiones deben  proporcionar a la entidad bancaria el código de registración del proyecto inmobiliario y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada al proyecto a la cual se realizarán las transferencias de los fondos.

Operativo en el sector de la construcción

En el marco del Nuevo Pacto Fiscal, las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social, realizaron operativos conjuntos con un enfoque integral en el mercado inmobiliario y de la construcción, que incluyeron acciones simultáneas de relevamiento de información y control de registración de empleados en obras de construcción, inversores y escribanos.

Como resultado de estos relevamientos, se identificaron 188 inversores relevantes que están inscriptos ante la AFIP solo como monotributistas, mientras que otros 135 sujetos operan fuera del sistema, de los cuales 80 no poseen número de CUIT y 55 no están registrados en impuestos, habiendo invertido, entre todos, una suma de 6.000 millones de pesos.

En lo que respecta a la registración de los trabajadores, se verificó que más del 50% presenta irregularidades. Sobre ese porcentaje, un 20% se encuentra sin declarar, mientras que el restante 30% declaró percibir parte de su salario de manera informal.
Los operativos surgen como resultado del relevamiento de información vinculada a un universo de más de 8.000 inversores inmobiliarios de todo el país, de obras compuestas por departamentos, locales y cocheras, las cuales representan una construcción total de 1,2 millones de metros cuadrados.

Como parte de estas acciones, la AFIP llevó a cabo visitas a consorcios de administración de edificios y barrios cerrados con el fin de monitorear la capacidad tributaria de los sujetos obligados al pago de las expensas. 

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La AFIP prorrogó el vencimiento de declaraciones juradas y el pago de impuestos claves

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El objetivo es lograr la mayor recaudación posible. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó los vencimientos para las declaraciones juradas y el pago del saldo de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período fiscal 2023.

Con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, el organismo dictó la Resolución General N° 5550/24. 

De este modo, dichas obligaciones podrán cumplirse excepcionalmente hasta las fechas que se indican a continuación:

Calendario de vencimientos agosto y septiembre de 2024

En atención a la medida dispuesta por el organismo, se comunica el calendario de pagos relacionado:
Ingresos especiales de importes a cuenta para los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales (40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023) – RG 5548/24.

Manifestación de adhesión y pago inicial del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) – para sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos:

Declaración Jurada y pago del saldo del Impuesto del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) – para sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos:

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Blanqueo: el Banco Central flexibiliza controles sobre transferencias en dólares

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Se eliminaron algunas disposiciones para operar en moneda extranjera, como la imposibilidad de transferir dólares a cuentas con una antigüedad menor a 180 días

En el marco del plan de “Regularización de Activos” lanzado por el Gobierno y comúnmente conocido como blanqueo. El Banco Central decidió derogar una normativa que permitía a las entidades financieras rechazar transferencias en moneda extranjera, basándose únicamente en la sospecha de una posible violación a las normas cambiarias del país.

La Comunicación “A” 8090 del organismo a cargo de Santiago Bausilli fijó las regulaciones específicas para las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA), establecidas en el marco del proceso de blanqueo de capitales o regularización de activos no declarados con la que el Gobierno busca aumentar la entrada de divisas y estabilizar un tanto las cuentas públicas, que si bien ostentan signos de saneamiento, enfrentan desafíos serios en distintos frentes. El propósito de la derogación es claramente simplificar y facilitar estas transacciones.

Y es que fuentes del mercado ven complicado el futuro del Gobierno que cuenta con los dólares del blanqueo para capear dificultades con un riesgo país en 1.550 pbs y un BCRA que dejó comprar dólares, la caída en las reservas acumuladas en lo que va del tercer trimestre supera la cantidad acordada para todo el trimestre con el FMI. Incumpliendo, por supuesto, las metas.

Así es que una de las normativas que se eliminó permitía a las entidades bancarias rechazar una transferencia en moneda extranjera si existía la mera sospecha de que dicha transacción podría estar vinculada a un incumplimiento de la regulación sobre la compra de moneda extranjera por parte de residentes con la intención de formar activos en el exterior. En tales casos, el banco solo estaba obligado a informar al cliente afectado sobre el “motivo del rechazo“.

Pero el BCRA eliminó también ciertas disposiciones relacionadas con el principio de “conozca a su cliente”, el cual exige a los bancos identificar y monitorear los movimientos de cada depositante para detectar posibles operaciones de lavado de dinero. Como resultado, dejó de estar vigente una sección de la normativa que obligaba a los bancos a tomar “recaudos especiales” antes de realizar una transferencia, con el fin de continuar minimizando el riesgo. Estas medidas incluían restricciones para cuentas de destino que no tuvieran una antigüedad mayor a 180 días o que no hubieran registrado movimientos en los 180 días previos a la transferencia.

Los puntos clave de la Comunicación

  • Múltiples acreditaciones: se permite depositar dinero en las CERAS en varias ocasiones, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.
  • Documentación: las entidades financieras deben conservar registros detallados de todos los depósitos realizados en estas cuentas.
  • Fondos congelados: los fondos depositados no pueden ser retirados hasta una fecha determinada (en este caso, el 30/09/24), según lo establecido por el Decreto 608/24 y la AFIP.

Transferencias limitadas

Hasta u$s100.000: si el monto total es menor a esta cantidad, se requiere una declaración jurada indicando que el dinero será utilizado en operaciones específicas y antes de una fecha límite. Asimismo, podrán transferirse a cuentas comitentes para utilizarse en las inversiones permitidas, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se informe a la AFIP.

  • Retenciones: Pueden aplicarse retenciones impositivas a las transferencias, según lo determine la AFIP.
  • Venta de dólares: se permite vender la moneda extranjera depositada para pagar impuestos.
  • Información a la AFIP: las entidades financieras deberán informar a la AFIP sobre todos los movimientos en estas cuentas.
  • No se Admiten Débitos en Efectivo: los retiros de dinero de estas cuentas deben realizarse mediante transferencias bancarias.

Cabe destacar que el Gobierno diseñó este blanqueo con un enfoque especial en aquellos que buscan regularizar montos menores a u$s100.000, principalmente en efectivo.

Esta decisión llega en un momento crítico, ya que Argentina enfrenta el riesgo de ser incluida nuevamente en la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Y es que muchas voces alertan por estas horas que el país podría ingresar, una vez más, en la “lista gris” de ese organismo por fallas en el cumplimiento de las recomendaciones internacionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo (PLA/FT).

Cabe destacar que Argentina ya hizo parte de esa lista, donde actualmente figuran países como Venezuela, Croacia, Bulgaria, Burkina Faso, Camerún, República Democrática del Congo, Haití, Namibia, Nigeria, Senegal, Siria, Vietnam, Yemen, y el principado de Mónaco, debido a la falta de cooperación en la lucha contra el lavado de dinero relacionado con actividades ilícitas.

De esta manera, el Banco Central estableció un marco regulatorio específico para las CERAS, con el objetivo de garantizar que los fondos depositados sean utilizados de acuerdo con las normas establecidas y que se informe a las autoridades competentes sobre todos los movimientos. Aunque esto pueda significar poner en alerta a la GAFI.

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Las pymes piden que las provincias y municipios adhieran al blanqueo de capitales

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Dicen que es clave para la efectividad de la medida. Las pequeñas y medianas empresas y los contadores pidieron que las provincias y municipios adhieran al blanqueo de capitales aprobado por el Congreso de la Naciòn.

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), junto a la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), advirtieron la necesidad de que las provincias, CABA y municipios adhieran al Régimen de Regularización de Activos (blanqueo) para “garantizar la efectividad” de la medida.  

Ambas entidades consideraron clave esa adhesión para “estimular a los contribuyentes a normalizar sus tenencias y bienes” y que estos no se vean luego afectados teniendo que afrontar costos provinciales.  

En un documento elaborado en forma conjunta, la FACPCE y CAME señalaron que, sin el acompañamiento de las provincias y municipios, “los contribuyentes que ingresen al Régimen podrían quedar expuestos a determinaciones de oficio por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos”, como también de los municipios con las tasas de seguridad e higiene.

Asimismo, recordaron que la sanción de esta norma a nivel nacional requiere el acompañamiento de la legislación local para complementar la decisión del contribuyente de ingresar al régimen. 

“El acompañamiento legislativo local fortalecerá la decisión de los contribuyentes de normalizar sus tenencias y bienes, y permitirá un alivio fiscal integral que abarque tanto los tributos nacionales como los subnacionales”, señalaron.

A su vez, consideraron que sólo a partir de esta adhesión “se cumplirán de manera exitosa los objetivos perseguidos por el Ejecutivo y avalados por el Congreso, en relación a ampliar la base tributaria sobre la que se aplicarán los impuestos”.

FACPCE y CAME remarcaron que el éxito del denominado blanqueo “permitirá que muchos dólares atesorados puedan dinamizar el consumo y la inversión, disminuidos por la recesión, y contribuirá a mejorar las reservas”.

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La AFIP reglamentó el blanqueo de capitales y se podrá regularizar sin límites ni penas

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Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos que permitirá a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto sin costo alguno.

La medida está contemplada en la Ley 27.743 bautizada “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” y que mediante la Resolución General Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial detalla que el dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o se inviertan en destinos autorizados.

Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, quienes podrán recuperar su residencia a partir del 1° de enero de 2024.

El régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes: hasta el 30 de septiembre de 2024 con una alícuota del 5%, hasta el 31 de diciembre de 2024 al 10%, y hasta el 31 de marzo de 2025 al 15%.

Los bienes a blanquear deben estar en posesión del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 y acreditarse en la declaración jurada correspondiente.

 El dinero en efectivo debe ser depositado en una cuenta especial de Regularización de Activos para evitar el pago de impuestos y debe regularizarse antes del 30 de septiembre de 2024.

Otros beneficios del blanqueo incluyen la exención de acciones civiles y penales por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas, y la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% anual.

Los detalles y requisitos del régimen están disponibles en el micrositio de la AFIP.

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