Comisiones Médicas

Reforma Laboral: claves para entender afecciones vinculantes vs no vinculantes

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En medio del dinámico debate sobre la reforma laboral en Argentina, uno de los temas que genera mayor interés y, a menudo, confusión, es el tratamiento de las enfermedades que afectan a los trabajadores. Comprender la distinción fundamental entre enfermedades vinculantes (o profesionales) y no vinculantes (o inculpables) es crucial no solo para los empleados que buscan proteger sus derechos, sino también para las empresas que aspiran a gestionar su capital humano de manera responsable y eficiente. Este artículo se propone educar sobre estas categorías, su marco legal y las mejores prácticas para su abordaje, en el contexto de las transformaciones legislativas actuales.

La principal distinción entre un tipo de enfermedad y otra radica en su origen. Mientras que una es consecuencia directa de las tareas desempeñadas, la otra surge por factores ajenos al entorno laboral.

Enfermedades vinculantes o profesionales

Una enfermedad profesional o vinculante es aquella que se origina como resultado directo de la exposición a factores de riesgo presentes en el lugar de trabajo. Estas patologías están contempladas en la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) N° 24.557, que busca prevenir los riesgos laborales y reparar los daños ocasionados.

La cobertura de estas enfermedades corre por cuenta de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), a las que las empresas deben estar afiliadas. Existe un listado oficial, aprobado por el Decreto 658/96 y sus modificatorias, que detalla las enfermedades reconocidas para distintas actividades, los agentes de riesgo asociados y el tiempo de exposición necesario para su reconocimiento.

CaracterísticaDescripción
OrigenCausa directa e inmediata de la ejecución del trabajo.
Marco LegalLey de Riesgos del Trabajo (N° 24.557).
CoberturaA cargo de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o empleador auto asegurado
Ejemplos ComunesHernias de disco, síndrome del túnel carpiano, hipoacusia (pérdida de audición por ruido o trauma acústico), enfermedades respiratorias por exposición a polvos.

Un desafío particular lo presentan las enfermedades “no listadas”. Estas son dolencias que, si bien no figuran en el listado oficial, pueden ser reconocidas como profesionales si el trabajador demuestra ante una Comisión Médica que la patología fue provocada por “causa directa e inmediata de la ejecución del trabajo”. Este procedimiento, introducido por el Decreto 1278/2000, abrió una vía para el reconocimiento de enfermedades que el sistema originalmente no contemplaba.

“La reforma laboral, más allá de los artículos que finalmente se aprueben, instala una conversación necesaria sobre la sostenibilidad del sistema de salud laboral en Argentina”, afirma Federico Martín, director médico (Matrícula nacional 105.536 y médico del trabajo inscripción N 6674) de Praevida, empresa especializada en medicina laboral. “El debate sobre las licencias por enfermedad no debe ser visto como un enfrentamiento entre derechos del trabajador y costos empresariales, sino como una oportunidad para fortalecer la prevención y optimizar los mecanismos de control”.

Enfermedades no vinculantes o inculpables

Por otro lado, las enfermedades no vinculantes o inculpables son aquellas que no guardan relación causal con las tareas laborales. Un resfriado común, una enfermedad preexistente que se manifiesta durante la relación laboral o una lesión sufrida fuera del horario de trabajo son ejemplos claros. Estas situaciones están reguladas por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744, que en su artículo 208 establece que estos padecimientos “no afectarán el derecho del trabajador a percibir su remuneración” durante los períodos de licencia correspondientes, que varían según su antigüedad.

Recientemente, este punto ha estado en el centro de la escena política debido a la reforma laboral. Una propuesta inicial buscaba modificar el esquema de pago durante estas licencias, pero fue retirada del proyecto de ley, manteniendo, por ahora, el esquema de protección actual.

Según el experto: “Una empresa que invierte en identificar y mitigar riesgos no solo reduce el ausentismo y los costos asociados a las licencias, sino que también construye una cultura organizacional sólida, donde el empleado se siente cuidado y valorado. Esto, a largo plazo, se traduce en mayor productividad y retención de talento”.

Martín también destaca la importancia de un sistema de juntas médicas eficiente y transparente. “La reforma propone reforzar el derecho del empleador al control médico, lo cual es positivo para evitar abusos. Sin embargo, es fundamental que estos controles se realicen con rigor científico y ético, garantizando un diagnóstico justo y evitando la estigmatización del trabajador”.

Desde Praevida,ofrecen las siguientes recomendaciones prácticas para que las empresas naveguen el escenario actual y futuro de la salud laboral:

1.Auditoría integral de riesgos: “No se puede gestionar lo que no se mide”. Recomiendan realizar una auditoría completa de riesgos laborales, incluyendo no solo los factores físicos evidentes, sino también los riesgos psicosociales como el estrés, el burnout y el acoso laboral, que son causas crecientes de ausentismo.

2.Inversión en programas de bienestar: Ir más allá del cumplimiento legal. Implementar programas de bienestar que promuevan la salud física y mental, como pausas activas, talleres de manejo del estrés, nutrición y actividad física. “Un empleado sano y motivado es el activo más valioso de una compañía”.

3.Protocolos de actuación claros y comunicados: Desarrollar y comunicar protocolos claros para la denuncia de accidentes y enfermedades, así como para el procedimiento de licencias y reincorporación. Esto brinda seguridad jurídica tanto al empleado como al empleador.

4.Asesoramiento especializado y personalizado: Contar con un servicio de medicina laboral que no se limite a realizar exámenes de rutina, sino que ofrezca un asesoramiento estratégico y personalizado. “Un buen socio en salud laboral ayuda a la empresa a anticiparse a los problemas, a gestionar los casos complejos y a diseñar un plan de prevención a medida”,

En definitiva, el contexto de la reforma laboral invita a las empresas a adoptar un rol protagónico en la salud de sus trabajadores. La clave, según los expertos, no está en reducir derechos, sino en invertir inteligentemente en prevención, gestión y bienestar, transformando un desafío en una oportunidad de crecimiento y sostenibilidad.

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Misiones suscribió convenio con la SRT para funcionamiento de comisiones médicas

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El gerente General de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Guillermo Arancibia y los ministros de Hacienda, Adolfo Safrán, y de Trabajo y Empleo de Misiones  Juan Carlos Agulla, firmaron un convenio con el fin de asegurar el pleno acceso de los trabajadores a las Comisiones Médicas en todo el territorio provincial.
De la firma participaron también el gerente de Comunicación y Relaciones Institucionales, Fernando Pérez y el subgerente de Asuntos Políticos y Participación Ciudadana de la SRT, Eugenio Begué, y el convenio propone acciones conjuntas de colaboración y coordinación.
“La decisión de abrir nuevas comisiones médicas es beneficioso para los trabajadores, que tendrán una vía más rápida y efectiva para canalizar sus reclamos y una garantía de una indemnización justa en caso que correspondiera y para los empleadores, que tendrán mayor previsibilidad y una reducción de costos asociada a una menor litigiosidad”, comentó Arancibia
Por su parte, Agulla y Safrán coincidieron en destacar “la importancia del convenio con la SRT que tiene planeada la apertura de dos nuevas sedes que se ubicarán en las ciudades de Oberá y Eldorado y que  se sumarán a la de Posadas, porque está en concordancia con los lineamientos del gobierno provincial para ampliar y defender los derechos de los trabajadores”.
El compromiso conjunto está focalizado en darle calidad de atención al trabajador, asegurar que los procedimientos sean sencillos y gratuitos, además de, garantizar el patrocinio letrado, la objetividad y profesionalidad en los dictámenes médicos.
Según el último informe realizado por el departamento de Estadísticas de las SRT, en el segundo trimestre del 2018, la litigiosidad cayó un 36%, acentuando la tendencia descendente que se registra desde julio 2017 cuando se produjo la reforma del sistema.

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La Superintendencia de Riesgos del Trabajo intervino la comisión médica de Posadas

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El Superintendente de Riesgos del Trabajo, Gustavo Morón, dispuso el viernes pasado la intervención de la Comisión Médica Jurisdiccional N°3 de Posadas, Misiones, por presuntas irregularidades administrativas.
El Superintendente fundamentó la medida en la “existencia de posibles irregularidades en los expedientes laborales y previsionales” que se tramitaban en el mencionada Comisión Médica, las cuales podrían afectar al sistema de riesgos del trabajo.
Entre algunas de las anormalidades detectadas, se determinó la existencia de patologías ponderadas sin certificaciones médicas que las validarán; ausencia de estudios o evaluaciones actualizadas acorde al Baremo para su correcta ponderación de las incapacidades y la asignación de expedientes que conforman la agenda de los profesionales médicos.
También se investiga supuestas irregularidades en el vínculo que existiría entre el personal de la Comisión Médica y abogados integrantes de estudios jurídicos externos y presuntas anomalías en el accionar de algunos médicos veedores de las ART, que se desempeñarían además como representantes de los trabajadores.
Como medida preventiva y mientras dure la sustanciación de la investigación y la auditoria interna, se dispuso la separación de la Coordinadora de la Comisión Médica, de los médicos y del personal administrativo que se desempeñan en esa sede médica.
La Superintendencia también dispuso que sea la Gerencia de Comisiones Médicas la encargada de garantizar el funcionamiento de la comisión médica. Asimismo dio intervención a las Gerencia de Asuntos Contenciosos, Penales y Prevención de Fraude y a la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos, a efectos que cada una de ellas intervenga en el ambito de sus respectivas competencias durante la investigación.

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ART: Reformarán la Comisión Médica de Posadas para brindar una mejor atención

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Desde la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), buscan extender y mejorar el servicio de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales (CCMMJJ) en todo el país. La Comisión radicada en Posadas será incluida en el programa de reforma y mejora edilicia. Esto se da en el marco de las nuevas normativas relacionadas a las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART).

En el marco del programa de fortalecimiento de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, la Superintendencia de Riegos del Trabajo avanza en la remodelación y adecuación de espacios físicos en  13 comisiones médicas y la relocalización de otras siete en distintos puntos del país. También se abrirán nueve comisiones médicas en el conurbano bonaerense.

Las Comisiones Médicas Jurisdiccionales son las encargadas de resolver las diferencias entre las ART y los trabajadores que han sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional. Y además de determinar la naturaleza del accidente o la enfermedad, define el carácter y grado de incapacidad, así como también el alcance de las prestaciones dinerarias o en especie.

A partir de la reforma normativa, las Comisiones Médicas Jurisdiccionales se convertirán en la instancia administrativa previa, obligatoria y excluyente donde el trabajador deberá realizar el reclamo de una indemnización por enfermedad o incapacidad laboral.

En función de estos cambios y de la necesidad de consolidar un sistema eficaz y sostenible en el tiempo, la SRT dispuso una reformulación de su operatoria a través del fortalecimiento del plantel médico y administrativo, la creación de las condiciones de infraestructura adecuadas para la atención del trabajador, asegurando la accesibilidad y la cercanía, así como también la innovación tecnológica en los procesos de intercambio de información internos y externos.

Las modificaciones señaladas apuntan a mejorar la atención de las comisiones médicas, redistribuyendo los trámites médicos en forma más equitativa, reduciendo así las desviaciones en tiempo de resolución e incremento de la eficacia en los dictámenes en  beneficio del trabajador.

Estratégicamente, la SRT focalizó su programa de reformas y mejoras  edilicias en las CCMMJJ de Posadas, Corrientes, Salta, San Luis, Paraná, Catamarca, Zárate, Paso del Rey, San Juan,  Jujuy, Comodoro Rivadavia y Chaco y en la reubicación de las CM, de Mar del Plata, La Plata, Junín, Santiago del Estero, Tucumán y Mendoza.

También se decidió la descentralización de las comisiones médicas hacia localidades claves del Gran Buenos Aires. Estas empezarán a hacerse efectiva en marzo con la apertura de las comisiones médicas de Lanús y Ramos Mejía y luego vendrán las de Quilmes, Ezeiza, Morón, San Martín, San Isidro, Pilar y Lujan.

La apertura de comisiones médicas en el primer, segundo y tercer cordón del conurbano bonaerense es de vital importancia porque allí se generan el 80% de los trámites por accidentes laborales y enfermedades profesionales. Todos esos reclamos terminaban concentrados en la comisión médica de la Ciudad de Buenos Aires.

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