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La Provincia insistirá para que el INYM vuelva a regular precios y controles de calidad

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La Legislatura de Misiones volvió a poner en agenda la crisis del sector yerbatero y ratificó su decisión de insistir para que el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recupere facultades clave de regulación de precios, control de calidad y trazabilidad. Así lo confirmó el presidente de la Cámara de Representantes, Sebastián Macías, tras una reunión convocada por la Presidencia del cuerpo legislativo con diputados y productores, en un contexto marcado por la desregulación nacional, la caída de ingresos en el eslabón primario y un deterioro social creciente en las zonas productivas.

Crisis yerbatera, desregulación y rol de la Legislatura

Macías explicó en LT 17 Radio Provincia que la convocatoria respondió a una crisis que “atraviesa desde hace tiempo” al sector yerbatero y que se profundizó tras la desregulación dispuesta por el Gobierno nacional, que dejó al INYM sin herramientas de intervención. En ese marco, la Cámara de Representantes asumió un rol de articulación política e institucional para abrir el debate y construir consensos.

“Desde la Cámara de Representantes entendemos un trabajo, una reunión en la cual no solo se da la apertura de la posibilidad del debate, del acompañamiento, de las herramientas legislativas que puedan llegar a darse”, señaló el titular del cuerpo. El objetivo, explicó, es acompañar tanto las acciones del Ejecutivo provincial como las del Gobierno nacional, con herramientas que permitan “ir destrabando” el conflicto, aun cuando no existan soluciones inmediatas.

El diagnóstico compartido en la Legislatura apunta al impacto directo de la desregulación sobre el precio que reciben los productores. Mientras los costos crecen, los valores en góndola se mantienen estables o incluso bajan por razones de competitividad, trasladando el ajuste al eslabón más débil de la cadena. “Esto se traslada a los pequeños productores, que son los que hoy están sufriendo esta gran problemática”, advirtió Macías.

Precio, trazabilidad y un amparo para devolver facultades al INYM

El presidente de la Legislatura detalló que una de las líneas de trabajo centrales es el impulso de una acción judicial para que el INYM recupere sus facultades. “Trabajar en un amparo desde la Justicia Federal para brindar nuevamente al INYM las facultades correspondientes”, explicó, aclarando que no se trata solo de regular precios, sino también de recuperar atribuciones vinculadas al control de calidad, las formas de pago y los plazos en la cadena yerbatera.

Según Macías, la ruptura de la cadena de pagos agrava la crisis: los productores inician la zafra sabiendo de antemano que trabajarán a pérdida, una situación que definió como “insostenible en el tiempo”. A su vez, alertó sobre el impacto de esta dinámica en la calidad del producto, al señalar que muchas plantaciones no están en condiciones de ser cosechadas y que el deterioro productivo puede afectar la posición de la yerba misionera a nivel nacional e internacional.

En paralelo, se avanza en la implementación de un sistema de trazabilidad. El legislador indicó que el Ministerio del Agro, junto con ATM y Rentas de la provincia, trabaja en un proceso de carga de datos que permitirá contar con un panorama real del sector, incluyendo la cantidad de productores y las hectáreas que posee cada uno. Según estimaciones mencionadas en la entrevista, el universo alcanza a más de 12.000 productores.

“La trazabilidad va a permitir formalizar el mercado”, sostuvo Macías, y vinculó ese proceso con la necesidad de corregir prácticas de pago y situaciones de desfinanciamiento generadas por algunos industriales en la compra de materia prima.

Próximos escenarios

La problemática yerbatera fue abordada con la participación de “casi todos los frentes” que integran la Cámara de Representantes, un dato que Macías destacó como clave para enriquecer el debate y avanzar hacia propuestas más concretas. Si bien reconoció que desde la Legislatura no surge “la solución definitiva”, remarcó la importancia de construir normas y acciones que acompañen a los productores.

El presidente del cuerpo también subrayó el costado social de la crisis. “No es solamente económica, es un problema social muy profundo que nos toca muy de cerca a los misioneros”, afirmó, y describió un escenario de desánimo creciente en las zonas productivas, con consecuencias directas sobre la eficiencia y la calidad del sistema.

En cuanto al diálogo con Nación, Macías señaló que existen gestiones en marcha desde el Ministerio del Agro y el gobernador, y que el INYM —con presidente designado— comenzó a generar instancias de diálogo con los productores. Sin embargo, volvió a enfatizar que el núcleo del conflicto sigue siendo el precio y la imposibilidad de sostener la actividad bajo las condiciones actuales.

Finalmente, dejó abierta la posibilidad de que las herramientas que se desarrollen para el sector yerbatero puedan ampliarse a otras economías regionales, como la tabacalera, en un proceso de adaptación gradual a un mercado que definió como “imperfecto” y que, según sostuvo, requiere parámetros mínimos de regulación para funcionar de manera sostenible.

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El INYM deroga y modifica reglas clave del control de calidad de la yerba mate

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El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) aprobó una profunda actualización de su marco regulatorio sobre control de calidad de la materia prima, en línea con los decretos nacionales de simplificación y desregulación. La Resolución 2/2026, firmada en Posadas el 8 de enero de 2026, deroga normas vigentes, modifica artículos centrales del Reglamento de Control de Calidad y redefine exigencias técnicas, con impacto directo en secaderos, depósitos y comercializadores de la cadena yerbatera. La medida apunta a reducir cargas administrativas sin resignar estándares sanitarios, en cumplimiento de la Ley 25.564 y de las instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional.

Simplificación normativa y alineamiento con la política nacional

La Resolución 2/2026 del INYM se inscribe en un proceso de reordenamiento normativo iniciado formalmente con la Resolución INYM Nº 254/2021 y profundizado tras la sanción de los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nº 90/2025 y Nº 812/2025. Este último sustituyó el artículo 8° del Decreto Reglamentario Nº 1.240/02 de la Ley 25.564, estableciendo que el INYM “no podrá dictar normas o establecer intervenciones que provoquen distorsiones en los precios de mercado, generen barreras de entrada, impidan la libre iniciativa privada y/o interfieran en la libre interacción de la oferta y la demanda”.

En ese marco, el Directorio del INYM asumió el compromiso de revisar integralmente su stock normativo para adecuarlo a los nuevos lineamientos nacionales. Según consta en los considerandos, esta tarea fue aprobada por mayoría de dos tercios del Directorio en la reunión del 4 de diciembre de 2025, habilitando la revisión y eventual derogación o modificación de resoluciones que pudieran contradecir el nuevo marco legal.

La resolución ahora publicada materializa ese proceso en un área sensible: el control de calidad de la materia prima de yerba mate, regulado originalmente por la Resolución INYM Nº 11/2017 y sus normas complementarias.

Qué normas se derogan y qué artículos se modifican

El nuevo acto administrativo dispone, en primer lugar, la abrogación de las Resoluciones INYM Nº 152/2021, Nº 373/2021 y su anexo, y Nº 347/2021. Además, deroga el inciso g.1.2 del artículo 5° de la Resolución INYM Nº 131/2022 y los artículos 15° y 16° de la Resolución INYM Nº 11/2017.

En paralelo, introduce modificaciones sustanciales en los artículos 5°, 8°, 9°, 10° y 17° del Reglamento de Control de Calidad de Materia Prima de Yerba Mate. Entre los cambios más relevantes se destacan:

  • Control de recepción de hoja verde: se mantiene la exigencia de un “sistema de estricto control” por parte de secaderos y comercializadores con planta de acopio, orientado a eliminar malezas, hojas ardidas, quemadas y materias extrañas. El inspector deberá exigir la separación inmediata de la hoja verde afectada para evitar su ingreso al proceso de secado.
  • Estacionamiento o almacenaje: se amplían las alternativas de envases admitidos (bolsas, bolsones big bags u otros continentes), siempre que se evite el contacto directo con el suelo y se garantice un depósito cerrado, aislado de la humedad y libre de animales, residuos y plagas. Se ratifica el uso exclusivo de los depósitos para yerba mate canchada.
  • Separación de palo grueso y cuerpos extraños: se refuerza la responsabilidad del operador secador, que deberá contar con implementos adecuados para separar palos gruesos, palos finos, hojas y otros cuerpos extraños durante el proceso de secado.

Nuevos parámetros técnicos y controles sanitarios

Uno de los ejes centrales de la resolución es la redefinición de las características y requerimientos de la yerba mate canchada, con un detalle técnico exhaustivo. El artículo 10° modificado establece parámetros mínimos fisicoquímicos, microbiológicos e inorgánicos.

Entre los principales puntos se fijan:

  • Puntos negros por ardido o quemado: la masa foliar retenida por tamiz de 420 mm (malla 40) no podrá superar el 7,00%.
  • Humedad: no deberá exceder el límite máximo establecido en el Código Alimentario Argentino para la yerba mate elaborada.
  • Semillas y bayas: máximo 2,00% del peso total.
  • Materiales extraños: máximo 1,00% del peso.
  • Tamizado: se detallan porcentajes máximos y mínimos de retención en zarandas y tamices, con un mínimo del 88,0% retenido por tamiz de 420 mm.

En materia microbiológica, se ratifican exigencias precisas, como la ausencia de Salmonella ssp en 25 gramos, límites estrictos para E. coli y recuentos controlados de Bacillus cereus, con metodologías de análisis basadas en normas ISO y BAM-FDA.

Asimismo, se establecen límites máximos para contaminantes inorgánicos: plomo (0,6 mg/kg), cadmio (0,4 mg/kg) y arsénico (0,6 mg/kg). El procedimiento de control contempla muestras originales y contra-muestras (duplicado y triplicado), con plazos de análisis de hasta 20 días hábiles y definiciones claras sobre la liberación, destrucción o devolución a origen de la materia prima.

Fiscalización, intervención preventiva e impacto en la cadena yerbatera

La modificación del artículo 17° redefine el esquema de intervención preventiva. Ante indicios “prima facie” de afectación de la inocuidad, el INYM podrá intervenir la yerba mate canchada, que quedará en custodia del responsable hasta el resultado de los análisis. Si los parámetros microbiológicos no se cumplen, el lote deberá destruirse en presencia de inspectores. En caso contrario, será liberado de inmediato. El mismo procedimiento se aplica ante sospechas de adulteración o mezcla con otros productos.

Desde el punto de vista institucional y económico, la resolución busca un delicado equilibrio: reducir superposiciones normativas y trabas administrativas, sin resignar controles esenciales para la calidad y salubridad del producto. Para secaderos, depósitos y operadores comerciales, la medida implica una actualización de obligaciones técnicas, pero también una mayor claridad normativa y previsibilidad regulatoria.

El Directorio del INYM dejó expresamente aclarado que este proceso no está concluido y que aún restan analizar resoluciones de mayor complejidad, en el marco del compromiso de adecuación progresiva a los lineamientos del Gobierno Nacional.

La Resolución 2/2026 entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, prevista para el 20 de enero de 2026.

Resolución 2 2026 INYM by CristianMilciades

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Nuevo giro en el mercado yerbatero: el INYM elimina regulaciones y limita su intervención

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El INYM deroga normas clave y redefine su rol, menos intervención en precios y foco en control y calidad. Las primeras resoluciones con el flamante presidente designado por Milei, Rodrigo Correa eliminan regulaciones históricas y se alinea al nuevo esquema de mercado competitivo

El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) avanzó en una reconfiguración profunda de su marco regulatorio al abrogar resoluciones clave y modificar su régimen sancionatorio, en línea con los cambios introducidos por el DNU 70/2023 y el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 812/2025. La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 146/2025, fechada el 18 de diciembre de 2025 en Posadas, Misiones, y publicada en el Boletín Oficial el 23 de diciembre.

La medida implica la eliminación de normas que regulaban infracciones, períodos de cosecha y regímenes de inhabilitación automática, con el objetivo explícito de “impedir la intromisión en un mercado competitivo” y concentrar la actuación del INYM en las verificaciones de calidad, la trazabilidad y la salubridad del producto. En los hechos, se trata de uno de los movimientos regulatorios más relevantes desde la creación del organismo por la Ley 25.564, con impacto directo en productores, secaderos, molinos y operadores comerciales de la cadena yerbatera.

Antecedentes normativos: del fomento sectorial a la protección de la competencia

El giro institucional del INYM se explica por las modificaciones introducidas a la Ley 25.564 mediante el DNU 70/2023. En sus considerandos, ese decreto sostuvo que “resulta necesaria una modernización del Instituto Nacional de la Yerba Mate. Focalizando sus actividades en las verificaciones de calidad. Al tiempo de impedir su intromisión en un mercado competitivo, replicando así el exitoso modelo de la industria del vino”.

El artículo 3° de la ley fue reformulado: se eliminó el objetivo de “fomento”, se reemplazó la “sustentabilidad de los distintos sectores involucrados” por la “protección del carácter competitivo de la industria” y se suprimió la facultad de desarrollar programas destinados a mejorar la competitividad del sector productivo e industrial. En consecuencia, también se recortaron funciones previstas en los artículos 4° y 5°, se modificó el artículo 21° y se derogaron los artículos 22° y 24° de la norma original.

El proceso se profundizó con el Decreto 812/2025, que derogó los artículos 9° al 19° del Decreto 1240/2002 —los que regulaban el procedimiento para la fijación del precio oficial de la materia prima— y sustituyó integralmente su artículo 8°. El nuevo texto establece de forma expresa que “el INYM no podrá dictar normas o establecer intervenciones que provoquen distorsiones en los precios de mercado, generen barreras de entrada, impidan la libre iniciativa privada y/o interfieran en la libre interacción de la oferta y la demanda en la producción y comercialización de la yerba mate y derivados”.

Ese mismo decreto instruyó al Instituto a relevar y adecuar, en un plazo máximo de 30 días, toda la normativa vigente que contradijera esos lineamientos.

Qué resoluciones se eliminan y qué cambia en el régimen sancionatorio

En cumplimiento de esa instrucción, el Directorio del INYM —por mayoría de dos tercios en la reunión del 4 de diciembre de 2025— habilitó el análisis integral de su stock normativo. Como resultado, la Resolución 146/2025 dispone:

  • La abrogación de las Resoluciones N° 15/2003, 37/2007 y 103/2017.
    La 15/2003, que tipificaba infracciones en la actividad yerbatera, fue considerada “desactualizada y obsoleta”, con disposiciones mayormente derogadas o modificadas.
    La 37/2007, que suspendía la cosecha y secanza en octubre y noviembre, fue evaluada como una prohibición con consecuencias sancionatorias que “impide la libre iniciativa privada”. Aunque se aclara que sigue siendo responsabilidad de cada operador respetar los ciclos biológicos del cultivo.
    La 103/2017, que establecía inhabilitaciones inmediatas por falta de documentación durante inspecciones, fue considerada innecesaria y contraria al nuevo marco normativo.
  • La derogación de los artículos 7° y 8° de la Resolución 21/2009, que preveían efectos adicionales y mecanismos de levantamiento de sanciones por incumplimientos formales en la presentación de declaraciones juradas. El Directorio entendió que esas consecuencias eran “muy gravosas” frente a infracciones que ya cuentan con sanción pecuniaria específica.
  • La modificación del régimen por falta reiterada de declaraciones juradas. El nuevo artículo 9° reemplaza la baja automática por una inhabilitación posterior a una intimación fehaciente, otorgando cinco días hábiles para regularizar la situación. La inhabilitación rige desde el primer día del mes siguiente a la intimación y se mantiene hasta que el operador presente las declaraciones faltantes y pague las multas adeudadas.

De este modo, el INYM conserva su rol de fiscalización, pero elimina sanciones automáticas y restricciones consideradas incompatibles con un esquema de mercado abierto.

Impacto y proyección: más libertad operativa y un INYM con funciones acotadas

La resolución consolida un cambio de paradigma institucional. El INYM reafirma que seguirá controlando la consistencia de las declaraciones juradas, la trazabilidad del producto y las condiciones de salubridad y calidad de la yerba mate, desde el yerbal hasta los depósitos. Sin embargo, se corre definitivamente de cualquier intervención que pueda incidir en precios, volúmenes o decisiones productivas.

Para los operadores de la cadena, el nuevo esquema reduce cargas regulatorias, elimina prohibiciones estacionales y sustituye sanciones automáticas por procedimientos con intimación previa. Al mismo tiempo, la responsabilidad sobre el respeto de los ciclos productivos y la calidad queda explícitamente en manos del sector privado.

El Directorio también dejó constancia de que el proceso no está cerrado. Aún restan analizar resoluciones de “mayor complejidad” para determinar si se ajustan a los lineamientos del Gobierno nacional. Esa tarea continuará de forma progresiva y será comunicada a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

En términos políticos e institucionales, la Resolución 146/2025 marca un punto de inflexión en la gobernanza del mercado yerbatero. Y consolida el traslado del eje regulatorio desde la administración sectorial hacia un modelo centrado en la competencia, la calidad y el control formal.

INYM Resolución 146/2025 by CristianMilciades

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Samsa capacitó a 30 futuros ingenieros en los procesos de agua potable de Posadas y Garupá

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Samsa abrió sus plantas a estudiantes de Ingeniería y reforzó la formación técnica sobre el servicio de agua potable en Posadas y Garupá

En una nueva edición del Programa de Puertas Abiertas, 30 estudiantes avanzados de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de Misiones recorrieron las instalaciones de Samsa para conocer en detalle los procesos de captación, potabilización, control de calidad y telemetría del servicio de agua potable. La actividad, vigente desde hace 26 años, apunta a integrar formación académica con experiencia operativa en uno de los sistemas sanitarios más complejos del NEA.

Un programa histórico: 26 años de integración entre la UNaM y el sistema de agua potable metropolitano

La visita formó parte del Programa de Puertas Abiertas, una iniciativa que Samsa sostiene desde hace más de 26 años y que permite que estudiantes de carreras técnicas se familiaricen con el funcionamiento real del sistema de provisión de agua potable. En esta ocasión, participaron 30 estudiantes próximos a egresar de Ingeniería Civil de la UNaM, acompañados por el docente Héctor Casale.

El objetivo del programa es integrar conocimientos teóricos —sanidad del agua, procesos de potabilización, micromedición, análisis de uso, control sanitario y principios de operación— con la dimensión operativa de un servicio esencial en la región metropolitana. La actividad forma parte del esquema formativo que la empresa mantiene para capacitar a futuros profesionales en infraestructura sanitaria.

Tecnología, control de calidad y operación en tiempo real: los ejes del recorrido técnico

Durante el recorrido guiado, los estudiantes observaron cada una de las etapas que componen el servicio de agua potable:

  • Captación de agua cruda en el río Paraná.
  • Procesos de potabilización, desde la decantación hasta la filtración y desinfección.
  • Producción y distribución, con atención a los parámetros de eficiencia energética e hidráulica.
  • Control de calidad, realizado bajo estándares internacionales, con análisis sistemáticos en todas las etapas del proceso.
  • Nueva sala de telecontrol, que centraliza información en tiempo real sobre el comportamiento de la red, caudales, presiones y estado operativo de las estaciones.

La empresa explicó los avances tecnológicos implementados en los últimos años, que permiten optimizar la gestión, reducir pérdidas y fortalecer la trazabilidad de los parámetros sanitarios.

Los participantes también recibieron material técnico para complementar los contenidos abordados durante la visita.

Formación de profesionales para un servicio esencial

El programa, según destacan desde Samsa, cumple un rol clave en el fortalecimiento de capacidades locales en materia de infraestructura sanitaria. La formación práctica de ingenieros y especialistas resulta crítica en un contexto de demanda creciente y necesidad de inversiones en sistemas urbanos de agua.

Además, la política de puertas abiertas se articula con universidades y organismos técnicos para promover criterios de sostenibilidad, eficiencia operativa y seguridad sanitaria, pilares que rigen la prestación del servicio en Posadas y Garupá.

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