Decreto 868/2026

El Gobierno oficializó el aumento del presupuesto en Defensa y sanciones hidrocarburíferas

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El Ejecutivo nacional ratificó mediante dos decretos publicados en el Boletín Oficial su estrategia de protección de recursos estratégicos en el Atlántico Sur, en el marco de los anuncios brindados por el presidente Javier Milei. A través del DNU 867/2026 y el Decreto 868/2026, el Gobierno formalizó el incremento presupuestario para el área de Defensa y un esquema de sanciones para empresas extranjeras que exploten recursos en las Islas Malvinas sin autorización.

La oficialización de ambas normativas se produjo tras una cadena nacional del mandatario, en la que se reafirmó la postura sobre la soberanía del archipiélago y la necesidad de consolidar la presencia estatal y el control soberano sobre la plataforma continental argentina.

¿En qué consiste la readecuación presupuestaria para el Ministerio de Defensa?

A través del DNU 867/2026, el Poder Ejecutivo dispuso la modificación del Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026. Los puntos centrales de esta medida económica incluyen:

  • Reasignación de partidas: Modificación de fondos orientados a proveer de recursos económicos a las áreas vinculadas directamente a la defensa territorial.
  • Prevención de contingencias: Financiamiento dirigido a garantizar la continuidad de servicios esenciales a cargo del Estado.
  • Marco para reestructuraciones: Definición del esquema de financiamiento aplicable a los organismos que modifiquen su estructura jurídica durante el transcurso del año.

¿Qué sanciones establece el Decreto 868/2026 a las petroleras extranjeras?

Mediante el Decreto 868/2026, se designó al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto como la autoridad de aplicación de la Ley 26.659, la cual establece penalidades por tareas de exploración o explotación hidrocarburífera no autorizada en la plataforma continental.

El procedimiento administrativo fijado por la reglamentación establece las siguientes pautas:

  • Notificación obligatoria: Los organismos públicos nacionales deben informar a la Cancillería sobre cualquier posible infracción en un plazo de cinco días hábiles.
  • Plazos legales: Se otorga un término de diez días hábiles para la presentación de descargos por parte de las empresas involucradas, e igual plazo para que el ministerio resuelva sobre el archivo o la aplicación de sanciones.
  • Rechazo a proyectos irregulares: La medida apunta directamente contra actividades no autorizadas en la Cuenca Malvina Norte, como el proyecto Sea Lion, calificado por el Ejecutivo como una explotación irregular de recursos no renovables.

Exigencias de declaración jurada en el RIGI y la Ley de Hidrocarburos

La nueva reglamentación impone la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas en todos los trámites vinculados al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y a la Ley 17.319 de Hidrocarburos.

A través de esta documentación, las firmas solicitantes deberán certificar de manera obligatoria que no incurren en ninguna de las conductas ilegales o no autorizadas que sanciona la Ley 26.659.

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