CNV

Personal Pay incorpora dólar MEP y amplía su oferta de inversiones

Compartí esta noticia !

Personal Pay, la billetera virtual de Personal, actualiza una vez más la oferta de propuestas de valor para sus clientes, con la suma de una nueva funcionalidad para operar moneda extranjera, más precisamente dólar MEP, en la app 

Este instrumento ampliamente utilizado en Argentina para el ahorro en dólares, como nueva funcionalidad de la app permitirá que, en el mismo entorno digital utilizado todos los días para finanzas personales y operaciones de la economía cotidiana como transferir dinero, pagar el transporte público y/o los servicios, se puedan realizar operaciones con moneda extranjera.  

Para comenzar a operar dólar MEP en Personal Pay, por primera y única vez, será necesario abrir una cuenta comitente sin costo, que requiere aceptar Términos y Condiciones y la Declaración Jurada sobre venta de valores negociables contra moneda extranjera. Luego, la app solicitará la verificación de identidad, instancia que requiere la validación de datos biométricos. Aprobada esta instancia, ya es posible avanzar con la compra de moneda extranjera.  

Pasos para operar dólar MEP en Personal Pay 

  1. Ingresar al botón “Dólar MEP” o la sección “Inversiones” desde la home de Personal Pay. 

2)  Ingresar el monto en pesos a gastar o dólares a comprar y apretar el botón    “Continuar”. Los pesos se debitarán del dinero en cuenta.  

3)  Confirmar la compra, aceptando la Declaración Jurada por la operación. 

4)  Los dólares se acreditarán en la cuenta en dólares generada en la app.  

La compra y venta de dólar MEP estará disponible en días hábiles, dentro del horario del mercado y su cotización estará visible de manera permanente en la pantalla.

Con este lanzamiento, Personal Pay amplía la propuesta de valor a sus clientes, sumando una nueva funcionalidad a las ya consolidadas: préstamos personales, cuenta remunerada, tarjeta prepaga y beneficios exclusivos, entre otras. Con más de 5 millones de clientes, Personal Pay se consolida como una de las principales fintech de Argentina y la región, ofreciendo soluciones que simplifican la conexión de las personas con su dinero y centralizan su operatoria financiera en una única app. 

Cuenta comitente abierta y operada a través de Industrial Valores S.A (AlyC y AN Propio N° 143 inscripto ante CNV)

Personal, es la marca de servicios de Telecom Argentina SA. Integra un ecosistema de servicios que amplía el acceso y el uso de la tecnología. Ofrece conectividad fija y móvil en todo el país a través de Personal Fibra y Personal Móvil, con redes de fibra óptica, 4G y 5G que sostienen la vida digital de personas, hogares y organizaciones. Con Personal Flow acerca TV y streaming; con Personal Pay, soluciones financieras digitales; con Personal Tech, servicios de tecnología y transformación digital para empresas y organismos públicos; y con Personal Smarthome y Tienda Personal, soluciones para hogares conectados y acceso a dispositivos.

Compartí esta noticia !

ARCA reglamentó las nuevas exenciones al impuesto al cheque

Compartí esta noticia !

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero adecuó la reglamentación del impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios para incorporar las exenciones creadas por el Decreto 475/2026. La medida impacta sobre empresas de activos virtuales registradas ante la CNV, administradoras de medios de pago y transportadoras de caudales, que deberán inscribir sus cuentas para acceder a los beneficios.

ARCA oficializó la reglamentación operativa de las nuevas exenciones al denominado “impuesto al cheque”, incorporadas días atrás por el Decreto 475/2026. La Resolución General 5869 modifica el régimen vigente para que determinados operadores financieros puedan acceder al beneficio tributario mediante el Registro de Beneficios Fiscales del organismo.

Aunque el cambio tiene carácter administrativo, resulta clave para la aplicación efectiva de las exenciones. Sin esta adecuación, las empresas alcanzadas no contaban con el mecanismo formal para registrar las cuentas bancarias y cuentas de pago sobre las cuales corresponde aplicar la reducción o exención del tributo.

El universo beneficiado comprende tres actividades que ganaron peso dentro del ecosistema financiero argentino: los Prestadores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), las empresas administradoras de sistemas de tarjetas de crédito, débito y compra, y las transportadoras de caudales autorizadas por el Banco Central.

La resolución también actualiza el funcionamiento del Registro de Beneficios Fiscales, creado por ARCA en 2015, que concentra las cuentas bancarias alcanzadas por tratamientos impositivos diferenciales. A partir de ahora, los nuevos sujetos incorporados por el Decreto 475/2026 deberán registrar allí las cuentas sobre las cuales pretenden aplicar la exención.

El impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios grava los movimientos realizados en cuentas bancarias y determinadas operatorias financieras. En sectores con elevado volumen transaccional, su incidencia puede representar un costo operativo significativo, especialmente cuando existen múltiples movimientos diarios entre cuentas.

La reglamentación aprobada por ARCA no modifica las condiciones materiales de las exenciones, que ya habían sido establecidas por el Poder Ejecutivo. Su función consiste en integrar esos nuevos beneficios al sistema de administración tributaria para que puedan aplicarse de manera efectiva y ser controlados por el organismo recaudador.

Para las empresas alcanzadas, el beneficio dependerá del correcto cumplimiento del procedimiento registral. La inscripción de las cuentas constituye un requisito indispensable para que las entidades financieras apliquen el tratamiento tributario correspondiente.

Señal para la economía digital

Uno de los aspectos más relevantes de la medida es la incorporación expresa de los Prestadores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos ante la CNV, una categoría regulatoria creada recientemente para ordenar la actividad de los exchanges y otras plataformas vinculadas con criptomonedas.

Desde la perspectiva productiva, la decisión reduce costos transaccionales para un segmento que procesa un alto volumen de operaciones electrónicas y que hasta ahora enfrentaba una carga tributaria diseñada para un sistema financiero tradicional.

También favorece a operadores vinculados con la infraestructura de pagos y logística financiera, dos eslabones cuya eficiencia impacta sobre el funcionamiento cotidiano del comercio, la bancarización y los medios electrónicos de pago.

Alcance para las empresas

Las modificaciones introducidas por ARCA implican que los nuevos sujetos exentos deberán inscribir sus cuentas bancarias y cuentas de pago en el Registro de Beneficios Fiscales. Las exenciones alcanzan a Prestadores de Servicios de Activos Virtuales registrados ante la CNV, empresas de tarjetas y transportadoras de caudales habilitadas por el BCRA. La resolución tiene efectos para hechos imponibles ocurridos desde el 18 de junio de 2026. ARCA mantiene las facultades de fiscalización para verificar que las condiciones del beneficio continúen vigentes.

La medida confirma una tendencia de la política tributaria reciente: adaptar normas históricas a nuevas actividades vinculadas con la digitalización financiera. Si bien el impuesto al cheque continúa vigente, el Gobierno amplía gradualmente el listado de operaciones exentas para evitar que determinados sectores estratégicos soporten una carga tributaria que encarece su operatoria cotidiana.

Para empresas tecnológicas, entidades financieras, procesadoras de pagos y proveedores de infraestructura financiera, el foco pasará ahora por la correcta implementación administrativa del beneficio. La inscripción oportuna en el registro de ARCA será determinante para que la exención se traduzca efectivamente en una reducción del costo tributario.

Compartí esta noticia !

Fintech, criptomonedas y tarjetas no pagarán impuesto al cheque

Compartí esta noticia !

Un decreto publicado este jueves amplió el alcance de las exenciones del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios para empresas de servicios de pago, proveedores de activos virtuales, operadores de tarjetas y transportadoras de caudales. La medida busca equiparar tratamientos tributarios entre actores que realizan funciones similares y reducir costos de transacción en sectores vinculados a la economía digital.

La decisión oficial, formalizada mediante el Decreto 475/2026, modifica el régimen de exenciones del denominado “impuesto al cheque”, uno de los tributos que más inciden sobre la intermediación financiera y los movimientos bancarios. El cambio incorpora nuevos beneficiarios y actualiza criterios que habían quedado rezagados frente a la evolución tecnológica del sistema de pagos.

Para el sector privado, la señal es clara: el Gobierno busca eliminar distorsiones tributarias que afectaban a empresas fintech, plataformas de pagos y operadores de activos virtuales, actividades que ganaron peso en la economía argentina durante los últimos años, pero que mantenían diferencias regulatorias respecto de otros participantes del sistema financiero.

Menos costo transaccional para la economía digital

La principal novedad es la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) al listado de actividades alcanzadas por la exención.

Las cuentas bancarias utilizadas exclusivamente para operaciones vinculadas a la actividad de estos operadores quedarán exceptuadas del gravamen, siempre que estén debidamente registradas ante los organismos competentes.

La medida alcanza a empresas vinculadas al ecosistema cripto que operan legalmente en Argentina y que hasta ahora enfrentaban una carga tributaria adicional sobre movimientos operativos que no implicaban generación de valor agregado, sino mera circulación de fondos.

Desde una perspectiva económica, la eliminación de ese costo mejora la competitividad de plataformas locales frente a competidores internacionales y reduce el costo operativo de servicios vinculados a pagos digitales, tokenización y activos virtuales.

Fintech y cobranzas: equiparación tributaria

El decreto también amplía beneficios para las empresas dedicadas al cobro electrónico de servicios, impuestos y otras obligaciones por cuenta y orden de terceros.

La modificación incluye expresamente las cuentas utilizadas para depósitos de efectivo en cuentas bancarias o de pago y las empleadas por agentes oficiales que actúan dentro de esas redes.

La actualización normativa busca reconocer la transformación del sistema de cobranzas argentino, donde los canales digitales y las redes de proximidad cumplen funciones que históricamente realizaban entidades bancarias tradicionales.

Para miles de comercios que funcionan como puntos de cobranza o recepción de pagos, la medida puede traducirse en menores costos administrativos y financieros, favoreciendo la expansión de servicios en localidades alejadas de los grandes centros urbanos.

Tarjetas y transporte de caudales también quedan alcanzados

Otra modificación relevante incorpora beneficios para las empresas que operan sistemas de tarjetas de crédito, compra y débito.

Las cuentas utilizadas para gestionar préstamos bancarios destinados a financiar su actividad y las operaciones vinculadas a la emisión o cancelación de obligaciones negociables quedarán exentas del impuesto.

La decisión apunta a reducir el costo financiero asociado al funcionamiento de la infraestructura de pagos electrónicos, un componente central para el comercio formal.

Además, se suman las empresas transportadoras de caudales registradas ante el Banco Central. Las cuentas utilizadas exclusivamente para rendir fondos en efectivo a sus clientes también quedarán alcanzadas por el beneficio.

Aunque el avance de los pagos digitales reduce gradualmente el uso de efectivo, la logística de valores continúa siendo un eslabón clave para actividades comerciales, supermercados, estaciones de servicio y cadenas de distribución en gran parte del interior del país.

Qué cambia para el sector productivo

Entre los principales efectos de la medida aparecen menor carga tributaria sobre movimientos operativos de empresas fintech y plataformas digitales. Reducción de costos de intermediación financiera para actores vinculados a pagos electrónicos. Mayor competitividad para operadores de activos virtuales regulados. Incentivos para ampliar servicios financieros en localidades del interior. Equiparación tributaria entre empresas que desarrollan actividades similares. Menores costos de infraestructura para redes de cobranza y medios de pago.

La ampliación de exenciones no modifica la estructura general del impuesto al cheque, pero sí profundiza una tendencia regulatoria orientada a favorecer la digitalización financiera y reducir cargas sobre actividades consideradas estratégicas para la modernización del sistema de pagos.

El desafío estará en medir si la reducción de costos regulatorios logra traducirse en una mayor expansión de servicios financieros, especialmente en regiones donde la inclusión financiera todavía representa una barrera para el crecimiento de las pymes y las economías regionales.

Compartí esta noticia !

Fondo de Asistencia Laboral: el nuevo esquema que reemplaza el riesgo indemnizatorio

Compartí esta noticia !

La reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los capítulos más controvertidos de la Ley de Modernización Laboral, terminó de darle forma a un nuevo esquema para financiar indemnizaciones laborales en el sector privado. Aunque el Gobierno insiste en que no modifica el régimen indemnizatorio vigente, sí cambia la lógica financiera detrás de los despidos: las empresas comenzarán a constituir fondos específicos que funcionarán como una suerte de “seguro de indemnización” administrado a través del mercado de capitales.

Con el Decreto 408/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei reglamentó los detalles operativos del sistema, que había quedado pendiente tras la sanción de la reforma laboral. Sin embargo, la propia norma difirió la entrada en vigencia efectiva del régimen al 1 de noviembre de 2026, otorgando tiempo para que la Comisión Nacional de Valores (CNV), ARCA, Trabajo y Economía dicten las regulaciones complementarias.

El corazón de la reforma es que las empresas privadas alcanzadas deberán constituir una Cuenta Individual del Empleador dentro de un Fondo de Asistencia Laboral.

Esos recursos serán administrados por entidades autorizadas por la CNV mediante dos instrumentos posibles: Fondos Comunes de Inversión. O Fideicomisos Financieros.

La lógica es similar a la de sistemas utilizados en otros países para anticipar contingencias laborales. En lugar de afrontar una indemnización íntegra al momento de un despido, las empresas irán realizando contribuciones periódicas que se acumularán en un patrimonio separado.

El Gobierno busca así reducir uno de los factores históricamente señalados por el sector empresario como un obstáculo para la contratación formal: la incertidumbre respecto del costo futuro de una desvinculación.

No obstante, el decreto es explícito en un punto clave: el FAL no reemplaza ni reduce las indemnizaciones previstas por la Ley de Contrato de Trabajo. El empleador sigue siendo responsable por la totalidad de las obligaciones laborales y deberá cubrir cualquier diferencia que el fondo no alcance a financiar.

Una herramienta pensada para el empleo registrado

La cobertura alcanza exclusivamente a trabajadores formalmente registrados y que cuenten con al menos doce meses de registración previa a la desvinculación.

La reglamentación incorpora además una penalidad indirecta para quienes mantengan relaciones laborales deficientemente registradas. En esos casos, el fondo sólo cubrirá los montos calculados sobre la información efectivamente declarada, mientras que el empleador deberá responder por el resto.

Es una señal alineada con uno de los objetivos centrales de la reforma laboral: incentivar la formalización del empleo.

La implementación combinará organismos laborales con el sistema financiero. ARCA será la encargada de recaudar las contribuciones mensuales mediante el esquema habitual de seguridad social.

Cada empresa deberá informar un identificador denominado “ID FAL”, asociado al fondo elegido.

Si el empleador no realiza esa registración: ARCA retendrá los aportes. No derivará fondos a ninguna cuenta. Si transcurre un mes sin regularización, la CNV asignará de oficio un vehículo financiero. De esta manera, el Estado busca evitar vacíos operativos que dejen trabajadores sin cobertura.

Por su parte, la CNV adquiere un rol central como organismo supervisor, autorizando los vehículos financieros, controlando las inversiones y estableciendo las condiciones de funcionamiento.

Un nuevo actor para el mercado de capitales

Más allá de la discusión laboral, el decreto introduce un elemento económico de relevancia. Los recursos del FAL deberán invertirse exclusivamente en instrumentos financieros emitidos y negociados en Argentina.

La decisión responde a una estrategia oficial que busca canalizar ahorro institucional hacia el mercado doméstico. Si el sistema logra una adopción masiva, podría convertirse en una fuente relevante de financiamiento para activos locales, generando un flujo permanente de fondos administrados.

En la práctica, cada aporte patronal pasará a formar parte de carteras financieras reguladas por la CNV, ampliando la profundidad del mercado de capitales argentino.

Para Economía, el FAL no sólo constituye una reforma laboral sino también una herramienta de desarrollo financiero.

Beneficio para las empresas: menos carga patronal

Uno de los aspectos menos difundidos de la reglamentación es que el aporte al Fondo de Asistencia Laboral tendrá una contrapartida inmediata para los empleadores.

El decreto establece que las contribuciones destinadas al FAL podrán descontarse de las contribuciones patronales que financian distintos subsistemas de la seguridad social.

Es decir, el aporte no se suma íntegramente al costo laboral sino que reemplaza parcialmente contribuciones existentes.

Además: los rendimientos obtenidos por los fondos estarán exentos del Impuesto a las Ganancias. Las cuentas utilizadas por los FAL estarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios. Las comisiones de administración tendrán un tope máximo del 1% anual sobre los activos.

El diseño apunta a reducir costos operativos y evitar que la estructura financiera absorba una parte significativa de los recursos.

Qué impacto puede tener en Misiones

Para una provincia como Misiones, donde predominan las pequeñas y medianas empresas ligadas al comercio, turismo, industria maderera, agroindustria yerbatera y servicios, la creación del FAL introduce una variable nueva en la gestión empresarial.

Sectores con alta estacionalidad laboral o con ciclos económicos sensibles podrían encontrar una herramienta para planificar mejor contingencias futuras.

Al mismo tiempo, la formalización del empleo se vuelve aún más relevante. El acceso a la cobertura dependerá de que los trabajadores estén correctamente registrados durante al menos un año antes de una eventual desvinculación.

La reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral refleja una de las ideas centrales del programa económico libertario: trasladar parte de la gestión de riesgos desde el Estado hacia mecanismos de mercado.

El Gobierno intenta construir un esquema donde las indemnizaciones sigan existiendo, pero financiadas mediante fondos acumulados y administrados por instrumentos financieros supervisados.

La apuesta es doble: generar previsibilidad para las empresas y, simultáneamente, movilizar ahorro hacia el mercado de capitales argentino.

El verdadero examen llegará en noviembre, cuando el sistema entre en funcionamiento y comience a medirse si logra uno de los objetivos más ambiciosos de la reforma laboral: reducir el costo percibido de contratar sin deteriorar los derechos indemnizatorios de los trabajadores.

Decreto 408/2026 Reforma Laboral by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

Mercado de capitales y agro: la CNV flexibiliza transferencias y acelera controles en una señal directa al negocio granario

Compartí esta noticia !

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó la Resolución General 1140/2026, introduciendo una rectificación normativa estratégica que habilita a los agentes del mercado de capitales a recibir fondos de clientes originados en actividades de corretaje de granos, forestales y agroindustriales desde cuentas corporativas específicas. Para el sector productivo de Misiones, la medida destraba el flujo de caja operativo hacia instrumentos de inversión y financiamiento bursátil, simplificando la triangulación financiera de las PyMEs del NEA.

La normativa subsana un vacío procedimental en los regímenes de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLA/FT). Al convalidar que los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) Agro y los Agentes de Negociación (AN) transfieran saldos consolidados de sus operaciones comerciales garantizando la trazabilidad individual mediante CUIT, el regulador elimina la obligatoriedad de que cada productor primario deba estructurar transferencias espejo individuales desde cuentas a la vista. Simultáneamente, la CNV descentralizó las inscripciones del Registro de Auditores Externos directamente en su Subgerencia de Control, un paso burocrático que agilizará los balances auditados requeridos para la emisión de Obligaciones Negociables (ON) regionales.

Vía libre para el financiamiento bursátil del agro a través de los ALyC y agentes de corretaje

La Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó su normativa para permitir una operatoria más ágil y trazable en transferencias vinculadas al corretaje agropecuario y, al mismo tiempo, delegó facultades operativas para acelerar registros y controles dentro del mercado de capitales. Aunque el cambio parece técnico, tiene impacto concreto sobre cadenas exportadoras como la forestoindustria, la yerba mate y el negocio agroindustrial del NEA, donde el acceso al financiamiento y la velocidad de liquidación son variables críticas en un contexto de márgenes ajustados.

La Resolución General 1140/2026 introduce dos movimientos relevantes: por un lado, habilita mecanismos más flexibles para que intermediarios agropecuarios operen fondos destinados al mercado de capitales con trazabilidad validada; por otro, descentraliza decisiones administrativas dentro de la CNV para acelerar procesos regulatorios y registros.

Para Misiones, donde muchas empresas medianas enfrentan restricciones de escala y costos financieros más altos que en los grandes centros urbanos, la medida puede convertirse en un instrumento indirecto de mejora operativa.

El núcleo económico de la resolución está en la modificación del régimen de recepción de fondos para ALyC vinculados al negocio agroindustrial. La CNV habilita que los Agentes de Liquidación y Compensación especializados en actividades agropecuarias puedan recibir fondos desde cuentas específicas afectadas a operaciones de corretaje de granos y actividades agroindustriales, siempre que exista trazabilidad completa de origen.

Traducido al lenguaje empresario: el organismo busca reducir trabas operativas sin relajar controles antilavado.

La decisión tiene impacto sobre: operaciones de cobertura financiera del agro. Canalización de liquidez hacia instrumentos bursátiles. Agilidad en movimientos de capital de empresas agroindustriales. Y menores tiempos administrativos para operaciones vinculadas a exportación.

En economías regionales, donde la gestión de flujo de caja suele ser más volátil que en industrias urbanas, la velocidad de acreditación y aplicación de fondos tiene peso estratégico.

Para sectores exportadores del NEA, especialmente empresas forestales, tealera y yerbateras con vínculos comerciales internacionales, cualquier reducción de fricción financiera puede mejorar capacidad de cobertura cambiaria, administración de capital de trabajo y acceso a herramientas bursátiles.

Por qué el efecto puede sentirse distinto en Misiones

La economía misionera convive con un problema estructural: el costo de operar lejos de los centros financieros tradicionales.

Mientras empresas radicadas en Buenos Aires tienen acceso más directo a ALyCs, bancos de inversión y mercados de cobertura, las firmas del NEA suelen enfrentar: mayores costos de intermediación, menor profundidad financiera, menor acceso a instrumentos sofisticados, y menor velocidad operativa.

A eso se suma la condición fronteriza de Misiones. Las denominadas asimetrías fronterizas —diferencias cambiarias, impositivas y de costos respecto de Paraguay y Brasil— obligan a las empresas locales a trabajar con márgenes más estrechos y estructuras financieras más sensibles.

En ese contexto, cualquier mejora regulatoria que facilite operatorias legales, trazables y más rápidas puede tener un efecto más relevante en provincias periféricas que en los grandes centros económicos.

El movimiento de la CNV también dialoga con una tendencia más amplia del Gobierno nacional: desburocratizar circuitos financieros para ampliar la participación privada y acelerar el financiamiento productivo sin expansión del gasto público.

La resolución reconoce explícitamente las actividades de corretaje de granos y agroindustriales, un dato político no menor.

La agroindustria sigue siendo el principal generador de divisas del país y el Gobierno busca evitar cuellos regulatorios que ralenticen operaciones financieras vinculadas al comercio exterior.

Aunque Misiones no tiene el peso cerealero de la región pampeana, sí posee cadenas exportadoras sensibles al crédito y al capital operativo: Yerba mate: necesita financiamiento estacional para acopio e industrialización. Forestoindustria: requiere capital intensivo y plazos largos de recuperación. Té y tabaco: dependen de liquidez para exportación y cobertura de costos. Turismo receptivo: cada vez más vinculado a herramientas de pagos digitales y servicios financieros integrados.

La posibilidad de operar con mayor trazabilidad y menos capas administrativas podría facilitar esquemas financieros más dinámicos para empresas medianas regionales.

Una CNV más rápida y menos centralizada

La resolución también delega facultades técnicas a distintas gerencias internas de la CNV, especialmente en registros de auditores y controles societarios.

La lectura política es clara: el organismo intenta acelerar tiempos administrativos en un mercado que reclama menos burocracia.

Entre los cambios más relevantes aparecen: delegación de inscripción y cancelación de registros de auditores. Agilidad para reformas societarias menores. Más velocidad en autorizaciones técnicas. Y descentralización operativa dentro del regulador.

Para empresas del interior que buscan acceder al mercado de capitales, emitir obligaciones negociables o estructurar fideicomisos productivos, la demora regulatoria suele representar un costo oculto relevante.

La simplificación administrativa puede no generar impacto inmediato en el bolsillo del consumidor misionero, pero sí influir en el costo financiero empresario, especialmente en un escenario de tasas reales todavía elevadas.

La clave no estará solamente en la norma, sino en la capacidad del sistema financiero para incorporar efectivamente a empresas medianas del interior.

Misiones mantiene una economía exportadora con fuerte dependencia logística y costos estructurales altos. Si las reformas regulatorias derivan en mayor acceso a instrumentos financieros, menor burocracia y operaciones más ágiles, podrían mejorar competitividad regional sin necesidad de subsidios directos.

El interrogante de mediano plazo es otro: si el mercado de capitales argentino logrará federalizarse o si estas ventajas seguirán concentradas en operadores del AMBA. Para el NEA, la diferencia entre ambas opciones no es técnica. Es productiva.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin