Fondos Comunes De Inversión

Balance financiero 2025: qué inversiones superaron a la inflación y cuáles quedaron atrás

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Un informe de la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) analizó el desempeño de las principales alternativas de inversión financiera durante 2025 y concluyó que, entre las colocaciones más habituales para el ahorrista minorista, el plazo fijo en pesos resultó más rentable que la tenencia de dólares, mientras que el mercado accionario local atravesó un año de correcciones selectivas. En paralelo, los CEDEARs, algunos Fondos Comunes de Inversión y ciertos criptoactivos mostraron rendimientos destacados, aunque con elevada volatilidad.

El análisis, elaborado por Belén Maldonado, Bruno Ferrari y Emilce Terré, se enmarca en un año atravesado por cambios en el régimen cambiario y monetario, reordenamiento macroeconómico y elevada incertidumbre asociada al escenario electoral, factores que redefinieron las decisiones de ahorro e inversión.

Dólar, inflación y tasas: el plazo fijo ganó la carrera

El año 2025 estuvo marcado por distintos esquemas cambiarios. Durante el primer trimestre rigió un sistema de controles de cambios, con múltiples cotizaciones y un tipo de cambio oficial administrado bajo un esquema de crawling peg, que avanzó al 2% mensual hasta fines de enero y al 1% mensual desde febrero.

El 11 de abril, el Gobierno anunció el levantamiento de la mayoría de las restricciones cambiarias para personas humanas a partir del 14 de abril, tras la aprobación de un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Desde entonces rige un esquema de flotación administrada dentro de bandas, que se ajustan al 1% mensual y que, a partir de enero, comenzarán a hacerlo según el último dato de inflación.

En ese contexto, el dólar minorista del Banco de la Nación Argentina (BNA) subió 40,6% entre fines de 2024 y fines de 2025, superando a la inflación estimada del 30,6%. Sin embargo, el dólar financiero MEP, de libre acceso durante todo el año, avanzó 26,5%, quedando por debajo del nivel de precios y reflejando una apreciación real del peso.

En contraste, los instrumentos en pesos lograron mejores resultados. Los plazos fijos tradicionales a 30 días rindieron un 39,2% acumulado en el año, superando ampliamente la inflación, mientras que los plazos fijos UVA a 90 días alcanzaron un retorno estimado del 33,8%.

CEDEARs, acciones y FCI: ganadores y un mercado selectivo

Entre las alternativas bursátiles, los CEDEARs ETF se destacaron como una de las opciones más rentables en términos de pesos. El mejor desempeño correspondió a GLD, vinculado al oro, con una suba del 113%, impulsada por tensiones geopolíticas, recortes de tasas de la Reserva Federal de Estados Unidos y la debilidad del dólar.

Le siguieron EWZ, asociado al mercado brasileño, con un alza del 81%, y ARKK, enfocado en innovación tecnológica, con una ganancia del 72%. También mostraron fuertes subas EEM (+67%) y FXI (+63%), vinculados a mercados emergentes y grandes empresas chinas.

En cambio, la renta variable local mostró un desempeño más moderado. El índice S&P Merval cerró 2025 con una suba nominal del 20%, pero ajustado por inflación o por el dólar MEP arrojó una caída real de entre -6,1% y -10,2%. El informe remarca que fue un año “selectivo”, con más perdedores que ganadores, luego de varios ejercicios de fuertes alzas.

En los Fondos Comunes de Inversión (FCI), los de renta fija en pesos concentraron los mejores rendimientos, aunque también los peores resultados. Los fondos de renta mixta lograron, en algunos casos, superar al dólar, mientras que los de renta variable no consiguieron ganarle a la divisa estadounidense. En tanto, los FCI de renta fija en dólares exhibieron rendimientos positivos generalizados.

Criptomonedas: alta volatilidad y rendimientos dispares

El informe también analizó el desempeño de los criptoactivos, marcado por fuertes oscilaciones. El Bitcoin cerró el año con una caída punta a punta del 5%, aunque entre abril y octubre registró una suba del 63%, alcanzando un máximo histórico. Posteriormente, la cotización retrocedió más del 32%, en un contexto de rescate de fondos institucionales y suba de los rendimientos de los bonos del Tesoro estadounidense.

Por su parte, Ethereum mostró una caída anual del 11%, con movimientos aún más pronunciados: se desplomó 56% en el primer trimestre, luego subió 228% entre el segundo y tercer trimestre y volvió a caer 43% hacia fines de noviembre. El informe destaca que estos activos evidencian que, a mayor riesgo, pueden registrarse tanto ganancias extraordinarias como pérdidas significativas.

Que rindió en 2025 en Inversiones Financieras by CristianMilciades

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La CNV redefine las reglas para Sociedades Gerentes y Agentes de Negociación

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó una profunda modificación normativa que habilita a las Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión a inscribirse también como Agentes de Negociación, estableciendo un marco estricto de segregación funcional, control de conflictos de interés y transparencia operativa. La medida fue formalizada mediante la Resolución General 1102/2025, publicada el 31 de diciembre, y apunta a fortalecer la protección de los inversores y modernizar la arquitectura regulatoria del mercado de capitales argentino.

La resolución introduce cambios relevantes en distintos títulos de las Normas (N.T. 2013 y mod.), particularmente en el Título V, Título VII y Título VIII, y complementa el esquema habilitado previamente por la Resolución General 1089. El eje central es permitir la coexistencia de funciones —administración de fondos y negociación— bajo condiciones estrictas que aseguren independencia operativa, trazabilidad contable y prioridad del interés del inversor.

Un nuevo marco para la doble función: Sociedad Gerente y Agente de Negociación

La Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 establece como objetivo central el desarrollo del mercado y la defensa de los intereses de los inversores, asignando a la CNV amplias facultades regulatorias y de control. En ese marco, la Resolución General 1102/2025 avanza en la adecuación normativa necesaria para regular la doble inscripción de una misma persona jurídica como Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión y Agente de Negociación (AN).

El texto define que las Sociedades Gerentes podrán desempeñar funciones adicionales, como la administración de carteras de inversión con mandato expreso y la colocación y distribución de cuotapartes, e incluso inscribirse como AN, con exclusión expresa de la subcategoría AN RUCA. Al mismo tiempo, fija incompatibilidades claras: la inscripción simultánea como Agente de Colocación y Distribución Integral (ACyDI) y como AN no será posible, y las Sociedades Gerentes que sean entidades financieras tampoco podrán registrarse como AN.

De esta forma, la CNV busca ampliar las capacidades operativas de los actores del mercado, pero bajo un esquema regulatorio que evite superposiciones riesgosas y preserve la integridad del sistema.

Segregación funcional, control interno y prevención de conflictos de interés

Uno de los núcleos más relevantes de la resolución es la incorporación de los artículos 21 a 26 del Capítulo I del Título VII, que establecen un régimen detallado de organización interna y pautas de actuación para quienes revistan la doble categoría.

Entre los requisitos centrales se destacan la obligación de asegurar una segregación funcional y administrativa efectiva, que permita operar como unidades de negocio autónomas e independientes, con registración contable diferenciada de ingresos y egresos. Además, se exige una estructura organizativa acorde al volumen y complejidad de las operaciones, con manuales de procedimientos disponibles para la CNV.

En materia de conducta, el Agente que también actúe como Sociedad Gerente deberá priorizar simultáneamente el interés de sus clientes y el interés colectivo de los cuotapartistas, evitando conflictos de interés, en especial en el asesoramiento y administración de carteras. La normativa es explícita al señalar que no se podrá priorizar la colocación de cuotapartes de fondos propios sin fundamentos técnicos ni adecuación al perfil de riesgo del cliente.

El régimen se completa con exigencias reforzadas en materia de idoneidad del personal, control interno y cumplimiento regulatorio. El Responsable de Cumplimiento deberá remitir a la CNV, dentro de los 70 días corridos de cerrado el ejercicio, un informe detallado con resultados independientes por cada unidad operativa, permitiendo al organismo un control exhaustivo y diferenciado.

Cambios en depositantes autorizados y alcance institucional

La Resolución General 1102/2025 también introduce una modificación sustancial en el artículo 37 del Título VIII, ampliando y precisando el listado de depositantes autorizados de valores negociables, incluyendo organismos públicos, mercados, cámaras compensadoras, agentes registrados, entidades financieras locales y del exterior, fondos de pensión, compañías de seguros y sujetos vinculados a la representación digital de valores.

El nuevo esquema refuerza las obligaciones de identificación, segregación de posiciones y garantías, contabilidad adecuada y control de riesgos, especialmente en el uso de cuentas globales, con el objetivo de proteger los activos de los clientes ante eventuales situaciones de insolvencia.

Desde una perspectiva institucional, la norma consolida un enfoque de mayor sofisticación regulatoria, alineado con estándares de supervisión más exigentes, y refuerza el rol de la CNV como autoridad de aplicación y contralor del mercado de capitales.

Proyección para el mercado de capitales

La habilitación regulada de la doble inscripción abre nuevas posibilidades de integración vertical y eficiencia operativa para los actores del mercado, pero al mismo tiempo eleva significativamente las exigencias de cumplimiento, control y transparencia. Para las Sociedades Gerentes y Agentes de Negociación, el desafío será adaptar sus estructuras internas a un esquema más complejo, mientras que para los inversores la medida promete mayores salvaguardas frente a conflictos de interés.

En un mercado que busca profundizar su desarrollo y recuperar volumen, la Resolución General 1102/2025 se inscribe como un paso clave en la modernización normativa, con impacto directo en la organización de los intermediarios y en la arquitectura institucional del sistema financiero argentino.

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Fondos monetarios: la CNV flexibiliza la inversión en plazos fijos y ajusta la liquidez

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó una modificación clave en el régimen aplicable a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Mercado de Dinero Clásicos, mediante la Resolución General 1096/2025, dictada el 23 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 24 de diciembre, con entrada en vigencia a partir del día siguiente. La medida redefine los límites y combinaciones permitidas para la inversión en plazos fijos y activos valuados a devengamiento, con el objetivo de otorgar mayor flexibilidad operativa, mejorar la gestión de liquidez y fortalecer la protección de los cuotapartistas.

La reforma se adopta a partir de un pedido expreso del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y se inscribe en un proceso progresivo de ajustes regulatorios sobre los fondos monetarios, en un contexto de cambios en las condiciones del mercado financiero y de búsqueda de mayor eficiencia en los instrumentos de ahorro de corto plazo.

Antecedentes normativos y rol del Banco Central

El régimen de los fondos comunes de inversión de mercado de dinero ha sido objeto de sucesivas actualizaciones en los últimos años. En primer lugar, la Resolución General N° 757 (2018) introdujo modificaciones en el funcionamiento y categorización de los denominados fondos monetarios. Posteriormente, la Resolución General N° 1038 (2024) incorporó una diferenciación entre Fondos de Mercado de Dinero Clásicos y Dinámicos, estableciendo pautas específicas según el tipo de activos, su forma de valuación y el plazo de vencimiento.

Más recientemente, la Resolución General N° 1092 (noviembre de 2025) fijó un límite del 20% del patrimonio para la inversión en cauciones por parte de estos fondos.

En ese marco, mediante la Nota NO-2025-00246200-GDEBCRA-P#BCRA, fechada el 18 de diciembre de 2025, el Banco Central solicitó a la CNV que se mantuviera el límite agregado del 70% del patrimonio de los fondos de dinero clásicos para la inversión en depósitos a plazo fijo, pero introduciendo una modificación sustancial: que la exposición a cada modalidad —plazos fijos tradicionales y plazos fijos precancelables— no supere en forma individual el 50% del patrimonio del fondo.

Según surge de los considerandos, esta adecuación permitiría “una mejor adaptación de los FCI de Mercado de Dinero Clásicos a las condiciones del mercado financiero, contribuyendo al fortalecimiento de su funcionamiento y a la protección de los intereses de los cuotapartistas”.

Nuevos límites de inversión y criterios de valuación

La Resolución General 1096/2025 sustituye el inciso b.1) del artículo 15 de la Sección II del Capítulo II del Título V de las Normas CNV, redefiniendo en detalle la composición de cartera de los fondos que se comercialicen como Fondos Comunes de Dinero Clásicos, cualquiera sea el canal de distribución.

A partir de la modificación, estos fondos podrán invertir:

  • Hasta un 50% del patrimonio en plazos fijos no precancelables, considerados activos valuados a devengamiento.
  • Hasta un 50% del patrimonio en plazos fijos precancelables en período de precancelación, valuados a precio de realización y/o de mercado, sin obligación de constituir margen de liquidez.
  • La suma de ambas modalidades de plazos fijos no podrá superar el 70% del patrimonio neto del fondo.

Además, se establece que:

  • La inversión en otros activos valuados a devengamiento, distintos de los plazos fijos no precancelables, no podrá exceder el 35% del patrimonio.
  • La suma total de activos valuados a devengamiento no podrá superar el 50% del patrimonio neto.
  • Los intereses devengados de cuentas a la vista computarán dentro del límite del 35%, salvo que sean capitalizados, en cuyo caso pasarán a valuarse a precio de realización y/o de mercado.
  • Se admite, de forma adicional y exclusiva, la inversión en títulos representativos de deuda con vencimiento final no mayor a un año, por hasta el 20% del patrimonio neto del fondo.

Estos criterios se apoyan en lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 24.083, que faculta a la CNV a establecer pautas de diversificación, valuación, liquidez y dispersión mínima para los fondos comunes de inversión abiertos.

Impacto operativo y proyección para el mercado

Desde el punto de vista operativo, la modificación introduce una mayor flexibilidad en la asignación de activos, permitiendo a las Sociedades Gerentes administrar con menos rigideces la liquidez de los fondos de dinero clásicos. El nuevo esquema habilita una reconfiguración interna de carteras, sin alterar el tope global de exposición a depósitos, pero equilibrando mejor los riesgos entre instrumentos tradicionales y precancelables.

En términos institucionales, la resolución refuerza la coordinación regulatoria entre la CNV y el BCRA, en su carácter de organismo rector del mercado financiero, y consolida una línea de ajustes graduales orientados a preservar la estabilidad, la transparencia y la protección del ahorro minorista, en uno de los segmentos más utilizados por inversores de corto plazo.

La norma entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, incorporándose de manera inmediata al Texto Ordenado de las Normas CNV (N.T. 2013 y modificatorias).

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CNV simplifica el régimen de Fondos Comunes de Inversión y digitaliza trámites clave

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CNV simplifica la regulación de los Fondos Comunes de Inversión: nueva resolución para agilizar el acceso al mercado de capitales

La Comisión Nacional de Valores aprobó una profunda reforma normativa que reestructura el régimen aplicable a los Fondos Comunes de Inversión (FCI), eliminando redundancias y agilizando procedimientos administrativos.

La medida, publicada el 31 de octubre de 2025 en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 1089/2025, busca fortalecer la eficiencia operativa del sistema y adaptarlo a los estándares actuales de transparencia y protección al inversor.

Reordenamiento integral del régimen de fondos comunes de inversión

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso la sustitución de los Capítulos I, II y III del Título V de las Normas (N.T. 2013 y mod.), con el objetivo de simplificar y modernizar el marco regulatorio de los FCI.

Según el texto oficial, el nuevo esquema “elimina exigencias de carácter formal que no contribuyen sustancialmente a la seguridad jurídica o a la transparencia de la información destinada al público inversor”, priorizando un enfoque más ágil y operativo.

Entre las principales modificaciones, se destacan:

  • La reestructuración de los requisitos de inscripción, funcionamiento y régimen informativo exigibles a los agentes que intervienen en la operatoria de FCI abiertos y cerrados.
  • Un nuevo régimen patrimonial mínimo, que establece para las Sociedades Gerentes un capital equivalente a 150.000 UVA, incrementado en 20.000 UVA por cada fondo adicional administrado.
  • La posibilidad de reemplazar información contable trimestral por certificaciones contables, y la simplificación de los trámites de autorización para libros contables digitales.
  • La incorporación de pautas unificadas para publicidad y promoción, reforzando la transparencia informativa y la protección del ahorrista.

La CNV también implementó un régimen transitorio de adecuación patrimonial para los agentes de colocación y distribución de FCI, a fin de garantizar la transición sin afectar la operatoria del mercado.

Desregulación, digitalización y transparencia

El organismo enmarcó esta resolución en los lineamientos del Decreto 90/2025 del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que impulsa la revisión de normas obsoletas y la reducción de cargas administrativas en el sector público nacional.

En sintonía, la CNV apunta a “armonizar criterios regulatorios y operativos entre distintos segmentos de inversión, otorgando previsibilidad y seguridad jurídica tanto a emisores como a inversores”.

La nueva normativa introduce además la digitalización de procedimientos:

  • Los agentes deberán operar mediante el sistema TAD (Trámites a Distancia) y la Autopista de la Información Financiera (AIF).
  • Se crea el sistema CNV–CAFCI para la transmisión digital de información de los fondos, asegurando trazabilidad y control continuo.
  • Se formalizan los mecanismos para la colocación de cuotapartes por medios digitales, telefónicos e internet, bajo estrictas normas de seguridad informática y autenticación.

Asimismo, se simplifican los procesos de autorización, modificación y liquidación de FCI, y se eliminan requisitos como la solicitud de cancelación de montos no colocados en fondos cerrados.

Impacto institucional y del mercado

Con esta resolución, la CNV busca fortalecer la eficiencia operativa del mercado de capitales, facilitando el acceso de nuevos actores e incentivando el desarrollo del ahorro local.
El organismo enfatizó que la medida “responde al objetivo de garantizar la eficiente asignación del ahorro hacia la inversión, fomentar la profundización del mercado de capitales y asegurar su desenvolvimiento en un marco de integridad, ética y transparencia”.

La simplificación normativa beneficiará principalmente a las Sociedades Gerentes, Depositarias, Agentes de Colocación y Distribución (ACyD) y Agentes de Colocación y Distribución Integral (ACyDI), al reducir los costos administrativos y los tiempos de inscripción y reporte.

El nuevo régimen podría además estimular la creación de nuevos fondos y mejorar la competitividad frente a otros instrumentos de inversión, fortaleciendo la liquidez y profundidad del mercado argentino.

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CNV refuerza controles sobre la valuación de activos y liquidez en Fondos Comunes de Inversión

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1085/2025, publicada en el Boletín Oficial, que introduce modificaciones sustanciales en las Normas (N.T. 2013 y sus modificatorias) con el objetivo de fortalecer la transparencia, la gestión de riesgos y la protección de los inversores en el mercado de capitales argentino.

La medida ajusta los criterios de valuación de activos, amplía las exigencias de liquidez mínima en Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCI) y redefine las obligaciones de información periódica de las sociedades gerentes y depositarias.

La CNV fundamentó la resolución en la necesidad de alinear la regulación argentina con los estándares internacionales en materia de supervisión de fondos, en un escenario financiero marcado por la alta volatilidad cambiaria y la creciente sofisticación de productos de inversión.

El organismo remarcó que los cambios buscan “dotar de mayor previsibilidad y seguridad al sistema financiero, garantizando que los vehículos de inversión colectiva cuenten con mecanismos de valuación homogéneos y políticas claras de administración de riesgos de liquidez”.

El ajuste normativo se enmarca en la política de fortalecimiento del mercado de capitales impulsada desde 2024, cuando se establecieron lineamientos más estrictos para la supervisión de carteras y se promovió la digitalización de reportes regulatorios.

La normativa introduce tres ejes centrales:

  1. Valuación de activos
    • Se actualizan los criterios para la determinación del valor de los instrumentos financieros dentro de los FCI.
    • Se incorporan lineamientos específicos para activos con menor liquidez o valuación compleja, con el fin de reducir arbitrajes y discrecionalidades.
  2. Requisitos de liquidez
    • Los Fondos Comunes de Inversión Abiertos deberán mantener un porcentaje mínimo de activos líquidos de disponibilidad inmediata, ampliando la exigencia ya prevista en resoluciones anteriores.
    • Esta medida apunta a garantizar la atención de rescates de cuotapartistas en escenarios de estrés de mercado.
  3. Obligaciones de información
    • Las sociedades gerentes y depositarias deberán reportar con mayor frecuencia y detalle las valuaciones, la composición de cartera y los riesgos de liquidez.
    • Se incorpora un esquema de presentaciones periódicas electrónicas para agilizar la supervisión de la CNV.

La resolución también deroga disposiciones previas que habían quedado desactualizadas y refuerza el marco sancionatorio en caso de incumplimiento.

Impacto esperado y repercusiones en el mercado

La modificación normativa tendrá un impacto directo en la industria de Fondos Comunes de Inversión, un sector que administra más de $25 billones en activos bajo gestión en la Argentina.

Fuentes del mercado señalaron que las medidas implicarán costos de adecuación operativa para las sociedades gerentes, pero al mismo tiempo aumentarán la confianza de los inversores minoristas e institucionales.

Analistas consideran que la decisión de la CNV es también una señal política hacia los organismos multilaterales y calificadoras internacionales, en línea con el objetivo del Gobierno de profundizar la integración financiera y mejorar el acceso al crédito externo.

La Resolución General 1085/2025 ya está en vigencia desde su publicación, aunque se establecen plazos de transición de entre 60 y 180 días para que las sociedades gerentes y depositarias adapten sus sistemas internos a las nuevas exigencias.

Se prevé que en el próximo trimestre la CNV emita disposiciones complementarias y guías técnicas para la implementación práctica de los cambios, con el objetivo de evitar interpretaciones dispares entre los distintos actores del mercado.

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