CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

La Corte Suprema rechazó un recurso del Gobierno en la causa por el financiamiento universitario

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación le asestó un nuevo revés procesal al Gobierno nacional en el conflicto judicial por el financiamiento de las universidades públicas. El máximo tribunal rechazó la queja presentada por el Poder Ejecutivo en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras entidades contra el Estado Nacional por el Decreto 759/25, al considerar que el recurso extraordinario no cumplía con uno de los requisitos esenciales para su tratamiento: no estaba dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable.

La decisión no implica una resolución sobre el fondo de la controversia, pero sí constituye un límite procesal para la estrategia judicial impulsada por la administración de Javier Milei en uno de los conflictos institucionales más relevantes abiertos con el sistema universitario desde el inicio de su gestión.

En la resolución firmada este jueves, la Corte sostuvo que el recurso extraordinario cuya denegación parcial originó la presentación directa no satisfacía las exigencias previstas en el artículo 14 de la Ley 48, que restringe la intervención extraordinaria del máximo tribunal a decisiones definitivas o asimilables por sus efectos.

De esta manera, los jueces desestimaron la queja promovida por el Poder Ejecutivo Nacional, que interviene en el expediente a través del Ministerio de Capital Humano, mediante la Secretaría de Educación, en su carácter de demandado.

La resolución también rechazó un pedido de excusación formulado dentro del mismo expediente. En ese punto, el Tribunal remitió a lo resuelto previamente el pasado 4 de junio de 2026, cuando había rechazado un incidente de recusación con causa presentado en el marco de la misma controversia judicial.

Además del rechazo procesal, la Corte intimó al Estado nacional para que haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Ese pago había sido diferido conforme a la Acordada 47/91 y deberá concretarse en el ejercicio financiero correspondiente.

El expediente se originó en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11 y posteriormente fue revisado por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, instancia desde la cual el Gobierno intentó llegar al máximo tribunal mediante un recurso extraordinario.

El pronunciamiento se produce en un contexto de alta tensión entre el Gobierno y el sistema universitario. La discusión sobre el financiamiento de las universidades públicas derivó en múltiples presentaciones judiciales luego de la implementación del Decreto 759/25 y de los cambios impulsados por el Ejecutivo en la asignación de recursos para la educación superior.

Si bien la Corte no ingresó a analizar la constitucionalidad del decreto ni el planteo de fondo realizado por el Consejo Interuniversitario Nacional, la decisión mantiene vigente la tramitación de la causa en las instancias inferiores y posterga cualquier revisión extraordinaria hasta que exista una resolución definitiva sobre el conflicto.

Desde el punto de vista jurídico, el fallo reafirma un criterio reiterado por el máximo tribunal: la vía extraordinaria no puede utilizarse para revisar resoluciones interlocutorias o decisiones procesales que no pongan fin al litigio. En consecuencia, el Gobierno deberá continuar litigando el expediente en las instancias ordinarias antes de intentar nuevamente una revisión por parte de la Corte Suprema.

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La Corte Suprema dejó firme la condena a Cristina Fernández: irá presa y no podrá ser candidata

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La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión por corrupción en la causa Vialidad. El fallo, de impacto político y judicial inédito, deja firme su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y marca un hito en la historia democrática de la Argentina.

Un fallo histórico con efecto inmediato

Con el rechazo de las apelaciones presentadas por la defensa de la ex mandataria, la Corte Suprema validó por unanimidad la sentencia dictada en 2022 por el Tribunal Oral Federal N.° 2, confirmada por la Cámara de Casación en 2023. Cristina Kirchner fue considerada coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública. Además de la condena de seis años de prisión, se le impuso la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos y el decomiso de bienes por más de $84.000 millones.

La decisión implica la activación de instancias judiciales para determinar cómo cumplirá la pena. El TOF 2 deberá definir si corresponde el arresto domiciliario, debido a que la ex presidenta tiene más de 70 años.

El caso Vialidad investigó la adjudicación de 51 obras viales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015. La empresa Austral Construcciones, propiedad de Lázaro Báez —estrechamente vinculado comercialmente con la familia Kirchner—, recibió contratos por sumas millonarias, en muchos casos sin competencia real y con fondos adjudicados de forma prioritaria incluso durante períodos de crisis fiscal.

La Justicia determinó que Cristina Kirchner intervino activamente en el armado del esquema, incluyendo la firma del Decreto 54/2009, que permitió financiar de forma directa y discrecional las obras adjudicadas a Báez desde un fideicomiso alimentado con la “tasa gasoil”. Según el fallo, lo hizo con pleno conocimiento del perjuicio para la administración pública y el beneficio personal y político para su entorno.

La Corte: “Se vulneró el interés público en favor de beneficios privados”

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti concluyeron que las decisiones judiciales anteriores se basaron en prueba contundente y respetaron todas las garantías constitucionales. En los fundamentos, se rechazaron los planteos de arbitrariedad y se resaltó la intervención directa de la ex presidenta en los hechos.

“El discurso reiterativo de la defensa no refuta con eficacia la sentencia. No alcanza con disentir; se requiere una crítica razonada”, apuntó la Corte, que consideró probado que Cristina Kirchner actuó para beneficiar de forma indebida a Lázaro Báez a través de una estructura estatal que operó en detrimento del erario público.

La confirmación de la condena implica que Cristina Kirchner no podrá presentarse en las próximas elecciones, como planeaba, por una banca provincial. Su exclusión definitiva de la competencia electoral altera el tablero político del peronismo y de la oposición, en un año clave en términos legislativos.

Asimismo, esta resolución pone presión sobre las otras causas que involucran a la ex mandataria, como “Los Cuadernos”, “Hotesur”, “Los Sauces” y el “Memorándum con Irán”, aún pendientes de juicio oral. Aunque ninguna de ellas ha llegado a sentencia, el precedente judicial refuerza el escrutinio sobre su accionar como jefa del Poder Ejecutivo.

La causa Vialidad representa el primer caso con condena firme contra una ex presidenta por hechos de corrupción cometidos durante el ejercicio del poder. Desde el retorno de la democracia, solo Carlos Menem y ahora Cristina Kirchner recibieron condenas de este tipo, pero es la primera vez que se activa de forma definitiva una pena de prisión efectiva.

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“Las provincias buscan federalizar la Corte, para tener una mirada federal con los fallos”, dijo Arce

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El vicegobernador Carlos Arce en representación de Misiones a la reunión convocada por el presidente Alberto Fernández

El Vicegobernador de la provincia asistió en representación del Gobernador Oscar Herrera Ahuad a la convocatoria del Presidente por el proyecto que promueve el Ejecutivo nacional para ampliar la cantidad de jueces de la Corte Suprema.

El presidente Alberto Fernández convocó a los Gobernadores y en representación del Gobernador de Misiones Oscar Herrera Ahuad concurrió el vicegobernador Carlos Arce para interiorizarse sobre el proyecto de ley para ampliar el número de integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en base a los pedidos que presentaron los gobernadores.

El vicegobernador Carlos Arce se refirió a la reunión que mantuvieron los mandatarios con el presidente Alberto Fernández donde dió a conocer el proyecto de ley de ampliación de integrantes a la Corte Suprema respecto a los pedidos que realizaron los gobernadores en este sentido, tras el fallo inminente que favorece a CABA.

“El presidente presentó el Proyecto de federalizacion de la Corte en respuesta al pedido enviado por los gobernadores ante el inminente fallo de la Corte Suprema dando razón a la medida cautelar de la transferencia de fondos del año 2016 donde elevó los fondos transferidos a CABA de 1.4% a 3.7% lo que significan más de 500 mil millones de pesos, lo que preocupó a los gobernadores que enviaron la nota pidiendo una Corte que no tenga fallos siempre favoreciendo al país central.

El Proyecto que presentó el presidente se basó en 3 aspectos básicos;

1)La federalización de la Corte de elevar a 25 miembros, 23 elegidos por las provincias, 1 por el Poder Ejecutivo Nacional y 1 por CABA. Establecidos con un mecanismo previo de consultas para que las provincias propongan candidatos al ejecutivo nacional.

2)La igualdad, equidad de género para que 12 juezas sean elegidas por las provincias cómo mínimo de esos 25 miembros. También establece la paridad de género para el listado de conjueces de la CSJN.

3)Y que las 5 Salas de Especialización sean elegidos por jueces de las provincias.
Especialización
Aspectos centrales
-Sala en lo penal y electoral
-Sala en lo civil y comercial
-Sala en lo contencioso administrativo y ambiental
-Sala en lo laboral y previsional
-Sala en lo tributario, aduanero y bancario.

“Todo esto tiene sentido en un Proyecto en consonancia al pedido realizado por los gobernadores de federalizar la Corte, tener una mirada federal con los fallos”. Finalizó el Vicegobernador Carlos Arce.

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