JUSTICIA ARGENTINA

La Corte cierra una vía para Báez, pero la nueva ley fiscal le abre otra: el caso Austral en tensión judicial y política

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El mismo día, dos decisiones judiciales trazaron un mapa contradictorio para la situación de Lázaro Báez: la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de su defensa para cerrar una causa por evasión vinculada a Austral Construcciones, pero en paralelo un tribunal oral lo sobreseyó parcialmente en otro expediente por la aplicación de la nueva Ley de Inocencia Fiscal. El doble movimiento, registrado el 17 de marzo de 2026, no solo reconfigura el frente judicial del empresario, sino que expone una tensión más amplia: cómo impactan los cambios legislativos impulsados por el Gobierno en causas penales en curso.

La escena deja una pregunta abierta en el sistema judicial y político: ¿la actualización de montos en delitos tributarios redefine responsabilidades o reordena el alcance de las investigaciones?

Dos fallos, una misma trama: evasión, quiebra y límites procesales

La decisión de la Corte no ingresó al fondo del asunto. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron el planteo de la defensa porque no estaba dirigido contra una sentencia definitiva. En términos procesales, eso implica que la causa sigue su curso sin que el máximo tribunal revise la cuestión de fondo.

El recurso buscaba que se declarara extinguida la acción penal bajo el argumento de que la empresa había cancelado obligaciones tributarias por unos $599.582.095,94 en el marco de su quiebra. Sin embargo, tanto la fiscalía como la querella cuestionaron esa interpretación, y la Administración Federal de Ingresos Públicos sostuvo que los pagos tenían carácter condicional y no podían imputarse como cancelación efectiva de la deuda.

Los tribunales inferiores ya habían rechazado ese criterio. La Cámara de Casación Penal confirmó esa postura y ahora la Corte cerró la vía extraordinaria, consolidando el encuadre procesal.

Pero en paralelo, el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 aplicó una lógica distinta. En otra causa por evasión vinculada a Austral Construcciones, resolvió un sobreseimiento parcial en función de la Ley de Inocencia Fiscal, que elevó los montos mínimos para configurar delito.

La nueva ley como factor de reconfiguración judicial

La Ley de Inocencia Fiscal introdujo un cambio técnico con impacto directo: estableció que la evasión solo se configura cuando supera los $100.000.000 por tributo y por ejercicio anual, y que la evasión agravada requiere montos superiores a $1.000.000.000.

Esa redefinición dejó fuera del alcance penal varios períodos investigados, entre ellos ejercicios fiscales anteriores a 2012 en el caso de Austral Construcciones. El tribunal oral aplicó ese criterio y dictó el sobreseimiento parcial no solo de Báez, sino también de otros imputados vinculados a la empresa.

La fiscalía se opuso a esa interpretación. Argumentó que la norma no debía aplicarse retroactivamente como ley penal más benigna, sino que se trataba de una actualización de montos por efecto de la inflación. Sin embargo, el tribunal adoptó una lectura distinta.

El resultado es concreto: la causa se reduce en su alcance y se concentra en el período 2012, donde los montos investigados superarían los nuevos umbrales.

Correlación de fuerzas: entre el Poder Judicial y el impacto de la agenda legislativa

El caso deja al descubierto una dinámica más amplia. Por un lado, la Corte reafirma criterios procesales restrictivos sobre cuándo interviene. Por otro, tribunales inferiores comienzan a aplicar cambios legislativos recientes que modifican el terreno de las causas en curso.

La Ley de Inocencia Fiscal, impulsada a instancias del Gobierno, introduce así un efecto indirecto sobre expedientes judiciales de alto perfil. No se trata de una intervención directa, pero sí de una reconfiguración del marco normativo que condiciona decisiones judiciales.

En ese escenario, la posición de los actores institucionales no es homogénea. Mientras la fiscalía cuestiona la aplicación retroactiva de la ley, otros organismos como la AFIP —en este caso— no se opusieron al criterio adoptado por el tribunal en determinados períodos fiscales.

La consecuencia es una fragmentación del proceso judicial: algunas imputaciones avanzan, otras quedan cerradas por cambios en los parámetros legales.

Un escenario abierto entre técnica jurídica y lectura política

El doble fallo no resuelve la situación judicial de Báez. La redefine.

Por un lado, la causa por evasión sigue activa en los tramos que no lograron ser cerrados por vía procesal. Por otro, la aplicación de la nueva ley reduce significativamente el alcance de las imputaciones en otro expediente.

En las próximas semanas, la atención se concentrará en cómo otros tribunales interpretan la Ley de Inocencia Fiscal en causas similares. También en si la discusión sobre su carácter —actualización técnica o norma penal más benigna— escala en instancias superiores.

El sistema judicial empieza a procesar los efectos de una reforma que, sin modificar tipos penales, altera umbrales y redefine consecuencias. En ese margen, las decisiones ya no son solo jurídicas: también dialogan con el contexto político que las rodea.

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La Justicia amplía la pericia médica en la causa por la muerte de Silvina Luna y vuelve a poner el foco en Aníbal Lotocki

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La investigación judicial por la muerte de la modelo y actriz Silvina Luna, ocurrida el 31 de agosto de 2023, sumó en las últimas horas una decisión clave: la Justicia ordenó ampliar la pericia médica para determinar si existieron errores o fallas en el seguimiento postoperatorio tras las intervenciones realizadas por Aníbal Lotocki, médico misionero nacido en Oberá.

La medida fue dispuesta por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 60, a cargo del juez subrogante Santiago Bignone, a partir de un pedido formulado por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 1. El objetivo es que la junta médica oficial se expida sobre aspectos que aún generan dudas en el expediente.

La causa investiga la eventual responsabilidad penal de Lotocki, denunciado por el abogado Fernando Burlando y otros allegados a la familia de Luna, bajo la calificación de homicidio simple.

Los puntos centrales del nuevo peritaje

La ampliación de la pericia médica se estructura en cuatro ejes principales:

En primer lugar, se busca establecer si, una vez detectados los granulomas —formaciones anómalas que se desarrollaron en el cuerpo de la paciente—, existía algún tratamiento o intervención posible que pudiera haber evitado la aparición de la hipercalcemia, un trastorno grave del calcio en sangre que derivó en la insuficiencia renal que padeció Luna.

El segundo punto apunta a determinar en qué momento preciso habría sido oportuno aplicar ese eventual tratamiento, con el fin de establecer si existió una ventana temporal en la que la evolución clínica pudo haberse frenado o revertido.

En tercer término, la junta médica deberá analizar si los controles postoperatorios realizados por Lotocki fueron adecuados de acuerdo con el tipo de intervención practicada. Este aspecto resulta clave para evaluar si el seguimiento médico se ajustó a los estándares exigidos por la práctica profesional.

Por último, el juzgado solicitó que se determine si Lotocki se encontraba en condiciones —de acuerdo con su experiencia y conocimiento del caso— de intervenir de alguna manera para evitar que el desarrollo de los granulomas produjera las graves consecuencias que tuvo en la salud de la paciente. El pedido apunta a establecer si el desenlace podía haber sido previsto o evitado mediante medidas razonables.

Una vez finalizado el nuevo informe pericial, las actuaciones volverán a la órbita de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 1, que continuará con la investigación.

Antecedentes y condenas previas

Cabe recordar que Silvina Luna se sometió a dos intervenciones médicas con Lotocki los días 3 de octubre y 23 de noviembre de 2011. Según consta en la causa, el imputado le colocó un producto de relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA) en zonas del cuerpo donde su uso está prohibido y en cantidades superiores a las recomendadas por la ciencia médica, lo que le provocó severas alteraciones anatómicas.

Por estos hechos, en febrero de 2022 el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28 condenó a Lotocki a cuatro años de prisión y a cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina, al hallarlo responsable de lesiones graves reiteradas en perjuicio de Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y la propia Silvina Luna.

Posteriormente, en noviembre de 2023, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal amplió la condena a ocho años de prisión al considerar que también había cometido el delito de estafa, y extendió a diez años el período de inhabilitación profesional. Esa decisión fue confirmada en abril por la Sala II del mismo tribunal.

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La Corte dio luz verde a la extradición de “Fred” Machado y el Gobierno tiene diez días para resolver

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La Corte Suprema habilitó la extradición de Federico “Fred” Machado a Estados Unidos y el caso queda en manos de Javier Milei

El máximo tribunal confirmó por unanimidad la entrega del empresario acusado de narcotráfico, lavado de dinero y estafa. El Poder Ejecutivo tiene ahora diez días hábiles para definir si concede la extradición.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad que es “procedente” la extradición de Federico “Fred” Machado a los Estados Unidos, donde enfrenta acusaciones por conspiración para cometer delitos de narcotráfico, lavado de dinero y estafa. Con este fallo, el trámite judicial quedó cerrado y la decisión final pasa al Poder Ejecutivo, encabezado por Javier Milei, que tiene un plazo de diez días hábiles para definir si concede la entrega.

El caso adquiere un matiz particular, ya que el abogado que representa desde hace años a Machado en el expediente, Francisco Oneto, es también el abogado personal del presidente Milei. Pese a ello, el empresario negó cualquier interferencia política: “Comparto abogado, pero es como compartir cocinera. El Presidente no le va a pedir permiso al abogado para firmar la extradición”, declaró en una entrevista radial.

La resolución del máximo tribunal fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes coincidieron en que están dadas las condiciones legales y procesales para acceder al pedido formal del gobierno estadounidense.

Un expediente de más de cuatro años: cronología y fundamentos de la decisión

Machado fue detenido el 16 de abril de 2021 en la ciudad de Neuquén, por orden del juez federal Gustavo Villanueva, tras un requerimiento internacional emitido por Estados Unidos. Desde entonces, se encontraba bajo arresto domiciliario en Viedma, en espera de la resolución definitiva de su caso.

El 12 de abril de 2022, el juez Villanueva había declarado por primera vez “procedente la extradición”, decisión que fue apelada por la defensa. En abril de 2023, el procurador general Eduardo Casal dictaminó a favor de la entrega y dejó el expediente en condiciones de ser resuelto por la Corte Suprema.

Sin embargo, el proceso se demoró tras un planteo de Oneto, quien solicitó revisar la situación judicial de Debra Mercer-Erwin, exsocia de Machado condenada en EE.UU. por narcotráfico, argumentando que una sentencia favorable a su hija podría modificar los cargos que pesaban sobre su cliente.

Federico “Fred” Machado, el empresario que está acusado de conspiración para cometer delitos de narcotráfico

En agosto de 2025, la Corte Suprema pidió a Villanueva que, a través de la Cancillería argentina, solicitara información a la Justicia de Estados Unidos sobre ese fallo. La respuesta llegó a fines de septiembre: Washington confirmó que el pedido de extradición se mantenía vigente y sin cambios. Con ese informe, el expediente regresó al máximo tribunal, que este lunes dictó su fallo definitivo, poniendo fin a un proceso que se extendió por más de cuatro años y cinco meses.

Durante ese tiempo, la defensa de Machado presentó múltiples recursos y planteos de nulidad, todos rechazados. El juez Villanueva podría ahora revisar las condiciones del arresto domiciliario ante el riesgo de fuga, y disponer su traslado a una unidad penitenciaria mientras se completa el trámite de extradición.

La decisión política: Milei deberá definir la entrega

La Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal establece que la última palabra en materia de extradiciones corresponde al Poder Ejecutivo Nacional, que puede aprobar o rechazar la entrega del requerido por “razones de soberanía nacional, seguridad, orden público u otros intereses esenciales del Estado”.

En este caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá recibir el expediente judicial y elevarlo al Presidente de la Nación. Desde entonces, el Ejecutivo contará con diez días hábiles para responder. Si no lo hace, la norma prevé que el silencio del Gobierno implica la concesión de la extradición.

Si la entrega se aprueba, Estados Unidos dispondrá de treinta días corridos desde la comunicación oficial para trasladar al detenido, en coordinación con el juzgado federal de Neuquén y los organismos de seguridad nacionales.

Machado está acusado en EE.UU. por su presunta participación en una red de tráfico internacional de drogas y lavado de activos, vinculada al uso de aeronaves registradas en su nombre para operaciones ilícitas. Los cargos incluyen conspiración para distribuir cocaína y fraude financiero, delitos por los cuales enfrenta penas severas bajo la legislación estadounidense.

Francisco Oneto, abogado de Fred Machado y de Javier Milei

Un caso con implicancias institucionales

El expediente reviste especial sensibilidad institucional, no solo por la gravedad de los cargos sino también por el vínculo indirecto con el entorno del presidente Milei. Francisco Oneto, actual abogado defensor de Machado, fue durante la campaña electoral asesor legal del entonces candidato libertario y hoy mantiene su rol como abogado personal del mandatario.

Más allá de esa coincidencia, el trámite judicial siguió su curso normal, con dictámenes favorables tanto del Poder Judicial como del Ministerio Público Fiscal. La Corte, en su resolución, se limitó a confirmar la validez formal del pedido de extradición y la existencia de los requisitos previstos por los tratados internacionales firmados por la Argentina.

De concretarse la entrega, el caso marcaría un precedente clave en la cooperación judicial entre ambos países, en un momento en que el Gobierno argentino busca fortalecer la relación bilateral con Estados Unidos en materia de seguridad y justicia.

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La Corte remitió al Ejecutivo un presupuesto judicial de $378.087 millones para 2026

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó y remitió al Poder Ejecutivo el Presupuesto de Gastos y Recursos del Poder Judicial para el ejercicio 2026, que asciende a $378.087.606.265. La decisión, adoptada mediante la Acordada 28/2025, contempla además un plantel de 4.732 cargos y un plan de obras de infraestructura para la Justicia federal, en línea con lo establecido en la Ley 23.853.

El rol institucional de la Corte y el Consejo de la Magistratura

La definición del presupuesto judicial responde a la obligación legal prevista en el artículo 1° de la Ley 23.853, que faculta a la Corte Suprema, como cabeza del Poder Judicial, a remitir anualmente al Poder Ejecutivo la estimación de gastos y recursos.

El monto fijado se había aprobado previamente en la Acordada 26/2025 (13 de agosto de 2025), que incluyó no solo el cálculo de erogaciones sino también el detalle de personal y un plan de obras (Anexos II A y B). En esa misma decisión, el Máximo Tribunal solicitó al Poder Ejecutivo la incorporación de remanentes de recursos de ejercicios anteriores y de los aportes previstos en el artículo 2° de la Ley 23.853, que permite financiar parte del presupuesto judicial con recursos propios.

En paralelo, el Consejo de la Magistratura remitió la Resolución 3/2025, que contiene el anteproyecto de presupuesto para el conjunto del Poder Judicial en 2026, también elevado junto con la acordada.

Montos, cargos y obras

La Acordada 28/2025, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Gerardo Prataviera, establece con precisión:

  • Presupuesto total: $378.087.606.265 para 2026.
  • Planta de personal: 4.732 cargos, según el Anexo I.
  • Plan de obras: contemplado en los Anexos II A y B de la Acordada 26/2025.

El documento ordena además:

  • Remitir al Ejecutivo los presupuestos de la Corte y del Consejo de la Magistratura.
  • Solicitar la incorporación de recursos remanentes y aportes legales para asegurar la cobertura financiera.

El dictado de la medida se apoyó en la excepción prevista en la Acordada 15/2023 y en los criterios de quórum fijados en la Acordada 12/2024, dadas las particularidades de la integración del Tribunal al momento de la votación.

impacto político y administrativo

La decisión de la Corte no solo fija la hoja de ruta financiera de la Justicia federal, sino que también proyecta la ejecución de obras de infraestructura en un contexto de fuerte demanda por mejorar el acceso y la eficiencia del sistema judicial.

Desde el plano político, la aprobación del presupuesto judicial llega en un escenario de tensiones por la independencia del Poder Judicial y la distribución de fondos entre poderes del Estado. En los últimos años, las discusiones sobre los recursos asignados a la Justicia se cruzaron con debates sobre el rol del Consejo de la Magistratura, la cobertura de vacantes y la modernización tecnológica de tribunales.

El envío del presupuesto al Poder Ejecutivo abre ahora la instancia de tratamiento legislativo, donde el monto y la asignación de partidas podrían convertirse en un punto de fricción entre el oficialismo y la oposición en el Congreso.

Con el presupuesto ya remitido, el Poder Ejecutivo deberá incorporarlo al proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2026 para su posterior debate en el Congreso. De aprobarse sin modificaciones sustantivas, el Poder Judicial contará con un incremento nominal que, sin embargo, estará condicionado por la dinámica inflacionaria y la disponibilidad de recursos fiscales.

En términos institucionales, la medida refuerza el mensaje de la Corte sobre la necesidad de autonomía financiera y de contar con partidas suficientes para sostener la planta de personal, la modernización y las obras de infraestructura comprometidas para el año próximo.

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Manuel García-Mansilla juró como juez de la Corte Suprema ante Horacio Rosatti

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El presidente del máximo tribunal formalizó la designación de uno de los juristas elegidos por decreto por Javier Milei, luego de la reunión de acuerdo realizada esta mañana

Manuel García Mansilla juró este jueves como juez de la Corte Suprema ante Horacio Rosatti, luego de que los ministros del máximo tribunal discutieran la cuestión en reunión de acuerdos.

Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti aún no unificaron un criterio con respecto al otro jurista designado por el Gobierno para integrar el tribunal, Ariel Lijo.

La Corte Suprema postergó una definición sobre la ceremonia de jura de Lijo, ahora de licencia. Ambos fueron designados en comisión por un decreto del presidente Javier Milei, tras casi un año de infructuosas gestiones en el Senado.

Por el momento, la Corte no está dispuesta a apurar el trámite, tal como informalmente pidieron ayer desde el Gobierno. La idea de que el sábado por la noche el presidente pueda inaugurar el año legislativo con cinco jueces de la Corte sentados en primera fila no podrá ser posible.

El tribunal se encuentra en el centro de una tensión institucional, no sólo por las enérgicas reacciones contra la decisión de normar García Mansilla y Lijo por decreto, sino en las últimas horas por la licencia de este último. ¿Puede un juez estar de licencia en un juzgado de primera instancia para integrar la Corte y -de no ser avalado por el Senado antes de fin de año- volver a sus funciones? La Cámara Federal entendió que sí, el juez de la Corte Ricardo Lorenzetti apoyaría también esta postura, mientras Rosatti y Carlos Rosenkrantz se tomarían un tiempo para analizar este tema. En el próximo plenario del tribunal, la semana próxima, se seguiría debatiendo el asunto.

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