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El Palenque: luz verde ambiental preliminar para un desarrollo de 69 hectáreas, 242 lotes, hotel y centro hípico

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El mapa de los grandes desarrollos inmobiliarios de Posadas suma un proyecto que comienza a superar una instancia clave de su recorrido administrativo. El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones otorgó la Viabilidad Ambiental Preliminar al Club de Campo El Palenque, una iniciativa de Summit Desarrollos S.A. que combina urbanización residencial, infraestructura social y deportiva, un centro hípico y un hotel dentro de un predio de casi 70 hectáreas.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución 305, del 24 de agosto de 2026, después del análisis del expediente iniciado en 2023 y de la intervención de la Comisión Técnica de Evaluación de Impacto Ambiental.

La escala coloca a El Palenque entre los proyectos inmobiliarios de dimensiones relevantes para la expansión residencial de la capital misionera: 69 hectáreas, 242 lotes y una población residencial proyectada de 968 personas.

A eso se suma un establecimiento hotelero con capacidad estimada para otros 70 huéspedes.

La resolución ambiental representa un avance significativo para el emprendimiento, aunque no equivale a una autorización ambiental irrestricta. Ecología estableció numerosas condiciones que deberán ser incorporadas durante su ejecución y funcionamiento, particularmente por tratarse de un proyecto localizado dentro de un área de elevada sensibilidad ambiental.

El proyecto corresponde a Summit Desarrollos S.A., cuyo presidente y representante legal es Javier Alejandro Nuñez. Marcelo Enrique Oegg figura como representante técnico y arquitecto, mientras que Jorge Ricardo Nuñez interviene como socio.

El predio se encuentra sobre calle 263 Nº 1750 de Posadas, dentro de una zona de clasificación residencial.

La superficie total declarada alcanza los 697.400,06 metros cuadrados, equivalentes a prácticamente 70 hectáreas. De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, la superficie cubierta inicialmente informada alcanza los 2.631,07 metros cuadrados.

El concepto de El Palenque busca integrar tres componentes principales: el Club de Campo como núcleo residencial, un centro hípico con funciones sociales y deportivas y un hotel denominado Resort de la Selva.

En total, la urbanización proyecta 242 lotes residenciales.

Tomando la estimación oficial incluida en la documentación ambiental, el barrio podría albergar aproximadamente 968 residentes, lo que supone un promedio teórico de cuatro habitantes por lote. El componente hotelero agregaría capacidad para 70 huéspedes.

El masterplan prevé además conservar aproximadamente ocho hectáreas de selva, equivalentes a cerca del 12% de la superficie total declarada del desarrollo.

Un barrio diseñado sobre la topografía natural

Uno de los aspectos distintivos del proyecto aparece en el diseño de su estructura vial.

A diferencia de una urbanización convencional organizada mediante calles ortogonales, El Palenque plantea una trama orgánica adaptada a las pendientes naturales del terreno.

Según la descripción incorporada al expediente ambiental, las calles no responderán al tradicional diseño en damero. La planificación pretende acompañar la topografía para preservar el escurrimiento natural de las aguas.

La concepción está directamente relacionada con una de las características centrales -y también uno de los principales condicionantes- del terreno: El Palenque se encuentra dentro de la cuenca del arroyo Itaembé.

Ese factor explica buena parte de las exigencias ambientales incorporadas por el Gobierno provincial.

El expediente también revela un cambio relevante respecto de la concepción inicial del emprendimiento.

Summit Desarrollos comunicó durante la tramitación que el proyecto quedaba circunscripto exclusivamente a El Palenque Desarrollo Urbano y dejaba “por el momento” fuera de la iniciativa a la Villa Náutica.

La distinción es importante porque existen terrenos lindantes vinculados al acceso al arroyo Itaembé que pertenecen a la Entidad Binacional Yacyretá (EBY).

Se trata específicamente de las parcelas 009A y 008B de la sección 25 del municipio de Posadas, afectadas oportunamente por el embalse de la represa.

Ecología fue taxativa sobre este punto: esa superficie queda excluida del proyecto mientras Yacyretá no se expida y Summit Desarrollos no acredite formalmente una autorización de uso.

Por lo tanto, la Viabilidad Ambiental Preliminar concedida por la Provincia alcanza exclusivamente al proyecto emplazado sobre terrenos cuya propiedad corresponde al interesado e identificados en la resolución.

La ubicación constituye al mismo tiempo uno de los principales atributos paisajísticos del desarrollo y su mayor desafío ambiental.

La cuenca del arroyo Itaembé está alcanzada por la Ley Provincial XVI Nº 160, que declaró Área Natural Protegida, bajo la categoría de Reserva de Usos Múltiples, a inmuebles lindantes, bosques protectores y afluentes que integran su área de influencia.

La documentación oficial identifica en el entorno bosques protectores en galería, bloques de bosque ribereño, parches de cobertura vegetal y sectores con humedales.

Por esa razón, la Provincia estableció expresamente que los cursos de agua, nacientes y humedales deberán mantenerse sin alteraciones.

La resolución prohíbe desviarlos, taparlos o rellenarlos, así como desarrollar actividades que puedan afectarlos de manera directa o indirecta.

También obliga al desarrollador a incorporar cartelería específica para identificar las áreas de resguardo y comunicar las obligaciones vinculadas a la conservación de flora y fauna.

El mono carayá también condicionará el reglamento del barrio

Una de las particularidades más interesantes del proyecto inmobiliario será la convivencia entre sus futuros residentes y la fauna silvestre existente.

Dentro del área se encuentra registrada oficialmente una tropa de Alouatta carayá, el mono aullador negro y dorado, especie declarada Monumento Natural Provincial por la Ley XVI Nº 164.

La protección no quedará limitada a las obligaciones del desarrollador durante las obras.

Ecología determinó que cada familia que compre un lote deberá recibir información sobre convivencia responsable con la fauna nativa y las normas ambientales aplicables.

Incluso el reglamento interno del futuro barrio privado deberá incorporar obligatoriamente una cláusula expresa estableciendo el deber de cuidar, proteger y conservar todas las especies de flora y fauna nativa presentes dentro del predio.

Los propietarios deberán ser notificados de estas condiciones al momento de la adjudicación de los lotes.

Asimismo, ante cualquier comportamiento considerado errático de los individuos de la tropa de monos carayá, los residentes deberán comunicar la situación al Ministerio de Ecología o al sistema de emergencias 911.

De esta manera, la normativa ambiental no quedará únicamente vinculada al proceso de construcción: pasará a formar parte de las reglas de convivencia del propio desarrollo inmobiliario.

La resolución establece además condiciones específicas para el paisajismo y la recuperación ambiental del terreno.

Summit deberá implementar forestación con especies nativas, priorizando variedades que se desarrollen naturalmente en esa zona de Misiones.

Ecología estableció como objetivo proteger los ecosistemas forestales, reducir los procesos de erosión y evitar la pérdida de recursos naturales.

Al mismo tiempo, deberá prestarse especial atención a ejemplares o concentraciones de especies protegidas y plantas no maderables, incluyendo epífitas, orquídeas y bromelias.

En contrapartida, queda terminantemente prohibida la implantación de especies forestales exóticas.

El avance de El Palenque expone una tendencia que empieza a modificar la lógica de los grandes desarrollos residenciales: el componente ambiental deja de funcionar únicamente como una instancia administrativa previa a la construcción y pasa a integrarse al diseño, funcionamiento y hasta al reglamento interno de los emprendimientos.

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