CHACO

Chaco: ERSA y TCM suspendieron choferes de colectivos y advierten por la continuidad del servicio

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La crisis del transporte urbano en el área metropolitana del Chaco sumó un nuevo capítulo con fuerte impacto social y laboral. Un total de 90 choferes de colectivos urbanos fueron suspendidos por las empresas ERSA y TCM, entre 40 y 50 trabajadores cada una, según confirmó la Unión Tranviarios Automotor (UTA). La medida expone la profundidad del deterioro del sistema, presiona sobre la continuidad del servicio y reaviva el conflicto entre empresas, trabajadores y el Estado provincial, en un contexto de caída de pasajeros y atraso en el reconocimiento de costos.

El escenario se agrava porque, en Corrientes, la empresa ERSA ingresó además en el Procedimiento Preventivo de Crisis, lo que amplía el alcance regional del problema y eleva la incertidumbre sobre el empleo y la prestación del servicio interprovincial.

Empresas en crisis: costos atrasados, menos pasajeros y competencia informal

Desde el sector empresario, la Cámara del Transporte Automotor del Chaco anunció una conferencia de prensa para exponer la “grave y sin precedentes situación” que atraviesa el sistema. Entre los factores centrales, señalaron la falta de reconocimiento de costos desde hace más de un año, una caída sostenida de la cantidad de pasajeros y la ausencia de controles sobre transportes alternativos, que compiten con el servicio regular sin cumplir las mismas exigencias regulatorias.

En términos económicos, el atraso en la actualización de costos afecta directamente la capacidad de las empresas para afrontar salarios, mantenimiento de unidades y operación diaria. La combinación de ingresos reales en descenso y costos crecientes derivó, según el empresariado, en decisiones de emergencia como las suspensiones de personal, que buscan reducir gastos en el corto plazo.

Las empresas, entre ellas ERSA, no informaron hasta el momento si las suspensiones alcanzan también a los conductores que prestan servicios interprovinciales entre Chaco y Corrientes, un dato clave para evaluar el impacto regional de la medida.

Reacción sindical y silencio oficial

Desde la UTA, el sindicato rechazó las suspensiones y advirtió que evalúa medidas ante lo que considera una afectación directa a las fuentes de trabajo. El gremio sostiene que la crisis no puede resolverse trasladando el ajuste a los trabajadores y reclama respuestas institucionales que garanticen tanto la continuidad del servicio como el empleo.

Por su parte, la Subsecretaría de Transporte aún no se pronunció oficialmente sobre la situación. Ese silencio institucional suma incertidumbre en un contexto de alta conflictividad, donde confluyen intereses laborales, empresariales y la necesidad pública de sostener un servicio esencial para miles de usuarios del Gran Resistencia

Escenarios posibles

Las suspensiones de 90 choferes representan una señal de alerta sobre la sostenibilidad del transporte urbano en el Chaco. A corto plazo, el conflicto podría derivar en medidas gremiales, con impacto directo en la frecuencia y regularidad del servicio. A mediano plazo, el sector empresario advirtió que podrían registrarse nuevas consecuencias tanto en la continuidad del sistema como en las fuentes de trabajo, si no se corrigen los desfasajes económicos y regulatorios.

La crisis del transporte urbano vuelve así al centro del debate público, con implicancias económicas, sociales e institucionales que exceden a las empresas involucradas y ponen en juego la capacidad del Estado para ordenar, regular y sostener un servicio clave para la movilidad cotidiana en el área metropolitana del Chaco.

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Buscan a la yaguareté Acaí: ofrecen una recompensa récord de $250 millones

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La Administración de Parques Nacionales (APN) anunció hoy la recompensa más alta en la historia reciente de conservación en el país: $250.000.000 de pesos para quienes aporten datos que permitan esclarecer la desaparición de la yaguareté Acaí en el Parque Nacional El Impenetrable (Chaco).

El anuncio se realiza en el marco del Día Internacional del Yaguareté, en un contexto de alarma para la conservación de la especie. Acaí, una hembra crucial para la reintroducción de la especie, había sido liberada en el Parque Nacional apenas un mes antes de reportarse su desaparición a principios de noviembre.

La APN solicitó a las comunidades de la región colaborar con la difusión de esta instancia. Para incorporar nueva información a la investigación judicial en curso.

La APN confirmó que continuará trabajando en conjunto con la Fundación Rewilding Argentina. Las autoridades provinciales y la Justicia Federal para esclarecer los hechos. Y “redoblar el trabajo para que el yaguareté vuelva a habitar con libertad y seguridad en los Parques Nacionales”

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El Gobierno activó el “Plan Paraná” para reforzar el control de la Hidrovía Paraná–Paraguay

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El Gobierno Nacional puso en marcha el Plan Paraná, un esquema integral de prevención, detección, neutralización e investigación de delitos complejos en la Hidrovía Paraná–Paraguay. La medida fue oficializada mediante la Resolución 1307/2025 del Ministerio de Seguridad y apunta a fortalecer la capacidad del Estado para enfrentar actividades ilícitas en el principal corredor fluvial del país.

Una vía estratégica bajo presión: por qué se lanza el Plan Paraná

La resolución publicada en el Boletín Oficial destaca que la Hidrovía Paraná–Paraguay es “una vía de navegación de carácter internacional de vital importancia estratégica para la República Argentina”, ya que constituye el eje fluvial más extenso de Sudamérica y concentra un volumen significativo del comercio exterior del país y de la región.

En el tramo que va desde el Puerto de Asunción hasta el Puerto de Buenos Aires circulan hasta 300 barcazas por día, lo que convierte al corredor en un espacio logístico de altísima relevancia, pero también en un territorio altamente vulnerable a delitos complejos.

El texto advierte que organizaciones del crimen organizado transnacional aprovechan: La extensión geográfica del curso fluvial. La alta densidad de puertos públicos y privados. Las limitaciones tecnológicas de los controles tradicionales.

De esta manera, despliegan operaciones vinculadas al narcotráfico, la trata de personas, el contrabando de bienes de consumo y el lavado de activos, actividades que representan “una amenaza concreta tanto a la seguridad pública nacional como a la estabilidad económica y social de las regiones involucradas”.

Frente a este escenario, el Ministerio de Seguridad subraya la necesidad de profundizar la coordinación entre las Fuerzas Federales, organismos administrativos especializados, el Poder Judicial y agencias internacionales, para asegurar un nivel de control más eficaz.

Objetivos, herramientas y despliegue territorial

El Plan Paraná establece un conjunto de objetivos específicos orientados a fortalecer la capacidad estatal de control sobre toda la traza argentina de la Hidrovía:

  1. Desarticular redes de contrabando y crimen organizado en la frontera fluvial norte (Chaco, Formosa, Corrientes y Misiones).
  2. Incrementar los controles en puertos públicos y privados del tramo inferior de la Hidrovía (Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires).
  3. Fortalecer la cooperación interagencial, con participación de EUDA, ONUDD, DEA y CICAD-OEA.
  4. Implementar sistemas de monitoreo integral en tiempo real, mediante drones, radares, scanners y tecnologías de vigilancia avanzadas.
  5. Intensificar la inteligencia criminal y financiera, con foco en organizaciones criminales transnacionales y esquemas de lavado de activos.

Seis polígonos operativos

La estrategia se organizará en fases operativas delimitadas por polígonos territoriales de intervención, que estructuran el despliegue de las Fuerzas Federales:

  • Primer Polígono: Puerto Bermejo (Chaco), Ciudad de Corrientes (Corrientes), Resistencia (Chaco) e Itatí (Corrientes).
  • Segundo Polígono: jurisdicciones de Corrientes, Resistencia y Bella Vista (Corrientes).
  • Tercer Polígono: Bella Vista (Corrientes) – La Paz (Entre Ríos).
  • Cuarto Polígono: La Paz – Ciudad de Paraná (Entre Ríos).
  • Quinto Polígono: Ciudad de Paraná – San Nicolás (Buenos Aires).
  • Sexto Polígono: San Nicolás – Paraná Guazú.

Este ordenamiento permitirá identificar zonas críticas, optimizar recursos y establecer prioridades según niveles de riesgo, densidad portuaria y patrones de circulación detectados por los organismos de seguridad.

Perspectivas para la región y el comercio exterior

La implementación del Plan Paraná tiene implicancias directas para provincias como Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa, donde la frontera fluvial concentra operativos y desafíos históricos vinculados al contrabando y el tráfico transnacional. Asimismo, en el tramo medio e inferior de la Hidrovía —desde Entre Ríos hasta Buenos Aires— se prevé un aumento de controles sobre terminales portuarias y flujos de carga, lo que podría reordenar prácticas operativas en empresas logísticas y exportadoras.

El reforzamiento tecnológico —con drones, radares y sistemas de vigilancia integral— anticipa una mayor trazabilidad en la circulación de embarcaciones y mercancías, lo que podría generar reacciones en sectores transportistas y operadores fluviales, aunque la resolución no consigna medidas de carácter económico o regulatorio más allá del enfoque de seguridad.

A nivel institucional, la participación de agencias internacionales como ONUDD, DEA y CICAD-OEA sugiere un alineamiento con estándares de cooperación global contra el crimen organizado, mientras que en el plano interno se espera que el esquema mejore la coordinación entre fuerzas y reduzca la fragmentación operativa que históricamente afectó los controles en la Hidrovía.

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Caso Cecilia Strzyzowski: condenaron a cadena perpetua al clan Sena

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El jurado popular declaró culpables a seis de los siete imputados por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, ocurrido en junio de 2023 en Resistencia, provincia del Chaco. La única acusada declarada no culpable fue Griselda Reinoso, quien recuperó su libertad.

Las calificaciones legales fueron dadas a conocer en horas de la tarde, luego de más de diez horas de deliberación. El jurado anunció su decisión ante el tribunal y dejó firme el núcleo central de la acusación fiscal.

El principal imputado, César Sena, fue declarado culpable del femicidio de Cecilia.
Su padre, Emerenciano Sena, fue considerado partícipe necesario, mientras que la madre, Marcela Acuña, resultó partícipe primaria.
La imputación original había calificado el hecho como homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género.

En el plano del encubrimiento, el jurado halló culpables a Gustavo Obregón, Gustavo Melgarejo y Fabiana González. En el caso de González, el tribunal incorporó un agravante adicional.

Con este veredicto, el tribunal deberá convocar —dentro de los próximos diez días hábiles— a la audiencia de lectura, instancia en la que la jueza determinará las penas dentro de los márgenes previstos por el Código Penal.

La investigación determinó que Cecilia fue asesinada el 2 de junio de 2023 en la vivienda ubicada en Santa María de Oro 1460, donde residían Emerenciano Sena y Marcela Acuña. Las cámaras de seguridad registraron el ingreso de la joven al domicilio junto a su pareja, César Sena. No volvió a ser vista con vida.

Durante el debate, las defensas de Emerenciano y Acuña intentaron apartar al jurado sosteniendo que el eventual encubrimiento dentro del círculo familiar podría encuadrarse en la exención de responsabilidad prevista en el artículo correspondiente del Código Penal. El jurado rechazó esa tesis y avaló la imputación fiscal.

Los colaboradores y sus declaraciones

Obregón y González eran colaboradores directos de la familia Sena. Según la acusación, actuaron siguiendo instrucciones del matrimonio.
González habría limpiado sectores específicos de la vivienda y gestionado la salida de una cama y un colchón con restos hemáticos de la víctima. Obregón, por su parte, confesó en la etapa investigativa haber colaborado en el traslado del cuerpo hacia una chanchería donde se lo habría incinerado.

En su declaración final, Obregón pidió perdón y atribuyó su accionar a la relación de confianza con la familia Sena. Fabiana González también manifestó su arrepentimiento.

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Justicia Federal de Resistencia declaró crimen de lesa humanidad el caso Tereszecuk

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Reconocen como delito de lesa humanidad el asesinato del militante misionero Carlos Tereszecuk durante la dictadura

La Justicia Federal de Resistencia declaró crimen de lesa humanidad el secuestro, tortura y homicidio de Carlos Enrique Tereszecuk, ocurrido en noviembre de 1976. El fallo, enmarcado en el Derecho a la Verdad, reconstruye los hechos como parte del plan sistemático de desapariciones conocido como los “Vuelos de la Muerte” en el río Paraná.

Un fallo histórico: la verdad como reparación y memoria colectiva

La jueza federal N° 1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, emitió una sentencia sin imputados que reconoce como crimen de lesa humanidad el secuestro y asesinato de Carlos Enrique Tereszecuk, militante misionero detenido ilegalmente a comienzos de noviembre de 1976 por razones políticas.

La resolución, dictada en el marco del Derecho a la Verdad, concluye que el caso de Tereszecuk forma parte de los denominados Vuelos de la Muerte perpetrados en el río Paraná, una práctica sistemática del terrorismo de Estado para desaparecer personas durante la última dictadura militar.

Según el fallo, los cuerpos eran arrojados al río “desnudos, con manos y pies atados con alambres, impactos de bala en el pecho o el cráneo, las yemas de los dedos cortadas para impedir su identificación y cortes abdominales para evitar que flotaran”.

La sentencia fue celebrada por los familiares del militante, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), la Fiscalía Federal, la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco y abogados querellantes. La audiencia, realizada de forma virtual, fue seguida también en distintos espacios de memoria, entre ellos la Casa por la Memoria de Resistencia, el Espacio por la Memoria del ex Regimiento 9 de Corrientes y el Aula Magna de la Facultad de Humanidades de Posadas.

La justicia ante la impunidad biológica: los límites del proceso penal

La sentencia se enmarca en un contexto judicial complejo: la muerte de los principales responsables de la Jefatura de Policía del Chaco en 1976 —los comisarios Carlos Thomas, Wenceslao Ceniquel y Lucio Humberto Caballero— impidió el avance de causas penales con imputados vivos.

Frente a esta imposibilidad material de juzgar, la magistrada acogió el reclamo de los familiares en el marco del derecho a la verdad, reconociendo su condición de víctimas y estableciendo que la reconstrucción de los hechos constituye una forma de reparación simbólica y memoria institucional.

La Fiscalía Federal acompañó el planteo con base en la doctrina y jurisprudencia nacional e internacional, recordando los antecedentes de los Juicios por la Verdad desarrollados en la década de 1990 y el precedente Martinelli, que consagró el derecho de las víctimas y la sociedad a conocer la verdad sobre los crímenes del terrorismo de Estado, aun sin posibilidad de sanción penal.

“El derecho a la verdad es una obligación del Estado y una deuda con las víctimas y la memoria colectiva”, sostuvo el dictamen fiscal. Destacando que estas resoluciones fortalecen el proceso de justicia transicional en la Argentina.

Reconstrucción del caso: de Posadas al Paraná

De acuerdo con la investigación judicial, Carlos Tereszecuk fue secuestrado a comienzos de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia. Uno de los centros clandestinos de detención bajo control conjunto de la Policía del Chaco y el Ejército Argentino.

Testimonios coincidentes indican que fue sometido a torturas sistemáticas y que se encontraba en condiciones de extrema debilidad. Un ex detenido relató que fue obligado a bañarlo por orden de sus captores, ya que el joven militante no podía mantenerse en pie.

Días después, fue asesinado y su cuerpo arrojado al río Paraná. El 15 de noviembre de 1976 su cuerpo apareció en la costa de Empedrado, Corrientes, a unos 70 kilómetros río abajo de la capital chaqueña. Sepultado como NN, fue identificado recién en 2018 por el Equipo Argentino de Antropología Forense. En el marco de las tareas de restitución e identificación de víctimas de la dictadura.

La sentencia determinó que el secuestro, las torturas y el homicidio fueron parte de una persecución política “planificada y ejecutada por el aparato estatal. Con el fin de eliminar a quienes eran considerados opositores al régimen”, enmarcando el caso dentro de los crímenes de lesa humanidad imprescriptibles.

Perfil del militante: compromiso político y social

Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas, Misiones, en 1952. Inició estudios para sacerdote en el Seminario de Fátima de Córdoba, pero los abandonó para dedicarse a la militancia social y política.

Fue vicepresidente del Centro de Estudiantes de la Escuela de Servicio Social de la Universidad Nacional de Misiones en 1974. Y participó activamente de la campaña electoral del Partido Auténtico Peronista en 1975. Donde se desempeñó como secretario de los diputados provinciales electos Juan Figueredo y Pablo Fernández Long.

Desde esa función, articuló con gremios, colonos, tareferos y trabajadoras de casas particulares, promoviendo proyectos de ley para la protección de sus derechos laborales.

En 1975, un intento de secuestro dentro de la Cámara de Diputados lo obligó a pasar a la clandestinidad. Se refugió en Corrientes en 1976, donde finalmente fue detenido y trasladado al centro clandestino de la Jefatura de Policía del Chaco.

Tras el retorno democrático, su hermano Norberto Tereszecuk presentó la denuncia ante la CONADEP y el Juzgado Federal de Resistencia. Impulsando una búsqueda que culminó casi cinco décadas después con el reconocimiento judicial de su asesinato como crimen de lesa humanidad.

Memoria activa: la verdad como política de Estado

El fallo reafirma la vigencia de las políticas de memoria, verdad y justicia como pilares institucionales del Estado argentino. En un contexto de avance de discursos negacionistas, la sentencia representa un acto de reafirmación jurídica y moral frente al terrorismo de Estado.

Además, la decisión contribuye a documentar los Vuelos de la Muerte en el Litoral, un circuito represivo menos visibilizado que el del Río de la Plata. Pero igualmente sistemático, con epicentro en Resistencia, Corrientes y Posadas.

La declaración judicial del caso Tereszecuk como crimen de lesa humanidad se inscribe en la línea de precedentes que sostienen que el Derecho a la Verdad es imprescriptible. Y constituye una obligación internacional del Estado argentino en materia de derechos humanos.

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