INACAP

Mayoristas rechazan nuevos “costos ocultos” en la paritaria de Comercio

Compartí esta noticia !

Desde la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM) rechazan nuevos “costos ocultos” en la paritaria de comercio y exigen una reforma laboral urgente

La CADAM manifestó un fuerte rechazo al nuevo acuerdo salarial de la actividad comercial, al denunciar que las subas pactadas vuelven a incrementar aportes obligatorios que, según el sector, elevan los costos laborales sin mejorar el salario real ni la competitividad empresaria. Los mayoristas advierten que estos mecanismos —como el aporte al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) y el seguro La Estrella— “promueven la informalidad” y “se trasladan inevitablemente a precios”, profundizando tensiones en un sector crítico para el abastecimiento.

Aumentos paritarios y mayor presión económica: el conflicto por los aportes obligatorios

El acuerdo firmado entre la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las entidades empresarias CAC, CAME y UDECA vuelve a encender la discusión sobre los denominados “costos ocultos” que acompañan cada recomposición salarial en la actividad que emplea a 1,2 millones de trabajadores, la más grande del país.

CADAM sostuvo que no se siente representada en la negociación y lanzó un mensaje directo:
“No nos sentimos representados, nos pasan la cuenta de una mesa de la que no formamos parte”.

El principal punto de fricción es el aporte obligatorio al INACAP, equivalente al 0,5% del salario de la categoría Maestranza A por cada trabajador, que, según el sector mayorista, se redistribuye entre CAC y CAME “bajo el pretexto de capacitación”, aun cuando el trabajador nunca reciba formación.
CADAM cuestiona que, al pactarse cada aumento salarial, las cámaras firmantes —que integran la mesa paritaria— obtengan automáticamente una mayor recaudación.

En una resolución clave, el Gobierno nacional dispuso mediante el Decreto 149/2025, impulsado por el ministro Federico Sturzenegger, que “Las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras (…) a cargo de no asociados o afiliados, salvo aceptación voluntaria”.

El decreto también prevé la revocación de esos aportes mediante simple notificación fehaciente.
Sin embargo, una medida cautelar presentada por el propio INACAP logró exceptuarse de la aplicación al argumentar que se trata de un instituto “independiente”. En esa causa, la institución declaró recaudar más de $30.000 millones al año.

Más cargas: el seguro La Estrella y la contribución COVID-19 que sigue vigente

A los cuestionamientos sobre INACAP se suma el impacto del Seguro Complementario Obligatorio La Estrella, cuya alícuota pasó al 1,6% del salario desde junio de 2025. CADAM advierte que se trata de otro componente que crece automáticamente con cada paritaria, sin correlato en mejoras de productividad.

Otro foco de conflicto es la Contribución Solidaria por COVID-19 a la obra social OSECAC, aplicada desde el convenio de abril de 2021.
El aporte sigue vigente aunque la pandemia haya finalizado y aunque el trabajador no esté afiliado a OSECAC.

CADAM sostiene que esta estructura de cargas “distorsiona” el costo laboral, desalienta la formalidad y reduce la competitividad de las pymes:
“Basta de esconderse detrás de un recibo de sueldo o un ticket de venta”, reclamaron al exigir que esos importes “pasen al salario del trabajador” en lugar de financiar instituciones externas a la nómina.

Impacto económico y pedido de reforma: presión sobre pymes, precios y paritarias

Desde el sector mayorista advierten que la acumulación de cargos parafiscales genera tres efectos inmediatos. Aumento del costo laboral total, incluso por encima del incremento salarial pactado. Traslado a precios, que afecta a consumidores y deteriora la competitividad del sector formal. Incentivo a la informalidad, especialmente en pymes con baja capacidad financiera.

    CADAM también reclama integrar la mesa de negociación colectiva. “No entendemos por qué el Secretario de Trabajo no nos deja sentar en la mesa paritaria”, señalaron. El sector insiste en que sin representación efectiva, los acuerdos se diseñan sin medir el impacto real en estructuras comerciales que operan con márgenes ajustados.

    La entidad exige una reforma laboral que proteja a empleados y pymes, permita eliminar cargas no salariales y transparente la composición real del salario, evitando lo que consideran “abusos institucionalizados”.

    Un conflicto que tensará la agenda regulatoria y el sistema paritario

    La controversia abre un nuevo frente en la agenda de desregulación del Gobierno y anticipa posibles litigios con cámaras y sindicatos que buscan preservar ingresos institucionales asociados a las paritarias.

    El fallo cautelar que excluyó al INACAP del Decreto 149/2025 podría transformarse en un caso testigo para futuros planteos judiciales, mientras las pymes presionan por una reconfiguración estructural del sistema de aportes obligatorios.

    El conflicto también podría tensar la política de ingresos: los trabajadores demandan actualizaciones salariales reales frente a la inflación, mientras las empresas reclaman una reducción de cargas indirectas que, según afirman, “se consumen cualquier margen de mejora”.

    La discusión sobre quién debe financiar la estructura institucional de la actividad comercial promete instalarse como uno de los debates más sensibles del mercado laboral en 2026.

    Compartí esta noticia !

    INACAP: medida cautelar mantiene vigente la contribución al instituto

    Compartí esta noticia !

    La Justicia Federal, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 45, dictó una medida cautelar que deja sin efecto, de manera provisoria, el polémico Decreto 149/2025. Con esta resolución, INACAP seguirá recibiendo los aportes obligatorios previstos en el Convenio Colectivo 130/75 hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

    El 5 de marzo de 2025 se publicó el Decreto 149/2025, que limitó la posibilidad de cargar sobre los empleadores contribuciones obligatorias en favor de las cámaras y asociaciones empresariales, salvo aceptación y revocación voluntaria. Este cambio afectó directamente al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), que financia formación para el sector mercantil a través de los aportes exigidos por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

    El conflicto

    INACAP interpuso una acción declarativa de certeza y solicitó la medida cautelar para suspender el alcance del decreto, argumentando que, de aplicarse plenamente, se vería desfinanciado y peligraría su misión formativa. Por su parte, el Estado Nacional planteó que la materia correspondía al fuero contencioso administrativo.

    El fallo

    El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 45 rechazó la excepción de incompetencia, al considerar que la resolución decretal incide de manera decisiva en la interpretación de normas laborales y convenciones colectivas. Además, evaluó que estaban presentes tanto el fumus boni iuris (colisión normativa con el art. 4° del CCT 130/75) como el periculum in mora (peligro de desfinanciación inminente).

    En consecuencia, el tribunal admitió la medida cautelar y suspendió provisoriamente la eficacia del Decreto 149/2025 hasta que se resuelva el fondo del asunto en sentencia definitiva. De esta manera, INACAP podrá mantener sus mecanismos de financiamiento mientras dura el proceso.

    Compartí esta noticia !

    Desde junio, comercios ya no deben pagar el aporte obligatorio a INACAP y ahorran $70.000 millones al año

    Compartí esta noticia !

    Con el comienzo de junio, los comercios dejan de estar obligados a aportar al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), al entrar en vigencia la norma que lo convierte en voluntario.

    La decisión había sido dispuesta por el Gobierno nacional a principios de marzo, mediante el Decreto 149/2025, estipulando que empiece a regir a los 90 días corridos de su publicación, lo que se cumple con el arranque del sexto mes del año.

    La normativa determina que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.

    De esta manera, los comerciantes dejan de realizar obligatoriamente la contribución mensual en concepto de capacitación por cada empleado registrado, que venían haciendo desde el 2008, representando un alivio de más de $70 mil millones al año para el sector mercantil.

    El aporte debía realizarse aunque el empleado nunca se capacite, según lo establecido en el convenio colectivo de comercio, permitiendo recaudar millonarios fondos a los mismos gremios empresarios que firmaron la paritaria.

    El cálculo del ahorro parte de que la cuota, que se incrementó en marzo, está $4.725,02 por cada trabajador, lo que equivale a una recaudación mensual de más de $5.600 millones y $70.000 millones al año, aproximadamente, ya que la contribución por parte del empleador, alcanzaba a 1.2 millones de trabajadores.

    Desde la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM) destacaron la medida asegurando que “representa un cambio significativo en las obligaciones que hasta ahora debían cumplir los empleadores”, cuestionando el aporte al indicar que “los comerciantes de todo el país tuvimos que pagar por 17 años la cuenta de una mesa de la que no participamos”.

    En este sentido, remarcaron que las entidades que recaudan los aportes no hacen “rendición de cuentas públicas de qué se hace por año con esos fondos que administran los gremios empresarios”. Al mismo tiempo, pidieron que la medida se ratifique por ley para asegurar que en el futuro ningún gobierno vuelva a imponerlo.

    El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó la entrada en vigor de la decisión al expresar en su cuenta de X que “con esto bajamos costos en comercio, metalúrgicos, producción avícola, calzado, turismo, pasteleros, comercio internacional, gastronomía y contratación de maestranza”.

    En este marco, sostuvo que “la libertad, y no el uso del poder coercitivo del Estado para sacarle recursos al prójimo, es un principio fundamental del liberalismo que nos propone el presidente Javier Milei”. 

    Compartí esta noticia !

    Categorías

    Solverwp- WordPress Theme and Plugin