CARTA ORGANICA

Claves que abren el debate sobre la independencia monetaria y los límites al poder político en la reforma del BCRA

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La reforma de la Carta Orgánica del Banco Central comenzó a instalar uno de los debates económicos e institucionales más relevantes de los últimos años. El Gobierno nacional sostiene que el objetivo es impedir que futuras administraciones vuelvan a financiar el gasto público mediante emisión monetaria, consolidando un marco legal que preserve el valor de la moneda. Sin embargo, detrás del consenso que genera la necesidad de fortalecer la estabilidad macroeconómica aparecen múltiples interrogantes sobre el alcance real del proyecto y sus posibles efectos de largo plazo.

Según el portal iProfesional el mercado financiero está digiriendo los lineamientos fundamentales del proyecto para reformar al Banco Central. Según declaración de intenciones de Javier Milei, servirá para que nunca más un gobierno despilfarrador pueda incurrir en déficits que luego son financiados con “la maquinita”.

Sin embargo, la propuesta sobra la nueva Carta Orgánica ya está despertando debates entre los expertos, que creen que hay riesgos ocultos en la “letra chica”. A continuación, un listado sobre las principales dudas que se plantearon sobre la reforma.

¿El desempleo no tiene nada que ver con el BCRA?

El presidente Milei considera una aberración el hecho de que la Carta Orgánica le asigne a una herramienta (el BCRA) una gran cantidad de objetivos, que incluso pueden ser contradictorios entre sí. Es por eso que propone que, en la reforma, se defina que el Central sólo debe preservar el valor de la moneda.

Sin embargo, no es necesariamente un tema que genere consenso a nivel mundial. En países que han sufrido el trauma de desempleos muy elevados, también se incluye la consecución del pleno empleo como objetivo de los bancos centrales.

Entre ellos, destaca el caso nada menos que de la Reserva Federal de Estados Unidos, que en una enmienda de 1977 a su ley fundacional agregó expresamente que el cuidado del empleo está entre sus misiones fundamentales. De hecho, a la hora de tomar las decisiones sobre modificación de tasas de interés, uno de los indicadores clave en el análisis de la FED es el ritmo de creación de empleo.

Esto obedece a que, según los economistas que estudiaron la crisis de los años 30, la excesiva contracción monetaria fue un factor que agravó la recesión. Uno de los que argumentaron en ese sentido fue Milton Friedman, de quien Milei es declarado admirador.

¿Siguen vigentes los “regalos” del BCRA al Tesoro?

Hubo una chicana inmediata que plantearon los críticos de Milei luego de que éste publicara su propuesta: se plantea la conveniencia de prohibir medidas que este mismo gobierno ha adoptado. Eso, desde el punto de vista político, podría restarle credibilidad al gobierno a la hora del debate.

Concretamente, lo que se critica es el traspaso de utilidades desde el BCRA al Tesoro, basadas en ganancias contables, por activos que sólo se habían valorizado por efecto de la inflación.

Hace poco más de un mes, se anunció que la institución presidida por Santiago Bausili le transferiría $24,4 billones, mientras el Tesoro le devolvería sólo $18,4 billones para sacarle el “clavo” de las letras intransferibles y se quedaría con $6 billones netos, que le sirven para comprar dólares.

Esa ganancia que reflejó el balance del Central fue posible gracias a la valorización de títulos en la cartera del BCRA, como las letras intransferibles que le había colocado el Tesoro durante la anterior gestión del peronismo. El hecho de que durante el año pasado se haya generado una inflación de 31,5% mientras la cotización del dólar subió un 42% genera una valorización de ese “activo”.

Como el propio ministro Toto Caputo reconoció en su comunicado, las letras intransferibles son, en realidad, un activo ilíquido y sin valor de mercado, que el BCRA había sido forzado a recibir, a cambio de dólares, que son un activo líquido y valioso.

Los economistas críticos hablaron de “maquillaje contable” y de un regreso de la “maquinita de emitir pesos”. Es decir, una acusación que choca de frente contra el discurso oficial, que habla de una reducción de la deuda del Tesoro y de un saneamiento en el balance del BCRA.

Y la propuesta de Milei no llega a eliminar por completo la asistencia al Tesoro, sino que la limita a la cancelación de deudas. A primera vista, eso liberaría de la responsabilidad penal por emisión al directorio del BCRA.

¿Un resquicio para la emisión mediante la compra de deuda?

Milei señala la necesidad de terminar con el vicio de la emisión sin respaldo, pero hay analistas que destacan que no sólo con “la maquinita” se expande la cantidad de dinero, sino que también hay formas indirectas, como la compra de títulos de deuda por parte del Banco Central.

De hecho, hoy es una práctica común que la entidad dirigida por Santiago Bausili intervenga en el mercado secundario. Muchas veces, el sentido de esa intervención es incidir en el tipo de cambio, ya sea mediante la compra o la venta de bonos “dólar linked”.

El efecto de esa política es, de hecho, inyectar o retirar pesos del mercado. Por ejemplo, ha sido una situación repetida en las últimas semanas la venta de bonos antes de las licitaciones del Tesoro. De esa manera, el BCRA retira liquidez y, al mismo tiempo, contiene la cotización del dólar, con lo cual ayuda al Tesoro a que aumente el atractivo de sus colocaciones de deuda en pesos.

Es, por otra parte, un tema sobre el que los economistas no se ponen de acuerdo. Hay quienes sostienen que el BCRA sí debe contar con el permiso para comprar deuda, porque es una garantía para evitar que haya corridas por crisis de confianza sobre un default de los bonos.

¿Autonomía del BCRA o una mayor dependencia del presidente?

Otro tema polémico es cómo debe protegerse la independencia del directorio del BCRA respecto del poder político. En los hechos, todos los gobiernos, incluido el de Milei, han usado al Central como una oficina dependiente del presidente, y han interferido en su gestión.

El ejemplo más recordado fue la expulsión, por decreto, de Martín Redrado durante el gobierno de Cristina Kirchner, porque el titular del BCRA se negaba a transferir reservas a un fondo dependiente del gobierno.

Pero no sólo el peronismo violentó la autonomía del Central: también durante el macrismo hubo injerencias. Ya el primer mes, hubo presión sobre Federico Sturzenegger para que se pusiera tope a un movimiento alcista del dólar. Y a los dos años, el jefe de gabinete, Marcos Peña, anunció el fin del régimen de metas de inflación.

Lo que Milei plantea como solución es que se necesite una mayoría especial del Congreso -dos tercios de ambas cámaras- para remover a los directores, una cantidad de votos muy difícil de obtener. Pero, en contraste, no modifica el método actual para el nombramiento, que es mucho más laxo, a tal punto que hay directores designados “en comisión”, sin el aval del Senado.

Al respecto, Alejandro “Topo” Rodríguez, ex diputado del peronismo, dio una pista sobre cuál será el argumento opositor: “Si avanzara la propuesta de reforma oficialista, la asimetría entre el proceso de designación y el de remoción sería tan abismal que consolidaría la discrecionalidad presidencial”. Desde ese punto de vista, el presidente pondría a las autoridades del BCRA a su antojo y por decreto, mientras que al Congreso le resultaría casi imposible removerlas.

¿Quién detendrá a las cuasimonedas provinciales tras cambios en el BCRA?

Uno de los argumentos fundamentales de Milei es que con una reforma de la Carta Orgánica del BCRA no solamente se pondría coto a la propensión de los políticos por el déficit fiscal nacional, sino que también funcionaría como disciplinador de los gobiernos provinciales y municipales.

Sin embargo, muchos analistas suelen recordar que, ante situaciones de crisis de caja, los gobiernos provinciales pueden volver a emitir cuasi monedas. De hecho, ocurrió con La Rioja durante el primer año de la gestión Milei, y otras provincias grandes, como Buenos Aires y Córdoba, amenazaron con hacer lo mismo si desde la Casa Rosada no se regularizaban las transferencias de recursos.

Las cuasi monedas son, desde el punto de vista técnico, bonos y no dinero, dado que tienen una fecha de vencimiento, a la cual deben ser rescatados por el gobierno provincial. Eso es lo que hace que, por más que se reforme carta orgánica -de hecho, aunque el BCRA fuera eliminado- podrían seguir existiendo.

A lo sumo, lo que puede hacer el gobierno para desalentar su emisión es que ARCA no acepte las cuasimonedas para para el pago de impuestos -algo que sí se permitió en la crisis de 2001-, pero no es un riesgo que la reforma del Banco Central pueda hacer desaparecer.

Banco Central: ¿se puede volver todo atrás con una nueva ley?

Desde el punto de vista legal, lo que afirman los abogados es que una nueva carta orgánica no queda blindada por el hecho de que se sancione como ley del Congreso. El argumento es simple: en un próximo gobierno que tenga mayoría, una nueva ley podría sustituir a esta reforma.

Esto es lo que lleva a que algunos defiendan la necesidad de que la reforma esté respaldada por la propia Constitución nacional. Es un argumento que toma como referencia el célebre caso de Perú, que le dio amplia autonomía a su Banco de Reserva como parte de una reforma constitucional sancionada por el presidente Alberto Fujimori luego del autogolpe con el que disolvió el Congreso.

“El fin de la convertibilidad demostró que al cambiar la composición del Congreso, pueden revertir cualquier ley, y la Corte Suprema no ha dado indicios de proteger el derecho de propiedad”, afirmó Agustín Etchebarne, uno de los economistas más afines al gobierno.

¿El modelo peruano es válido para el Banco Central de Argentina?

Finalmente, queda pendiente el debate de fondo: ¿es realmente conveniente una independencia absoluta del Banco Central? Y, en todo caso, ¿es eso posible en un país como Argentina?

Entre quienes se muestran más escépticos figuran economistas que, al inicio de la campaña electoral de Milei, le aconsejaron la dolarización total de la economía. El caso más notorio es el de Emilio Ocampo, quien sostiene que el ejemplo de Perú -en el que aparentemente se basa la nueva reforma- no es aplicable al contexto argentino.

Y una de sus observaciones más polémicas es que la legendaria fortaleza del Banco Central peruano no ocurre “a pesar de” la debilidad de los gobiernos sino, en buena medida, gracias a que los presidentes no cuentan con un poder que les permita interferir en las áreas monetaria y cambiaria.

“La estabilidad monetaria peruana descansa, en gran medida, en la habilidad, el prestigio y la fortaleza técnica de un funcionario excepcional. La debilidad del Poder Ejecutivo actuó como antídoto natural a la anomia institucional. Pero esto introduce una fragilidad estructural. No existe garantía alguna de que el próximo presidente del BCRP preserve el mismo grado de independencia y profesionalismo que el actual. Cuando los resultados dependen más de las personas que de las instituciones, no son necesariamente extrapolables”, afirma el abanderado de la dolarización.

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San Pedro: ¿Qué ocurrió con la Carta Orgánica?

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En la comuna sampedrina hay un debate sobre las limitaciones del mandato del intendente y viceintendente en el cargo.
San Pedro Online – En San Pedro se generó un debate los puntos donde la carta orgánica sí establece la duración del mandato de los concejales pero no del intendente y el vice intendente, asimismo tampoco establece las veces que estos últimos podrán ser reelectos consecutivamente.
En otro artículo de la carta magna (Art. N° 213) hace mención respecto a las Inhabilidades, incompatibilidades y sanciones de los concejales y estas son establecidas de la misma manera tanto para el intendente y el vice intendente. Claramente se puede observar el olvido de las limitaciones del mandato respecto a la figura del ejecutivo municpal.
Según investigaciones existe un dictamen de comisión N° 16/2018 del Honorable Convención Constituyente donde establece explícitamente la duración y el período de reelección del intendente y el vice intendente.
El dictamen dice:
1. “El Intendente dura en su mandato cuatro (4) años, puede ser reelecto una sola vez en forma consecutiva y solo después de transcurrido un (1) período íntegro de mandato podrá ser electo nuevamente.”
2. “El Vice Intendente dura en su mandato cuatro (4) años, puede ser reelecto una sola vez en forma consecutiva y solo después de transcurrido un (1) período íntegro de mandato podrá ser electo nuevamente”
Este dictamen de comisión fue analizado por la Comisión de Legislación General, Presupuesto, Impuesto y Hacienda que aconsejó la aprobación de la misma, y firmado por la totalidad de los convencionales constituyentes.
Según la carta orgánica este dictamen no se encuentra en ninguno de los artículos, siendo que fue tratado y aprobado en comisión y debería estar incluido en el documento oficial.
El pasado 4 de enero de este año, la carta orgánica de San Pedro fue publicada y oficializada en el boletín oficial de la provincia de Misiones pudiéndose esta, ser modificada recién dentro de 20 años.
Esta cuestión continúa llamando la atención de los Sampedrinos y de muchos dirigentes y candidatos ya que es uno de los focos de la carta respeto al poder ejecutivo. Se cree que se iniciarán acciones judiciales para estudiar más a fondo este asunto.

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San Javier: “Lo que debía ser una fiesta del pueblo, fue un acto político”

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Luego de la jura y presentación en sociedad de la Carta Organica, el pasado jueves, siguen los conflictos por la norma. A la jura no asistieron el Intendente Enio Lemes y ninguno de los concejales, como así tampoco ninguna autoridad provincial, solamente diputados del PAyS y de Cambiemos.
La Convencional Claudia Diel Kochhamm lamentó que “el trabajo de los convencionales luego de un año de debates y ardua labor” se haya desvirtuado en su presentación. Remarcó que “la Carta Orgánica no fue aprobada por unanimidad, sino por mayoría”
El pasado lunes 18 de febrero fue el día en la que la Convención Constituyente sancionó la Carta Orgánica, ese conjunto de normas que regulará a partir de ahora la vida institucional municipal, y que cuenta con un preámbulo, 562 artículos, 26 disposiciones complementarias y transitorias, tres anexos, un índice general y un índice por artículos.
Entre los puntos más destacados, la flamante norma contempla la figura del vice intendente, el Juzgado de Faltas, el Defensor del Pueblo y la aplicación de un Código de Ética para la función pública.
En tanto, entre los aspectos más polémicos, se encuentran la ampliación del Concejo Deliberante que pasa de 7 a 9 ediles, la exigencia de la obligatoriedad de título de nivel secundario para todos los cargos electivos, y fija un régimen electoral propio, dejando sin efecto en la Comuna la resistida Ley de Lemas.
El primer inconveniente suscitado fue el de la fecha de los Comicios. Kochhamm explicó que tres de los convencionales apoyaban la idea de seguir realizando los comicios en las fechas que elija la Provincia, en tanto cuatro de ellos redoblaron la apuesta y fijaron como una fecha única para todas las elecciones el cuarto domingo de octubre, y en las disposiciones complementarias y transitorias, quedó como fecha fija para las elecciones de este año, el 27 de octubre, dejando sin efecto cualquier otra fecha.
Sobre esto la convencional opinó que “San Javier no puede afrontar el costo de los comicios electorales propios, no tenemos ninguna garantía que Nación nos apoye al momento de realizar los comicios”. Además deberá conformarse toda una estructura para controlar los comicios y organizar un tribunal electoral municipal.
Diel Kochhamm explicó que ella en particular votó en contra del aumento del número de Concejales, “porque es un aumento en el gasto público que el municipio no esta en condiciones de afrontar. No podemos presionar más a los contribuyentes. Las condiciones actuales no son las propicias para esta medida”, fundamento. Explicó que en un futuro si el municipio sigue creciendo, se puede acordar un aumento en el número de los ediles para garantizar la representatividad de los sectores.
También se mostró en contra del “requisito de elegibilidad, que establece que los candidatos hayan terminado el Colegio Secundario. Esto es claramente discriminatorio para muchos ciudadanos en la actualidad”. Indicó que la medida a futuro es posible de aplicar, pero no de una forma tan drástica.

Otra de las medidas que ella no acompañó fue el de realizar los comicios en octubre junto a las elecciones nacionales. “No tenemos los recursos para solventar una elección municipal, son entre 5 y 7 millones de pesos de gastos para la organización, control de estos comicios”, explicó.
Sobre el acto realizado el jueves, ella indicó que “más que una Jura de la Carta Orgánica, fue un acto de Cambiemos”. Comentó que “fue agobiante estar ahí, eran golpes tras golpes contra nuestras personas. Yo asistí por el compromiso que tengo con aquellos que nos eligieron para el cargo y lo que significa para la comunidad esta norma”.
“No creo que sea aplicable ahora la Carta Orgánica, si en un futuro. Es un buen trabajo realizado, de forma coherente, pero para el futuro”,  indicó. Al tiempo que lamentó “que mis compañeros convencionales quieren aplicar cosas plasmadas en la Carta orgánica de una forma que no es aceptable para la realidad actual”.
“Todavía no estamos preparados para semejante modificación, en muchos casos la ciudadanía no esta preparada. Tenemos que ser coherentes y cuidarnos entre todos”, dijo.
Cargó por los sectores que “van por todo y no les importa nada”. Indicando que según los Convencionales de Cambiemos el municipio quedaría acéfalo por la ausencia del Intendente y los Concejales a la Jura de la Carta Orgánica. Considerando esto como un peligroso golpe a la institucionalidad municipal.

 
 

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Para el Convencional del PAyS: “A pesar de las controversias logramos una Carta Orgánica de avanzada en San Javier”

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Lo que debería ser una fiesta para la comunidad, resultó un objeto de polémica y controversia. No obstante, la Carta Orgánica de San Javier fue celebrada con felicidad por los convencionales luego de un año de duro trabajo, promulgada y hecha pública en la comunidad el jueves 22 de febrero, a pesar de la oposición del intendente Enio Lemes (FR) y el Concejo Deliberante.
El lunes 18 de febrero de 2019 es una fecha que será recordada históricamente por la comunidad de San Javier, como el día en la que la Convención Constituyente sancionó la Carta Orgánica, ese conjunto de normas que regulará a partir de ahora la vida institucional municipal, y que cuenta con un preámbulo, 562 artículos, 26 disposiciones complementarias y transitorias, tres anexos, un índice general y un índice por artículos.
Entre los puntos más destacados, la flamante norma contempla la figura del vice intendente, el Juzgado de Faltas, el Defensor del Pueblo y la aplicación de un Código de Ética para la función pública.
En tanto, entre los aspectos más polémicos, se encuentran la exigencia de la obligatoriedad de título de nivel secundario para todos los cargos electivos, y fija un régimen electoral propio, dejando sin efecto en la Comuna la resistida Ley de Lemas.
En este último punto, tal vez el más controvertido, a pesar de las presiones, los convencionales redoblaron la apuesta y fijaron como una fecha única para todas las elecciones el cuarto domingo de octubre, y en las disposiciones complementarias y transitorias, quedó como fecha fija para las elecciones de este año, el 27 de octubre, dejando sin efecto cualquier otra fecha.
San Javier irá a elecciones en octubre, en la misma fecha que las nacionales.
En San Javier se votará en octubre y no en junio
El convencional mandato cumplido del Partido Agrario y Social, Cristian Gabriel Castro, explicó cómo fue el año de trabajo y los detalles de la nueva Carta Orgánica.
“El 2018 fue un año arduo, incluso enero y febrero que fueron meses intensos de trabajo para lograr la mejor Carta Orgánica posible. Y lo pudimos hacer luego de un gran tarea en la que hubo controversias y polémicas. Tal vez una de las principales es la cláusula transitoria que reglamenta el Artículo 443, y que establece como fecha de las elecciones en San Javier el cuarto domingo de octubre en consonancia con el Código Electoral Nacional.
Además, también se derogó toda norma contradictoria, con lo que queda fuera de vigencia la Resolución 241, en la que el Ejecutivo adhirió a las elecciones provinciales fijadas para el 2 de junio”, señaló el profesor.
Desacuerdo con secundario completo para quien aspire un cargo electivo
El jueves 21 de febrero se hizo pública la Carta Orgánica, y a partir de ese momento entró en vigencia. Sin embargo, serán los concejales los que deberán reglamentar los aspectos que lo requieran, y que irán entrando en plena vigencia en los plazos fijados.
Uno de los temas más polémicos es la exigencia académica para los cargos electivos. “En ese sentido, el convencional Castro manifestó que estuvo en contra de esa idea desde el principio.
“Me parece que es discriminatorio e inconstitucional poner esa condición para ocupar un cargo electivo; pero no pude dar vuelta la posición de mis pares, por lo tanto quedó por mayoría; pero sigo sin estar de acuerdo”, remarcó el docente.
Una norma de avanzada
A pesar de los aspectos polémicos, incluso el que a todas luces es discriminatorio, el ex convencional del PAyS celebró el trabajo realizado.
“La Carta Orgánica que logramos para San Javier, es de avanzada, con temas muy importantes como el cupo de un tercio para las minorías, aspectos de transparencia, un Gobierno abierto y digital que realmente hacen que sea una muy buena Carta Magna.
Elegimos tener autonomía y lo estamos ejerciendo, esperamos que ahora San Javier pueda avanzar de este letargo en el que está desde hace 40 años, y caminar hacia el progreso por el bien de las futuras generaciones”, enfatizó el joven.

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Lenguaza criticó la ausencia del intendente Lemes en la jura de la Carta Orgánica de San Javier

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“La Carta Orgánica está vigente pese al papelón de Lemes”, sostuvo el diputado Isaac Lenguaza, presente en el acto de Jura que se llevó a cabo a las 20 del jueves 21 de febrero en el club  Hércules de la localidad de San Javier.
El jefe comunal Enio Lemes no asistió a la histórica sesión de la Convención que puso en vigencia la Carta Magna del municipio.
Tampoco asistieron los concejales que le responden.
Lemes repudió la norma a partir de la decisión de la Convención que estableció un sistema electoral propio y prohibió la aplicación de la Ley de Lemas en el municipio.
Lenguaza señaló que “el poder constituyente está por encima incluso del departamento ejecutivo comunal, ya que representa la voluntad de la comunidad que se organiza jurídicamente a partir de su autonomía”, por lo cual un alcalde no puede desconocer, repudiar o negar una carta orgánica sancionada según la convocatoria original.
“Es un papelón que no haya venido a jurar y presenciar este momento histórico para San Javier. Va a quedar en los libros esta actitud antidemocrática”, cuestionó.
Advirtió que existen procesos posibles en la justicia para quien se sienta afectado por una norma, en referencia a la exigencia de título secundario para ser candidato en la comuna. “Desde el Pays también criticamos que se establezca la exigencia del título secundario para ser candidato, pero así se aprobó. Quien se sienta afectado va a poder plantear la inconstitucionalidad. No es lo mismo con la prohibición de la Ley de Lemas. El municipio tiene todo el derecho a dictarse su propia norma electoral en la Carta Orgánica. Y claramente el artículo 433 representa la voluntad del pueblo” agregó.
Al acto de Jura asistieron más de un centenar de vecinos, autoridades de Gendarmería y Prefectura Naval, el cura párroco de la ciudad, el diputado nacional Luis Pastori y los legisladores provinciales Lenguaza (Pays), Rocholl, Minder, Molina y Ratier Berrondo.

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