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El Gobierno convoca a audiencia por la Vía Navegable Troncal, claves de la discusión ambiental

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Nación convoca a Audiencia Pública ambiental por la concesión de la Vía Navegable Troncal

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) oficializó, mediante la Resolución 48/2025 publicada el 2 de octubre en el Boletín Oficial, la convocatoria a Audiencia Pública virtual para el 3 de noviembre de 2025, en la que se debatirá el Informe de Gestión y Evaluación Ambiental previo al nuevo proceso licitatorio de la Vía Navegable Troncal, la principal ruta fluvial del comercio exterior argentino.

La medida se enmarca en la Ley 25.675 de Política Ambiental Nacional y en el Decreto 709/2024, que establecieron la obligatoriedad de instancias participativas antes de adjudicar concesiones de dragado, redragado, mantenimiento y señalización.


Transparencia y participación: un requisito constitucional

De acuerdo con la resolución firmada por el director ejecutivo de la ANPYN, Iñaki Miguel Arreseygor, el procedimiento busca garantizar la participación ciudadana no vinculante, pero de obligada consideración, en línea con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que asegura el derecho a un ambiente sano y el deber estatal de preservarlo.

El Anexo III de la resolución establece que podrán inscribirse todas las personas físicas o jurídicas interesadas, con plazo entre el 17 y el 31 de octubre de 2025 a través del sitio oficial de la ANPYN. Los participantes deberán completar el Formulario de Inscripción (Anexo IV), indicando si lo hacen como particulares, representantes de personas físicas o jurídicas, y presentar un resumen de su exposición con posibilidad de adjuntar documentación en PDFanexo_7478439_3anexo_7478439_4.

La audiencia se desarrollará de manera remota desde las 9:00 horas del 3 de noviembre, lo que permitirá la participación federal de interesados en todo el país. Cada expositor dispondrá de un máximo de 5 minutos para intervenir, bajo un esquema que asegura la igualdad, la oralidad y la publicidad de los aportes.


Antecedentes y el peso estratégico de la Hidrovía

La Vía Navegable Troncal, que se extiende desde la confluencia del Paraná (km 1238) hasta la zona de aguas profundas del Río de la Plata (km 239,1 del canal Punta Indio), es considerada la “columna vertebral” del comercio exterior argentino, ya que por allí circula más del 80% de las exportaciones agroindustriales del país.

El proceso de licitación internacional para su concesión arrastra más de cuatro años de prórrogas. Tras la caducidad del contrato original en 2021, la operación quedó en manos transitorias de la Administración General de Puertos (AGP S.A.U.), organismo que fue disuelto en enero de 2025 por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 3/25, dando paso a la creación de la actual ANPYN.

El nuevo esquema licitatorio contempla régimen de concesión de obra pública por peaje o de servicio público mediante tarifas, modelo que deberá conciliar intereses entre el Estado, las concesionarias y los usuarios de la vía, bajo control ambiental estricto.


Repercusiones esperadas y próximos pasos

La convocatoria a audiencia pública abre un espacio institucional de debate que, aunque no vinculante, es condición indispensable para legitimar la licitación de una de las infraestructuras más sensibles para la competitividad de la Argentina y de las economías regionales.

Se prevé la participación de cámaras empresarias, sindicatos, universidades, especialistas ambientales y provincias ribereñas, que han reclamado mayor protagonismo en la toma de decisiones.

Finalizada la audiencia, la ANPYN deberá elaborar un informe de cierre dentro de los 10 días hábiles, y fundamentar en un plazo máximo de 30 días cómo se incorporaron —o por qué se descartaron— las propuestas presentadas.

La resolución también designa como presidente de la audiencia al Ing. Ariel Cherubini, con Marcelo Peyregne y Pablo Kanovich como instructores.

De este modo, la agenda sobre la Hidrovía entra en una fase decisiva: sin la audiencia pública ambiental no podrá avanzarse en el nuevo llamado licitatorio internacional, que definirá el futuro de la gestión de la principal arteria fluvial del país.

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Puertos y navegación: cómo será el nuevo régimen de excepciones a la Ley de Cabotaje

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) aprobó un nuevo procedimiento para el otorgamiento de excepciones a la Ley de Cabotaje Nacional, previsto en el artículo 6° del Decreto-Ley N° 19.492/44. La Resolución 41/2025, publicada el 9 de septiembre en el Boletín Oficial, deja sin efecto la Resolución 52/2021 del entonces Ministerio de Transporte y establece un esquema más ágil y transparente para autorizar embarcaciones extranjeras cuando no existan barcos argentinos disponibles.

Con este cambio, el organismo busca atender las necesidades del comercio marítimo y fluvial con mayor previsibilidad y seguridad jurídica, en un contexto en el que el 80% de los pedidos de excepción presentados en 2024 y 2025 no pudieron ser cubiertos por buques de bandera nacional.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 3/2025 creó la ANPYN como autoridad portuaria nacional, en reemplazo de la antigua Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. Este reordenamiento administrativo otorgó al organismo autarquía y capacidad para actuar tanto en el ámbito del derecho público como privado, bajo la órbita del Ministerio de Economía.

El marco legal de referencia es el Decreto-Ley 19.492/44, que estableció la reserva del cabotaje para embarcaciones de bandera argentina, salvo excepciones en casos de inexistencia de oferta nacional. Desde 2021, esos permisos eran gestionados por la cartera de Transporte, pero las demoras y la baja disponibilidad de barcos con matrícula local evidenciaron la necesidad de un cambio.

En los últimos dos años, sobre 130 publicaciones para cubrir operaciones de cabotaje, solo 23 recibieron ofrecimientos de buques de bandera y apenas 2 resultaron viables, según datos oficiales.

El nuevo procedimiento: digitalización y plazos claros

El Anexo I de la Resolución 41/2025 establece un procedimiento con tres pilares: digitalización de trámites, plazos mínimos y declaraciones juradas de inexistencia de buques disponibles en la matrícula nacionalanexo_7459769_1.

  • Presentación digital: las solicitudes deberán realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), con un plazo mínimo de 3 días hábiles antes del inicio de la operación.
  • Documentación exigida: se requerirán estatutos del solicitante, matrícula y certificados del buque, seguros (P&I, casco y maquinarias), contrato de servicio (si corresponde) y una declaración jurada sobre la inexistencia de alternativas nacionales.
  • Certificado de Excepción: una vez aprobado, será válido por hasta 180 días y podrá presentarse ante Prefectura Naval, Aduanas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y otros organismos.
  • Prórrogas y renovaciones: los permisos podrán extenderse por razones climáticas o técnico-operativas debidamente justificadas, e incluso renovarse de forma ilimitada siguiendo el mismo procedimiento.

El régimen también fija un control ex post: dentro de los 15 días hábiles posteriores a la operación, el peticionante deberá presentar documentación aduanera y un informe detallado. La falta de cumplimiento podrá derivar en la negativa de futuros permisos.

El Director Ejecutivo de la ANPYN, Iñaki Miguel Arreseygor, subrayó que el nuevo esquema “no busca flexibilizar la normativa, sino adaptarla a la realidad del sector”, garantizando transparencia y eficiencia.

Para las navieras extranjeras y cargadores, el procedimiento abre un canal más ágil para cubrir operaciones críticas de comercio, especialmente en tráficos regionales vinculados a la hidrovía Paraná-Paraguay y el Atlántico sur.

Sin embargo, desde el sector naviero local podrían surgir críticas: la posibilidad de renovar excepciones “de forma ilimitada” genera temores de una mayor extranjerización de los servicios, en detrimento de la flota nacional. El artículo 13 del anexo incluso habilita a los armadores locales a impugnar un certificado si demuestran que cuentan con un buque disponible en las mismas condiciones, lo que anticipa posibles conflictos administrativos y judiciales.

Desafíos y próximos pasos

El nuevo régimen busca equilibrar dos objetivos: preservar la prioridad de la bandera argentina en el cabotaje y, al mismo tiempo, evitar cuellos de botella logísticos por falta de flota nacional.

De cara al futuro, la clave estará en el desarrollo de una política integral para la marina mercante argentina: la agilización de excepciones puede dar previsibilidad a corto plazo, pero no sustituye el desafío estructural de fortalecer la flota de bandera.

La ANPYN queda posicionada como actor central en esa agenda, con capacidad regulatoria y de control sobre un sector clave para la competitividad de las exportaciones, la integración territorial y la soberanía logística del país.

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