Boletín Oficial

ANSES ajusta las jubilaciones desde julio: el haber mínimo sube a $411.989 y se actualizan las bases previsionales

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó una actualización del 2,15% para las jubilaciones, pensiones y parámetros previsionales que comenzará a regir con los haberes de julio. La medida replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo y consolida el esquema de movilidad mensual vigente. Para el mercado interno, el impacto se concentra en la capacidad de consumo de millones de beneficiarios, mientras que para empleadores y estudios contables también implica nuevos valores para las bases imponibles del sistema previsional.

La actualización fue establecida mediante la Resolución 186/2026, publicada en el Boletín Oficial. Con este ajuste, el haber mínimo garantizado pasa a $411.989,33, mientras que el haber máximo asciende a $2.772.298,06. La Prestación Básica Universal (PBU) se ubicará en $188.466,31 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzará $329.591,46.

El incremento responde al mecanismo de movilidad implementado por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024, que sustituyó la fórmula anterior por un esquema de actualización mensual atado a la inflación medida por el INDEC. Para julio, la variación aplicada corresponde al IPC de mayo: 2,15%.

En provincias del NEA, donde la participación de jubilaciones, pensiones y asignaciones dentro del ingreso disponible de los hogares tiene un peso significativo en numerosas economías locales, cada actualización previsional repercute sobre el consumo cotidiano. Comercios minoristas, farmacias, supermercados y prestadores de servicios suelen captar parte de esos ingresos durante los primeros días del calendario de pagos.

Sin embargo, el ajuste también mantiene el ritmo de indexación de las obligaciones previsionales para empleadores. La resolución redefine las bases imponibles utilizadas para calcular aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), un dato relevante para empresas, áreas de recursos humanos y estudios contables.

Los principales cambios desde julio

Entre las modificaciones oficializadas se destacan:

  • Haber mínimo: $411.989,33.
  • Haber máximo: $2.772.298,06.
  • Prestación Básica Universal (PBU): $188.466,31.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $329.591,46.
  • Base imponible mínima para aportes: $138.757,90.
  • Base imponible máxima: $4.509.567,41.

En el caso de quienes perciben el haber mínimo y continúan recibiendo el bono extraordinario de $70.000, el ingreso total alcanzará $481.989,33. La resolución difundida por ANSES únicamente actualiza los haberes previsionales; el bono mantiene el mismo valor nominal que viene aplicándose desde marzo de 2024.

Qué significa para empresas y trabajadores

La actualización mensual no sólo modifica los ingresos de jubilados y pensionados. También redefine parámetros técnicos utilizados en la liquidación previsional de trabajadores activos.

Las nuevas bases imponibles determinan el rango sobre el cual se calculan los aportes personales y contribuciones patronales previstos en la Ley 24.241, por lo que su actualización resulta relevante para empleadores privados, organismos públicos y profesionales dedicados a la administración laboral.

Además, la resolución establece que las remuneraciones de quienes soliciten su jubilación desde el 1 de julio de 2026 continuarán actualizándose conforme los índices fijados por la Subsecretaría de Seguridad Social para el cálculo del haber inicial.

La movilidad mensual mantiene alineadas las prestaciones previsionales con la inflación, pero también consolida un esquema en el que tanto ingresos previsionales como parámetros laborales se modifican todos los meses. Para empresas y actores económicos, la previsibilidad dependerá de la evolución del IPC y de la continuidad del bono extraordinario, cuya actualización permanece desacoplada de la fórmula de movilidad.

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Agricultura actualiza el marco regulatorio para microorganismos genéticamente modificados y acelera los procesos de evaluación

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca oficializó un nuevo régimen para la evaluación y autorización de actividades vinculadas con microorganismos genéticamente modificados (MGM), con el objetivo de modernizar el sistema regulatorio argentino, reducir la dispersión normativa y brindar mayor previsibilidad a las empresas e instituciones que desarrollan proyectos de biotecnología aplicada al agro.

La medida fue establecida mediante la Resolución 96/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y reemplaza las resoluciones 5/2018 y 52/2019, que hasta ahora regulaban los ensayos experimentales y los procesos de liberación comercial de microorganismos genéticamente modificados.

La decisión se inscribe dentro del nuevo marco general para organismos genéticamente modificados fijado por el Ministerio de Economía a comienzos de este año y busca adecuar la regulación a los avances científicos registrados durante los últimos años, incorporando tecnologías que no estaban contempladas en la normativa anterior.

Uno de los principales cambios consiste en la creación de un procedimiento único para tres tipos de trámites: la autorización de ensayos experimentales en condiciones controladas con microorganismos genéticamente modificados viables, la evaluación de bioseguridad como requisito previo a la autorización comercial y la certificación de ausencia de microorganismos viables en productos derivados de estos desarrollos.

La resolución establece que todas las evaluaciones continuarán siendo realizadas por la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA), con intervención de la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía. El análisis deberá efectuarse caso por caso, considerando evidencia científica y técnica específica para cada desarrollo.

Plazos definidos y mayor previsibilidad para las empresas

Uno de los aspectos centrales de la nueva regulación es la incorporación de un plazo máximo de 90 días hábiles administrativos para concluir la evaluación técnica de las solicitudes, aunque el cómputo podrá suspenderse cuando el organismo requiera información adicional al solicitante o existan modificaciones sustanciales del proyecto presentado.

El Gobierno sostiene que la fijación de plazos claros busca otorgar mayor previsibilidad a empresas, universidades y centros de investigación que desarrollan proyectos biotecnológicos, reduciendo tiempos administrativos sin alterar los estándares de bioseguridad.

La resolución también incorpora mecanismos de consulta previa opcionales, que permitirán a los desarrolladores presentar proyectos preliminares para resolver criterios regulatorios antes del inicio formal del trámite. Estas consultas deberán responderse en un máximo de 30 días hábiles.

Bioseguridad y control durante todo el proceso

El nuevo régimen mantiene un fuerte énfasis en los controles de bioseguridad. Toda liberación experimental requerirá autorización previa y estará sujeta a inspecciones del SENASA antes, durante y después del ensayo. Asimismo, los responsables deberán informar cualquier incidente, desviación o escape del microorganismo dentro de plazos específicos y ejecutar los protocolos de contingencia previamente aprobados.

La normativa también obliga a llevar registros permanentes de actividades y existencias mediante libros rubricados, informar avances semestrales y presentar un informe final una vez concluido cada ensayo experimental.

En paralelo, se establecen obligaciones adicionales para los ensayos con animales de producción, que deberán cumplir las normas vigentes sobre bienestar animal y garantizar la correcta identificación de los ejemplares utilizados.

Impulso a la bioeconomía y articulación regulatoria

Desde la Secretaría de Agricultura argumentan que la actualización normativa permitirá fortalecer el desarrollo de la bioeconomía, facilitar la transferencia tecnológica hacia el sector productivo y mejorar la coordinación entre los distintos organismos competentes en materia de bioseguridad, inocuidad alimentaria, bioinsumos y productos fitosanitarios.

El texto oficial destaca que la experiencia acumulada durante los últimos años evidenció la necesidad de unificar procedimientos, eliminar superposiciones regulatorias y adaptar la normativa a las nuevas herramientas biotecnológicas que comenzaron a utilizarse tanto en la producción agropecuaria como en procesos agroindustriales.

En esa línea, el Gobierno busca consolidar un esquema regulatorio que combine mayores niveles de previsibilidad para la inversión privada con criterios técnicos uniformes para la evaluación de riesgos, en un contexto donde la biotecnología aparece como uno de los sectores estratégicos para incrementar la productividad y el valor agregado de las cadenas agroalimentarias argentinas.

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Dos Hermanas tendrá circuito electoral propio: la CNE adecuó el mapa de Misiones al nuevo municipio

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La Cámara Nacional Electoral aprobó la creación del circuito electoral 0081A “Dos Hermanas” y redefinió los límites del circuito 0081 “Bernardo de Irigoyen”, en una decisión que actualiza la organización electoral de Misiones tras la creación del municipio N.º 79. La medida permitirá adecuar el padrón, la administración de los comicios y la logística electoral a la nueva realidad institucional del norte provincial, aunque todavía resta la intervención formal del Poder Ejecutivo Nacional para completar el trámite previsto por el Código Electoral Nacional.

La resolución 19/2026, publicada en el Boletín Oficial, responde a una necesidad derivada de la Ley Provincial XV – Nº 24, mediante la cual Misiones creó el municipio de Dos Hermanas. Hasta ahora, el área continuaba integrada electoralmente al circuito 0081 Bernardo de Irigoyen, una situación que dejaba desactualizada la división electoral respecto de la organización política y administrativa vigente.

La decisión tiene un alcance institucional que excede el aspecto meramente cartográfico. La delimitación de circuitos constituye uno de los pilares sobre los que se organizan los padrones, la asignación de establecimientos de votación, la distribución de autoridades de mesa y la planificación logística de cada proceso electoral. Para un municipio recientemente creado, disponer de un circuito propio representa un paso clave hacia la consolidación de su autonomía administrativa.

Adecuación institucional tras la creación del municipio

La resolución surge a partir de una propuesta elevada por el Juzgado Federal con competencia electoral de Misiones, conforme a lo establecido en el artículo 40 del Código Electoral Nacional.

El expediente fue analizado técnicamente por la Unidad de Geografía Electoral de la Cámara Nacional Electoral, que elaboró un informe recomendando subdividir el circuito 0081 “Bernardo de Irigoyen” y crear el nuevo circuito 0081A “Dos Hermanas”, ambos dentro de la Sección Electoral 17 – Departamento General Manuel Belgrano.

El estudio técnico señala que la propuesta cumple principalmente con el criterio N.º 7 previsto en la Acordada 49/2020, referido a la adecuación de los límites municipales, además de satisfacer los criterios 1, 2, 3, 4, 5, 6, 12, 13 y 14 establecidos para la organización territorial electoral.

Asimismo, la Cámara indicó que el proyecto ya reúne las condiciones técnicas necesarias para incorporarse al Sistema de Información Geográfica (SIG) utilizado para la administración electoral y que el expediente contiene tanto la cartografía correspondiente como la información de los futuros locales de votación.

Cambios administrativos que impactan en toda la organización electoral

Más allá de la aprobación formal del nuevo circuito, la Cámara Nacional Electoral puso especial énfasis en el aspecto operativo.

El tribunal advirtió que la modificación de circuitos implica numerosas tareas registrales y administrativas que deben ejecutarse con suficiente anticipación respecto de futuros procesos electorales. Por ese motivo dispuso que dichos trabajos comiencen inmediatamente desde la comunicación de la resolución, ad referendum de la resolución definitiva sobre la cuestión.

Entre esas tareas se encuentran la actualización del Registro Nacional de Divisiones Electorales, la adecuación del Sistema de Gestión Electoral (SGE), la reorganización del padrón de electores y la planificación logística correspondiente.

Antes de adoptar la decisión también tomaron conocimiento el Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones y las agrupaciones políticas con reconocimiento en el distrito, cumpliéndose las instancias previstas dentro del procedimiento administrativo.

La resolución ordena además remitir las actuaciones al Poder Ejecutivo Nacional, paso contemplado por el procedimiento establecido en el Código Electoral Nacional.

Un cambio institucional con efectos sobre la gestión pública local

Aunque la resolución posee naturaleza técnica, su importancia trasciende el ámbito electoral. La creación de un circuito propio acompaña el proceso de consolidación institucional de Dos Hermanas como municipio y facilita la administración de futuros procesos democráticos.

Para la gestión pública provincial y municipal, contar con una división electoral alineada con la estructura administrativa reduce complejidades operativas, mejora la identificación territorial de los electores y permite organizar con mayor precisión la infraestructura electoral.

Para el sector productivo y las instituciones locales, la consolidación administrativa del municipio también aporta previsibilidad institucional, un aspecto relevante para la planificación de políticas públicas, inversiones y representación política del territorio.

Lo que deberá seguirse de cerca será la implementación práctica de la nueva delimitación, particularmente la actualización de padrones, la asignación definitiva de establecimientos de votación y la incorporación plena del circuito 0081A en los próximos cronogramas electorales nacionales.

Anexo Resolución 19/2026 by CristianMilciades

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Redefinen el reconocimiento de Indicaciones Geográficas del Mercosur para vinos y fortalecen el rol del INV

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La Secretaría de Agricultura incorporó formalmente al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) al procedimiento de reconocimiento de las Indicaciones Geográficas (IG) de vinos y productos vínicos provenientes de los países del Mercosur. La medida busca ordenar la aplicación del acuerdo regional, centralizar la evaluación técnica y dotar de mayor seguridad jurídica a un segmento donde el origen geográfico constituye un activo comercial de alto valor.

La Resolución 94/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece que las Indicaciones Geográficas reconocidas en los Estados Parte del Mercosur para productos vínicos deberán atravesar el procedimiento previsto por la normativa argentina antes de obtener protección en el país. La novedad central es que ese análisis quedará bajo la órbita del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) cuando se trate exclusivamente de vinos y productos de origen vínico.

La decisión complementa la reglamentación aprobada en mayo de este año para implementar el Acuerdo de Protección Mutua de las Indicaciones Geográficas del Mercosur, incorporado al derecho argentino mediante la Ley 27.765.

Un cambio institucional para un activo estratégico

Las Indicaciones Geográficas constituyen un sistema de protección intelectual que vincula la reputación y determinadas características de un producto con su lugar de origen. En el negocio vitivinícola representan mucho más que una denominación: funcionan como un diferencial competitivo que agrega valor comercial, facilita el posicionamiento internacional y protege a productores frente al uso indebido de nombres geográficos.

Con la nueva resolución, el Gobierno determina que el INV será el organismo técnico encargado de evaluar las solicitudes vinculadas a vinos y productos vínicos, utilizando el marco previsto por la Ley 25.163, que regula las denominaciones de origen e indicaciones geográficas del sector vitivinícola argentino.

La medida no modifica el acuerdo regional ni crea nuevos derechos, sino que define con mayor precisión cuál será la autoridad competente para llevar adelante las evaluaciones técnicas dentro del país.

Para las bodegas y exportadores, la resolución aporta previsibilidad institucional en un mercado donde la certificación del origen constituye un elemento central para acceder a segmentos de mayor valor agregado.

Entre los principales efectos se destacan mayor especialización técnica en la evaluación de Indicaciones Geográficas vinculadas al sector vitivinícola. Unificación de criterios bajo el organismo que ya administra las denominaciones de origen y las IG argentinas. Mayor seguridad jurídica para el reconocimiento de denominaciones provenientes del Mercosur. Sin impacto fiscal ni creación de nuevas estructuras administrativas, ya que la resolución aclara que las funciones serán absorbidas por el INV con los recursos existentes.

Alcance regional y oportunidades

Aunque el NEA no posee una industria vitivinícola comparable con otras regiones del país, la resolución adquiere relevancia para las empresas vinculadas al comercio exterior, la distribución de vinos, la gastronomía premium y el turismo, actividades que incorporan productos certificados por origen como parte de su estrategia comercial.

También fortalece el proceso de armonización regulatoria dentro del Mercosur, un aspecto relevante para las economías regionales que buscan proteger productos diferenciados mediante sistemas de calidad e identidad territorial.

La decisión refleja una tendencia creciente en el comercio internacional: los atributos vinculados al origen, la trazabilidad y la autenticidad ganan peso como herramientas de diferenciación frente a mercados cada vez más exigentes.

El próximo paso será observar cómo se implementa el procedimiento de evaluación y reconocimiento de las Indicaciones Geográficas provenientes de Brasil, Uruguay y Paraguay, así como el impacto que esta coordinación institucional tendrá sobre futuras solicitudes de protección dentro del bloque. Para la vitivinicultura argentina, consolidar reglas homogéneas en materia de propiedad intelectual constituye un componente estratégico para sostener el posicionamiento de sus productos en el mercado regional.

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JetSMART Colombia fue autorizada a volar entre Medellín y Buenos Aires

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La Subsecretaría de Transporte Aéreo autorizó a JetSMART Airlines S.A.S., la filial colombiana del grupo de bajo costo, a operar servicios regulares internacionales de pasajeros y carga entre Medellín y Buenos Aires (Aeroparque Jorge Newbery), una decisión que fortalece la conectividad aérea entre ambos países y suma un nuevo competidor en un mercado regional que busca recuperar frecuencias y diversificar la oferta.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 11/2026, publicada en el Boletín Oficial, y habilita a la compañía a explotar la ruta Medellín–Buenos Aires–Medellín, en el marco de los acuerdos bilaterales vigentes entre Argentina y Colombia. La empresa había sido previamente designada por la autoridad aeronáutica colombiana para operar hasta siete frecuencias semanales bajo derechos de cuarta libertad del aire, aunque la puesta en marcha efectiva dependerá de su programación comercial.

Para el sector productivo, la autorización trasciende la incorporación de un nuevo vuelo. La conectividad aérea constituye un factor estratégico para facilitar los viajes corporativos, potenciar el turismo receptivo y mejorar las alternativas logísticas para el transporte de cargas de alto valor o baja escala, especialmente entre economías con creciente intercambio comercial.

Una señal de mayor apertura en el mercado aerocomercial

La resolución confirma que la solicitud de JetSMART Colombia se ajusta al Memorando de Entendimiento que regula las relaciones aerocomerciales entre ambos países y que la empresa cumplió con los requisitos legales, técnicos y administrativos exigidos por la normativa argentina.

El Gobierno también señala que la autorización se limita estrictamente a los derechos otorgados por Colombia, por lo que la aerolínea no podrá superar las frecuencias, rutas o modalidades operativas previstas en el acuerdo bilateral.

La incorporación de un nuevo operador en esta ruta incrementa la competencia en un segmento donde las compañías low cost vienen ganando participación mediante esquemas de menores costos operativos y mayor eficiencia comercial.

Aunque la disposición no modifica las condiciones regulatorias del mercado, sí amplía las opciones disponibles para empresas que mantienen vínculos comerciales entre ambos países.

Entre los principales efectos potenciales se destacan mayor competencia en las conexiones entre Argentina y Colombia. Más alternativas para viajes corporativos, especialmente hacia uno de los principales centros económicos de Colombia. Nuevas posibilidades para el transporte aéreo de cargas, complementando la logística tradicional. Fortalecimiento del turismo receptivo y emisivo, con impacto sobre hoteles, gastronomía y servicios asociados.

Una mayor competencia entre aerolíneas suele traducirse en una oferta más amplia de horarios y, eventualmente, en tarifas más competitivas, factores que inciden sobre la movilidad empresarial y turística.

La autorización regulatoria constituye el primer paso. El verdadero impacto económico dependerá de cuándo JetSMART Colombia incorpore efectivamente la ruta a su programación comercial, la frecuencia con la que opere y la respuesta de la demanda. En un mercado aerocomercial cada vez más competitivo, la expansión de la conectividad regional se consolida como un activo relevante para mejorar la integración económica y facilitar los negocios entre Argentina y América Latina.

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