DRAGADO

La ANPyN extiende la rebaja del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, aplicable al tramo comprendido entre las secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida fue formalizada mediante la Resolución 1/2026, publicada el 8 de enero de 2026, con efecto retroactivo al 4 de enero y una vigencia de 30 días corridos, en continuidad con las rebajas ya otorgadas en noviembre y diciembre de 2025. El objetivo es sostener las condiciones de navegabilidad, ordenar el tráfico y acompañar el proceso de reorganización institucional del sistema portuario y de vías navegables.

Continuidad operativa en la Vía Navegable Troncal

La decisión se inscribe en un esquema de administración transitoria de la Vía Navegable Troncal, cuya concesión para el mantenimiento del sistema de señalización, dragado, redragado y control hidrológico fue otorgada en 2021 a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado por el Decreto 427/2021. Posteriormente, el Decreto 699/2024 declaró servicio público a las actividades vinculadas al dragado, balizamiento y señalización de las vías navegables de jurisdicción nacional.

En agosto de 2024, el Decreto 709/2024 delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de llamar y adjudicar la licitación pública nacional e internacional para la modernización y operación del sistema, bajo el régimen de concesión previsto en la Ley 17.520. En ese marco, se dispuso una revisión integral del contrato de concesión firmado el 2 de septiembre de 2021, aprobada luego por las Disposiciones 24 y 28 de octubre de 2024.

Con la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación mediante el DNU 3/2025, el Estado reordenó el esquema institucional: la ANPyN pasó a ser la continuadora jurídica de la ex Subsecretaría y asumió las funciones de autoridad de aplicación y control del contrato de la Vía Navegable Troncal, mientras se dispuso la disolución y liquidación de la AGP S.A.U.

La bonificación del Canal Martín García: alcance y fundamentos

En ese contexto operativo y regulatorio, la ANPyN había resuelto en noviembre de 2025 una bonificación temporaria del 16,7% en el peaje del Canal Martín García, por 30 días desde el 5 de noviembre, medida que fue renovada en diciembre por un período idéntico. La Resolución 1/2026 extiende nuevamente el beneficio, con carácter retroactivo desde el 4 de enero de 2026, y por 30 días corridos desde su entrada en vigencia.

El descuento aplica en ambos sentidos del trayecto comprendido entre las secciones 0.0 a 1.2 del contrato de concesión y alcanza a todos los buques que utilicen el Canal Martín García. La decisión apunta a mantener la competitividad del corredor, facilitar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata y acompañar las tareas de mantenimiento de la navegabilidad en un período de transición institucional.

Impacto económico

La reiteración de la bonificación tiene efectos directos sobre los costos logísticos de los usuarios del sistema fluvial, en un corredor clave para el comercio exterior y el transporte regional. En términos institucionales, la medida refuerza el rol de la ANPyN como autoridad rectora del sistema, al tiempo que garantiza continuidad operativa mientras avanzan los procesos licitatorios y de reorganización previstos por los decretos vigentes.

En el corto plazo, el esquema de rebajas temporarias sugiere una estrategia de gestión activa del peaje para sostener el flujo de tránsito y evitar distorsiones en la elección de rutas. Hacia adelante, el impacto dependerá de la definición del nuevo contrato de concesión y de las condiciones económicas que establezca la futura licitación para la Vía Navegable Troncal.

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La ANPYN relanza la licitación de la hidrovía, clave para el 80% de las exportaciones

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El Gobierno convocó a licitación internacional de la hidrovía. Y fija el 27 de febrero de 2026 como fecha clave para el eje logístico de las exportaciones argentinas.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) oficializó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2025 para la concesión de la Vía Navegable Troncal, una infraestructura crítica por la que circula aproximadamente el 80% de las exportaciones argentinas. La convocatoria quedó formalizada mediante la Resolución 67/2025, publicada en el Boletín Oficial, y establece como fecha límite para la presentación de ofertas el 27 de febrero de 2026 a las 13:00 horas, a través del portal CONTRAT.AR.

El proceso apunta a la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y las tareas de dragado, redragado y mantenimiento de la principal arteria fluvial del país, considerada estratégica para el comercio regional e internacional y para el desarrollo de las economías regionales. El relanzamiento se produce luego de que la licitación anterior fuera dejada sin efecto en febrero de 2025, tras registrarse una única oferta.

Alcance de la concesión y fundamentos normativos

La licitación comprende el tramo que se extiende desde el kilómetro 1238 del Río Paraná, en el punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, alcanzando el kilómetro 239,1 del canal Punta Indio. Incluye las vías del Canal Ingeniero Emilio Mitre y los ríos Paraná de las Palmas, Paraná Bravo, Paraná Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

En los considerandos de la resolución, la ANPYN fundamenta la medida en el marco legal vigente. Se apoya, entre otras normas, en la Ley 17.520, modificada por la Ley 27.742, que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar concesiones de obras e infraestructuras públicas mediante el cobro de peajes o tarifas, y en la Ley 20.094, que establece que las aguas navegables interjurisdiccionales son bienes públicos sujetos a jurisdicción nacional.

Asimismo, se recuerda que por el Decreto 699/2024 se declaró servicio público a las actividades de dragado, señalización, balizamiento y control hidrológico de las vías navegables, y que el Decreto 709/2024 delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de convocar y adjudicar la licitación. Tras la reorganización institucional dispuesta por el DNU 3/2025, esas competencias quedaron en cabeza de la ANPYN, creada como ente autárquico en la órbita del Ministerio de Economía y continuadora jurídica de la ex Subsecretaría y de la Administración General de Puertos.

Del fracaso de la licitación anterior a un nuevo esquema participativo

El nuevo llamado sucede a la Licitación N° 1/2024, cuya apertura del Sobre N° 1 se realizó el 12 de febrero de 2025 y arrojó como resultado una única oferta, presentada por la firma Dredging, Environmental and Marine Engineering NV. En ese contexto, y apelando al principio de concurrencia para garantizar mayor competencia, la ANPYN resolvió dejar sin efecto ese procedimiento por razones de “oportunidad, mérito y conveniencia”.

A partir de allí, el organismo avanzó en un proceso de reformulación de los pliegos que incluyó la creación de una Mesa de Diálogo Interdisciplinaria para el Desarrollo Fluvial de la Vía Navegable Troncal, aprobada por Resolución 18/2025. Ese espacio permitió la participación de usuarios, cámaras, provincias, puertos, sindicatos, universidades y organismos internacionales, y derivó en aportes técnicos, legales y económicos.

En paralelo, el 28 de mayo de 2025 la ANPYN suscribió un Memorando de Entendimiento con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), que participó de las mesas de diálogo y elaboró un informe de Recomendaciones y Buenas Prácticas para el proceso licitatorio. Según la resolución, este trabajo conjunto aportó un marco técnico alineado con estándares internacionales.

El proceso también incluyó una audiencia pública informativa, realizada el 3 de noviembre de 2025, en los términos de la Ley General del Ambiente N° 25.675, y una etapa de observaciones previas a los proyectos de pliegos, abierta por Resolución 61/2025. En ese período se recibieron 40 presentaciones, principalmente sobre aspectos técnicos, económicos y ambientales, que fueron sistematizadas en un informe final aprobado el 16 de diciembre de 2025.

Impacto económico e institucional de una licitación estratégica

La resolución subraya que la Vía Navegable Troncal concentra cerca de 60 terminales portuarias y constituye la principal ruta fluvial del país para el transporte de cargas. En ese sentido, la ANPYN destaca que la libre navegación en condiciones competitivas se ha constituido como una política de Estado, en línea con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución Nacional.

Desde el punto de vista económico, el nuevo llamado busca garantizar previsibilidad operativa, continuidad del servicio y mejoras en eficiencia logística, en un corredor clave para las exportaciones agroindustriales y el comercio exterior. En términos institucionales, el proceso apunta a reforzar la transparencia y la legitimidad del esquema concesional, incorporando instancias de participación y control ambiental.

La Comisión Evaluadora estará integrada por Ariel Romeo Cherubini, Francisco Mansanta y Cristian Luis Rigueiro como miembros titulares, con suplentes designados, y tendrá a su cargo el análisis de las propuestas técnicas y económicas que se presenten.

Con el cronograma ya definido y los pliegos aprobados, la licitación de la hidrovía entra en una fase decisiva. El resultado del proceso será determinante para el futuro del principal sistema fluvial argentino y para la competitividad logística del país en los próximos años.

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Licitación de la Hidrovía: informe de la ONU garantiza competencia internacional y estándares globales

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UNCTAD respalda la licitación de la Vía Navegable Troncal de la hidrovía y avala la competencia internacional en dragado

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) avaló los nuevos pliegos elaborados por la Agencia Nacional Portuaria y de Navegación (ANPyN) para la licitación internacional de la Vía Navegable Troncal. El informe técnico, de más de cien páginas, concluye que la estructura propuesta “satisface mayoritariamente” las recomendaciones del organismo y garantiza condiciones efectivas de competencia global, un punto central para el Gobierno del presidente Javier Milei en un proceso considerado estratégico para el comercio exterior argentino.

Un aval técnico clave para un proceso estratégico

El documento remitido esta semana por UNCTAD se elaboró en el marco del Memorándum de Entendimiento firmado con la ANPyN, y analiza requisitos técnicos, modelo económico y estándares de seguridad, además de la capacidad real del mercado internacional para cubrir las demandas del contrato.

El organismo destaca que los pliegos “satisfacen mayoritariamente” las buenas prácticas recomendadas y resultan adecuados para un proceso competitivo. La evaluación adquiere relevancia institucional en un contexto donde la Vía Navegable Troncal —más conocida como Hidrovía Paraná–Paraguay— canaliza más del 80% del comercio exterior argentino y constituye un corredor esencial para Paraguay, Bolivia, Uruguay y el sur de Brasil.

El respaldo internacional se inscribe además en un escenario político donde la administración Milei busca dar señales de previsibilidad ante actores exportadores, empresas de dragado, países usuarios y organismos multilaterales.

Competencia internacional garantizada: ocho empresas en condiciones de intervenir

UNCTAD dedicó un capítulo específico a evaluar la disponibilidad de flota capaz de cumplir el dragado, el componente central del contrato. Allí identifica a cuatro empresas líderes mundiales —Jan de Nul, DEME, Boskalis y Van Oord— como firmas que cuentan con flota suficiente para responder a los requerimientos técnicos de los nuevos pliegos.

Además, señala que otras compañías —Inai Kiara, Rhode Nielsen, Great Lakes and Dock Co. y Weeks Marine— podrían presentarse “conjuntamente con otras” para alcanzar el tamaño de flota exigido.

En su conclusión, el organismo afirma: “La realidad del sector permite asegurar que no solo no existe una restricción a la competencia en el marco del concurso, sino que sería posible completar las ofertas con aspectos que mejorarían las garantías de servicio del nuevo concesionario”.

Recomendaciones técnicas y ajustes sugeridos por Naciones Unidas

Aunque el balance general es favorable, UNCTAD recomienda introducir ajustes puntuales. Formalizar un procedimiento de modificación contractual ante “actuaciones de interés público no previstas”. Fortalecer los requisitos profesionales del representante técnico de cada oferente. Ordenar artículos vinculados a la evaluación económica. Asegurar que la adjudicación recaiga en el oferente “que obtenga la mayor puntuación” combinando calidad técnica y oferta económica. Aclarar que el fideicomiso del Anexo 10 debe finalizar una vez agotados los remanentes, independientemente del plazo concesional.

En materia de gobernanza, el organismo propone crear una Sociedad de Propósito Específico (SPE) para aislar activos, mejorar la transparencia y facilitar el control estatal a cargo de la ANPyN. También destaca la necesidad de un sistema robusto de supervisión por parte del Estado, dado que el modelo se estructurará “a riesgo empresario y sin aval del Estado”.

Inversiones iniciales y sostenibilidad del proyecto

El informe respalda el modelo económico del contrato, aunque sugiere revisar cada diez años las hipótesis de ingresos, inversiones y tarifas para asegurar la sostenibilidad.

La UNCTAD subraya que las primeras etapas de la concesión requerirán una fuerte inyección de capital, estimada en “más de 420 millones de dólares entre aportes y financiamiento”, destinada a dragado, señalización y modernización tecnológica.

El organismo también recomienda: Incorporar un esquema de ciberseguridad diseñado desde el inicio. Implementar inversiones escalonadas en infraestructura. Crear comisiones técnicas permanentes para monitorear dragado, balizamiento, salvamento, tecnología y contabilidad.

Un mensaje político en un debate sensible

El respaldo técnico de UNCTAD impacta directamente en un proceso que históricamente generó tensiones entre provincias, sectores exportadores, armadores regionales, sindicatos y empresas internacionales.

Aunque aún restan ajustes, el visto bueno del organismo introduce un elemento de legitimidad internacional que fortalece la estrategia del Gobierno frente al llamado licitatorio.

El informe reafirma: “Los pliegos satisfacen mayoritariamente las recomendaciones y mejores prácticas de este organismo”.

Para la administración nacional, el aval representa un activo estratégico en una de las licitaciones más relevantes de los últimos años, tanto por su impacto económico como por su peso político en la agenda federal del transporte y la logística.

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Licitación de la Hidrovía: el Gobierno publica pliegos y comienza el proceso participativo

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) habilitó un procedimiento clave para la definición del futuro concesionario de la Vía Navegable Troncal, el corredor por donde circula cerca del 80% de las exportaciones del país. Durante diez días, sectores públicos y privados podrán presentar observaciones a los proyectos de Pliego de Especificaciones Técnicas y Bases y Condiciones Particulares, en un paso que busca otorgar mayor transparencia, solvencia técnica y participación federal al proceso licitatorio de la hidrovía.

Un procedimiento estratégico para la principal infraestructura logística del país

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) declaró abierto el Procedimiento de Observaciones Previas para los proyectos de pliegos que regirán la licitación pública nacional e internacional destinada a seleccionar al futuro concesionario responsable de la modernización, ampliación, operación y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal (VNT).

La medida fue formalizada mediante la Resolución 61/2025, firmada el 4 de diciembre, y publicada en el Boletín Oficial.

La apertura del proceso se fundamenta en el artículo 9° del Anexo II del Decreto 713/2024, reglamentario del Título III de la Ley 27.742, que permite incorporar una instancia previa de observaciones para fortalecer la calidad normativa y técnica del procedimiento.

El proceso licitatorio abarca el tramo estratégico que va desde el kilómetro 1238 del Río Paraná, en el punto Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata, a la altura del kilómetro 239,1 del Canal Punta Indio, incluyendo los accesos por los ríos Paraná de las Palmas, Bravo, Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

El decreto destaca que la VNT aglomera cerca de 60 terminales portuarias y mueve aproximadamente el 80% de las exportaciones argentinas, razón por la cual el procedimiento reviste un interés estratégico para el desarrollo económico, el comercio exterior y la logística nacional.

Un nuevo proceso tras la anulación de la licitación 1/2024 y con insumos de organismos internacionales

La decisión se inscribe en un camino institucional iniciado con los Decretos 709/2024 y 3/2025, que reorganizaron las competencias del sistema portuario y fluvial. El segundo de ellos eliminó la antigua Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y dispuso la disolución de la Administración General de Puertos SAU, creando la ANPYN como su continuadora jurídica.

A partir de esa reconfiguración, la Agencia recibió la instrucción de reencauzar el proceso licitatorio que había sido anulado mediante la Resolución 7/2025, con el argumento de que debía asegurarse “una mayor concurrencia de ofertas”.

Entre febrero y abril de 2025, la ANPYN convocó una Mesa de Diálogo Interdisciplinaria —aprobada por Resolución 18/2025— que reunió a usuarios, cámaras empresariales, provincias, sindicatos, universidades, organismos internacionales y puertos. El objetivo fue recopilar aportes técnicos para la elaboración de un nuevo pliego.

En ese marco, el 28 de mayo de 2025 la Agencia firmó un Memorando de Entendimiento con la UNCTAD, organismo que participó del proceso y entregó un informe de Recomendaciones y Buenas Prácticas (IF-2025-134138782-APN-GCLYA#ANPYN), incorporado ahora a la etapa de observaciones.

Según la resolución, la AGP SAU en liquidación colaboró con la redacción de los proyectos de Pliego de Especificaciones Técnicas y de Bases y Condiciones Particulares, consolidando una propuesta con “mayor solidez jurídica, técnica y ambiental”.

Plazos, mecanismos y requisitos para participar del proceso

La Resolución 61/2025 establece: 10 días corridos para presentar observaciones desde la publicación en el Boletín Oficial. Las observaciones deberán enviarse por escrito al correo institucional: licitacionvnt@anpyn.gob.ar. Deberán ajustarse al Formulario del Anexo I (IF-2025-134278888-APN-GCLYA#ANPYN), disponible en el sitio oficial. La documentación acompañada deberá presentarse en formato PDF/DOC/DOCX, con un máximo de 20 MB y hasta 5.000 caracteres por archivo.

Las observaciones no serán vinculantes, pero la ANPYN receptará aquellas que resulten “convenientes y conducentes”, según evaluación de sus áreas técnicas.

Finalizado el plazo, la Gerencia de Coordinación Legal y Administrativa y la Gerencia de Coordinación Técnica deberán elaborar un Informe Final de firma conjunta, que se publicará por diez días en la web institucional.

Un proceso que anticipa definiciones clave para 2026

El lanzamiento del procedimiento marca el inicio formal de una instancia crítica en la transición hacia un nuevo esquema de concesión de la principal red fluvial del país. Sectores portuarios, agroexportadores, industriales y transportistas siguen de cerca la evolución del proceso. Que definirá: El nuevo modelo de operación del corredor. Los estándares de dragado y señalización. La estructura tarifaria por peaje. Las condiciones ambientales y tecnológicas exigidas al concesionario. La articulación con las provincias y los organismos de control.

La etapa de observaciones permitirá que actores privados y públicos influencien el texto final del pliego, un elemento central para garantizar transparencia, competencia y previsibilidad.

La publicación simultánea del informe de UNCTAD introduce además una referencia internacional que podría orientar la evaluación técnica y normativa del diseño final.

Con este paso, la ANPYN avanza hacia el lanzamiento formal de la licitación, en un procedimiento que definirá uno de los contratos públicos más relevantes para la economía argentina en los próximos años.

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Peajes fluviales: la AGP unifica los procedimientos de intimación y cobro en dólares

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La Administración General de Puertos (AGP), en proceso de disolución según el DNU 3/2025, aprobó un nuevo procedimiento de intimación y gestión de cobranzas para los peajes de la Vía Navegable Troncal, extendiendo a 35 días corridos el plazo de vencimiento de las facturas emitidas en dólares. La medida, oficializada el 5 de diciembre de 2025 mediante la Resolución 132/2025, busca “una gestión más eficiente de las cobranzas”, en línea con las dificultades operativas planteadas por las agencias marítimas.

Reordenamiento institucional y necesidad de unificar criterios

La resolución se inscribe en el marco de la profunda reestructuración del sistema portuario nacional, iniciada con el DNU 3/2025, que dispuso tanto la disolución y liquidación de la AGP, como la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), organismo autárquico que asumirá la continuidad jurídica y operativa.

Mientras avanza ese proceso, las Resoluciones 21/2025 y 1548/2025 del Ministerio de Economía encargaron al Interventor de la AGP el despacho de los asuntos indispensables para asegurar la continuidad administrativa, incluyendo la gestión de los contratos vinculados a la Vía Navegable Troncal (VNT).

En este contexto, la AGP tenía vigentes —y superpuestas— dos normativas internas que regulaban el procedimiento de intimaciones por cobros impagos de peajes: RESOL-2024-34-APN-AGP#JGM y RESOL-2025-17-APN-AGP#MEC

Ambas fueron abrogadas por el Artículo 1 de la nueva resolución para evitar duplicaciones “sobre una misma materia” y reemplazadas por un único procedimiento actualizado.

Principales modificaciones: extensión del plazo de vencimiento y nuevo mecanismo de cobranza

El cambio más significativo es la extensión del vencimiento de las facturas a 35 días corridos desde su emisión, un punto impulsado por la Dirección de Administración y Finanzas y solicitado por agencias marítimas que “manifestaron dificultades para cumplir con los plazos de pago actualmente vigentes”.

Según el Anexo I – Procedimiento de Intimación y Gestión para Cobranzas, se establecen los siguientes parámetros:

Nueva operatoria de facturación e intimación

  • Tipo de cambio: dólar billete vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior.
  • Vencimiento: 35 días corridos desde la emisión.
  • Intereses: tasa SOFR a 360 días + 1.000 puntos básicos.
  • Notificación: mediante Nota de Intimación, enviada al domicilio electrónico constituido por la agencia marítima.

El Anexo indica que la intimación deberá detallar: número de factura vencida, importe adeudado, monto del capital al día de la intimación.

Si el deudor no regulariza la situación dentro de los 15 días corridos, la AGP podrá abrir un expediente electrónico caratulado “Nombre o Razón Social del Deudor s/ Intimación de Pago”, con copia de la factura, constancia de notificación y antecedentes.

Procedimiento judicial

El expediente pasa a la Dirección de Asuntos Jurídicos, que deberá decidir el inicio de la acción judicial e informar a la Gerencia General en un plazo de 15 días.

Si corresponde accionar, el abogado apoderado deberá iniciar el proceso judicial y remitir constancias dentro de los 10 días posteriores.

Planes de pago y acuerdos

El nuevo régimen prevé que, en caso de propuestas de allanamiento, transacción o plan de pagos, la Dirección de Asuntos Jurídicos elaborará un informe técnico y un Proyecto de Convenio de Reconocimiento de Deuda en Juicio y Pago, a evaluar por la autoridad que inició el trámite.

Registro y seguimiento

Se ordena mantener un registro actualizado de acreencias y presentar informes semestrales ante el órgano de gobierno societario.

Alivio para agencias marítimas y continuidad en el cobro de peajes

La extensión del plazo de vencimiento era un reclamo sostenido por agencias marítimas, que advirtieron demoras en la cadena de pagos debido a que deben trasladar los importes de peaje a sus clientes antes de cancelar las facturas ante AGP.

La medida: descomprime la presión financiera inmediata, reduce la litigiosidad por vencimientos acelerados, facilita la gestión operativa de facturación internacional, y uniforma el proceso de cobro en la transición institucional hacia ANPYN.

Al mismo tiempo, fortalece los mecanismos de control fiscal, al establecer un circuito administrativo y judicial más claro, con trazabilidad digital y plazos estrictos.

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