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El Gobierno redefine la segmentación audiovisual y actualiza el esquema de espacios electorales gratuitos

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La Jefatura de Gabinete aprobó una reconfiguración integral del esquema que determina cómo los servicios de comunicación audiovisual ceden tiempo de programación para fines electorales. La medida, formalizada mediante la Resolución 160/2025, reemplaza el anexo de la Resolución 675/2023 y redefine los porcentajes que cada segmento de prestadores deberá aplicar como pago a cuenta de impuestos nacionales. La decisión actualiza el marco regulatorio tras los cambios normativos introducidos por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y la derogación del Reglamento General de los Servicios de TV por Suscripción.

Un nuevo esquema de segmentación para un sistema audiovisual en transformación

La resolución, fechada el 28 de noviembre de 2025, sustituye el anexo que establecía la segmentación entre licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual. El cambio se sustenta en el artículo 2 del Decreto 342/2023, que delegó en la Jefatura de Gabinete la responsabilidad de definir los parámetros para distribuir el monto previsto como pago a cuenta de impuestos nacionales.

La norma recuerda que la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos obliga a los servicios de comunicación y televisión por suscripción a “ceder en forma gratuita el CINCO POR CIENTO (5%) del tiempo total de programación para fines electorales”, y que desde 2020 la mitad de ese porcentaje puede imputarse al pago de tributos nacionales.

El nuevo anexo —identificado como ACTO-2025-124252227-APN-ENACOM#JGM— actualiza la clasificación de segmentos y porcentajes, con una estructura que abarca:

  • Segmento A (AMBA):
    • TV de media y alta potencia: 35 %
    • AM de media y alta potencia: 9 %
    • FM de media y alta potencia: 9 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 3 %
  • Segmento B (ciudades > 600.000 habitantes):
    • TV media y alta potencia: 10 %
    • AM media y alta potencia: 3 %
    • FM media y alta potencia: 2 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 1 %
  • Segmento C (ciudades entre 100.000 y 599.999 habitantes):
    • TV media y alta potencia: 9 %
    • AM media y alta potencia: 2 %
    • FM media y alta potencia: 2 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 1 %
  • Segmento D (ciudades < 100.000 habitantes):
    • TV, AM y FM de media y alta potencia: 1 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 1 %
  • Segmento E (señales inscriptas en el Registro del art. 58 de la Ley 26.522): 10 %

La distribución será “igualitaria dentro de cada segmento”, según establece el artículo 2º de la resolución.

Decreto 70/2023, impacto normativo y redefinición del mapa regulatorio

El Gobierno fundamenta la nueva estructura en el profundo cambio regulatorio provocado por el DNU 70/2023, que declaró la emergencia pública en materia económica, administrativa, fiscal y tarifaria hasta el 31 de diciembre de 2025.

En particular, el artículo 329 del decreto modificó la Ley 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para incorporar como servicio TIC a la “radiodifusión por suscripción mediante cualquier vínculo”, exceptuándola de las disposiciones de la Ley 26.522. Ese cambio implicó desregular la estructura histórica del sector audiovisual y habilitar la revisión de reglamentos previos.

Como consecuencia, el ENACOM derogó en 2024 el Reglamento General de los Servicios de Televisión por Suscripción (Resolución 1491/2020), lo que tornó necesario adecuar toda la arquitectura de segmentación definida en 2023.

La resolución 160/2025 señala que este rediseño responde a la necesidad de “adaptar el marco regulatorio de los servicios de televisión por suscripción” a un ecosistema que, según el propio DNU, debe contar con “mayor libertad para su desarrollo” a fin de eliminar “barreras y restricciones estatales”.

Financiamiento político, medios y federalismo regulatorio

El rediseño del esquema impacta de manera directa en tres frentes:

Financiamiento electoral y acceso equitativo a los medios

La cesión del 5% del tiempo de programación es uno de los pilares del sistema de comunicación electoral argentino. La redefinición de segmentos puede alterar los niveles de exposición de los partidos políticos en distintas regiones y plataformas, especialmente en provincias con gran dispersión geográfica.

Competencia en el sistema de medios

La distribución igualitaria dentro de cada segmento, sumada a la reclasificación de potencias y localizaciones, puede cambiar el equilibrio entre prestadores de AMBA y del interior. El nuevo esquema reduce brechas históricas en la asignación entre servicios de mayor alcance y emisoras locales.

Federalismo comunicacional

Al incorporar ciudades según rangos poblacionales (más de 600.000 habitantes, entre 100.000 y 599.999, y menos de 100.000), el modelo funcionará como una matriz federal que distingue realidades muy heterogéneas. Esto puede derivar en pedidos de revisión por parte de cámaras, grupos regionales y operadores independientes.

Reacciones esperadas y próximos pasos

La norma obliga a los prestadores a ajustar sus declaraciones de pago a cuenta de impuestos según los nuevos porcentajes. El proceso podría activar consultas ante el ENACOM, especialmente por parte de operadores medianos y pequeños.

La resolución será publicada en el Boletín Oficial, con el anexo técnico disponible para descarga, y deberá ser tomada como referencia para el próximo ciclo electoral.

Al tratarse de una disposición basada en un DNU vigente hasta diciembre de 2025, el esquema podría ser revisado si hubiera modificaciones legislativas o reformas integrales en materia de telecomunicaciones y servicios audiovisuales.

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AlertAR: ENACOM lanzó el nuevo sistema nacional de alertas móviles para emergencias

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El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) puso en marcha AlertAR, el nuevo Sistema de Alerta Temprana que permitirá emitir notificaciones inmediatas a todos los teléfonos móviles ubicados dentro de áreas geográficas específicas ante desastres naturales, alertas meteorológicas extremas o situaciones de seguridad pública. La iniciativa quedó formalizada mediante resolución publicada en el Boletín Oficial y asigna $12.000 millones del Fondo del Servicio Universal (FSU) para financiar la infraestructura necesaria. El objetivo es fortalecer la capacidad estatal de responder ante eventos críticos y garantizar información preventiva en tiempo real a la población.

Un sistema nacional basado en Cell Broadcast: alcance, normativa y financiamiento

El proyecto AlertAR se apoya en la tecnología Cell Broadcast, un estándar que permite enviar mensajes simultáneos y segmentados a todos los teléfonos móviles presentes en zonas definidas, sin necesidad de instalar aplicaciones, estar conectado a datos o suscribirse a ningún servicio. La normativa explica que estos avisos buscan “poner en estado de alerta a la población en virtud de desastres naturales, alertas meteorológicas extremas y/o advertencias de seguridad pública”, de acuerdo con la Resolución ENACOM Nº 960/2025.

El sistema forma parte del Programa Conectividad de Interés Público (CIP) y fue solicitado por el Ministerio de Seguridad Nacional, que demandó una herramienta eficaz para la difusión inmediata y masiva de información ante emergencias.

ENACOM respondió con la elaboración del Proyecto Específico AlertAR, que contempla: Infraestructura activa: servidores, routers, software, sistemas de conmutación. Infraestructura pasiva: torres, antenas, cableado y sistemas eléctricos. Adaptaciones tecnológicas por parte de los prestadores móviles. Un esquema de financiamiento integral desde el FSU que cubre instalación, operación, mantenimiento y soporte durante 36 meses.

El organismo también aprobó los convenios de colaboración necesarios para su ejecución: Acuerdos entre ENACOM y organismos competentes. Convenios con empresas prestadoras de servicios móviles. Un acuerdo específico con el Ministerio de Seguridad Nacional.

Este andamiaje interinstitucional permitirá activar, operar y supervisar el sistema en todo el país, garantizando un funcionamiento uniforme y estándares de calidad.

Implementación, control operativo y protocolos de emisión

La resolución establece que AlertAR debe asegurar su disponibilidad ante cualquier evento crítico. Para ello, se definieron tres etapas operativas: Licitación pública para seleccionar al proveedor responsable de la tecnología. Instalación de equipamiento, integración con redes móviles y adecuación de infraestructura. Período de prueba de 60 días, bajo supervisión técnica y jurídica del ENACOM.

    Una vez activado, el “usuario administrativo” —la autoridad responsable designada por Seguridad— será quien emita, monitoree y defina el contenido de los mensajes conforme a protocolos específicos.

    La normativa también prevé la actualización permanente de los programas asociados y la fijación de mecanismos de control para asegurar el cumplimiento de las metas por parte de todos los actores involucrados.

    Con este diseño, AlertAR apunta a convertirse en un componente estratégico de la gestión de riesgo nacional, centralizando los canales de advertencia y ampliando la capacidad estatal para proteger a los habitantes y sus bienes.

    Impacto institucional y desafíos de implementación

    La puesta en marcha de AlertAR marca un cambio estructural en la política pública de comunicaciones de emergencia. Con financiamiento asegurado, cobertura nacional y tecnología estandarizada, el sistema se alinea con prácticas internacionales utilizadas en países con alta exposición a fenómenos meteorológicos extremos o crisis de seguridad.

    En lo inmediato, el desafío central será la coordinación entre organismos de Seguridad, ENACOM y prestadores móviles. Para garantizar: Emisión oportuna de alertas sin demoras en eventos críticos. Capacitación interjurisdiccional, especialmente en provincias y municipios. Pruebas periódicas para asegurar el funcionamiento durante todo el año. Actualización tecnológica constante, tal como prevé la resolución 1387/2025.

    Para el sector privado —operadores móviles— el proyecto implica adaptar parte de su infraestructura, un proceso que demandará inversiones y coordinación técnica. Para el sector público, supone consolidar un sistema que puede reducir daños, mejorar tiempos de respuesta y fortalecer la gestión de riesgos. En un país con alta recurrencia de eventos climáticos severos.

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    Los kioscos de diarios podrán repartir paquetes, DNI y tarjetas tras la desregulación del sector

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    Una reforma que combina desregulación del mercado postal y reconversión de los puntos de venta. El presidente Javier Milei firmó el Decreto 629/2025, publicado este 4 de septiembre en el Boletín Oficial, mediante el cual el Poder Ejecutivo deroga el régimen jurídico vigente desde el año 2000 para la venta y distribución de diarios y revistas en la vía pública y habilita a los puestos tradicionales de canillitas a prestar servicios de correo postal y paquetería.

    La medida se inscribe en la política oficial de desregulación económica y simplificación normativa, que busca eliminar trabas al comercio y ampliar la competencia en sectores hasta ahora regulados. Según el decreto, las paradas de diarios podrán registrar su actividad como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) o asociarse a un prestador ya autorizado, con lo cual podrán realizar entregas de correspondencia, paquetería, documentos oficiales y productos de e-commerce.

    El decreto 1025/2000, modificado en 2009, había establecido un régimen específico para la distribución de diarios y revistas en la vía pública, creando el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas y regulando el derecho de parada y reparto. Este esquema, vigente durante más de dos décadas, quedó ahora derogado y disuelto por considerarse “innecesario, obsoleto y limitante”.

    La Casa Rosada fundamentó la decisión en la necesidad de “promover la libre circulación de bienes, servicios y trabajo”, alineada con los principios constitucionales y en línea con la política de eliminar toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado o restrinja la iniciativa privada.

    El nuevo esquema se apoya en el Decreto 1005/2024, que había desregulado parcialmente la actividad postal permitiendo envíos de hasta 50 kilos y reduciendo requisitos burocráticos para operadores. Esa reforma abrió la puerta a que los puestos de diarios se reconviertan en nodos de distribución de última milla.

    Qué podrán hacer los puestos de diarios

    Según el artículo 1 del decreto, los canillitas podrán ofrecer los siguientes servicios:

    • Entrega de correspondencia general.
    • Despacho de papelería, paquetería y servicios de guarda y depósito.
    • Distribución de productos adquiridos a través del comercio electrónico.
    • Entrega de tarjetas de crédito y débito.
    • Entrega de DNI y pasaportes.

    La normativa especifica que quienes presten estos servicios deberán registrarse como operadores postales ante ENACOM o firmar convenios con empresas habilitadas, que asumirán la responsabilidad ante los usuarios y la autoridad regulatoria.

    Con ello, el Gobierno busca integrar a los tradicionales kioscos de diarios —afectados por la caída sostenida de ventas de papel— a la cadena logística del comercio electrónico, un sector que en Argentina creció más de 120% en facturación en los últimos tres años, según datos de la CACE.

    El decreto genera múltiples efectos:

    • Sector de prensa escrita: se disuelve un régimen que había protegido la actividad de los canillitas. Aunque se mantiene la venta de diarios y revistas bajo normas civiles y comerciales generales, el cambio supone el fin del marco regulatorio exclusivo.
    • Mercado postal y logístico: se amplía la red de distribución de última milla, sumando a miles de puestos de diarios en todo el país como potenciales puntos de entrega, lo que podría reducir costos y tiempos de entrega.
    • Impacto laboral: los canillitas ganan una vía de reconversión en un contexto de fuerte retracción de la prensa en papel, pero también enfrentan la competencia abierta de nuevos operadores sin limitaciones de cupos ni zonas.
    • Institucional: el Estado se retira de la gestión de cupos y registros, dejando que las reglas del Código Civil y Comercial y las regulaciones locales definan el funcionamiento de la actividad.

    Para el Gobierno, la medida significa un paso más en la agenda de desburocratización, en sintonía con la narrativa de “eliminar privilegios y corporaciones” en sectores de la economía.

    La implementación dependerá de la capacidad de ENACOM de registrar y fiscalizar nuevos operadores postales y de la disposición de empresas privadas de firmar convenios con los puestos de diarios. En el corto plazo, se espera que el sector del e-commerce sea el principal beneficiado, con una red logística más capilar y flexible.

    Sin embargo, sindicatos de canillitas y asociaciones vinculadas a medios gráficos podrían plantear objeciones por la pérdida de regulación específica y la apertura total de competencia. El debate político podría replicar discusiones similares a las de la desregulación del transporte y los servicios públicos: ¿hasta dónde llega la libertad de mercado y qué rol debe jugar el Estado en la protección de actores tradicionales?

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    ENACOM sube 25% la Unidad de Tasación Radioeléctrica

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    ENACOM actualiza el valor de la Unidad de Tasación Radioeléctrica a $963,01: impacto en licenciatarios TIC y de telecomunicaciones

    El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) resolvió actualizar, a partir de este viernes 8 de agosto, el valor de la Unidad de Tasación Radioeléctrica (UTR) a $963,01, lo que implica un incremento del 25% respecto de la última fijación en agosto de 2024. La medida, formalizada en la Resolución 1021/2025 publicada en el Boletín Oficial, tiene un impacto directo sobre los derechos y aranceles que deben abonar los licenciatarios de servicios TIC y de telecomunicaciones por el uso del espectro radioeléctrico en todo el territorio nacional.

    La UTR es la unidad de medida que determina el costo que deben pagar las empresas del sector por cada estación, sistema o servicio radioeléctrico en operación. Su valor se actualiza anualmente tomando como referencia la variación del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) fijado por la Secretaría de Trabajo.
    Entre agosto de 2024 y julio de 2025, el SMVM registró una suba acumulada del 25%, parámetro que el ENACOM utilizó para recalcular el valor de referencia. Hasta ayer, la UTR se encontraba en $770,40, vigente desde agosto del año pasado.

    Contenido técnico de la Resolución 1021/2025

    La norma establece:

    • Nuevo valor de la UTR: $963,01.
    • Marco normativo: Ley 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Decreto 267/2015 y Resolución ENACOM 1196/2018, que fija el mecanismo de actualización anual.
    • Entrada en vigencia: desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial.
    • Alcance: aplicable a todos los licenciatarios de servicios TIC y de telecomunicaciones que operen estaciones, sistemas y servicios radioeléctricos.

    El cálculo considera la variación del SMVM determinada por el Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

    El ENACOM, actualmente intervenido y bajo la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete, justificó la actualización en la necesidad de mantener el valor real de la UTR y garantizar recursos para la administración, gestión y control del espectro radioeléctrico.
    En el proceso participaron la Dirección General de Administración y el Servicio Jurídico Permanente del organismo.

    Impacto económico y regulatorio

    El incremento de la UTR repercutirá directamente en el costo operativo de empresas prestadoras de servicios móviles, radio, televisión y conectividad inalámbrica. Esto podría traducirse en:

    • Ajustes tarifarios para usuarios finales, especialmente en servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
    • Mayor presión sobre operadores pequeños y cooperativas TIC, que tienen menor capacidad de absorber aumentos de costos regulatorios.
    • Recaudación adicional para el Estado destinada a financiar tareas de control y gestión del espectro.

    En un contexto de inflación persistente y búsqueda de equilibrio fiscal, la medida también se enmarca en la estrategia oficial de actualizar valores regulatorios rezagados para recomponer ingresos.

    La actualización de la UTR regirá por un año, salvo que nuevas variaciones del SMVM motiven ajustes intermedios. El ENACOM continuará aplicando el esquema de revisión anual establecido en 2018, que indexa el valor a los salarios mínimos, buscando dar previsibilidad al sector.
    En el plano político, la medida se suma a otras decisiones recientes del organismo en materia de liberación de bandas y reorganización del espectro, clave para la futura licitación de frecuencias de 5G y nuevos servicios de transmisión.

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    Milei redefine la estructura del Ente Nacional de Comunicaciones

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    El Poder Ejecutivo aprobó mediante el Decreto 512/2025 una nueva estructura organizativa para el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), con el objetivo de optimizar su funcionamiento y adecuar sus responsabilidades en el marco de la política de transformación del Estado. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, implica la supresión de cargos extraescalafonarios creados en 2016 y la redefinición de áreas estratégicas, pero no incrementa la cantidad de unidades organizativas dentro del organismo.

    Un rediseño para fortalecer el rol regulador

    El decreto, firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Guillermo Francos, establece un nuevo organigrama operativo que incluye direcciones generales y nacionales orientadas a reforzar la gestión técnica, jurídica y de control. Entre las áreas destacadas figuran la Dirección Nacional de Control y Fiscalización, la Dirección Nacional de Asuntos Regulatorios, la Dirección Nacional de Sanciones y Atención a Usuarios y Prestadores y la Dirección Nacional de Ingeniería del Espectro Radioeléctrico y Servicios TIC, junto con la Unidad de Auditoría Interna.

    Asimismo, se derogan los artículos que habían creado en 2016 los cargos extraescalafonarios de Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y de Asuntos Técnicos y la Decisión Administrativa 682/2016, que aprobaba el organigrama anterior.

    Responsabilidades claves y nuevas funciones

    El Anexo II del decreto redefine las responsabilidades de cada unidad. Entre las funciones centrales se destacan:

    • Gestión y fiscalización: control del uso del espectro radioeléctrico, supervisión de la calidad de los servicios TIC, audiovisuales y postales, y monitoreo de proyectos financiados con aportes del Fondo del Servicio Universal.
    • Asuntos regulatorios y jurídicos: actualización normativa en materia de telecomunicaciones, servicios audiovisuales y postales; patrocinio legal del ente y representación del Estado en procesos judiciales.
    • Atención a usuarios: creación de mecanismos para la resolución de reclamos y consultas de prestadores y consumidores.
    • Planificación y desarrollo: análisis de mercado, elaboración de indicadores y definición de políticas públicas para promover la competencia y el acceso universal a los servicios de comunicación.

    Sin impacto presupuestario adicional

    El Ejecutivo aclaró que los cambios no generan nuevos cargos ni mayores costos para el presupuesto nacional, dado que el gasto será absorbido por los créditos ya asignados a la entidad. Además, se faculta al titular del ENACOM a definir niveles organizativos inferiores para completar el rediseño.

    Con este rediseño, el Gobierno busca dotar al ente de una estructura más ágil y técnica, capaz de acompañar la transformación del sector de las telecomunicaciones, los medios y los servicios postales en un contexto de apertura de mercados y aceleración tecnológica. La reorganización apunta también a reforzar los mecanismos de control y transparencia, en línea con la estrategia oficial de modernización del Estado.

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