La Corte Suprema definirá cómo se calculan los intereses en juicios laborales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación analiza más de 1.200 expedientes laborales vinculados al cálculo de intereses en créditos del trabajo, una controversia que expone un vacío legal y amenaza con generar un fallo de alcance histórico. La decisión, que involucra la validez de las tasas fijadas por la Cámara Nacional del Trabajo, impactará en trabajadores, empleadores, aseguradoras y en el propio sistema judicial.
El debate se abrió tras una serie de resoluciones de la Cámara Nacional del Trabajo que declararon inconstitucional la prohibición de indexar deudas, cuestionando las leyes 23.928 (Ley de Convertibilidad) y 25.561 (de Emergencia Económica). Esta postura contradijo fallos históricos de la Corte como “Chiara Díaz”, “Massolo” y “Puente Olivera”, y también se apartó del criterio fijado por el máximo tribunal en el caso “Lacuadra”.
Los recursos llegaron a la Corte entre agosto y diciembre de 2024, en un período clave: antes del fallo “Levinas”, que en diciembre pasado transfirió la revisión de estas causas al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ-CABA).
El problema es que los expedientes ingresados antes del 27 de diciembre de 2024 quedaron bajo la órbita directa de la Corte Suprema, mientras que los posteriores dependen primero del TSJ. Este esquema genera una doble vía judicial con riesgo de contradicciones, y coloca al sistema frente a un dilema: un mismo caso podría recibir soluciones divergentes según la fecha en que se haya iniciado el litigio.
Un fallo con repercusión nacional
La resolución de la Corte marcará el rumbo de miles de reclamos laborales, con incidencia directa en el capital económico de los trabajadores, que esperan el cobro actualizado de indemnizaciones o créditos atrasados, y en la previsibilidad de costos para las empresas y aseguradoras.
El máximo tribunal enfrenta tres caminos posibles:
- Esperar un pronunciamiento del TSJ-CABA y postergar su análisis. Esta opción agravaría las demoras para los trabajadores y mantendría la incertidumbre.
- Pronunciarse ahora y fijar un criterio definitivo, con el riesgo de que luego el TSJ adopte una posición distinta, generando una jurisprudencia dividida.
- Desestimar los planteos y delegar en el TSJ, aunque la existencia de agravios federales obliga a la Corte a intervenir, ya que se cuestionan leyes nacionales y su propia doctrina.
Sea cual sea la estrategia, lo que la Corte determine terminará por constituirse en la última palabra sobre la materia y unificará la interpretación jurídica a nivel federal.
El debate trasciende lo técnico y expone un problema estructural del sistema judicial laboral: la falta de un criterio uniforme sobre cómo actualizar deudas y aplicar intereses en juicios que suelen extenderse por años.
Para los trabajadores, la decisión definirá si sus créditos pierden poder adquisitivo en un país con inflación persistente. Para los empresarios y aseguradoras, está en juego la magnitud de pasivos contingentes que deben afrontar. Para el Estado, que actúa como empleador y garante, la definición afectará sus compromisos presupuestarios.
La expectativa es alta: un fallo que garantice previsibilidad jurídica podría descomprimir la litigiosidad y ordenar el cálculo de intereses en todo el país. Pero una definición que profundice las diferencias entre la Corte y el TSJ-CABA abriría un frente de inseguridad legal con consecuencias en la inversión y en la confianza institucional.
La Corte Suprema deberá resolver en los próximos meses cuál será el estándar definitivo. Un pronunciamiento claro podría consolidar el principio de seguridad jurídica en materia laboral, mientras que una indefinición prolongada dejaría a miles de causas paralizadas y a trabajadores y empresas sin respuestas.
En cualquier caso, el fallo se perfila como uno de los más relevantes en la historia reciente del derecho laboral argentino, con un alcance que excede el fuero y repercutirá en la economía, la política y la confianza en la administración de justicia.

