Garupá aplicará un 5% a cada viaje de Uber y Cabify desde 2026
Garupá crea un impuesto del 5% por viaje a Uber, Cabify y apps de transporte y abre un nuevo frente regulatorio en el NEA
Desde el 1° de enero de 2026, la Municipalidad de Garupá aplicará un recargo del 5% sobre cada viaje realizado mediante plataformas digitales como Uber, Cabify y similares. La medida surge de la Ordenanza 723/2025 y convierte al municipio en uno de los primeros del NEA en establecer un esquema tributario y regulatorio específico para el transporte privado digital. El impacto económico, jurídico y operativo del nuevo régimen ya genera tensión entre choferes, usuarios y empresas.
Un marco regulatorio inédito: habilitación local obligatoria y pago diario del 5%
El Concejo Deliberante de Garupá aprobó la Ordenanza 723/2025, promulgada posteriormente por el Ejecutivo municipal, que establece por primera vez un régimen integral para el “Transporte Privado de Personas a través de Plataformas Electrónicas”. La norma fue sancionada el 13 de agosto de 2025 y entrará en vigencia el 1° de enero de 2026, tras la reglamentación final.
El texto fija bases legales, administrativas y operativas para el funcionamiento de las apps dentro del ejido municipal. Los ejes principales son: Creación de un registro obligatorio de permisionarios, limitado únicamente a quienes ya cuenten con habilitación municipal como remises o como conductores de motovehículos inscriptos. Obligación de las empresas de transporte por plataforma de contar con domicilio local, habilitación municipal y registro de vehículos y choferes. Exigencia de antecedentes penales, documentación del vehículo y certificaciones específicas para cada conductor. Autorización exclusiva de viajes dentro del padrón registrado; si una app asigna viajes a un chofer no habilitado, enfrentará sanciones.
El punto más controvertido aparece en el Artículo 13, que determina: “La Municipalidad de Garupá percibirá un porcentaje equivalente al cinco por ciento (5%) del valor final de cada viaje realizado”.
El importe deberá ser abonado a diario por los conductores o por las Empresas de Redes de Transporte, según defina cada operador. El pago se realizará a la cuenta que disponga la Dirección de Transporte local, que además será autoridad de aplicación.
La ordenanza también establece: topes de antigüedad vehicular, tarifas sujetas a regulación solo para plataformas locales, obligación de compartir información ante requerimientos oficiales, y sanciones que incluyen multas, suspensión de hasta dos años o inhabilitación definitiva.

Debate político y operativo: seguridad y formalización vs. costos, tarifas y competitividad
Desde el oficialismo municipal, el presidente del Concejo Deliberante, Miguel Rauber, defendió la normativa al afirmar que la ausencia de regulación equivaldría a “desproteger no solo al usuario sino también al chofer”. En declaraciones radiales, sostuvo que: “Somos un municipio que crece a pasos agigantados. La capacitación no es la respuesta absoluta, pero mitiga muchos accidentes”.
Rauber confirmó que el Municipio mantiene diálogo con las principales plataformas y que existe predisposición para avanzar en los requisitos necesarios para operar localmente. También anticipó que no está definido aún el destino del 5% recaudado, lo cual será materia de debate en el Presupuesto 2026.
Por su parte, la medida generó una reacción inmediata en el ecosistema de transporte digital. Choferes advierten que el recargo del 5% podría trasladarse directamente a sus ingresos netos o encarecer el costo para los pasajeros. Usuarios temen un aumento en las tarifas y menor disponibilidad de autos y motos. Plataformas, aunque aún no hicieron declaraciones, en otras jurisdicciones han cuestionado tributos específicos por considerarlos “encarecedores y restringidos”, lo que anticipa un posible conflicto regulatorio.
El modelo de Garupá emerge como uno de los más restrictivos de la región, dado que limita la operación a choferes ya habilitados como remiseros o motociclistas registrados, excluyendo a la mayoría de los conductores independientes típicos de estas apps.
¿Mayor formalización o barreras de entrada?
La ordenanza coloca a Garupá en un sendero regulatorio propio en el NEA, con implicancias económicas clave.
Ingresos municipales: el nuevo tributo podría convertirse en una fuente de recaudación creciente, aunque aún no tiene afectación presupuestaria definida.
Competencia: las restricciones de habilitación reducen de hecho la oferta de choferes, lo que podría elevar tarifas y disminuir disponibilidad.
Mercado local: para el municipio, el objetivo es “fortalecer el empleo local” e incentivar que la actividad se formalice.
Tecnología y movilidad: el régimen abre un precedente provincial que otros municipios podrían replicar frente al avance de plataformas.
El impacto real —en precios, cantidad de viajes, ingresos de los conductores y recaudación municipal— se definirá recién cuando el sistema comience a operar en 2026.
