evasión

AFIP detecto una subvaluación de $100 millones en caballos de Polo

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI),  detectó una subvaluación de cien millones de pesos en caballos de polo en una de las firmas más reconocidas del rubro. 

Inspectores del área especializada en actividades agropecuarias del organismo que conduce Carlos Castagneto realizaron un relevamiento en uno de los predios de la empresa y verificaron la cantidad de equinos existentes y su ciclo desde la fecundación hasta la puesta a punto para la competición.

Como consecuencia de la fiscalización, se determinó que la valuación original realizada por la firma a los efectos de tributarios de alrededor de U$S802 por equino era escasa frente a la estimación realizada por la AFIP de U$S11.102 por animal. Como resultado, se determinó un impuesto a ingresar de 100 millones de pesos con implicancias para las futuras declaraciones juradas presentadas por el contribuyente.

Esta reconocida firma cuenta con predios en las provincias de Buenos Aires, San Luis y Córdoba para desarrollar en cada una diferentes etapas  del proceso de formación y obtención de los caballos.

Cabe hacer mencionar que por el alto hándicap que poseen, los equinos son reconocidos, comercializados a niveles internacionales y utilizados en los principales abiertos de polo del mundo.

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La Afip evitó el contrabando de 54 toneladas de metales a Paraguay

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI), evitó el contrabando a Paraguay de 54 toneladas de metales valuados en 77 millones de pesos. Agentes del organismo conducido por Carlos Castagneto interceptaron durante controles en ruta a dos camiones en la provincia de Chaco y Formosa que se dirigían a la ciudad fronteriza de Clorinda, para allí cruzar de forma clandestina al país vecino. En ambos casos, se comprobó que el destinatario de la mercadería carecía de capacidad operativa, económica o financiera como para llevar adelante la compra del material o procesarlo, por lo que se procedió a su interdicción.


En la ruta nacional 16, en el acceso a la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, provincia de Chaco, personal de la DGI realizó tareas de constatación de validez de origen de la mercadería y cotejo documental a un camión que transportaba 28 toneladas de fardos de cobre prensados por 54 millones de pesos. A partir del análisis de la información interna de la AFIP se pudo constatar que el destinatario era una persona monotributista.

En ese sentido, el tipo de mercadería declarada en los registros era diferente a la efectivamente transportada, que tiene un valor de mercado sensiblemente superior.

En tanto, en la localidad formoseña de General Lucio V. Mansilla, sobre la ruta nacional 11, se detuvo otro envío con 26 toneladas de aluminio acomodados en fardos de lata prensada valuados en 23 millones de pesos, que se dirigían a Clorinda con el supuesto objetivo de “reprocesarlos”.

Dado que en Clorinda no existe ningún establecimiento, fundición o fábrica capaz de procesar el material, los inspectores de la AFIP presumieron que los dos casos se trataba de maniobras fraudulentas para colocar los metales en Paraguay de forma ilegítima. El contrabando del cobre y el aluminio les permitiría obtener una ganancia superior, dado que cotiza a un precio mayor en el país vecino. Por otra parte, la documentación presentada no permite identificar al remitente ni establecer el origen de la mercadería, como así tampoco su trazabilidad del envío.


Ante las numerosas irregularidades detectadas, el personal de la AFIP incautó las cargas y labró actas administrativas que pueden conllevar sanciones como multas, clausuras y su decomiso.
En los operativos participaron miembros de Gendarmería Nacional, dependiente del Ministerio de Seguridad.

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La Afip detectó irregularidades con granos en una cooperativa de Entre Ríos e incautó 2.000 toneladas

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI) detectó irregularidades en una cooperativa de Entre Ríos e incautó 2.000 toneladas de maíz, soja y trigo. El establecimiento, ubicado en la localidad de Basavilbaso, posee dos plantas de acopio con capacidad de 39.000 toneladas en silos de chapa y celda y 68 silobolsas para el almacenamiento de granos. Agentes del organismo conducido por Carlos Castagneto encontraron en esas instalaciones existencias superiores a las registradas en los sistemas.

El volumen de la mercadería interdicta equivale a la carga de 65 camiones y tiene un valor de mercado de más de 128 millones de pesos.

Las tareas de cubicaje realizadas por los inspectores de la DGI arrojaron diferencias significativas entre el stock observado y el que surgía del Registro Sistémico de Movimientos. La firma no contaba con la documentación legal que respalde la tenencia de esa cantidad de granos que avalara su procedencia legítima.

A raíz de estas inconsistencias, el personal de la AFIP procedió a incautar la mercadería, que consistía en 765 toneladas de trigo, 817 toneladas de maíz y 383 toneladas de soja.Las acciones de la DGI especializadas en actividades agropecuarias focalizan sus esfuerzos para desarticular potenciales maniobras de evasión impositiva y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente para evitar que los distintos actores de la cadena cometan irregularidades que redunden en competencia desleal para los productores legítimos.

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La Afip reclama 6.000 millones a minera extranjera instalada en Chile que depositó residuos en San Juan

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inscribió de oficio como contribuyente a una minera extranjera instalada en Chile que debió levantar por orden judicial la escombrera en donde había depositado 40 millones de toneladas de residuos en el lado argentino. De esta manera, el organismo conducido por Carlos Castagneto dio inicio a una fiscalización de la firma por omitir actuar como agente de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del impuesto a las ganancias por los pagos de servicios a empresas subcontratadas para cumplir con la cautelar. El monto reclamado permitiría recaudar 6.000 millones de pesos por ambos tributos. 

La empresa extranjera instalada en el país limítrofe, a pocos kilómetros de la frontera con San Juan, creó la escombrera de material en territorio argentino, en la cual arrojó alrededor de 40 millones de toneladas de residuos mineros. Una vez detectado el hecho irregular, la Justicia Federal argentina emitió una cautelar que obligó a la empresa extranjera a remediar el daño, y ordenó su inmediato levantamiento. 

Por su parte, tras una investigación de los hechos relacionados a la disposición judicial sobre los residuos mineros y la remediación ambiental, la AFIP concluyó que la escombrera montada por la empresa extranjera constituye un Establecimiento Permanente en el país según la legislación argentina e interpretación de Convenios Internacionales de Tributación. 

Por lo tanto, este Establecimiento Permanente debió actuar como agente de retención en IVA y Ganancias respecto de los pagos efectuados a las empresas subcontratadas para la ejecución de las tareas para dar cumplimiento a la orden judicial. 

Como el costo de ejecución de las tareas de remoción de escombros habría ascendido a 160 millones de dólares, las áreas especializadas de la AFIP estiman una recaudación de 6.000 millones de pesos entre el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a las Ganancias que la firma omitió retener en el pago de los servicios de las empresas subcontratadas.

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Aduana suspendió a más de 50 exportadores por irregularidades con divisas

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El Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por una de las empresas y respaldó la posición oficial.

A partir de análisis y cruces sistémicos de las operaciones de exportación de determinados productos, y ante inconsistencias e irregularidades detectadas y la falta de ingreso de divisas, la Aduana procedió a la apertura de sumarios disciplinarios suspensión preventiva de 59 exportadores de comercio exterior.

Si bien los plazos para liquidar las divisas van de los 15 días desde el permiso de embarque (soja) hasta 180 días (economías regionales), existiendo casos de 365 días, pero siempre con un máximo de 60 días para operaciones entre empresas vinculadas.

El problema es que, para aprovechar la brecha, muchos exportadores no liquidan las divisas ante el Banco Central (BCRA) y dejan esos montos en el exterior o lo convierten al tipo de cambio de contado con liquidación.

La Aduana comprendió que dicho comportamiento demuestra un comportamiento sistémico de estas exportadoras que, ya vencidos los plazos legales correspondientes, no efectúan el debido ingreso de divisas afectando gravemente las reservas del BCRA. Además, continúan realizando operaciones de exportación por sumas relevantes, lo que también genera competencia desleal en cada uno de los rubros que operan.

“Estamos atravesando la peor sequía desde 1922 a la fecha, la producción de soja se estima en solo 23 millones de TN, y la falta de controles eficientes respecto de las falsas empresas exportadoras llevo a un crecimiento exponencial de ‘carpetas’ que simulan operaciones de exportación para dejar dólares en el exterior sin liquidar. Nuestro objetivo es defender las reservas para la industria nacional y la generación de empleo”, señalo el Director General de Aduana, Guillermo Michel.

Recientemente, la Justicia Federal respaldó el accionar de la Aduana en la causa iniciada por la empresa entrerriana EL CERCO SRL, que presentó una acción de amparo contra la ADUANA-AFIP para que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la INSTRUCCIÓN GENERAL N.º 7/2022 DGA. Sin embargo, y avalando la posición de la Aduana, el Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa, respaldando la posición oficial.

Por otra parte, la Aduana dicto la IG 07/2022 (DGA) estableciendo pautas a seguir en aquellos casos en que los exportadores no efectúen el ingreso oportuno de divisas estableciendo que, si se verificase el efectivo incumplimiento, el agente a cargo del registro intimará al exportador para que, dentro del plazo de 10 días, proceda a liquidar las divisas correspondientes o a garantizar su ingreso (seguro de caución) o, de no cumplirse con estos requisitos, la suspensión como Exportador del Registro de Aduana.

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