Empresas estatales

El Gobierno reglamentó la ejecución del Presupuesto 2026, créditos, cargos y límites al gasto

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Con la Decisión Administrativa 1/2026, publicada el 20 de enero, la Jefatura de Gabinete avanzó en la distribución detallada del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026. La norma asigna créditos, cargos y recursos a todas las jurisdicciones y organismos, define qué partidas serán indicativas, refuerza los mecanismos de control y establece límites precisos para las modificaciones presupuestarias, la obra pública y la asistencia a empresas estatales.

La medida, firmada por el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Economía, se dicta en el marco de la Ley 27.798 de Presupuesto 2026, promulgada por el Decreto 932/2025, y constituye el instrumento central que habilita la ejecución efectiva del gasto público durante el ejercicio en curso.

Distribución de créditos, cargos y recursos: el andamiaje operativo del Presupuesto 2026

La Decisión Administrativa 1/2026 dispone la distribución de los gastos corrientes y de capital, gastos figurativos, aplicaciones financieras, recursos, contribuciones figurativas, fuentes financieras, cargos y horas de cátedra previstos en la Ley 27.798, conforme al detalle de las planillas anexas que integran la norma.

La asignación se realiza teniendo en cuenta las adecuaciones institucionales del Poder Ejecutivo Nacional introducidas por el Decreto 50/2019 y sus modificatorios, así como por los Decretos 866/2025 y 942/2025. En este último caso, se incorpora formalmente la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, transfiriendo a esa cartera los créditos, bienes, personal y obligaciones de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), con garantía de continuidad en la prestación de servicios.

Además, la decisión administrativa reglamenta aspectos operativos centrales del presupuesto:

  • La distribución de cargos y horas de cátedra en toda la Administración Pública Nacional.
  • La obligación de que las jurisdicciones y entidades informen trimestralmente la evolución de sus plantas de personal y contrataciones, cualquiera sea su modalidad o fuente de financiamiento.
  • La exigencia de certificar vacantes y su financiamiento para cubrir cargos, según lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 27.798.

En materia de aportes al Tesoro, se fija un cronograma de contribuciones en cuatro cuotas iguales con vencimientos el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 15 de diciembre de 2026, y se establece que los remanentes de recursos del ejercicio 2025 deberán ingresar a la Tesorería General de la Nación antes del 30 de octubre de 2026, salvo excepción legal.

Partidas indicativas, control del gasto y límites a las reestructuraciones

Uno de los ejes centrales de la norma es la definición del carácter indicativo o limitativo de las partidas presupuestarias, una herramienta clave para el manejo del gasto en un contexto de administración estricta de los recursos públicos.

La decisión establece como montos presupuestarios indicativos a la totalidad de las partidas de:

  • Bienes de consumo (Inciso 2).
  • Servicios no personales, con excepción de los gastos reservados (Inciso 3).
  • Bienes de uso (Inciso 4).
  • Transferencias (Inciso 5).
  • Incremento de activos financieros (Inciso 6).
  • Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos (Inciso 7).
  • Otros gastos (Inciso 8).

También tendrán carácter indicativo las asignaciones correspondientes a actividades específicas, programas, subprogramas, proyectos de obra y la clasificación geográfica del gasto, lo que otorga flexibilidad operativa, aunque bajo un esquema reforzado de control ex post.

En paralelo, se determinan con precisión las facultades para realizar modificaciones presupuestarias, delimitando qué tipo de reestructuraciones pueden efectuar ministros, secretarios, titulares de organismos, la Secretaría de Hacienda y la Oficina Nacional de Presupuesto. Se prohíben, entre otras cuestiones, los cambios que impliquen alterar la distribución de finalidades o incrementar gastos corrientes en detrimento de gastos de capital, en línea con el artículo 37 de la Ley 24.156 de Administración Financiera.

Las modificaciones deberán ser notificadas a la Oficina Nacional de Presupuesto dentro de los cinco días hábiles, y ese organismo contará con ocho días hábiles para expedirse sobre su razonabilidad. Vencido ese plazo sin observaciones, la modificación quedará automáticamente vigente.

Inversión pública, empresas estatales y mayor centralización financiera

La decisión administrativa refuerza los mecanismos de control sobre la obra pública y las inversiones. Las jurisdicciones y entidades no podrán contratar obras ni adquirir bienes de uso sin contar previamente con la calificación de “Formulación y evaluación satisfactoria” emitida por la Dirección Nacional de Inversión Pública, y deberán ajustarse a los montos máximos vigentes establecidos por la normativa específica.

En cuanto a las empresas públicas no financieras, se dispone que toda asistencia financiera, transferencias o aportes de capital con recursos del Tesoro Nacional se asignen exclusivamente en la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, evitando la dispersión de créditos y facilitando el seguimiento de la ejecución presupuestaria. Estas transferencias quedarán condicionadas al cumplimiento estricto de lo dispuesto por la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto.

Asimismo, las jurisdicciones con partidas destinadas a Gastos de Inteligencia y Gastos Reservados deberán contar con la conformidad previa de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) antes de solicitar modificaciones presupuestarias o reprogramaciones de ejecución.

Impacto institucional y proyección

La Decisión Administrativa 1/2026 consolida un esquema de centralización financiera, mayor control del gasto y reglas más estrictas para la ejecución presupuestaria, en línea con las facultades otorgadas al Jefe de Gabinete por la Constitución Nacional y la Ley de Administración Financiera.

Decisión Administrativa 1/2026 by CristianMilciades

Para las jurisdicciones y organismos, el impacto es inmediato: mayor exigencia en la programación física de los programas, límites claros a la reasignación de créditos y una supervisión reforzada sobre personal, inversión y transferencias. Para el Tesoro Nacional, la norma apunta a mejorar la previsibilidad de ingresos, reducir remanentes ociosos y ordenar la asistencia al sector público empresarial.

anexo 1 D A 1/2026 by CristianMilciades

En términos políticos e institucionales, la decisión administrativa funciona como la pieza operativa central del Presupuesto 2026, traduciendo la ley sancionada por el Congreso en reglas concretas de ejecución que condicionarán el margen de maniobra de toda la Administración Pública durante el año.

anexo 2 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 3 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 4 D A 1/2026 by CristianMilciades

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Economía aprobó el plan de AySA con superávit operativo y financiamiento estatal por $141.000 millones

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El Ministerio de Economía oficializó la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto 2025 de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA S.A.), empresa estatal que provee agua potable y saneamiento a más de 14 millones de personas en el Área Metropolitana de Buenos Aires. El esquema financiero contempla ingresos por $1,32 billones, gastos operativos por $992.564 millones y un superávit financiero de $7.720 millones, según la Resolución 1423/2025 publicada en el Boletín Oficial.

Un presupuesto con superávit operativo y apoyo estatal

El plan aprobado prevé: Ingresos de operación: $1.322.028.071.367. Gastos de operación: $992.564.402.903. Ganancia operativa: $329.463.668.464. Resultado económico (ahorro): $176.812.274.503. Resultado financiero (superávit): $7.720.290.143

Los documentos oficiales detallan que el superávit operativo será destinado a obras de mantenimiento y mejora, mientras que los gastos de capital alcanzarán los $357.201 millones. Para financiar parte de las obras estratégicas —entre ellas la finalización del Sistema Riachuelo (Planta Dock Sud), el Río Subterráneo Sur y el Colector Catonas— el Estado Nacional girará transferencias de capital por $141.437 millones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 27.701 de Presupuesto General.

Inversiones, endeudamiento y producción

El presupuesto también habilita a la empresa a avanzar con un programa global de fideicomiso financiero por hasta $100.000 millones, con desembolsos estimados en $70.000 millones durante 2025.

En materia productiva, AySA estima para 2025: Producción de agua librada a red: 6.125 miles de m³ por día. Bombeo y tratamiento cloacal: 1.559 millones de m³ anuales. Pretratamiento cloacal: 746 millones de m³ anuales.

El gasto operativo incorpora un 27% de inflación anual proyectada y un tipo de cambio estimado en $1.287 por dólar a diciembre de 2025. Además, la masa salarial ascenderá a $289.322 millones, con una dotación de 6.092 empleados permanentes hacia fin de año.

Impacto económico e institucional

El plan de acción ratifica el rol estratégico de AySA como la principal empresa de servicios públicos del país. Su presupuesto no solo apunta a garantizar la sostenibilidad financiera y la continuidad de las obras estructurales, sino también a sostener un esquema de Tarifa Social para los sectores más vulnerables, administrado por el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS).

En términos políticos, la decisión de Luis Caputo, ministro de Economía, envía una señal de estabilidad en la gestión de las empresas estatales en un año electoral, al mostrar que AySA puede proyectar superávit financiero pese al fuerte nivel de inversión requerido.

La ejecución de este presupuesto será clave para destrabar proyectos de gran impacto ambiental y urbano, como el Sistema Riachuelo, que busca reducir la contaminación del río homónimo y mejorar el saneamiento en la región sur del conurbano. Además, la combinación de financiamiento estatal y emisión de deuda marcará la pauta de sostenibilidad de AySA en los próximos ejercicios.

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