CHUBUT

La Corte redefine el alcance de Ingresos Brutos en disputas con Chubut y provincia de Buenos Aires

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el 23 de abril de 2026 dos fallos que impactan de lleno en la relación fiscal entre empresas y provincias, al pronunciarse sobre el alcance del impuesto a los Ingresos Brutos en casos que involucran a YPF S.A. y a Verónica S.A.C.I.A.F.E.I. Las decisiones, en causas originarias contra Chubut y Buenos Aires, abordan un punto sensible del esquema tributario argentino: hasta dónde pueden las jurisdicciones gravar actividades vinculadas a exportaciones o condicionar beneficios fiscales según la localización industrial. El dato central no es solo jurídico: el tribunal vuelve a intervenir en una zona de fricción estructural entre recaudación provincial y reglas federales. ¿Se trata de un ajuste técnico o de una señal más amplia sobre los límites del poder tributario subnacional?

El marco institucional: federalismo fiscal bajo revisión

Ambos expedientes se tramitaron como acciones declarativas de certeza, un instrumento que busca resolver estados de incertidumbre jurídica. En el caso de YPF, la controversia con la Provincia del Chubut giró en torno a la inclusión en la base imponible de Ingresos Brutos de ingresos derivados de exportaciones de hidrocarburos extraídos en esa jurisdicción pero industrializados fuera de ella.

La petrolera cuestionó el criterio provincial que pretendía gravar esos ingresos, incluso cuando una parte de la producción se destinaba a exportación tras ser procesada en otra provincia. El planteo se inscribe en la aplicación del Convenio Multilateral, eje del sistema que regula la distribución de la base imponible entre jurisdicciones.

En paralelo, la causa contra la Provincia de Buenos Aires expuso otro tipo de tensión: la empresa Verónica impugnó una norma que la excluía de una alícuota reducida del impuesto por no tener su establecimiento industrial radicado en ese territorio. La discusión, en este caso, no fue sobre exportaciones sino sobre condiciones de acceso a beneficios fiscales.

En ambos fallos, la Corte se posiciona como árbitro del equilibrio entre potestades provinciales y reglas federales, un rol que adquiere mayor peso en un contexto de presión recaudatoria.

Dos criterios en juego: exportaciones y radicación

Aunque los casos son distintos, comparten una lógica común: definir qué puede gravar una provincia y bajo qué condiciones. En el expediente de YPF, el núcleo del conflicto radica en si los ingresos por exportaciones —cuando hay procesos productivos interjurisdiccionales— deben integrar la base imponible del tributo.

La discusión remite a un principio clásico: la no imposición de exportaciones como herramienta de política económica. En cambio, en el caso de Verónica, el foco está en la diferenciación de alícuotas en función de la ubicación de la planta productiva, un criterio que puede afectar la competitividad entre provincias.

Traducido en términos políticos, ambos fallos delimitan hasta dónde puede avanzar una provincia en la captura de recursos sin alterar reglas de juego que exceden su territorio.

Impacto y correlación de fuerzas

Las decisiones del tribunal tienen efectos inmediatos sobre la relación entre empresas y fiscos provinciales. Para las compañías, implican una mayor previsibilidad en escenarios donde la interpretación tributaria varía según la jurisdicción. Para las provincias, introducen límites concretos en estrategias de recaudación que, en muchos casos, buscan ampliar bases imponibles o incentivar radicación productiva.

El impacto no es homogéneo. En el caso de los hidrocarburos, la discusión involucra recursos estratégicos y exportaciones, lo que amplifica su dimensión económica. En el ámbito industrial, la definición sobre alícuotas puede incidir en decisiones de inversión y localización.

En términos de poder, la Corte vuelve a equilibrar la balanza a favor de un criterio más uniforme dentro del esquema federal, lo que condiciona márgenes de acción de las administraciones provinciales.

Otro precedente que proyecta nuevas disputas

Más allá de los efectos concretos, los fallos del 23 de abril se inscriben en una tendencia: el creciente protagonismo del Poder Judicial en la regulación del federalismo fiscal. Esta es la tercera intervención en el mes donde redefine, aunque sea parcialmente, los incentivos del sistema.

La clave hacia adelante estará en observar cómo reaccionan las provincias. ¿Ajustarán sus normativas o buscarán nuevos mecanismos para sostener la recaudación? También será relevante el comportamiento de las empresas, que podrían apoyarse en estos precedentes para cuestionar otros esquemas impositivos.

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El Gobierno declaró la Emergencia Ígnea por un año en cuatro provincias y habilitó un despliegue federal extraordinario

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Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 73/2026, publicado este 30 de enero, el Poder Ejecutivo Nacional declaró la Emergencia Ígnea y zona de desastre en Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa por el plazo de un año. La medida responde a la magnitud de los incendios forestales —con especial impacto en el Parque Nacional Los Alerces—, al colapso de la capacidad operativa de respuesta y a un escenario climático adverso marcado por sequía y vientos intensos, que amenaza el patrimonio natural, los bienes productivos y la vida de las poblaciones afectadas.

El decreto activa un esquema de intervención federal inmediata, centralizado en la Agencia Federal de Emergencias (AFE), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, que asume la coordinación integral de recursos, acciones de combate del fuego, asistencia a damnificados y restauración ambiental, en articulación con provincias y municipios.

Fundamentos constitucionales y marco normativo de la emergencia

El DNU se apoya en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que consagra el derecho a un ambiente sano y obliga al Estado a preservar el patrimonio natural y la biodiversidad. En ese marco, el Ejecutivo invoca la Ley de Manejo del Fuego N° 26.815, que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental frente a incendios forestales y rurales, y la Ley N° 27.287, que creó el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

Según los considerandos, los incendios en curso generaron “consecuencias nocivas tanto para el patrimonio natural protegido como para las poblaciones cercanas”, en un contexto donde “la capacidad de respuesta de los medios empeñados en el combate del fuego ha sido superada”. Esta situación encuadra, de acuerdo con el texto oficial, en los supuestos de emergencia (artículo 2°, inciso e) y zona de desastre (artículo 2°, inciso d) previstos por la Ley 27.287.

El Gobierno justificó el uso del instrumento de necesidad y urgencia en la imposibilidad de seguir el trámite legislativo ordinario sin incurrir en demoras incompatibles con la urgencia operativa, conforme al artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional y a la Ley N° 26.122, que regula la intervención posterior del Congreso a través de la Comisión Bicameral Permanente.

El rol de la Agencia Federal de Emergencias y el alcance operativo

El Decreto 73/2026 refuerza el rol de la Agencia Federal de Emergencias (AFE), creada por el Decreto N° 225/25 como organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad Nacional. Además de sus competencias originales, la AFE queda formalmente encomendada a coordinar:

  • Acciones de prevención, presupresión y combate de incendios forestales y rurales en todos los ámbitos contemplados por la Ley 26.815, en el marco del Sistema Federal de Manejo del Fuego.
  • Acciones de atención, mitigación y asistencia frente a los daños provocados por los incendios sobre la vida, la integridad física, los bienes, el trabajo y los medios de vida de personas y familias afectadas.
  • Apoyo y asistencia a provincias y municipios, con el objetivo de garantizar recursos efectivos tanto para el combate del fuego como para la recuperación social y productiva posterior.
  • Aplicación integral de las medidas previstas en la Ley 27.287, articulando prevención, respuesta inmediata y etapa postcrisis.

Todas estas acciones deberán ejecutarse en coordinación con los gobiernos provinciales de Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa, y con los municipios involucrados, respetando los protocolos del Plan Nacional de Manejo del Fuego.

Impacto de la medida

La declaración de Emergencia Ígnea por doce meses habilita al Estado nacional a concentrar decisiones, recursos y capacidades operativas en una estructura federal unificada, con efectos directos sobre la gestión ambiental, la protección civil y la respuesta ante desastres. Desde el punto de vista institucional, el decreto consolida a la AFE como autoridad nacional en emergencias, integrando la lógica de manejo del fuego con la gestión integral del riesgo.

En términos prácticos, el reconocimiento simultáneo de emergencia y zona de desastre establece el marco legal para acelerar la respuesta estatal frente a un fenómeno que combina daño ambiental severo, afectación del sistema productivo y riesgo para la población, en una de las regiones más sensibles desde el punto de vista ecológico del país.

El decreto fue firmado en acuerdo general de ministros, entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá expedirse sobre su validez conforme al procedimiento previsto por la Ley 26.122.

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El Gobierno elevó a US$65 por barril el umbral para pagar retenciones en petróleo

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El Poder Ejecutivo nacional oficializó una modificación clave en el régimen de derechos de exportación aplicables al petróleo crudo proveniente de yacimientos convencionales. A través del Decreto 59/2026, publicado el 29 de enero de 2026, se elevaron los valores de referencia que determinan las alícuotas móviles de retenciones, con el objetivo explícito de mejorar la competitividad del sector, sostener la producción en áreas maduras y acompañar los acuerdos firmados entre la Nación, provincias productoras y empresas del sector hidrocarburífero.

La medida tiene impacto directo sobre las exportaciones de crudo convencional, redefine incentivos económicos y se inscribe en una estrategia más amplia para revertir el declino estructural de estos yacimientos, en un contexto de mayores costos operativos y condiciones macroeconómicas internacionales adversas.

Derechos de exportación de petróleo crudo 

El Gobierno nacional estableció una alícuota del cero por ciento (0 %) para los derechos de exportación de petróleo crudo proveniente de yacimientos convencionales cuando el precio sea menor o igual a US$65.

En la práctica, es un beneficio que impacta en áreas maduras ubicadas en las provincias de Santa Cruz, Chubut y Neuquén.

La normativa modifica el esquema previo, que establecía un Valor Base de US$45 para empezar a tributar.

Con los nuevos parámetros, si el precio internacional supera los US$65 pero se mantiene por debajo de los US$80 (Valor de Referencia), se aplicará una fórmula de cálculo específica; si el precio iguala o supera los US$80, la alícuota será del 8 %.

Nuevo esquema de derechos de exportación: qué cambia y cómo funciona

El Decreto 59/2026 sustituye, para el petróleo crudo convencional comprendido en la posición arancelaria 2709.00.10 de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), el esquema de valores establecido por el Decreto 488/20. En concreto, se modifican los parámetros que determinan la alícuota del derecho de exportación en función del precio internacional del barril.

A partir de la nueva normativa, el Valor Base (VB) se fija en USD 65 por barril, mientras que el Valor de Referencia (VR) se establece en USD 80 por barril, ambos calculados sobre la cotización del “ICE Brent primera línea”. Hasta ahora, esos valores eran de USD 45 y USD 60 por barril, respectivamente.

El esquema mantiene la lógica de retenciones móviles:

  • 0% de derecho de exportación cuando el Precio Internacional (PI) sea igual o inferior al Valor Base.
  • 8% de alícuota cuando el PI sea igual o superior al Valor de Referencia.
  • Una fórmula intermedia para los casos en que el PI se ubique entre ambos valores.

El Precio Internacional será publicado el último día hábil de cada mes por la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, considerando el promedio de las últimas cinco cotizaciones difundidas por Platts Crude Marketwire bajo el encabezado “Futures Settlements”.

Con esta decisión, el Ejecutivo deja sin efecto, para el crudo convencional, la alícuota prevista en el artículo 7° del Decreto 488/20, consolidando un tratamiento diferencial para este tipo de producción.

Contexto productivo y fundamentos económicos de la medida

El decreto reconoce de manera explícita la situación “compleja” que atraviesa la producción de hidrocarburos convencionales en la Argentina. Según los considerandos, el sector enfrenta el agotamiento natural de los yacimientos, un incremento sostenido de los costos operativos y el impacto de las condiciones macroeconómicas internacionales.

En este escenario, las provincias productoras —en particular Chubut, Neuquén y Santa Cruz— adoptaron medidas para sostener la actividad en áreas maduras, incluyendo reducciones de regalías, alivios fiscales y reconversión de concesiones. A la par, las empresas nucleadas en la Cámara de Empresas Productoras de Hidrocarburos (CEPH) avanzaron en acciones para preservar producción, empleo e inversiones.

La norma subraya que estos esfuerzos provinciales y empresariales requerían un acompañamiento del Estado nacional mediante la adecuación de los instrumentos fiscales vigentes. En ese marco, el Ministerio de Economía, las provincias mencionadas y la CEPH suscribieron Actas Acuerdo en las que la Nación asumió el compromiso de impulsar una modificación del régimen de derechos de exportación para el crudo convencional.

El objetivo declarado es “morigerar la coyuntura descripta”, mejorar la competitividad del sector y reforzar el perfil exportador del complejo hidrocarburífero, uno de los más relevantes y dinámicos de la economía argentina.

Sectores alcanzados y proyección

Desde el punto de vista institucional, el decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 755 del Código Aduanero y los artículos 99 incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional. Además, se establece la obligación de dar intervención a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme a la Ley 26.122, que regula el control legislativo de los decretos delegados.

En términos operativos, la Secretaría de Energía tendrá un rol central: deberá definir las pautas y procedimientos para determinar, en cada exportación, la proporción de petróleo crudo convencional dentro de la producción total por área de concesión. También contará con un plazo máximo de 60 días para dictar las normas complementarias necesarias para la aplicación efectiva del régimen.

Los principales sectores alcanzados por la medida son las empresas productoras de crudo convencional, las provincias hidrocarburíferas y la cadena de valor asociada a yacimientos maduros. El nuevo esquema reduce la presión fiscal efectiva en escenarios de precios internacionales medios, ampliando el rango de precios con alícuota cero y postergando la aplicación plena del 8%.

Desde una perspectiva económica, la iniciativa busca generar señales de previsibilidad e incentivo a la inversión en un segmento que enfrenta desafíos estructurales, al tiempo que preserva un esquema progresivo que captura renta en contextos de precios elevados. En lo político, refuerza el alineamiento entre Nación, provincias y sector privado en torno a la sostenibilidad del petróleo convencional.

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Deuda: las provincias enfrentan vencimientos por USD 2.500 millones y crece la presión financiera en 2026

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Las provincias argentinas deberán afrontar durante 2026 vencimientos de deuda en moneda extranjera por casi USD 2.500 millones, un escenario que reabre la discusión con el Gobierno nacional por el respaldo financiero y enciende alertas sobre el impacto cambiario. El primer pago llegará la próxima semana, cuando Tierra del Fuego deba cancelar alrededor de USD 6 millones, en un calendario que concentra fuertes compromisos desde enero y se extiende a lo largo de todo el año.

Un calendario exigente y un ranking liderado por Buenos Aires

Según un relevamiento del sitio Politikon Chaco, el peso de los vencimientos se concentra en un grupo reducido de jurisdicciones. En el tope del ranking aparece la provincia de Buenos Aires, con compromisos por USD 784 millones, seguida por la Ciudad de Buenos Aires, que enfrenta USD 376 millones, aunque anticipó que refinanciará ese monto con el bono emitido a fines de 2025.

Completan los mayores vencimientos Santa Fe (USD 240 millones), Córdoba (USD 225 millones), Neuquén (USD 179 millones) y Chubut (USD 119 millones). En conjunto, estas provincias explican una porción significativa del total de USD 2.500 millones que deberán pagarse durante el año.

El cronograma comienza de manera inmediata. Además del pago inicial de Tierra del Fuego, enero acumula vencimientos por USD 107 millones, correspondientes a Chubut, Córdoba, Neuquén y la propia administración fueguina. En febrero, los compromisos sumarán otros USD 122,5 millones, con pagos a cargo de Córdoba y Neuquén, a los que se agregan Entre Ríos y Chaco.

Negociaciones con Nación y el impacto sobre el frente cambiario

Este escenario se desarrolla en paralelo a discusiones con el Gobierno nacional para que brinde algún tipo de respaldo frente a los vencimientos. En el Ejecutivo existe preocupación por el efecto que podría tener una demanda de dólares a gran escala por parte de las provincias, especialmente si los pagos se concentran en determinados meses.

En ese sentido, en el gobierno nacional advierten que la necesidad de divisas para cumplir con los compromisos externos podría generar presiones alcistas sobre el tipo de cambio, en un contexto de sensibilidad cambiaria y seguimiento estrecho del mercado.

La situación se tensó aún más luego de que La Rioja anticipara su declaración en default, una decisión que, según trascendió, cayó muy mal en el Gobierno nacional y endureció la postura frente a eventuales pedidos de asistencia.

Antecedentes recientes: emisiones en dólares y costos financieros

El peso de los vencimientos actuales se vincula con las colocaciones de deuda realizadas por las provincias en los últimos años. En junio pasado, Córdoba emitió USD 725 millones a una tasa del 9,75%, mientras que Santa Fe colocó USD 800 millones al 8,1%. Por su parte, la Ciudad de Buenos Aires accedió a financiamiento por USD 600 millones con una tasa del 7,8%.

Estas emisiones permitieron en su momento cubrir necesidades financieras y refinanciar pasivos, pero ahora se traducen en un calendario exigente de pagos en moneda extranjera. El desafío para los gobernadores será administrar esos vencimientos en un contexto de negociación política con la Nación y con la mirada puesta en evitar impactos macroeconómicos no deseados.

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Bonos y acciones en alza tras el nuevo esquema cambiario, el riesgo país roza mínimos del año

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Los activos argentinos prolongaron este lunes el rally iniciado tras los anuncios oficiales en materia cambiaria y monetaria: los ADRs treparon hasta 3,1% en Wall Street, los bonos soberanos en dólares registraron subas de hasta 2,8% y el riesgo país descendió hasta la zona de los 602 puntos básicos, quedando a un paso de perforar el umbral de los 600. El mercado siguió de cerca la estrategia del Gobierno para la compra de divisas, la acumulación de reservas y el pago de vencimientos por cerca de u$s4.000 millones previstos para el 9 de enero.

Reacción positiva de acciones y ADRs tras los anuncios cambiarios

La rueda financiera mostró una reacción mayormente favorable a las definiciones del Gobierno en torno al nuevo esquema de bandas cambiarias ajustadas por inflación, la decisión de sostener tasas reales positivas y el lanzamiento de un programa de acumulación de reservas por parte del Banco Central (BCRA).

En el plano local, el índice bursátil avanzó 1,1% en pesos hasta los 3.012.680,81 puntos, aunque medido en dólares cedió 0,2% y cerró en 1.969,88 puntos. Las acciones líderes exhibieron mayoría de alzas, con subas de hasta 3,8%, encabezadas por Bolsa de Valores, seguida por Grupo Supervielle (+3,4%) y Grupo Financiero Galicia (+1,9%).

En Wall Street, los ADRs acompañaron el movimiento alcista y subieron hasta 3,1%, con Grupo Supervielle a la cabeza. También se destacaron Grupo Financiero Galicia (+3%), Central Puerto (+2%) y Banco Macro (+1,7%). Operadores de la city subrayaron el buen desempeño del sector bancario, impulsado por la expectativa de un marco cambiario más previsible y un esquema monetario consistente.

Bonos en dólares, riesgo país y la mirada puesta en los vencimientos

Los títulos soberanos en dólares mantuvieron el rebote y cerraron con subas generalizadas. El Global 2029 lideró las ganancias con un avance de 2,8%, seguido por el Global 2041 (+1,9%) y el Global 2035 (+1,5%). En este contexto, el riesgo país elaborado por J.P. Morgan se ubicó en torno a los 602 puntos básicos, muy cerca de quebrar la barrera psicológica de los 600 puntos.

El mercado sigue con atención las alternativas oficiales para afrontar los vencimientos del 9 de enero, cuando deberán pagarse bonares y globales por un monto cercano a los u$s4.000 millones. En ese marco, resultó clave la colocación del Bonar AN29, concretada el miércoles pasado por un total de u$s910 millones, a una tasa del 9,26%, apenas por encima del objetivo oficial, que se ubicaba por debajo del 9%. Los fondos obtenidos permiten cubrir la mayor parte de las amortizaciones de Bonares previstas para enero, estimadas en torno a los u$s1.000 millones.

Cambios en el programa monetario y expectativas hacia 2026

De cara a 2026, el Gobierno introdujo modificaciones relevantes en su programa monetario. El BCRA anunció que las bandas cambiarias pasarán a ajustarse en función de la inflación de los dos meses previos, dejando atrás el esquema vigente de actualización mensual del 1%. De este modo, el 1° de enero las bandas se ajustarán al 2,5%, en línea con el IPC de noviembre.

Además, la autoridad monetaria confirmó la implementación de un programa de recompra de reservas con el objetivo de acumular hasta u$s17.000 millones durante 2026, condicionado al crecimiento de la demanda de dinero y a la liquidez del mercado de cambios. En paralelo, ratificó la intención de mantener tasas reales positivas y avanzar en una flexibilización de los encajes bancarios, que continúan en niveles elevados.

Estas definiciones reforzaron la percepción de un marco monetario más ordenado, lo que se tradujo en una mejora del apetito por riesgo argentino y en una compresión adicional del riesgo país.

Chubut evalúa volver al mercado

El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, señaló que la provincia evalúa una colocación de deuda por un monto de entre u$s400 y u$s550 millones, durante su viaje a Estados Unidos en el que se reunió con empresarios, inversores y directivos de bancas multinacionales. De esta forma, la provincia patagónica se convertirá en la tercera en salir a colocar deuda internacional. De hecho este boom de bonos subsoberanos se suma a las emisiones de empresas privadas que, entre ambos, lograron alcanzar los u$s7.000 millones en los últimos 45 días.

Cabe resaltar que la primera en salir a buscar financiamiento internacional tras las elecciones fue la Ciudad de Buenos Aires. El distrito gobernado por Jorge Macri consiguió u$s600 millones a una tasa del 7,8% con una vida promedio de 7 años. Posteriormente Santa Fe logró colocar u$s800 millones con un plazo de nueve años y una tasa anual del 8,1%. Ahora parece ser el turno de Chubut. En su último viaje a Nueva York, Torres confirmó la información tras reunirse con autoridades del J.P. Morgan, de UBS Asset Management, Goldman Sachs e Invesco Asset Management.

Paralelamente trascendió que el gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, también quiere subirse a este boom, según publicaron diversos medios. Desde esta provincia quieren aprovechar la baja del riego país y prevén emitir bonos por u$s500 millones con el objetivo de rollear deuda vieja. La colocación se proyecta para fines de enero o principios de febrero y con legislación de Nueva York a través de bancos extranjeros, uno de capital estadounidense y otro europeo.

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