impacto ambiental

Misión Paraná realizó una reunión de participación ciudadana por su Estudio de Impacto Ambiental

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La empresa de turismo náutico Misión Paraná llevó adelante una instancia de Participación Ciudadana, paso previo a la presentación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) 2025-2026 ante el Ministerio de Ecología de Misiones. La actividad se desarrolló a bordo del catamarán “Mburucuyá Connection”, una de las embarcaciones insignia de la compañía que desde hace más de quince años ofrece experiencias turísticas sobre el río Paraná, consolidándose como uno de los emprendimientos privados más vinculados al desarrollo del turismo fluvial en Posadas.

El encuentro tuvo como objetivo compartir información técnica y abrir un espacio de intercambio con representantes institucionales, organismos públicos y actores vinculados a la actividad turística y ambiental. Durante la jornada se presentó una charla informativa que abordó tanto la evolución del proyecto “Puerto Misión Paraná” como los aspectos centrales del estudio ambiental en elaboración, incluyendo los monitoreos realizados y las medidas de mitigación implementadas para garantizar el funcionamiento sostenible de la actividad.

Las exposiciones comenzaron con un repaso por la historia, el crecimiento y la proyección del emprendimiento, a cargo de Romina Enríquez, directora del proyecto, quien destacó el desarrollo del turismo náutico en la capital misionera y el rol que la empresa ha buscado cumplir en la promoción de nuevas propuestas vinculadas al río. Posteriormente, Nicolás Robin, responsable del Área Comercial, presentó la evolución de la actividad turística, el perfil de los visitantes y la estrategia de posicionamiento del proyecto en el marco del crecimiento del turismo urbano y de naturaleza en Posadas.

La dimensión ambiental fue abordada por Marcia Vázquez, representante técnica ambiental del proyecto, quien detalló los alcances del Estudio de Impacto Ambiental y los principales ejes de análisis que contempla el informe. En su presentación explicó los distintos componentes evaluados, entre ellos calidad de aire y niveles de ruido, agua superficial, suelos y gestión de residuos, flora y fauna, paisaje y aspectos socioeconómicos, además de los protocolos operativos implementados para minimizar impactos.

Durante el intercambio también se expusieron algunas de las prácticas ambientales que la empresa aplica en su operatoria cotidiana, entre ellas los protocolos específicos para carga y descarga de combustible, los sistemas de gestión de residuos en coordinación con organismos públicos, y las acciones de monitoreo que permiten evaluar de forma periódica las condiciones ambientales del entorno donde se desarrolla la actividad.

La instancia de participación reunió a diversos referentes institucionales vinculados a la gestión ambiental y al desarrollo turístico de la provincia. Entre los asistentes se encontraban Franco García Sosa, director de Impacto Ambiental del Ministerio de Ecología; Liza Carlzon, subsecretaria de Ecoturismo del Ministerio de Turismo; y representantes de la Municipalidad de Posadas, entre ellos Alejandro Valenzuela, de la Gerencia General de Ambiente y Cambio Climático, y Laura Guerrero, directora de Planificación y Control de Gestión de la Secretaría de Servicios Públicos.

También participaron representantes de Prefectura Naval Argentina, entre ellos el Oficial Principal Gastón Fleita y los Ayudantes de Segunda Walter Andrés Lukowski y Héctor Amaro, quienes forman parte de las áreas vinculadas a la seguridad y regulación de la actividad fluvial.

El encuentro concluyó con un espacio de diálogo abierto entre los participantes, en el que se plantearon distintas líneas de trabajo orientadas a fortalecer la articulación institucional y promover un modelo de turismo fluvial responsable. Desde la empresa destacaron que este tipo de instancias permiten transparentar la información técnica, escuchar aportes de distintos sectores y consolidar un enfoque de desarrollo que combine actividad turística, cuidado ambiental y crecimiento económico local.

En ese sentido, la reunión se enmarca en una estrategia que busca integrar la actividad turística con la preservación de los recursos naturales del río Paraná, contribuyendo al posicionamiento de Posadas como destino turístico sostenible y de excelencia, en una ciudad que en los últimos años ha reforzado su vínculo con el río y con el desarrollo de propuestas vinculadas al turismo de naturaleza y experiencias náuticas.

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Microeventos en Cataratas: el juez Marcelo Cardozo exige un informe detallado a Parques Nacionales

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En el marco de la acción de amparo ambiental presentada por la Asociación Orembaé, el juez federal de Puerto Iguazú Marcelo Cardozo ordenó a la Administración de Parques Nacionales que, en un plazo de cinco días, remita un informe exhaustivo sobre la autorización de microeventos en el área Cataratas del Parque Nacional Iguazú.

El requerimiento judicial, fechado el 9 de febrero, se funda en los principios de prevención, precaución y acceso a la información ambiental, considerados claves para la correcta resolución del amparo. “La información solicitada resulta relevante para la adecuada tutela del ambiente”, sostiene el escrito remitido por el Juzgado Federal a la APN.

La orden se apoya en el artículo 4 de la Ley General del Ambiente N° 25.675, en el artículo 41 de la Constitución Nacional y en normativa complementaria. En ese marco, el juez exige que Parques Nacionales informe si se han autorizado, promovido o permitido microeventos -culturales, recreativos, turísticos, promocionales o de cualquier otra índole- dentro del Parque Nacional Iguazú, con especial énfasis en el área de Cataratas, durante los últimos años.

El pedido judicial incluye el detalle de tipo de evento, fechas, duración, cantidad estimada de asistentes y sectores específicos del Parque donde se desarrollaron, así como la identificación de la autoridad interviniente y el acto administrativo que avaló cada autorización (resoluciones, disposiciones, convenios u otros instrumentos), acompañando copia de la documentación correspondiente.

Además, el juez solicita que la APN precise si se realizaron evaluaciones de impacto ambiental o estudios técnicos previos, indicando su alcance, conclusiones y aportando copia en caso de existir. En la misma línea, requiere información sobre medidas de mitigación, control y monitoreo ambiental implementadas o previstas para evitar afectaciones al ecosistema, la biodiversidad, la fauna, la flora y el patrimonio natural del Parque, reseña el sitio especializado El Paranaense.

El oficio también exige que se informe si existen protocolos, reglamentos internos o normativa específica que regulen la realización de eventos o microeventos dentro del Parque Nacional Iguazú, solicitando la remisión de dichos instrumentos.

La Administración de Parques Nacionales deberá responder en el plazo fijado. En caso de incumplimiento o de una contestación parcial, el magistrado podría presumir como ciertos los hechos denunciados, favoreciendo el planteo de la organización ambiental.

El conflicto se originó en diciembre pasado, cuando la APN aprobó un régimen excepcional, transitorio y experimental mediante la Resolución N° 460/2025, que autoriza la realización de microeventos de hasta 60 participantes en sectores de uso público intensivo del Área Cataratas. El 16 de enero de 2026, Orembaé presentó un amparo ambiental solicitando la nulidad absoluta e insanable de esa resolución.

Posteriormente, el 1 de febrero, la organización amplió la demanda con informes científicos y documentación de la Auditoría General, que -según argumenta- confirman un escenario de alta vulnerabilidad para la biodiversidad del Parque Nacional Iguazú.

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El adiós a un integrante de la familia: Arkaz profesionaliza el ‘Aftercare’ de mascotas en la Zona Centro

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El crecimiento sostenido del sector de animales de compañía en Misiones ha dejado de ser una tendencia de consumo para convertirse en un desafío de  gestión urbana y ambiental. Entendiendo que hoy las mascotas son un integrante más de la familia, el segmento del Pet Aftercare (servicios post-fallecimiento) emerge no solo como una solución emocional, sino como un eslabón crítico en la cadena de salud pública provincial. 

Un desafío ambiental para las ciudades modernas 

Históricamente, la disposición en tierra dentro de jardines o espacios públicos ha sido la práctica predominante por falta de alternativas profesionales en la región. Sin embargo, el impacto ambiental es una realidad que se debe atender. “Hoy, cuando optamos por la inhumación casera, estamos dejando sin querer una fuente de contaminación en  nuestra propia casa. Hay que entender que un animal de unos 10 kilos puede liberar al suelo entre 4 y 6 litros de lixiviados -fluidos cargados de bacterias y químicos- que  se filtran directamente hacia las napas de agua. Por el contrario, el proceso de  cremación transforma los restos en cenizas, un material totalmente inerte que sí puede regresar a la tierra de forma segura y respetuosa”, explica Mauricio Macena, CEO de Arkaz

Hacia la protocolización del sector veterinario 

Uno de los puntos clave de esta iniciativa es el diálogo que se ha iniciado con el Consejo de Veterinarios de Misiones, a través de su presidente, Pablo Castillo. El objetivo es trabajar en conjunto para formalizar y protocolizar el proceso de disposición final, asegurando que cada paso sea trazable, profesional y acorde a las normas de salud pública vigentes. La integración de la comunidad veterinaria, bajo el liderazgo del  Consejo, es fundamental para transformar un momento de duelo en un acto de responsabilidad ciudadana. 

Infraestructura y Alianza Estratégica 

Para llevar a cabo este proyecto, Arkaz ha consolidado una alianza estratégica que le  permite contar con operatividad plena. El servicio centraliza sus procesos en el  equipamiento de última generación instalado en el Cementerio Parque Morada del Ava, ubicado estratégicamente en la ruta nacional 14, km 864,5 de Oberá. Esta  infraestructura garantiza un proceso controlado, seguro y bajo estrictas normas de higiene, marcando un diferencial de legalidad y compromiso ambiental en la región. 

Un servicio de Triple Impacto 

“No lanzamos solo un servicio funerario; proponemos un sistema de respeto ambiental  que honra el vínculo humano-animal. El objetivo es que el último adiós sea, además de un acto de amor, una garantía de cuidado para el entorno que todos compartimos“, destaca Macena. 

Con visión de expansión regional, Arkaz y Morada del Avá se consolidan como referentes de la unión entre sensibilidad, rigor técnico y aval institucional, marcando un precedente en la gestión de servicios para mascotas en todo el NEA.

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ONG reclama ante la Justicia la nulidad de una norma que habilita eventos en el Parque Iguazú

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La Asociación Civil Orembaé presentó este martes una acción de amparo ambiental ante el Juzgado Federal de Puerto Iguazú contra la Administración Nacional de Parques Nacionales (APN) y el Estado Nacional, con el objetivo de frenar la autorización de eventos sociales dentro del área de Cataratas del Parque Nacional Iguazú. La demanda busca la nulidad de la Resolución APN N.º 460/2025, al considerar que vulnera normas ambientales, derechos de comunidades indígenas y principios jurídicos de protección del ambiente.

El planteo judicial introduce un fuerte cuestionamiento institucional a la gestión de actividades en una de las áreas protegidas más sensibles del país, con potencial impacto ambiental, político y regulatorio.

El eje del amparo: nulidad de la Resolución APN 460/2025

La acción presentada solicita que se declare la nulidad absoluta e insanable de la Resolución APN N.º 460/2025, norma que habilita la realización de “microeventos” de hasta 60 personas en áreas protegidas, bajo un régimen definido como experimental y con procedimientos administrativos simplificados.

En paralelo, Orembaé requirió una medida cautelar de no innovar, con el objetivo de que se suspendan de manera inmediata los efectos de la resolución y se prohíba autorizar nuevos eventos hasta que exista una sentencia definitiva. También solicitó la habilitación de la feria judicial, dada la urgencia ambiental del planteo.

Según la organización, la resolución cuestionada introduce cambios sustanciales en los criterios de gestión del Parque Nacional Iguazú sin respetar los recaudos técnicos y legales exigidos por la normativa vigente.

Evaluación de Impacto Ambiental y principio precautorio

Uno de los ejes centrales del reclamo es la presunta violación del régimen de Evaluación de Impacto Ambiental. Orembaé sostiene que la resolución asimila los eventos sociales a proyectos de “impacto insignificante”, lo que permite evitar la elaboración de un Informe de Impacto Ambiental, exigido por la propia normativa de Parques Nacionales para actividades de este tipo.

La asociación advierte que esta clasificación resulta incompatible con la fragilidad ecosistémica del área Cataratas, donde la acumulación de actividades humanas puede generar efectos ambientales significativos.

En ese sentido, el amparo señala que la aplicación de un régimen “experimental” en un entorno de extrema sensibilidad ambiental vulnera el principio precautorio, al no existir garantías técnicas suficientes respecto de la capacidad de carga del área ni evaluaciones previas sobre los impactos acumulativos.

“El Parque Nacional no puede gestionarse bajo un método de ensayo y error sin comprometer la integridad de la biósfera. El impacto ambiental no se mide por un solo evento, sino por la acumulación de actividades sobre ecosistemas frágiles que ya soportan una fuerte presión”, expresó Martín Ferroni, abogado representante de la asociación.

Comunidades indígenas y regresión en la protección ambiental

Otro aspecto relevante del amparo es la omisión de la Consulta Previa, Libre e Informada a las comunidades indígenas con presencia en el Parque Nacional Iguazú. Orembaé sostiene que este derecho, reconocido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de jerarquía supralegal, fue ignorado en el proceso de adopción de la resolución.

Además, la organización denuncia que la Resolución APN 460/2025 implica un retroceso en los estándares de protección ambiental, al flexibilizar criterios que regían previamente en la gestión del parque, lo que —según argumentan— configura una regresión ambiental prohibida por los principios generales del derecho ambiental.

Desde la asociación reafirmaron que el recurso judicial busca evitar consecuencias irreversibles sobre uno de los patrimonios naturales más importantes del país y sostuvieron que la vía judicial resulta necesaria frente a una decisión administrativa que, a su criterio, compromete la integridad del área protegida.

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Microeventos en Cataratas: Parques Nacionales implementa un esquema experimental por un año

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La Administración de Parques Nacionales (APN) habilita un régimen exprés para microeventos en Cataratas del Iguazú y redefine la gestión del uso público

La APN aprobó un régimen excepcional y experimental que agiliza la autorización de microeventos en el Área Cataratas del Parque Nacional Iguazú. A través de la Resolución 460/2025, publicada el 22 de diciembre de 2025 en el Boletín Oficial, el organismo facultó a la Intendencia del parque a aprobar actividades de pequeña escala —hasta 60 personas— con un trámite simplificado y plazos reducidos. La medida busca adecuar la regulación a una demanda creciente de eventos de bajo impacto, mejorar la eficiencia administrativa y generar ingresos, sin comprometer la conservación ambiental ni la experiencia del visitante.

Una actualización normativa para una demanda que creció y cambió

La decisión del Directorio de la APN se apoya en un diagnóstico operativo claro: el régimen vigente desde 2013, diseñado para grandes eventos, resultaba inadecuado para actividades de pequeña escala que hoy se realizan de manera sistemática en sectores de uso público intensivo del Parque Nacional Iguazú. La Resolución N° 66/2013 exigía, por ejemplo, la presentación de proyectos con 90 días de antelación, sin distinguir entre un evento masivo y un encuentro reducido.

La Intendencia del Parque Nacional Iguazú planteó formalmente esta limitación mediante la Nota NO-2025-67013628-APN-PNI#APNAC, señalando que muchas solicitudes actuales —meriendas, ágapes, brindis o trenes especiales— surgen de coyunturas puntuales y no implican modificaciones permanentes ni impactos ambientales relevantes. Esa posición fue respaldada por informes técnicos de distintas áreas de la APN, que coincidieron en la necesidad de “una dinámica de tramitación acorde a su naturaleza”.

En respuesta, la Resolución 460/2025 establece una categoría específica de “microeventos”, definida por un parámetro objetivo: actividades de hasta SESENTA (60) participantes, realizadas exclusivamente en sectores habilitados del Área Cataratas y bajo condiciones operativas y ambientales estrictas. Superado ese umbral, continúan vigentes los procedimientos más exhaustivos del Reglamento para la Realización de Eventos Especiales y del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Trámite simplificado, control reforzado y plazo experimental

El nuevo esquema autoriza a la Intendencia del Parque Nacional Iguazú a tramitar y aprobar estos microeventos mediante acto dispositivo propio, con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles administrativos, un recorte significativo frente al régimen anterior. La autorización tiene carácter excepcional y transitorio, con una vigencia de UN (1) año desde su publicación, período tras el cual deberá presentarse un Informe de Cierre para evaluar la continuidad o ajustes del sistema.

Desde el punto de vista ambiental, la APN resolvió encuadrar estos eventos bajo un procedimiento simplificado asimilable a los Proyectos Tipo 4, conforme al Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por la Resolución RESFC-2023-639-APN-D#APNAC. Para ello, el solicitante debe presentar una Ficha de Proyecto y suscribir una Declaración Jurada de Compromiso Ambiental, comprometiéndose al cumplimiento estricto de las Medidas de Manejo Ambiental (MMA) aprobadas como Anexo I.

Entre las condiciones obligatorias se destacan:

  • Límite de carga: máximo de 60 personas y hasta dos microeventos por día.
  • Zonificación y horarios: uso exclusivo de áreas de uso público intensivo y dentro del horario convencional del parque.
  • Infraestructura y tecnología: prohibición de amplificación sonora eléctrica o a batería y del uso de drones; solo se admiten elementos desmontables y de bajo impacto.
  • Gestión de residuos: modalidad de “cero impacto”, con retiro total de residuos a cargo del organizador y prohibición de plásticos descartables.
  • Protocolo de Participación Responsable: obligatorio para todos los asistentes, con contenidos sobre normas de conducta y valores de conservación.

La Intendencia queda facultada para suspender, revocar o dejar sin efecto cualquier autorización ante incumplimientos, riesgos para la seguridad o afectación de los objetivos de conservación.

Impacto operativo y económico: más agilidad, ingresos y previsibilidad

Desde la gestión del parque, la medida apunta a ordenar una práctica que ya existía y dotarla de previsibilidad administrativa. Según explicó el intendente José María Hervás, la resolución “no cambia el fondo de las exigencias, sino los tiempos”, y permite responder con mayor rapidez a eventos de baja escala que antes debían tramitarse con plazos pensados para maratones o competencias deportivas.

En términos económicos, el esquema también formaliza un circuito de ingresos para el Estado nacional. El parque cuenta con un tarifario aprobado por resolución del Directorio, que establece los montos a abonar por este tipo de actividades —con valores de referencia en torno a los 700.000 pesos para grupos de 20 personas, según el tipo de evento—, a lo que se suman los servicios contratados a concesionarios habilitados. Esa división preserva el rol del Estado como regulador y garante ambiental, mientras habilita la prestación privada bajo reglas claras.

Para el sector turístico y corporativo, el nuevo régimen reduce costos de oportunidad y tiempos muertos, al permitir organizar encuentros pequeños, trenes exclusivos o ágapes sin interferir en la operatoria regular del parque ni en la experiencia del visitante general, que sigue siendo prioritaria.

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