JUSTICIA ELECTORAL

La Cámara Electoral declaró nulo el DNU que transfería a Migraciones el otorgamiento de la ciudadanía argentina

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La Cámara Nacional Electoral (CNE) asestó un nuevo revés judicial al Gobierno nacional al declarar la nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo había transferido a la Dirección Nacional de Migraciones la facultad de otorgar la ciudadanía argentina, una competencia que históricamente ejercen los jueces federales.

El fallo representa un límite institucional al uso de los decretos presidenciales y reafirma que la regulación de los derechos políticos constituye una materia reservada al Congreso de la Nación. Para el máximo tribunal electoral, el Ejecutivo avanzó sobre atribuciones legislativas expresamente vedadas por la Constitución Nacional y no logró demostrar la existencia de una situación de excepcional urgencia que justificara eludir el debate parlamentario.

La resolución fue dictada al resolver el caso de Liping Yang, un ciudadano chino cuya solicitud de carta de ciudadanía había sido rechazada por un juez federal de Entre Ríos bajo el nuevo régimen establecido por el decreto presidencial. Sin embargo, la Cámara aprovechó ese expediente para pronunciarse sobre la constitucionalidad de toda la reforma introducida por el DNU.

El argumento central de los magistrados es que el otorgamiento de la ciudadanía no constituye un simple trámite administrativo o migratorio, sino que está directamente vinculado con la adquisición de los derechos políticos, entre ellos el derecho al voto. Esa característica ubica la materia dentro del ámbito electoral, un terreno sobre el cual la Constitución prohíbe expresamente legislar mediante decretos de necesidad y urgencia.

En ese sentido, la sentencia recuerda que el artículo 99 inciso 3° de la Constitución Nacional establece que el Poder Ejecutivo “no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable”, emitir disposiciones de carácter legislativo en materia electoral. Para la Cámara, la eliminación de la competencia judicial para otorgar la ciudadanía encuadra exactamente en esa prohibición constitucional.

Además del cuestionamiento de fondo, los jueces descartaron que existieran circunstancias extraordinarias que justificaran el dictado del DNU. El Gobierno había argumentado que la Dirección Nacional de Migraciones era el organismo más adecuado para evaluar los pedidos de ciudadanía y que resultaba más eficiente concentrar allí el procedimiento.

Sin embargo, la Cámara concluyó que esos fundamentos responden exclusivamente a razones de oportunidad, mérito o conveniencia administrativa, aspectos cuya definición corresponde al Congreso y no habilitan el uso de facultades legislativas excepcionales por parte del Presidente.

El tribunal sostuvo que el Ejecutivo no acreditó una “situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia” que hiciera imposible el tratamiento parlamentario del cambio normativo. Por el contrario, interpretó que el objetivo del decreto era modificar de manera permanente el régimen legal vigente sin atravesar el procedimiento legislativo previsto por la Constitución.

La sentencia también desarrolla un extenso análisis sobre el concepto jurídico de ciudadanía y su estrecha relación con el sistema democrático argentino. Para fundamentar su decisión, los magistrados citaron doctrina constitucional de autores como Juan Bautista Alberdi, Segundo V. Linares Quintana, Germán Bidart Campos, Gregorio Badeni y José Manuel Estrada, quienes coinciden en definir la ciudadanía como el vínculo jurídico-político que habilita el ejercicio de los derechos políticos.

Asimismo, recordaron que la propia Constitución otorga una protección reforzada a las normas electorales. No sólo exige mayorías especiales para su modificación, sino que además excluye expresamente esa materia del régimen excepcional de los decretos de necesidad y urgencia, precisamente para preservar la división de poderes y la integridad del sistema democrático.

Como consecuencia del fallo, la Cámara revocó la resolución de primera instancia que había rechazado el pedido de ciudadanía de Yang y ordenó que el trámite continúe bajo el régimen establecido por la Ley 346 y su decreto reglamentario, que mantienen la competencia en cabeza de los jueces federales.

Además, dispuso comunicar formalmente la sentencia al Ministerio de Seguridad para que instruya a la Dirección Nacional de Migraciones a adecuar su actuación al criterio fijado por la Justicia y notificó la decisión a todos los jueces federales con competencia electoral del país, con el objetivo de unificar la interpretación sobre la aplicación del DNU.

Desde el punto de vista institucional, el fallo constituye un nuevo capítulo en la creciente judicialización de diversas reformas impulsadas por el Gobierno nacional mediante decretos. La decisión reafirma el criterio de la Cámara Nacional Electoral respecto de los límites constitucionales del Poder Ejecutivo y fortalece el principio de que las modificaciones vinculadas a la ciudadanía y a los derechos políticos deben debatirse y aprobarse exclusivamente en el Congreso.

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La Justicia levantó la proscripción y habilitó a Arrúa, Comparin y Kornuta a competir en las internas del PJ

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El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas resolvió hacer lugar a un planteo judicial presentado por el ex apoderado del Partido Justicialista, Martín Kornuta, junto al abogado Leandro Maidana, y dispuso suspender provisoriamente la suspensión preventiva de afiliación que pesaba sobre el diputado nacional Pedro Alberto Arrúa, Myriam Analía Comparin y el propio Kornuta.

La decisión judicial habilita a los tres dirigentes a participar del proceso electoral interno del PJ mientras se resuelve la cuestión de fondo ante la Cámara Nacional Electoral.

Según la resolución, el tribunal consideró que la suspensión preventiva de afiliación implicaba una restricción directa al ejercicio de derechos políticos y de participación partidaria, especialmente en el contexto de un proceso electoral interno ya en marcha.

En ese sentido, el fallo señala que la verosimilitud del derecho surge de la naturaleza de los derechos involucrados, dado que la medida disciplinaria afectaba la condición de afiliados y, por lo tanto, la posibilidad de intervenir en la vida institucional del partido.

Riesgo de afectar derechos políticos

El juzgado también evaluó el denominado “peligro en la demora”, al advertir que el desarrollo del calendario electoral interno podría generar perjuicios de difícil reparación si los dirigentes quedaban excluidos del proceso mientras se tramita la apelación.

En materia electoral, remarca el fallo, el paso del tiempo puede volver ilusorio el ejercicio de los derechos políticos si no se adoptan medidas cautelares que preserven la participación de los afiliados hasta que exista una resolución definitiva.

Bajo ese criterio, el tribunal resolvió suspender provisoriamente los efectos de la suspensión preventiva de afiliación y garantizar la posibilidad de que Arrúa, Comparin y Kornuta participen en las elecciones internas del justicialismo.

Apelación ante la Cámara Nacional Electoral

En paralelo, el juzgado concedió el recurso de apelación contra la resolución cuestionada, que será analizado por la Cámara Nacional Electoral conforme al régimen previsto por la Ley 23.298 de partidos políticos.

De esta manera, la cautelar mantiene vigente el ejercicio de los derechos políticos de los dirigentes hasta que el tribunal de alzada se pronuncie sobre el fondo del conflicto partidario.

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El puente Porto Xavier–San Javier entra en fase técnica y administrativa decisiva

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La construcción del puente internacional que unirá Porto Xavier (Río Grande do Sul) con San Javier, en Argentina, ingresa esta semana en una nueva etapa operativa con el inicio efectivo de la planificación técnica, ambiental y administrativa. La llegada al municipio de los emprendedores del consorcio responsable del proyecto marca el comienzo de las reuniones presenciales y activa una agenda binacional que busca ordenar licencias, definir áreas críticas y alinear a las autoridades locales, con impacto directo en la integración regional, el comercio y el turismo.

La información fue confirmada por el intendente de Porto Xavier, Gilberto Menin, en una entrevista con Radio Sepé Tiaraju AM 540, del Grupo de Comunicación Sepé. Según precisó, el cronograma incluye encuentros en el municipio brasileño y una visita oficial al lado argentino, donde se abordarán cuestiones clave como licencias ambientales, delimitación de áreas y coordinación institucional.

Licencias ambientales y ahorro de tiempo en el calendario

Menin explicó que la concesión de licencias ambientales en Brasil ya está en marcha y que el proceso se apoya en protocolos iniciados en una licitación anterior, lo que permitió racionalizar trámites y evitar duplicaciones. Esa reutilización de información técnica y ambiental implicó, según el intendente, una ganancia estimada de unos cinco meses en el calendario del proyecto.

El avance en esta etapa resulta central para consolidar el cronograma general y reducir riesgos administrativos, en un contexto donde los plazos de licenciamiento suelen ser determinantes para la ejecución de obras de infraestructura binacional. La coordinación temprana con el lado argentino aparece como un factor clave para evitar cuellos de botella posteriores.

Indemnizaciones, uso del suelo y definición de áreas sensibles

Uno de los puntos más sensibles del proceso es la indemnización de las zonas afectadas, en particular donde se instalarán las aduanas. De acuerdo con Menin, entre 25 y 30 familias poseen terrenos en el área zonificada para el complejo, una zona que hoy figura como rural, aunque se trata de un área de expansión urbana.

Es un área de expansión urbana, todavía registrada como rural, lo que plantea preguntas sobre los valores. Nuestro objetivo es asegurar un proceso justo”, afirmó el intendente. La definición de criterios de valuación y compensación será determinante para asegurar consenso social y previsibilidad institucional en el avance de la obra.

Características del puente e impacto esperado en la región

El proyecto contempla un puente de aproximadamente 950 metros de extensión, con dos carriles rodantes y espacios para peatones y ciclistas. Desde la perspectiva local, la infraestructura tendrá efectos positivos en el turismo, el comercio y el transporte de mercancías, reforzando la integración regional entre el sur de Brasil y el noreste argentino.

Según indicó Menin, la proyección es que la construcción comience en 2026, una vez completadas las instancias técnicas, ambientales y administrativas en ambos países. La obra se inscribe en una agenda más amplia de conectividad fronteriza, con impacto económico directo en las economías locales y en los flujos logísticos regionales.

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La Justicia Electoral oficializó la lista de La Libertad Avanza con Santilli a la cabeza

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El juez Alejo Ramos Padilla adecuó el orden de la nómina oficialista en cumplimiento de la resolución de la Cámara Nacional Electoral. La boleta no se reimprimirá y seguirá incluyendo la imagen del diputado renunciante.

La Justicia Electoral dio por cerrada una de las controversias más resonantes de la campaña 2025: la oficialización definitiva de la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) en la provincia de Buenos Aires.
El juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla firmó el 14 de octubre la resolución que consagra a Diego Santilli como primer candidato, seguido por Karen Reichardt (Karina Celia Vázquez) y Sebastián Pareja.

La decisión se enmarca en la intervención de la Cámara Nacional Electoral (CNE), que ordenó modificar el orden original tras la renuncia de José Luis Espert, quien había encabezado la nómina pero se apartó del proceso en medio del escándalo vinculado a un empresario condenado por narcotráfico.

Pese al cambio, la foto de Espert permanecerá en las boletas que se utilizarán el 26 de octubre, dado que la CNE rechazó el pedido de reimpresión del Gobierno por razones logísticas y de tiempo. El tribunal advirtió que reimprimir el material electoral podría haber comprometido la normalidad de los comicios.

El debate jurídico: paridad de género y control de constitucionalidad

El conflicto no solo giró en torno al reemplazo de Espert, sino también al alcance de la ley de paridad de género (Ley 27.412) y su interpretación dentro del Código Electoral Nacional.
En una primera resolución, Ramos Padilla había establecido que el reemplazo no podía recaer sobre el siguiente varón de la lista, como proponía la alianza, sino que debía mantener la alternancia de género, evitando una regresión en la representación femenina.

El fallo, respaldado por la fiscal María Laura Roteta y el fiscal general Ramiro González, sostenía que una interpretación contraria “conspiraría contra la finalidad de la ley de paridad como medida de acción positiva tendiente a garantizar la igualdad real de oportunidades”, y podría comprometer los compromisos internacionales asumidos por la Argentina ante la Convención CEDAW y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

La Cámara Nacional Electoral, integrada por Santiago Corcuera y Daniel Bejas, consideró posteriormente que el criterio del juzgado platense implicaba una “interpretación subjetiva” y ordenó adecuar la lista según lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto 171/2019, en línea con precedentes sobre el artículo 60 bis del Código Electoral.

Sin embargo, al ejecutar el fallo, Ramos Padilla volvió a remarcar la potestad de los jueces para controlar la constitucionalidad de normas reglamentarias, subrayando que esa facultad “no implica apartarse del orden jurídico ni invadir competencias ajenas, sino cumplir con el deber de garantizar la supremacía constitucional”.

El magistrado citó incluso el antecedente “Juntos por el Cambio”, en el que la propia Cámara había declarado inaplicable el mismo decreto respecto a la categoría de senadores, por contradecir el espíritu de la ley de paridad.

Una decisión con proyección institucional

En su nueva resolución, Ramos Padilla oficializó la lista definitiva de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires, ratificando que el caso trasciende el proceso electoral inmediato y abre un debate más amplio sobre la implementación de las acciones positivas en el sistema político argentino.

Si un decreto reglamentario dictado para hacer efectivas las acciones positivas es invocado para producir el resultado contrario —la postergación de las mujeres en los espacios de representación política— esa situación debe ser objeto de revisión, pues desnaturaliza la igualdad sustantiva que buscan alcanzar esas normas”, advirtió el juez.

La lista oficializada quedó conformada por 35 candidatos titulares y 6 suplentes, encabezados por Santilli, Reichardt y Pareja, seguidos por Gladys Humenuk, Alejandro Carrancio, Johanna Longo y Alejandro Finocchiaro, entre otros.

La decisión pone fin a semanas de incertidumbre dentro de la coalición oficialista, en medio de un contexto de alta exposición pública y tensión política interna. Con la grilla ya aprobada, La Libertad Avanza podrá competir en la provincia más grande del país con una nómina plenamente habilitada, aunque con el desafío de explicar ante el electorado la presencia de una figura renunciante en la boleta.

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La Justicia Electoral de Misiones presenta en sociedad la Boleta Única Papel

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La Secretaría Electoral Nacional del Distrito Misiones informó oficialmente que este lunes 18 a las 17 se realizará el acto público de constitución de la Junta Electoral Nacional en el Distrito, en el marco de las elecciones nacionales previstas para el 26 de octubre. La ceremonia tendrá lugar en el Teatro de Prosa del Parque del Conocimiento, ubicado en Ulises López y Ruta Nacional 12 (Acceso Oeste) de la ciudad de Posadas.

La convocatoria fue dispuesta por la jueza federal con competencia electoral, María Verónica Skanata, en cumplimiento del artículo 48 del Código Electoral Nacional. Durante el acto se brindará información clave para los comicios, destacándose la presentación formal de la Junta Electoral y, especialmente, la difusión de los cambios en la modalidad de votación, con la implementación de la Boleta Única Papel, conforme a lo establecido por la Ley 27.781.

Desde la Secretaría Electoral se extendió una invitación especial a los medios de prensa y a la ciudadanía en general para participar de este acto institucional, que marcará un hito en el proceso electoral de la provincia. La incorporación de la Boleta Única Papel implica un cambio estructural en la forma de emitir el voto, por lo cual se espera que este evento contribuya a brindar claridad, transparencia y difusión sobre el nuevo sistema electoral que regirá en octubre.

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