CONSEJO DEL SALARIO

El salario mínimo sube a $383.800 en septiembre y llegará a $437.000 en abril de 2027

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El Gobierno fijó por laudo una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), luego de que empresarios y representantes de los trabajadores no alcanzaran un acuerdo en la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El piso salarial partirá de $383.800 desde septiembre y tendrá incrementos mensuales hasta alcanzar $437.000 en abril de 2027.

La Resolución 4/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece los nuevos valores para los trabajadores comprendidos en el régimen de contrato de trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y los empleados de la Administración Pública Nacional y de los organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.

La decisión se tomó después de que la reunión convocada para el 28 de agosto terminara sin consenso. Ante la falta de acuerdo, la normativa establece que corresponde emitir un laudo para determinar tanto el salario mínimo como los valores de referencia de la prestación por desempleo.

El nuevo esquema contempla una actualización escalonada. Desde el 1° de septiembre de 2026, el salario mínimo para trabajadores mensualizados con jornada legal completa queda establecido en $383.800, mientras que para los trabajadores jornalizados se fija en $1.919 por hora.

A partir de octubre, el piso mensual ascenderá a $391.200 y el valor horario a $1.956. En noviembre llegará a $398.800 y $1.994, respectivamente, mientras que en diciembre será de $406.400 mensuales y $2.032 por hora.

La actualización continuará durante 2027. En enero, el SMVM será de $414.200; en febrero, de $422.000; en marzo, de $429.600; y finalmente en abril alcanzará los $437.000. Los valores horarios correspondientes serán de $2.071, $2.110, $2.148 y $2.185, respectivamente.

La secuencia implica que el salario mínimo pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril, una suba nominal acumulada de aproximadamente 13,9%. El incremento se distribuye en ocho etapas, lo que permite anticipar el valor del piso salarial durante los próximos meses, aunque su impacto real sobre el poder adquisitivo dependerá de la evolución de los precios y de los ingresos efectivos de cada trabajador.

Un aspecto central de la resolución es que estos valores funcionan como un piso legal para las relaciones laborales alcanzadas por la normativa. No significan que todos los trabajadores registrados perciban exactamente ese monto: cuando existen convenios colectivos con salarios superiores, esos acuerdos continúan operando por encima del mínimo establecido.

La decisión también tiene impacto sobre el sistema de protección frente al desempleo. La prestación continuará calculándose en función del 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral.

Sin embargo, la resolución establece límites vinculados directamente con el salario mínimo. La prestación por desempleo no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superar el 100% de ese mismo valor. De esta manera, cada actualización del salario mínimo modifica también los pisos y techos aplicables al seguro de desempleo.

El mecanismo elegido vuelve a poner en el centro la discusión sobre la capacidad del salario mínimo para funcionar como referencia efectiva de ingresos laborales. El dato relevante no será solamente cuánto aumenta nominalmente, sino cuánto representa ese nuevo piso frente al costo de vida y frente a las remuneraciones que efectivamente perciben los trabajadores de menores ingresos.

Desde una perspectiva de soluciones, la principal herramienta que introduce la resolución es la previsibilidad: al fijar de antemano los valores hasta abril de 2027, empleadores y trabajadores cuentan con una referencia cierta para planificar costos laborales e ingresos. El desafío será que esa previsibilidad no quede desfasada frente a la evolución de los precios, porque un aumento nominal previamente definido puede perder capacidad de compra si la inflación supera el ritmo de actualización.

La resolución deja así establecido un sendero salarial hasta el segundo trimestre de 2027, en un contexto en el que el Consejo Nacional no logró construir un acuerdo entre las partes. El nuevo piso será de $383.800 en septiembre y llegará a $437.000 en abril, mientras que la evolución de la inflación determinará cuánto de ese incremento se transforma efectivamente en una mejora del poder adquisitivo.

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Fracasó el Consejo del Salario y el Gobierno definirá el nuevo mínimo

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La reunión del Consejo del Salario terminó nuevamente sin acuerdo y dejó en manos del Gobierno nacional la definición del próximo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Los representantes sindicales reclamaron llevar el piso salarial a $911.000, mientras que el sector empresario presentó una propuesta muy inferior, que llevaría el mínimo a unos $468.000 en abril de 2027.

La distancia entre ambas posiciones volvió a bloquear el consenso y profundizó el cuestionamiento sindical sobre el funcionamiento de un ámbito concebido para establecer un piso de ingresos para los trabajadores que no cuentan con mecanismos de negociación colectiva.

El SMVM vigente se ubica en $376.600, de acuerdo con el cronograma de actualización establecido en noviembre de 2025. Además de funcionar como referencia para las remuneraciones más bajas, el valor del salario mínimo interviene en la determinación de distintos programas sociales, prestaciones y subsidios.

El resultado de la reunión tiene, por lo tanto, un alcance que excede a los trabajadores alcanzados directamente por el salario mínimo. Una modificación del SMVM también puede alterar parámetros utilizados por distintas políticas públicas y, al mismo tiempo, constituye una señal sobre el nivel de ingresos que el Estado considera compatible con las condiciones económicas actuales.

Una brecha salarial que volvió a hacer inviable el acuerdo

La propuesta empresaria quedó muy lejos de la demanda sindical. Según lo planteado durante la reunión, las cámaras ofrecieron incrementos de 1,8% para septiembre y de 1,7% mensual desde octubre hasta abril, lo que llevaría el salario mínimo a aproximadamente $468.000 al final del período.

La CGT y las dos CTA, en cambio, reclamaron un mínimo de $911.000.

La diferencia no fue solamente numérica. Para las centrales sindicales, la propuesta empresaria mantiene al SMVM en niveles insuficientes para cubrir las necesidades básicas de los trabajadores y profundiza la pérdida de capacidad adquisitiva acumulada.

Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE, cuestionó que el salario mínimo haya quedado desconectado de su función original. Sostuvo que el Consejo debería operar como una instancia de negociación para quienes no tienen paritarias y cuestionó que el valor vigente no alcance para cubrir las necesidades consideradas esenciales.

La discusión vuelve así sobre una cuestión estructural del mercado laboral argentino: qué nivel de ingresos debe garantizarse como piso cuando una parte de los trabajadores no tiene capacidad de negociación colectiva y depende de la referencia fijada por el Consejo.

La virtualidad abrió otro frente de conflicto

El desacuerdo salarial estuvo acompañado por una disputa institucional. La CGT y las dos CTA reclamaron que el Consejo volviera a sesionar de manera presencial, pero el Gobierno mantuvo la modalidad virtual.

Las centrales obreras participaron de la comisión técnica salarial, donde se presentan las propuestas, pero luego decidieron retirarse y no participar del plenario.

Jorge Sola, uno de los cotitulares de la CGT, cuestionó la falta de presencialidad y sostuvo que la modalidad adoptada no garantiza, a criterio sindical, el nivel de diálogo tripartito que debería caracterizar al organismo. También anticipó que la central analiza recurrir nuevamente a la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El Gobierno defendió exactamente lo contrario. El Ministerio de Capital Humano sostuvo que la virtualidad permite registrar y grabar las reuniones, garantizar trazabilidad y dejar constancia de las posiciones expresadas por cada sector.

La cartera conducida por Sandra Pettovello afirmó que las reuniones fueron convocadas de esa manera con el objetivo de preservar la paz social y mantener un ámbito de diálogo ordenado. También señaló que algunas organizaciones objetaron el formato y decidieron retirarse de la instancia plenaria.

La controversia sobre el formato terminó adquiriendo un peso político mayor porque se superpuso con la discusión de fondo: la capacidad del Consejo para alcanzar acuerdos efectivos sobre el ingreso mínimo.

El Gobierno queda nuevamente con la decisión final

Ante la falta de acuerdo, el Ministerio de Capital Humano confirmó que el Gobierno procederá a determinar el nuevo salario mínimo mediante los mecanismos previstos para estos casos.

El desenlace reproduce una dinámica que se volvió recurrente durante los últimos años: cuando empresarios y trabajadores no alcanzan un consenso, el Ejecutivo termina estableciendo el valor mediante una decisión administrativa.

Para el Gobierno, esta facultad permite cerrar un proceso que no logró reunir las condiciones para un acuerdo. Para las organizaciones sindicales, en cambio, la reiteración de este mecanismo erosiona el sentido institucional del Consejo del Salario.

El conflicto también se desarrolló alrededor de versiones sobre un eventual piso salarial de bolsillo cercano a $800.000, que implicaría un salario bruto de aproximadamente $1.100.000. Esa posibilidad no formó parte formalmente de la agenda de la reunión, pero había generado expectativas y críticas en las horas previas.

Los dirigentes sindicales interpretaron esas versiones como una operación política, debido a que no hubo una propuesta concreta del Gobierno durante la negociación.

A esto se sumó la ausencia del secretario de Trabajo, Julio Cordero, quien fue reemplazado en la reunión por la subsecretaria Claudia Testa. La CGT vinculó esa ausencia con una supuesta pérdida de relevancia política del Consejo.

Qué está en juego detrás del nuevo salario mínimo

La discusión no se reduce a determinar cuánto aumentará el SMVM. El punto central es qué función cumple hoy el salario mínimo dentro de una economía donde las paritarias constituyen el principal mecanismo de actualización para una parte significativa de los trabajadores formales, mientras otros sectores dependen de referencias estatales.

El valor vigente de $376.600 queda, además, muy por debajo de las pretensiones sindicales y de los niveles planteados informalmente en las últimas horas. La decisión que adopte el Ejecutivo determinará cuánto de esa brecha se reduce y cuánto permanece.

También tendrá consecuencias indirectas. El SMVM es utilizado como referencia para distintas prestaciones y programas, por lo que una actualización más elevada puede ampliar determinados beneficios vinculados al salario mínimo, mientras que una recomposición más acotada preservaría un esquema de menor incidencia fiscal.

La definición será, en consecuencia, una señal simultáneamente laboral, social y fiscal.

El Gobierno deberá resolver ahora entre una propuesta empresaria que ubica el mínimo muy por debajo del reclamo sindical y una demanda de $911.000 que supone una recomposición significativamente mayor. En el medio queda un Consejo del Salario que, una vez más, no consiguió transformar la negociación tripartita en un acuerdo.

El desafío de fondo será evitar que el salario mínimo quede reducido a una cifra administrativa desconectada de su objetivo original: funcionar como un piso efectivo de protección para quienes tienen menor capacidad de negociación en el mercado laboral. La próxima resolución del Ejecutivo no solo fijará un nuevo monto; también definirá, en los hechos, cuánto peso conserva ese instrumento dentro de la política salarial argentina.

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El Gobierno busca llevar las paritarias a un piso de $1 millón sin subir el salario mínimo

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El Gobierno nacional busca trasladar a las negociaciones paritarias una parte de la estrategia para recomponer los ingresos de los trabajadores registrados. En la antesala de una nueva reunión del Consejo del Salario, la Secretaría de Trabajo impulsa que los convenios colectivos incorporen mecanismos capaces de garantizar un piso de ingresos cercano a $1.000.000, sin que eso implique un salto equivalente en el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La propuesta aparece en un momento en que la política salarial vuelve a quedar vinculada con dos problemas que atraviesan la economía argentina: la debilidad del consumo y el aumento del endeudamiento de los hogares. El salario mínimo vigente se ubica en $376.600 mensuales, mientras que los trabajadores alcanzados por convenios colectivos perciben, en la mayoría de los casos, ingresos superiores a ese umbral.

La estrategia oficial consiste entonces en utilizar las paritarias como mecanismo para elevar el ingreso efectivo de los trabajadores registrados, antes que promover una actualización de magnitud del salario mínimo. La mejora debería surgir de acuerdos entre sindicatos y cámaras empresariales, sin una transferencia directa de recursos del Estado.

El Gobierno apuesta a bonos para evitar un salto en los costos

Según la propuesta que circula en la Secretaría de Trabajo, una de las herramientas para alcanzar el objetivo sería incorporar bonos no remunerativos en los acuerdos salariales, mientras los incrementos porcentuales mensuales se mantienen alrededor del 2%.

El argumento oficial es que de esta manera podría elevarse el ingreso de bolsillo sin trasladar un incremento equivalente a los costos estructurales de las empresas y, por esa vía, evitar una presión adicional sobre los precios.

La fórmula, sin embargo, enfrenta una dificultad económica: todavía no está definido con precisión cómo se compatibilizaría un piso de ingresos de $1 millón con aumentos salariales mensuales acotados y con la estructura de costos de cada actividad. Por eso, dentro del propio Gobierno remarcan que no existe un “número mágico”, sino una orientación para las próximas negociaciones colectivas.

El planteo también tiene una dimensión institucional. En lugar de establecer desde el Estado un nuevo piso salarial general, el Ejecutivo pretende que sean los actores de cada convenio colectivo quienes construyan ese umbral de ingresos.

El salario mínimo quedó muy por detrás del costo de vida

La distancia entre el SMVM y los ingresos necesarios para sostener el consumo explica buena parte de la discusión. El salario mínimo quedó fijado en $376.600, un valor que perdió capacidad como referencia efectiva para las negociaciones laborales.

Desde el movimiento sindical sostienen que el punto de partida debería estar mucho más cerca del costo de la canasta básica. El reclamo de la CGT apunta a un básico no menor a unos $1,56 millones, tomando como referencia el valor de la canasta básica para una familia.

La diferencia muestra el problema de fondo: el salario mínimo dejó de funcionar como una referencia cercana al ingreso necesario para cubrir las necesidades básicas, mientras que las paritarias pasaron a ocupar un papel central en la determinación de los salarios efectivos.

La discusión se vuelve todavía más relevante porque los salarios privados registrados aumentaron 1,9% en junio, según los datos citados del INDEC, sin superar la inflación del mes. En términos reales, permanecieron 3,6% por debajo del nivel de noviembre de 2023.

La CGT desconfía y reclama paritarias sin techo

La iniciativa oficial genera resistencia entre las centrales sindicales. Desde la CGT cuestionaron que no existió una negociación formal sobre un piso de $1 millón y reclamaron que las discusiones salariales permanezcan abiertas, sin un techo previamente establecido.

El planteo sindical adquiere mayor peso por la proximidad de la reunión del Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, convocada para este viernes. Allí deberían discutirse tanto una nueva actualización del salario mínimo como los valores de las prestaciones por desempleo.

El encuentro llega, además, con diferencias sobre su modalidad. Mientras el Gobierno prevé realizarlo de manera virtual, las centrales obreras reclaman una reunión presencial.

La expectativa de un nuevo desacuerdo vuelve a colocar al Poder Ejecutivo ante una disyuntiva: actualizar por decreto el salario mínimo, como ocurrió en la última oportunidad, o dejar que las paritarias continúen funcionando como el principal mecanismo de recomposición de los ingresos formales.

Salarios, consumo y mora: el mismo problema por distintos canales

La discusión salarial no ocurre de manera aislada. En paralelo, el sistema financiero registra niveles elevados de mora de los hogares, mientras los bancos plantean al Banco Central mecanismos para facilitar refinanciaciones y detectar antes las dificultades de pago.

La conexión es directa. Cuando los ingresos pierden capacidad frente a los precios, las familias primero ajustan consumo, después utilizan ahorro o crédito y finalmente pueden comenzar a acumular atrasos. Por eso, la recuperación del ingreso disponible aparece como una condición relevante para estabilizar también el frente financiero de los hogares.

El Gobierno intenta resolver esa ecuación sin reabrir una dinámica inflacionaria. Su apuesta consiste en mejorar el ingreso efectivo mediante acuerdos privados, manteniendo contenidos los incrementos salariales mensuales y evitando que el Tesoro deba financiar la recomposición.

El límite estará dado por la capacidad de las empresas para absorber mayores costos, la voluntad sindical de aceptar esquemas con componentes no remunerativos y la evolución de la inflación.

El desafío es que el millón de pesos sea ingreso sostenible

La discusión que comienza esta semana excede el número del salario mínimo. El verdadero interrogante es si un trabajador puede recuperar capacidad de compra de manera sostenible, sin que una parte significativa de la mejora termine diluida por la inflación o por mecanismos salariales que no consoliden el ingreso.

Un piso de $1 millón podría representar un alivio para determinados trabajadores alcanzados por convenios, pero su impacto dependerá de cómo se instrumente, qué proporción sea remunerativa y qué actividades puedan efectivamente afrontar el costo.

Para el Gobierno, la prioridad es recuperar consumo sin alterar el proceso de desinflación. Para los sindicatos, el problema es que los salarios continúan corriendo detrás de las necesidades de los hogares. Y para las empresas, la discusión pasa por encontrar un punto donde la recuperación del poder adquisitivo no comprometa empleo, márgenes ni precios.

La reunión del Consejo del Salario será apenas una parte de esa negociación más amplia. El dato decisivo no será solamente cuánto sube el salario mínimo, sino si las paritarias consiguen convertir la recuperación del ingreso en una mejora real y durable del consumo.

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El Gobierno convocó al Consejo del Salario: el 28 de agosto definirán el nuevo piso salarial

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El Gobierno nacional convocó formalmente al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el próximo 28 de agosto, en una jornada que tendrá como eje la determinación del nuevo piso salarial y la actualización de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.

La convocatoria fue establecida mediante la Resolución 1/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, firmada el 19 de agosto y publicada este jueves. La norma dispone que la sesión plenaria ordinaria se realizará el viernes 28 de agosto a las 12.30, mediante una plataforma virtual. En caso de ser necesario, habrá una segunda sesión a las 14.00 del mismo día.

Antes del plenario, a las 10.00, se reunirá la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo. Será en esa instancia donde se tratarán específicamente los dos temas que luego serán elevados al Consejo: la determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil y la fijación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.

La decisión adquiere relevancia porque el salario mínimo funciona como una referencia dentro del esquema laboral argentino y, además, interviene en distintas prestaciones y parámetros vinculados con la normativa de empleo. La discusión del 28 de agosto permitirá conocer qué nivel de actualización pretende establecer el Gobierno y qué posición llevarán los representantes de trabajadores y empleadores.

La resolución recuerda que el Consejo está integrado por 16 representantes de los empleadores y 16 representantes de los trabajadores, además de su Presidencia. El órgano tiene entre sus atribuciones legales determinar el salario mínimo, vital y móvil y los montos de la prestación por desempleo, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nacional de Empleo.

La convocatoria se produce después de que el Gobierno modificara durante los últimos meses distintos componentes de su estructura administrativa y laboral. La resolución incorpora entre sus antecedentes el Decreto 378/2026, que aprobó una nueva conformación organizativa del Ministerio de Capital Humano, cartera que asumió las competencias y obligaciones que anteriormente correspondían al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Desde el punto de vista económico, la discusión tendrá una doble dimensión. Por un lado, la actualización del salario mínimo impactará sobre el ingreso de los trabajadores alcanzados por ese parámetro y sobre referencias que utilizan distintos programas y obligaciones laborales. Por otro, la actualización del seguro de desempleo busca determinar el nivel de cobertura económica disponible para quienes pierden su empleo dentro de las condiciones previstas por el sistema.

La convocatoria, sin embargo, no anticipa ningún porcentaje ni monto. La Resolución 1/2026 se limita a poner en marcha formalmente el procedimiento institucional para que la Comisión del Salario Mínimo y el plenario del Consejo discutan y determinen los nuevos valores. Por lo tanto, cualquier cifra sobre el futuro salario mínimo o la prestación por desempleo todavía forma parte de la negociación y no de una decisión oficial.

El cronograma concentrará así en una misma jornada la discusión técnica y política del nuevo piso salarial. A las 10 comenzará la reunión de la comisión específica, a las 12.30 está prevista la primera sesión plenaria y, eventualmente, a las 14 se realizará una segunda convocatoria. El resultado deberá surgir de los temas elevados por la comisión al plenario.

Para los trabajadores y las empresas, el dato relevante será el resultado concreto de esa negociación: cuánto se modificará el ingreso mínimo de referencia y cómo quedarán los límites de la prestación por desempleo. En un contexto en el que el poder adquisitivo, el costo laboral y la protección frente a la pérdida de empleo forman parte de una misma discusión económica, la próxima reunión del Consejo del Salario volverá a poner en el centro una pregunta decisiva: cuál será el nuevo piso de ingresos que el Estado reconoce para el mercado laboral argentino.

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El Gobierno fijó por decreto el salario mínimo hasta agosto del 2026

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El Gobierno nacional dispuso por decreto aumentos escalonados del salario mínimo hasta agosto de 2026 tras el fracaso de la negociación paritaria

El Poder Ejecutivo fijó por resolución nuevos pisos salariales para todos los trabajadores bajo el Régimen de Contrato de Trabajo, luego de que el Consejo del Salario no alcanzara un acuerdo el 26 de noviembre. La medida, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece incrementos mensuales desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026 y redefine también los requisitos de la prestación por desempleo.

Un laudo oficial tras el quiebre de la negociación: los montos mes a mes

Mediante la Resolución 9/2025, firmada por la presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, Claudia Silvana Testa, el Gobierno determinó de manera unilateral la actualización del salario mínimo.

Es para los trabajadores encuadrados en: la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional, y todos los organismos del Estado Nacional que actúan como empleadores.

La decisión se adoptó después de que la sesión plenaria del 26 de noviembre de 2025 fracasara en alcanzar consensos. Según el texto oficial, durante el encuentro se “detallaron las propuestas del sector representativo de los trabajadores y la propuesta del sector representativo de los empleadores”, pero “luego de un extenso intercambio de opiniones, no se logró alcanzar un acuerdo”.

En consecuencia, Testa aplicó lo previsto en el artículo 137 de la Ley 24.013, que obliga a la autoridad a dictar un laudo cuando no hay acuerdo entre las partes.

Nuevos valores del salario mínimo mensual y por hora

Los montos fijados se aplicarán entre noviembre de 2025 y agosto de 2026:

  • Noviembre 2025: $328.400 mensuales | $1.642 por hora
  • Diciembre 2025: $334.800 | $1.674
  • Enero 2026: $341.000 | $1.705
  • Febrero 2026: $346.800 | $1.734
  • Marzo 2026: $352.400 | $1.762
  • Abril 2026: $357.800 | $1.789
  • Mayo 2026: $363.000 | $1.815
  • Junio 2026: $367.800 | $1.839
  • Julio 2026: $372.400 | $1.862
  • Agosto 2026: $376.600 | $1.883

Con este esquema, el salario mínimo pasará de los $322.200 vigentes hasta octubre a $376.600 en agosto, lo que implica un incremento de $54.400 en diez meses.
Según el Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET), entre noviembre de 2023 y octubre de 2024 el salario mínimo real acumuló una caída del 35%, mientras que en lo que va de 2025 la reducción alcanza el 7,7%.

Alcances institucionales y normativos del laudo: qué cambia y qué permanece

La Resolución 9/2025 se dictó sobre la base de un extenso marco normativo, que incluye: las Leyes 20.744 (Contrato de Trabajo) y 24.013 (Sistema de Empleo), los Decretos 2725/1991, 1095/2004, 602/2016, 50/2019, 91/2020, 8/2023, 11/2023, 31/2025, y las Resoluciones 617/2004, 572/2021, 6/2025 y 15/2023.

El Gobierno justificó la intervención directa señalando que estaban en discusión dos puntos centrales definidos en el artículo 135 de la Ley 24.013: a) el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil, b) los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.

Al no alcanzarse acuerdo, la autoridad actuante quedó “en la obligación de emitir un laudo correspondiente”.

Prestación por desempleo: valores y parámetros

El artículo 2 de la norma establece que la prestación por desempleo será equivalente al 75% del salario neto de la mejor remuneración mensual del trabajador durante los últimos seis meses previos al despido.

Además, fija límites estrictos: no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente, ni superior al 100% del SMVM vigente.

Esta fórmula mantiene el mecanismo adoptado previamente por la Resolución 15/2023 del Consejo del Salario.

Qué sectores sentirán más la medida

El laudo llega en un contexto de fuerte deterioro del salario real y de tensiones entre sindicatos y empleadores por la falta de acuerdos en el Consejo. La decisión de avanzar sin consenso consolida: una dinámica de ajuste salarial por decreto que se repite desde 2024. Un sendero de aumentos que no logra recomponer la pérdida acumulada frente a la inflación. Y un esquema de previsibilidad nominal que, según analistas, podría ayudar a ordenar paritarias de sectores con alta informalidad salarial.

Sin embargo, la actualización escalonada hasta agosto de 2026 podría ser insuficiente si la inflación se acelera, mientras que para las empresas con baja rentabilidad la suba mensualizada podría trasladarse parcialmente a precios o empleo.

En términos institucionales, la resolución también evidencia el debilitamiento del ámbito tripartito del Consejo, donde el Ejecutivo volvió a intervenir ante la imposibilidad de construir mayorías entre sindicatos y empleadores.

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