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Subsidios energéticos, quiénes podrán mantenerlos tras el nuevo régimen del Gobierno

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El Gobierno nacional avanzó en la redefinición del esquema de subsidios a la energía con la publicación de las condiciones formales para acceder y permanecer en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que unifica la asistencia para electricidad, gas natural, gas propano por redes y garrafas en una única categoría de usuarios residenciales. La medida, formalizada mediante las Disposiciones 1/2026 y 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético del Ministerio de Economía, establece nuevos criterios de inclusión, exclusión y control patrimonial, con impacto directo sobre millones de hogares y sobre el esquema fiscal y tarifario.

Las normas fueron publicadas en el Boletín Oficial con fecha 20 de enero de 2026 y constituyen el marco operativo del régimen creado por el Decreto 943/2025, que dio por concluido el período de transición iniciado en 2024 y consolidó un modelo de subsidios focalizados, con fuerte énfasis en la capacidad de pago y la trazabilidad de la información.

Unificación del régimen y creación del ReSEF: cómo funcionará el nuevo sistema

El Decreto 943 del 31 de diciembre de 2025 creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y unificó los subsidios de jurisdicción nacional aplicables a la energía eléctrica, gas natural, gas propano por redes y Gas Licuado de Petróleo (GLP) en garrafas de 10 kilos, bajo una sola categoría de usuarios residenciales.

En ese marco, se dispuso también la creación del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), que reemplaza al anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y se conformará inicialmente con la información existente en dicho padrón.

La Disposición 1/2026 (DI-2026-1-APN-SSTYPE#MEC) aprobó formalmente el Formulario de Declaración Jurada para que los usuarios residenciales completen sus datos personales a fin de incorporarse o actualizar su situación en el ReSEF. El formulario podrá completarse a través del sitio web oficial argentina.gob.ar/subsidios o de manera presencial ante la ANSES para quienes no cuenten con acceso a herramientas digitales.

La normativa establece que los datos tendrán el tratamiento previsto en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, y que los interesados podrán consultar su situación ante el SEF mediante la plataforma Mi Argentina o solicitar revisión a través de Trámites a Distancia (TAD), conforme al procedimiento aprobado por la Resolución 218/2025 de la Secretaría de Energía.

Desde el punto de vista institucional, la Secretaría de Energía fue designada Autoridad de Aplicación del régimen, con facultades para dictar las normas necesarias para su implementación, mientras que la gestión operativa del ReSEF fue delegada a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético por Resolución 13/2026.

Quiénes pueden acceder: ingresos, condiciones sociales y criterios de inclusión

La Disposición 2/2026 (DI-2026-2-APN-SSTYPE#MEC) detalla los criterios concretos de elegibilidad al régimen SEF, retomando lo establecido en el Anexo I del Decreto 943/25.

En primer lugar, califican como beneficiarios los hogares inscriptos en el ReSEF cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un Hogar 2, según los valores publicados por el INDEC.

Adicionalmente, la normativa incorpora criterios de inclusión social automática, independientemente del nivel de ingresos monetarios:

  • Hogares con al menos un integrante con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP).
  • Hogares con un integrante titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Hogares con al menos un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sujeto a evaluación de necesidad económica por parte de la Secretaría de Energía.

Estos parámetros consolidan un esquema que busca articular la variable ingreso con condiciones estructurales de vulnerabilidad, orientando el subsidio hacia los hogares con mayor necesidad efectiva.

Exclusiones, control patrimonial y cruce de datos: el corazón del nuevo modelo

Más allá de los ingresos declarados, el nuevo régimen introduce un elemento central: la evaluación de la capacidad económica real mediante indicadores de exteriorización patrimonial.

La normativa faculta a la Autoridad de Aplicación a rechazar o excluir del beneficio a hogares que, aun cumpliendo el requisito de ingresos, presenten signos objetivos de capacidad de pago. En este sentido, se consideran motivos de exclusión:

  • Hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años, salvo que exista un integrante con CUD.
  • Hogares con tres o más inmuebles en conjunto.
  • Hogares con al menos un integrante propietario de una embarcación de lujo.
  • Hogares con al menos un integrante titular de una aeronave.
  • Hogares con integrantes que posean activos societarios.

El control de estas condiciones se realizará mediante cruces de información con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), ANSES, ARCA, ENARGAS, ENRE y otras bases oficiales, además de criterios de georreferenciación y verificación patrimonial.

La Disposición 2/2026 subraya que estos mecanismos buscan reducir errores de inclusión y garantizar una asignación más justa de los recursos públicos, preservando principios de razonabilidad, gradualidad y previsibilidad, en línea con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “CEPIS c/ Ministerio de Energía y Minería”.

Desde el punto de vista fiscal e institucional, este giro implica un endurecimiento del control sobre los subsidios, con potencial impacto sobre la cantidad de beneficiarios efectivos y sobre el gasto público en energía.

Sectores afectados y proyección

El nuevo esquema de subsidios focalizados tiene implicancias directas en varios planos:

  • Hogares: quienes no cumplan con los criterios patrimoniales o no actualicen su información podrían perder el beneficio, lo que impactará sobre sus facturas de electricidad, gas y garrafas.
  • Sector energético: una mayor focalización reduce distorsiones de precios relativos y contribuye a una señal tarifaria más alineada con costos reales.
  • Estado nacional: el rediseño apunta a mejorar la eficiencia del gasto público, reducir filtraciones y ordenar una de las partidas más sensibles del presupuesto.
  • Sistema tributario y de datos públicos: se profundiza la interoperabilidad entre organismos, consolidando un modelo de control cruzado y administración basada en información integrada.

En términos políticos e institucionales, la puesta en marcha del SEF marca el cierre definitivo del esquema transitorio de subsidios masivos y abre una etapa de administración más selectiva y tecnificada de la asistencia energética.

A futuro, el alcance real del impacto dependerá de la capacidad del Estado para sostener los controles, garantizar instancias de revisión y evitar errores de exclusión, especialmente en un contexto de heterogeneidad social y territorial.

Modelo de formulario:

FORMULARIO DE SOLICITUD ReSEF by CristianMilciades

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La paradoja del bolsillo: las garrafas de Argentina están entre las más baratas de la región

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Por su parte, las fraccionadoras nucleadas en la Cámara de Empresas Argentina de Gas Licuado (CEGLA) están operando a pérdida. Actualmente una garrafa de 10 kilos cuesta, en promedio, $424. El valor de venta en plataforma es de $236. “Tenemos una estructura de costos que no puede ser cubierta con esos importes. Necesitamos que el precio de referencia para el fraccionado y para las otras etapas se actualice cada seis meses, de acuerdo a lo que establece la Ley 26.020”, reclamó el presidente de la entidad, Pedro Cascales

Los reclamos de CEGLA por falta de rentabilidad de las compañías asociadas son reiterados y la situación es extremadamente delicada. De seguir con este difícil presente se afectará a los actores de la industria, pero, además, y principalmente, se perjudicará a los usuarios consumidores. En especial a aquellos más vulnerables que, por carencia de recursos o por cuestiones de falta de infraestructura, se ven impedidos a acceder a redes de gas natural o a otros recursos alternativos. 

El valor actual de la garrafa es uno de los más bajos de la región junto a los de Bolivia y Ecuador, países que tienen muy subsidiado el precio del gas envasado. Pero también es inferior a los equivalentes que se pagan por otros tipos de energía en Argentina.

En una comparativa de cuánto debería costar una garrafa en relación al mismo consumo de otros energéticos, los resultados son muy favorables para el butano y el propano, incluso contra el gas natural del AMBA y del resto de Buenos Aires. Lo mismo sucede con la leña, que actualmente supera el costo del gas envasado. 
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Si hiciéramos una equiparación con los valores de la electricidad residencial de diferentes regiones del país, una garrafa de 10 kilos debería costar $2928 para un consumo equivalente de luz en la ciudad de Córdoba. Si la comparación es con la energía eléctrica de la ciudad de San Miguel de Tucumán el valor correspondiente ascendería a $2082. Incluso si la relación fuera con la provincia de Buenos Aires el precio tendría que ser de $1851. “La garrafa es un energético de uso extendido en toda la Argentina y más económico que los otros disponibles”, destacó el presidente de CEGLA.
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Por otra parte, si la relación la hacemos con productos de consumo masivo, que además algunos usan gas licuado de petróleo (GLP) para su producción, también es muy inferior el precio de una garrafa. Un kilo de yerba o un aceite de girasol de 1,5 litros cuestan $400, en promedio. En una panadería de barrio el kilo de pan se consigue a unos $300.

A su vez, una gaseosa cola de 2 litros vale $180. Y si se va en auto al supermercado a buscar esos alimentos o a adquirir la garrafa, con el reciente incremento de la nafta se necesitarán $4500 para llenar un tanque de 45 litros en la Ciudad de Buenos Aires. En la mayor parte del país ese número asciende considerablemente.
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Y en lo que refiere a la evolución del salario mínimo, vital y móvil (SMVM) en el último tiempo y los incrementos otorgados a la garrafa en el mismo período también es notorio el atraso del GLP. En octubre de 2020 el SMVM era de $18900 y el precio máximo de fraccionado de una garrafa de 10 kilos –uniforme para todo el territorio nacional–, de $185. Desde hace unos días el SMVM es de $32616 (72,5% de aumento). Sin embargo, el precio máximo de referencia para fraccionado está congelado desde junio de 2021 en apenas $236 (27,6% de incremento). Cuando vemos el precio final al público sucede algo similar: $359,62 en octubre de 2020 y unos $424 en la actualidad, sólo 20% más.

A mitad del año pasado la Secretaría de Energía de la Nación emitió una resolución con una asistencia económica transitoria (AET) para operadores de GLP. La ayuda consistía en el reconocimiento del 20% de la facturación en concepto de ventas que hayan registrado mensualmente las empresas productoras, fraccionadoras y distribuidoras para el período agosto-diciembre de 2021 por el producto destinado al Programa HOGAR.

Con el comienzo del nuevo año esta medida quedó sin efecto. Con el agravante de que sólo algunas empresas cobraron la AET de septiembre 2021 y nada de ahí en adelante.

Las asociadas a CEGLA reclaman a la Autoridad de Aplicación de la Ley 26.020 que actualice el precio de referencia del gas licuado de petróleo para cubrir así los costos del sector y recuperar rentabilidad. “Exigimos que los valores de referencia sean dictados y ajustados a los costos operativos, a la rentabilidad mínima necesaria y al criterio técnico, en respeto a la legislación vigente y a las necesidades de calidad y seguridad de nuestro mercado”, expresó Cascales, y agregó: “Somos un gran dinamizador de la industria e invertimos mes a mes más de $1100 millones en bienes de capital”.

Cabe destacar que el sector fraccionador del GLP realiza todas sus inversiones en pos de garantizar la excelencia y la seguridad plena del servicio que brindamos. Justamente esas son las principales ventajas del gas envasado. Además, da empleo directa e indirectamente a más de 9.000 personas y abastece con altos estándares de eficiencia a más de 5 millones de hogares con un combustible ecológico, 100% nacional y que es fundamental para el entramado del país.
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