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Alivio fiscal para la industria con reducción de alícuotas de Pago a Cuenta de Ingresos Brutos

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Desde el 1.º de septiembre, las industrias radicadas en Misiones cuentan con un beneficio impositivo clave: la reducción de la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes del Convenio Multilateral. La medida, que regirá hasta el 31 de diciembre de 2025, fue establecida por la Resolución General N.º 17/2025 de la Dirección General de Rentas (DGR) y ratificada por la Resolución N.º 905/2025 del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.

La disposición fija que los contribuyentes industriales alcanzados ingresarán un pago a cuenta calculado con una alícuota reducida del 1,50% sobre la base imponible, en lugar del 3,5% que se exigía antes de ingresar a Misiones en los controles fiscales de las rutas 12 y 14.

La medida se aplica exclusivamente a quienes tengan su actividad principal en el rubro industrial y cumplan con una serie de condiciones:

  1. Estar inscriptos ante la DGR con actividad principal industrial y domicilio fiscal en otra jurisdicción.
  2. Integrar el Padrón de Proveedores de Industria creado por la resolución.
  3. Realizar operaciones con contribuyentes cuya actividad principal también sea industrial y con domicilio fiscal en Misiones.
  4. Haber presentado y abonado las últimas 12 declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La inscripción en el padrón deberá efectuarse a través del sitio web de la Agencia Tributaria Misiones (ATM), con validación posterior por parte de la DGR.

El objetivo es incentivar la inversión local, la generación de empleo y la formalización de operaciones, en línea con los principios de bienestar social y desarrollo sostenible que guían la política fiscal provincial. La superintendencia del Ministerio de Hacienda sobre la ATM legitima la medida, que fue publicada en el Boletín Oficial para su plena vigencia.

Uno de los puntos centrales es la creación del Padrón de Proveedores de Industria, que permitirá transparentar y formalizar las operaciones, asegurando la trazabilidad de bienes y servicios. Según la normativa, solo los contribuyentes registrados podrán acceder al beneficio de la alícuota reducida, lo que garantiza un control más estricto del régimen y evita prácticas irregulares.

Consenso institucional y privado

La decisión se tomó en un marco de diálogo entre la Agencia Tributaria Misiones, el Ministerio de Hacienda, la Confederación Económica de Misiones (CEM) y la Cámara de Comercio e Industria de Posadas, quienes venían reclamando alivio fiscal frente a la coyuntura económica nacional.

Con esta medida, la provincia busca reforzar la competitividad de sus industrias frente a otras jurisdicciones y sostener el nivel de actividad en un escenario de costos crecientes.

El beneficio tiene carácter transitorio, con vencimiento el 31 de diciembre de 2025, aunque podría evaluarse su continuidad de acuerdo con los resultados obtenidos. La reducción de la alícuota busca mejorar la liquidez de las empresas, permitiéndoles reinvertir capital en procesos productivos, expansión y generación de empleo.

En un contexto de recesión nacional, el alivio fiscal misionero se posiciona como un instrumento selectivo de política tributaria, que combina reducción de carga impositiva con control administrativo y trazabilidad de operaciones.

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ARCA obliga a digitalizar el manifiesto desconsolidado en importaciones por vía acuática

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció que, a partir del quinto día hábil de su entrada en vigencia, los Agentes de Transporte Aduanero (ATA) desconsolidadores deberán presentar en formato digital, y de manera obligatoria, el manifiesto desconsolidado de importación para la vía acuática. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5744/2025, publicada este 14 de agosto en el Boletín Oficial, busca agilizar los procedimientos, reducir tiempos y aumentar la certeza operativa en la cadena logística internacional.

La decisión reemplaza a la Resolución General 4.915, que desde su implementación permitía la presentación digital del manifiesto de manera optativa. Ahora, la digitalización y transmisión a través de los aplicativos web “Gestión de Manifiesto Acuático” y “Ratificación de Autoría de Manifiesto Acuático” será obligatoria para todo ingreso por vía acuática.
El documento desconsolidado, formulario OM 744/2, deberá ser cargado en el Sistema Informático MALVINA (SIM) y enviado al servicio aduanero del lugar operativo dentro de un plazo máximo de cinco días posteriores al arribo del buque.

Una de las principales novedades es la automatización del proceso de aprobación. Una vez cargada la documentación y ratificada la autoría, el SIM transmitirá el manifiesto al servicio aduanero, que dispondrá de tres horas para aprobarlo o rechazarlo.
En caso de no emitirse respuesta en ese lapso, la aprobación se producirá de forma automática. La notificación al ATA se realizará mediante el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica (SICNEA).

La normativa asigna al ATA desconsolidador el carácter de depositario fiel de la documentación, obligándolo a conservarla por el tiempo establecido en la normativa vigente y a presentarla ante la ARCA en un plazo máximo de tres días hábiles si es requerida.
El incumplimiento puede implicar sanciones graves: desde sumarios disciplinarios hasta la aplicación de artículos del Código Penal y el Código Aduanero.

Modificaciones en procedimientos previos

La resolución también actualiza la Resolución General 5.110, precisando que el ATA deberá:

  1. Registrar el Manifiesto de Desconsolidación SIM con estado “REGISTRADO”.
  2. Cargar la documentación digitalizada en el aplicativo “Gestión de Manifiesto Acuático”.
  3. Ratificar la autoría mediante el aplicativo correspondiente, utilizando Clave Fiscal con el máximo nivel de seguridad y dispositivos como token u otros mecanismos determinados por la ARCA.
    Este proceso asegura que la autoría e integridad de la declaración aduanera quede confirmada por medios fehacientes.

En los considerandos, la ARCA destaca que la medida responde a un objetivo estructural: simplificar el comercio internacional y generar mayor certidumbre en las formalidades aduaneras, lo que a su vez facilita la operatoria de las empresas importadoras y operadores logísticos.
La presentación digital obligatoria reduce la dependencia de trámites presenciales, minimiza demoras y estandariza los tiempos de respuesta, algo especialmente relevante en un sector donde la sincronización es crítica para evitar costos por inmovilización de carga

Con la digitalización total y la automatización de la aprobación, el organismo proyecta una reducción significativa en los tiempos de liberación de carga, mayor trazabilidad documental y menor margen para errores formales.
El sector logístico y marítimo deberá ajustar sus procesos internos para cumplir con los plazos y formatos establecidos, dado que la aplicación será obligatoria a partir del quinto día hábil posterior a la publicación en el Boletín Oficial.

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