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Causa YPF: el Gobierno se negó a revelar dónde está el oro y descartó que Caputo declare

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En el marco del juicio por la expropiación de YPF que se tramita en Estados Unidos, el Gobierno nacional rechazó un pedido para revelar la ubicación de las reservas de oro de la Argentina. La decisión apunta a resguardar información sensible del Banco Central (BCRA) y se inscribe en la estrategia oficial para evitar que los beneficiarios del fallo por US$16.000 millones identifiquen activos ejecutables mientras el país aguarda la resolución de la apelación.

La presentación fue realizada ante el juzgado de la jueza Loretta Preska y fue dada a conocer por el especialista Sebastián Maril, quien precisó que el Ejecutivo argumentó que el oro “pertenece al BCRA y, al ser una entidad independiente, el Tesoro no tiene acceso a dicha información”. En el mismo escrito, el Gobierno también rechazó que el ministro de Economía, Luis Caputo, sea citado a declarar para brindar precisiones sobre el tema.

Autonomía del BCRA y estrategia procesal en Estados Unidos

El rechazo oficial se apoya en la independencia institucional del Banco Central, un punto central en la defensa argentina. Según lo informado, el Tesoro sostuvo que no dispone de datos sobre la localización de las reservas de oro porque estas forman parte de los activos del BCRA y no del Poder Ejecutivo. En esa línea, el Gobierno indicó que realizará el pedido correspondiente al Banco Central, sin comprometerse a revelar la información en el expediente judicial.

El planteo se produce en un contexto de máxima sensibilidad procesal. Los beneficiarios del fallo condenatorio —que fijó una indemnización de US$16.000 millones— buscan establecer conexiones y rastrear activos que permitan a la jueza ordenar la ejecución de la sentencia. La ubicación de las reservas internacionales, y en particular del oro, aparece como un elemento clave en esa estrategia.

Desde la óptica oficial, brindar detalles sobre estos activos podría debilitar la posición argentina y abrir la puerta a medidas cautelares o embargos en el exterior, aun cuando el fallo se encuentra apelado.

Rechazo a la citación de Caputo y límites de la información requerida

Además de negar la entrega de información sobre el oro, el Gobierno rechazó el pedido para que Luis Caputo se presente a declarar. La negativa refuerza la postura de que el Ministerio de Economía no es el órgano competente para responder sobre activos que pertenecen a una entidad autárquica como el BCRA.

El argumento busca delimitar responsabilidades institucionales y evitar que el proceso judicial derive en requerimientos que, desde la perspectiva argentina, exceden las atribuciones del Poder Ejecutivo. En ese sentido, la defensa apunta a sostener que no existe acceso directo ni control operativo del Tesoro sobre las reservas del Banco Central.

Apelación en curso

Cabe recordar que Argentina apeló el fallo condenatorio dictado por Preska y se encuentra a la espera de una definición por parte de la Corte de Apelaciones. Hasta que esa instancia se pronuncie, el Gobierno procura ganar tiempo y preservar activos estratégicos, en un litigio que combina impacto financiero, institucional y político.

Mientras tanto, los demandantes continúan explorando vías para detectar bienes susceptibles de ejecución, lo que anticipa un escenario de alta tensión judicial. La negativa a informar la ubicación del oro se inscribe, así, en una defensa más amplia que busca blindar las reservas internacionales y sostener la autonomía del Banco Central como pilar argumental ante los tribunales estadounidenses.

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Cúneo Libarona apoya el tratamiento en el Congreso de la Ley Penal Juvenil

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El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona se refirió a la reciente confirmación sobre el tratamiento de la Ley Penal Juvenil en el Congreso y apoyó la iniciativa del Gobierno Nacional.

En declaraciones a Radio Rivadavia, señaló que la gestión del presidente Javier Milei “pisó el acelerador en materia de legislación penal” y que este proyecto se debe debatir con urgencia, debido a que la ley actual data de 1980 y tiene una edad de imputabilidad en 16 años, “mientras que en 1978 era de 14”.

“La realidad es que el joven de 1980 no es el joven del 2026. Hoy es un joven que es producto de la droga, de la violencia, producto de múltiples factores. Hay muchísimos crímenes. Hemos tenido hechos tremendos, sangrientos, cometidos por chicos de 14, 15 años, 13, 12, que perfectamente comprenden lo que hacen. Entonces, ese chico cambió“, sostuvo el ministro.

Se debe accionar “cuando ya se cometió el delito”

Asimismo, comparó la situación con la legislación mundial, donde la edad de imputabilidad “es inferior” en países como Inglaterra y aclaró que  si bien “hay que prevenir”, también se debe accionar “cuando ya se cometió el delito”.

En la misma línea, relató sucesos que aparentemente protagonizados por menores que, con tono desafiante, afirmaban ser “inimputables” y que, con esa justificación, reincidían. Incluso, aseguró que han llegado a salir libres “hasta seis veces en un mes”.

Sobre el diseño del nuevo sistema, Cúneo Libarona explicó que “no todos los jóvenes adultos en conflicto con la ley penal van detenidos” y aseguró que las instalaciones no serán “cárceles comunes” ni “de régimen de mayores“, sino que estarán separadas de adultos y mujeres.

“Hay que reeducar, resocializar”

Para finalizar, manifestó que los menores serán sometidos a “un tratamiento educativo obligatorio, un sistema de oficio para que aprendan un oficio y un deporte” y recordó que existen lugares “que no salen tanta plata”, como los que hay en Ezeiza o Marcos Paz, donde los jóvenes están aislados de los mayores y en los que “pueden desarrollarse”.

“La idea es que separen a los menores según su connotación social, su violencia y los delitos que cometieron. Necesariamente, hay que reeducar, resocializar. No es el castigo por el castigo, es tratar de darle otra oportunidad“, concluyó.

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El Gobierno prorrogó por diez años los permisos internacionales de Crucero del Norte para operar rutas con Paraguay y Brasil

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El Ministerio de Economía renovó hasta diciembre de 2035 las autorizaciones para que la empresa Crucero del Norte continúe explotando servicios internacionales de transporte de pasajeros por carretera. La medida, formalizada mediante la Resolución 55/2026, ratifica el esquema vigente bajo el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT) y asegura la continuidad de corredores clave que conectan a la Argentina con Paraguay y Brasil, con impacto directo en la integración regional, la movilidad interjurisdiccional y la actividad económica vinculada al transporte y al turismo.

Marco normativo y fundamentos de la decisión

La Resolución 55/2026 del Ministerio de Economía, firmada por el ministro Luis Andrés Caputo y publicada con fecha 23 de enero de 2026, se inscribe en el régimen jurídico establecido por el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT), aprobado en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) conforme al Tratado de Montevideo de 1980 y a la Ley 22.354. Dicho acuerdo constituye el pilar normativo para la prestación de servicios internacionales de transporte automotor de pasajeros entre los países signatarios.

En este contexto, la normativa recuerda que el ATIT establece que los servicios internacionales deben contar con permisos originarios y complementarios otorgados por cada Estado, bajo el principio de reciprocidad. A nivel local, estas disposiciones fueron reglamentadas por la Resolución 202/1993 de la entonces Secretaría de Transporte, que fijó que la explotación del servicio público internacional se adjudica mediante permisos con una duración de diez años, prorrogables por períodos iguales.

La empresa Crucero del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada (CUIT 30-62629625-0) había recibido originalmente su autorización mediante la Resolución 999/2005, prorrogada luego por la Resolución 2434/2015 por un nuevo período de diez años, con vencimiento el 22 de diciembre de 2025. En tiempo y forma, la firma solicitó la renovación de esos permisos, lo que dio origen al expediente EX-2025-26657855-APN-DGDA#MEC.

Según consta en los considerandos, los organismos técnicos intervinientes verificaron que la empresa cumple con los requisitos de idoneidad técnica, se encuentra debidamente inscripta en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros —unificado tras el Decreto 883/2024— y cuenta con el parque móvil verificado por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).

Las rutas habilitadas y las condiciones de operación

La resolución prorroga por diez (10) años, a partir del 22 de diciembre de 2025, los permisos de explotación para dos servicios internacionales estratégicos:

  • Línea 17: La Plata (República Argentina) – Asunción – Villarrica (República del Paraguay), con ingreso a Retiro.
    Este servicio contará con dos frecuencias semanales de ida y vuelta y tendrá vigencia hasta el 22 de diciembre de 2035.
  • Línea 5: Salta (República Argentina) – Florianópolis (República Federativa del Brasil), con fraccionamiento Posadas – Florianópolis.
    En este caso, la autorización prevé un servicio diario de ida y vuelta, tanto para el recorrido completo como para el tramo fraccionado, con paso fronterizo principal por Bernardo de Irigoyen – Dionisio Cerqueira y alternativa Santo Tomé – São Borja.

La medida aclara que otras líneas previamente adjudicadas ya no forman parte del patrimonio operativo de la empresa, dado que fueron transferidas a Turismo Parque S.R.L. mediante la Resolución ST 807/2019.

Asimismo, el acto administrativo extiende los Documentos de Idoneidad correspondientes (DI 8/2025 y DI 9/2025), que certifican la habilitación definitiva para operar los servicios internacionales mencionados, y fija obligaciones específicas en materia de seguros, conforme al artículo 13 del ATIT, y de presentación de declaraciones juradas de horarios, según la Resolución 187/1992.

Impacto institucional, económico y regional

Desde el punto de vista institucional, la prórroga refuerza la continuidad del esquema regulatorio vigente para el transporte internacional de pasajeros, en línea con el proceso de unificación de registros y simplificación administrativa impulsado por el Decreto 883/2024. La decisión ratifica el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación y consolida la intervención de la CNRT como organismo de control técnico.

En términos económicos y productivos, la renovación de los permisos garantiza la estabilidad operativa de corredores internacionales que resultan clave para el flujo de pasajeros, el turismo regional y la conectividad de provincias del norte y noreste argentino con Paraguay y Brasil. La continuidad de estas rutas también tiene efectos indirectos sobre el empleo vinculado al transporte, los servicios asociados y las economías locales de los puntos de origen, destino y fraccionamiento.

Finalmente, en el plano regional, la medida se alinea con los compromisos asumidos por la Argentina en el marco del ATIT y la ALADI, asegurando previsibilidad a los operadores y reafirmando la integración física y comercial con los países limítrofes.

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Industria textil: Alal cierra plantas en Corrientes y Chaco y deja más de 460 despedidos

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El cierre de dos plantas de una histórica empresa textil volvió a sacudir al entramado productivo del nordeste argentino. En Goya, Corrientes, al menos 260 trabajadores quedaron sin empleo tras el anuncio de la hilandería Alal, mientras que otros 200 fueron cesanteados en Villa Ángela, Chaco. Este martes, desde las 10, los empleados goyanos y sus familias se concentran frente a la planta ubicada sobre Leandro N. Alem al 349, en una protesta que expone el impacto económico, social e institucional del actual contexto sobre la industria nacional.

La decisión empresaria se conoció ayer pasado el mediodía y generó un inmediato efecto expansivo en la segunda ciudad más importante de Corrientes, que vuelve a perder una de sus firmas emblemáticas. El cierre profundiza una crisis laboral que ya había golpeado a la comunidad en 2019, cuando más de 200 trabajadores quedaron sin empleo tras el cierre de Massalin Particulares, luego de 65 años de actividad en la ciudad.

Una empresa centenaria y un golpe al entramado productivo local

En el caso de Alal, se trata de una empresa textil con más de 100 años de existencia en el país, cuya salida del mapa industrial regional deja un vacío difícil de reemplazar en el corto plazo. Solo en Goya, el cierre implica la pérdida de 260 puestos de trabajo directos, afectando de manera directa a igual número de familias y generando un impacto indirecto sobre comercios, proveedores y servicios asociados a la actividad.

Según trascendió, la empresa atravesaba una situación económica crítica, con pérdidas mensuales estimadas entre 800 y 950 millones de pesos. Estas cifras, que dimensionan la magnitud del desequilibrio financiero, explican la decisión de cerrar las plantas productivas de hilados y telas tanto en Corrientes como en Chaco. En total, el ajuste alcanza a más de 460 trabajadores entre ambas provincias.

A nivel institucional, hasta el momento las autoridades provinciales no realizaron declaraciones públicas sobre el cierre, lo que incrementó la incertidumbre en una ciudad que ya había visto desaparecer su otra gran industria en los últimos años.

Importaciones, contrabando y costos: los factores detrás del cierre

El empresario textil Luis “Pinky” Alal explicó públicamente los motivos que llevaron a una decisión que definió como “no deseada”. En declaraciones al portal Agroperfiles, sostuvo que “lamentablemente llegamos a esta instancia, donde el contrabando de productos textiles como la apertura indiscriminada de las importaciones hacen muy difícil competir en un esquema de altísimos costos que la industria argentina no puede afrontar”.

Según el empresario, el contexto económico y comercial adverso, combinado con problemas estructurales de competitividad, tornó inviable la continuidad de las operaciones, sin que se vislumbren cambios relevantes en el corto y mediano plazo. La referencia apunta a un escenario donde la presión de productos importados y la informalidad erosionan la capacidad de las empresas locales para sostener niveles mínimos de rentabilidad.

Este diagnóstico se alinea con las dificultades que atraviesa el sector textil a nivel nacional, uno de los más sensibles a los cambios en la política comercial, los costos internos y la dinámica del consumo.

Expectativas de reapertura y tensión social en Goya

Pese al cierre, Alal dejó abierta una puerta a la recuperación. “Tenemos la esperanza de abrir otra vez la industria, las máquinas están listas”, afirmó, al destacar que se trata de maquinarias nuevas y con alta capacidad de producción. En ese sentido, remarcó que tanto los equipos como el personal permanecen disponibles, a la espera de un cambio de condiciones.

Con un mensaje cargado de simbolismo, el empresario sostuvo: “Somos algodoneros, somos optimistas. Somos como el algodón, fuerte, capaz de resistir muchas. El contexto nos empujó a cerrar, pero estamos listos para cuando las condiciones mejoren”.

Luis “Pinky” Alal

Mientras tanto, la concentración prevista frente a la planta de Goya refleja la dimensión social del conflicto. La protesta de trabajadores y familias busca visibilizar una crisis que trasciende a una sola empresa y reabre el debate sobre el futuro de la industria nacional, el empleo en las economías regionales y el rol del Estado frente a cierres que dejan cicatrices profundas en ciudades altamente dependientes de pocas actividades productivas.

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Carne: el Gobierno unificó la faena en un sistema digital y derogó normas que regían desde 1973

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El Ministerio de Economía aprobó un nuevo marco integral para el registro, control y trazabilidad de la faena de hacienda en todo el país. A través de la Resolución 40/2026, que entra en vigencia el 1° de enero de 2026, el Ejecutivo creó un Sistema Integral de Faena (SIF) unificado, digital y obligatorio, y derogó más de una decena de normas dictadas entre 1973 y 2015. La medida busca simplificar regulaciones, actualizar controles con tecnología electrónica y reforzar la trazabilidad individual en la industria cárnica, con impacto directo sobre frigoríficos, matarifes, exportadores y el comercio interno.

La resolución, firmada por el ministro Luis Andrés Caputo y publicada en el Boletín Oficial el 27 de enero de 2026, se inscribe en la política de desregulación y eficiencia administrativa impulsada por el Gobierno nacional tras el Decreto 70/2023. El objetivo declarado es “actualizar, simplificar y unificar” un régimen disperso y parcialmente obsoleto, sin resignar las funciones de control, fiscalización y poder de policía previstas en la Ley 21.740.

Un nuevo Sistema Integral de Faena y el fin de normas históricas

El eje central de la Resolución 40/2026 es la creación del Sistema Integral de Faena (SIF), que pasa a ser la plataforma obligatoria para que los establecimientos faenadores registren el ingreso de la hacienda, la autorización de faena, el resultado de faena (romaneo) y las existencias diarias de carne en cámaras frigoríficas. El sistema será provisto por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y estará bajo control de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, que actuará como autoridad de aplicación.

El SIF se presenta como continuador del sistema creado en 2015, pero con una diferencia clave: se deroga la resolución 586/2015 y se eliminan libros físicos históricos. Desde ahora, todos los registros tendrán carácter de declaración jurada y se realizarán exclusivamente en formato digital, con acceso mediante clave fiscal a través del portal de autogestión del Ministerio.

En paralelo, la resolución deroga un paquete normativo de más de 50 años, incluyendo resoluciones emblemáticas de la ex Junta Nacional de Carnes (1973, 1981 y 1983), disposiciones de la ex ONCCA y normas que regulaban la identificación, clasificación, tipificación y registros manuales en la faena bovina, porcina, ovina, caprina y equina. Según el texto oficial, muchas de esas reglas quedaron “total o parcialmente obsoletas” frente a los avances tecnológicos y las nuevas dinámicas de la industria cárnica.

Trazabilidad electrónica, control de faena y nuevas obligaciones

Uno de los cambios más relevantes es la integración de la identificación electrónica individual en la etapa de faena. En línea con la Resolución 71/2024, que estableció la trazabilidad electrónica obligatoria para bovinos, bubalinos y cérvidos desde el 1° de enero de 2026, la nueva norma obliga a los frigoríficos a leer el chip electrónico en la línea de faena y asociarlo de manera precisa al número de garrón de cada animal, registrando esa información en el “Resultado de Faena”.

La resolución mantiene y refuerza controles clave:

  • Prohibición de faenar sin Autorización de Faena emitida por el SIF.
  • Cierre obligatorio del Documento de Tránsito Electrónico (DT-e) al arribo de cada tropa.
  • Prohibición de mezclar tropas en corrales o en faena, aun cuando pertenezcan al mismo propietario.
  • Exigencia de corrales numerados e identificados.
  • Control estricto del funcionamiento de la balanza oficial de romaneo, con pesas de contraste mínimas de 180 kg.

Asimismo, se detallan nuevamente los procedimientos de identificación de reses y medias reses —sellos, etiquetas, lazos o sistemas autorizados—, los requisitos de clasificación, tipificación, dentición y pesaje, y las obligaciones documentales para la salida de carne, que en el caso de bovinos, bubalinos y porcinos deberá realizarse con Remito Electrónico Cárnico.

Impacto en la cadena cárnica

Desde el punto de vista institucional, la Resolución 40/2026 consolida un modelo de control más digitalizado y centralizado, con menor carga administrativa formal pero mayor exigencia de cumplimiento en tiempo real. Para el Estado, el nuevo esquema apunta a optimizar recursos, eliminar duplicaciones y mejorar la capacidad de fiscalización mediante datos electrónicos integrados.

Para los actores de la cadena cárnica —frigoríficos, matarifes, consignatarios, exportadores y operadores comerciales—, la medida implica adaptación tecnológica obligatoria, pero también mayor previsibilidad normativa. La eliminación de normas superpuestas y libros manuales reduce discrecionalidad y zonas grises, aunque incrementa la trazabilidad individual y la responsabilidad del operador, dado que toda la información cargada en el sistema tiene carácter de declaración jurada.

En términos de mercado, el fortalecimiento de la trazabilidad y del control de faena impacta tanto en el comercio interno, al mejorar la transparencia en peso, clasificación y tipificación, como en el perfil exportador, donde la trazabilidad individual es un requisito creciente para el acceso a mercados internacionales.

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