Decreto 697/2026

Simplifican el Código Alimentario: menos trámites para importar insumos y más poder de control para el Senasa

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El Gobierno nacional avanzó con una profunda reforma del Código Alimentario Argentino (CAA) al publicar el Decreto 697/2026, una norma que busca reducir la burocracia en la importación de alimentos, ingredientes y aditivos, acelerar los procesos de autorización para la industria y concentrar en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) la mayor parte de las funciones operativas del sistema de control alimentario.

La medida forma parte de la estrategia de desregulación impulsada por la administración de Javier Milei y modifica una serie de decretos vigentes desde hace décadas para adaptar el régimen sanitario a un esquema basado en el reconocimiento de certificaciones internacionales y en la simplificación de procedimientos administrativos.

Uno de los cambios más relevantes para la industria alimentaria es que los productos, aditivos, ingredientes, coadyuvantes tecnológicos y envases provenientes de países con sistemas sanitarios reconocidos por Argentina o que aplican las normas del Codex Alimentarius (FAO/OMS) ya no deberán atravesar el proceso de incorporación previa al Código Alimentario Argentino. Bastará con presentar la certificación correspondiente y una declaración jurada de importación, sin que la autoridad sanitaria pueda exigir requisitos adicionales.

Hasta ahora existía una diferencia regulatoria que permitía importar alimentos terminados elaborados con determinados insumos, mientras esos mismos ingredientes no podían ser utilizados por fabricantes argentinos sin atravesar largos procesos de aprobación. El Gobierno sostiene que esa asimetría perjudicaba la competitividad de la industria nacional y encarecía la incorporación de nuevas tecnologías y desarrollos productivos.

La reforma también introduce cambios en los plazos administrativos. Las autoridades sanitarias deberán responder los pedidos de autorización de nuevos productos en un máximo de 30 días y, si ese plazo vence sin resolución, las empresas podrán comenzar a comercializarlos utilizando el número de trámite hasta que se complete la aprobación definitiva. Asimismo, las solicitudes para incorporar nuevos ingredientes, procedimientos o tecnologías al Código Alimentario deberán resolverse en un plazo máximo de 60 días.

En materia de exportaciones, el decreto elimina requisitos adicionales impuestos por Argentina cuando el país de destino no los exige. Desde ahora, los alimentos destinados al mercado externo deberán cumplir únicamente con las normas sanitarias y comerciales establecidas por el comprador internacional, mientras que el Estado nacional emitirá los certificados correspondientes cuando sean requeridos.

Otra de las modificaciones estructurales consiste en el fortalecimiento del Senasa como autoridad operativa del sistema. El organismo concentrará el registro de productos alimentarios importados, la fiscalización de establecimientos, los controles higiénico-sanitarios, la administración de una base única nacional de datos, las inspecciones y la aplicación de sanciones por infracciones al Código Alimentario.

En paralelo, el Ministerio de Salud, a través de la Secretaría de Gestión Sanitaria, conservará la rectoría normativa en materia de salud pública. Será el encargado, junto con la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, de actualizar el Código Alimentario Argentino, incorporar nuevos alimentos y establecer criterios sanitarios, microbiológicos y toxicológicos.

La norma también modifica el régimen de importaciones. Los alimentos certificados por países incluidos en el listado reconocido por Argentina podrán ingresar mediante una declaración jurada acompañada por un certificado de libre venta o documento equivalente. Solo los productos provenientes de otros mercados deberán someterse al proceso completo de inscripción en los registros nacionales y a controles analíticos antes de su comercialización.

No obstante, el decreto mantiene la posibilidad de realizar controles preventivos cuando existan riesgos comprobados para la salud humana, animal o vegetal, cuando se detecten signos de deterioro de la mercadería o inconsistencias documentales durante el proceso de importación.

Otro cambio con impacto directo sobre trabajadores y empresas del sector es que los carnets de manipuladores de alimentos dejarán de tener vencimiento, aunque continuarán siendo emitidos por las autoridades sanitarias competentes y mantendrán validez en todo el territorio nacional.

Desde la perspectiva oficial, la reforma busca compatibilizar la protección de la salud pública con un sistema regulatorio más eficiente, reduciendo costos administrativos, eliminando duplicación de controles y facilitando tanto las importaciones de insumos como las exportaciones de alimentos argentinos.

El desafío ahora será que la simplificación administrativa no implique una disminución en los estándares de control sanitario. En ese sentido, el Gobierno apuesta a reemplazar procedimientos previos por mecanismos de fiscalización posteriores, apoyados en certificaciones internacionales reconocidas y en una mayor capacidad operativa del Senasa para supervisar el cumplimiento efectivo del Código Alimentario Argentino.

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