Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada

Experto en crimen organizado alertó que la nueva ley de Tierras podría facilitar el desembarco narco en la frontera de Misiones

Compartí esta noticia !

El debate sobre la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsada por el Gobierno nacional, incorporó en el Senado un elemento que trasciende la discusión jurídica sobre la propiedad: la seguridad nacional.

Quien puso el foco fue Marcelo Bergman, doctor en Sociología, investigador y uno de los mayores especialistas latinoamericanos en crimen organizado y economías ilegales. Invitado al plenario de comisiones que analiza el proyecto, lanzó una advertencia que impacta de lleno sobre provincias de frontera como Misiones.

“No vengo a discutir el régimen de propiedad privada. Vine simplemente para alertar sobre lo que estamos a punto de hacer en las zonas de frontera”, comenzó.

Su preocupación se concentra en uno de los cambios menos visibles del proyecto: la eliminación del régimen específico de Zonas de Seguridad de Frontera, vigente desde 1944, que establecía controles especiales para la adquisición de inmuebles en áreas consideradas estratégicas para la defensa y la soberanía nacional. El proyecto incorpora esas operaciones al régimen general de tierras rurales, eliminando ese tratamiento diferenciado.

Misiones, en el centro de la advertencia

Para explicar el riesgo, Bergman eligió deliberadamente a Misiones con un ejemplo concreto: “Si el Primer Comando de la Capital (PCC), la organización criminal más poderosa de San Pablo, quisiera adquirir territorios en Misiones para consolidar corredores del narcotráfico desde Paraguay hacia Argentina, con esta ley solamente necesitaría utilizar varios testaferros”, sostuvo durante su exposición.

El investigador explicó que las organizaciones criminales internacionales no compran tierras directamente, sino mediante cadenas de personas físicas o sociedades comerciales que dificultan reconstruir el origen del dinero.

“Es imposible trazar el dinero con el que adquieren esas tierras y ya tienen un espacio afincado”, advirtió.

Para Bergman, el problema no es solamente la droga. Las organizaciones criminales modernas diversifican sus actividades y utilizan el control territorial para múltiples negocios ilegales.

“No solamente trafican drogas. También participan en minería ilegal, contrabando, lavado de dinero y otras economías criminales”.

Fronteras porosas y territorios estratégicos

La advertencia adquiere especial relevancia en el caso de Misiones que posee más de 900 kilómetros de frontera internacional, con Paraguay y Brasil, atravesada por ríos, pasos clandestinos y una intensa circulación comercial y turística.

Bergman recordó que las fronteras argentinas son “muy porosas, muy amplias y muy difíciles de patrullar”, razón por la cual los grupos criminales las consideran espacios estratégicos para instalar infraestructura logística.

“Las zonas de frontera son muy apetecibles porque funcionan como santuarios para el paso de drogas provenientes de Paraguay o Bolivia hacia Argentina y luego hacia otros mercados.”

En ese contexto, sostuvo que flexibilizar los controles sobre la compra de inmuebles puede transformarse, en el mediano plazo, en un problema de seguridad mucho más complejo que una simple operación inmobiliaria.

Qué cambia la ley

El proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada enviado por el Poder Ejecutivo tiene un alcance amplio: modifica normas vinculadas con desalojos, expropiaciones, manejo del fuego, regularización dominial y tierras rurales.

Dentro de ese paquete, uno de los capítulos elimina el régimen especial que regulaba las denominadas Zonas de Seguridad de Frontera, creado durante la década de 1940 con el objetivo de preservar el control nacional sobre áreas consideradas estratégicas.

En la práctica, las adquisiciones de inmuebles en esas zonas pasarían a regirse por las reglas generales para tierras rurales, con intervención de las provincias, sin el esquema específico de autorizaciones y controles que existía hasta ahora. El proyecto continúa en tratamiento parlamentario y, aunque recibió dictamen de mayoría con modificaciones, todavía mantiene posiciones enfrentadas entre oficialismo y oposición.

Más que cuestionar el derecho de propiedad, Bergman planteó un llamado de atención sobre los efectos no previstos de una eventual desregulación. “Tenemos que ser muy cuidadosos con la frontera. No sea cosa que dentro de diez o quince años nos agarremos la cabeza preguntándonos qué hicimos al permitir la apropiación de tierras por parte de organizaciones criminales.”

Su exposición introdujo una dimensión distinta al debate parlamentario. Hasta ahora, la discusión se había concentrado en la seguridad jurídica para propietarios, las ocupaciones ilegales, las expropiaciones y la regulación del mercado de tierras.

El especialista, en cambio, desplazó el eje hacia la seguridad nacional, el lavado de activos y la expansión territorial del crimen organizado.

En una provincia como Misiones, donde confluyen tres países y donde desde hace años las fuerzas federales combaten redes vinculadas al narcotráfico, el contrabando y el lavado de dinero, la advertencia adquiere un peso particular.

La discusión ya no gira únicamente sobre quién puede comprar un campo. La pregunta que dejó planteada Bergman es otra: si el Estado conservará herramientas suficientes para impedir que organizaciones criminales internacionales conviertan la frontera argentina en un activo estratégico de sus operaciones.

Compartí esta noticia !

Sin votos, el Gobierno retiró del Senado el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada

Compartí esta noticia !

El oficialismo solicitó aplazar el tratamiento del proyecto del Poder Ejecutivo de inviolabilidad de la propiedad privada, que defendió en su momento en comisión el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.

El tema figuraba en primer lugar para el debate de este jueves, pero pasó para después de resolverse la cuestión de los pliegos judiciales. A la hora en que debía abrirse el debate, pidió la palabra el senador Agustín Coto, presidente de Asuntos Constitucionales, quien mocionó aplazar el tratamiento del tema, sin dar razones. El pedido fue aprobado por el pleno a mano alzada.

Fuentes oficialistas consultadas aclararon que el proyecto sería tratado en la sesión de la semana que viene. Para la oposición, la decisión de bajar el tema este jueves fue “porque no tenían los votos”. Así lo señaló en redes sociales la santacruceña Ana Marks, quien sostuvo que en LLA “no consiguieron los votos, pero el modelo económico de saqueo que llevan adelante nos obliga a estar atentos, seguir informando y concientizando”.

Marks fue más lejos al señalar que “por eso debemos redoblar los esfuerzos para informar, concientizar y construir una amplia mayoría social que defienda el derecho a la tierra, a la vivienda y a nuestros bienes naturales comunes frente a la especulación, la concentración y la extranjerización”, y concluyó: “No vamos a permitir que Milei y este gobierno de cipayos nos entreguen al capital global”.

Qué dice el proyecto

El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada tuvo correcciones en la reunión en la que se le dio dictamen, el miércoles 20 de mayo. Entre ellos se concedió la eliminación del Capítulo III que derogaba artículos de la Ley 27.453 (Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana) y dejaba abierta la posibilidad de desalojos inmediatos.

https://googleads.g.doubleclick.net/pagead/ads?client=ca-pub-4806173745970823&output=html&h=280&slotname=5798909248&adk=3151861437&adf=234637395&pi=t.ma~as.5798909248&w=736&fwrn=4&fwrnh=100&lmt=1780615899&rafmt=1&format=736×280&url=https%3A%2F%2Fwww.parlamentario.com%2F2026%2F06%2F04%2Flla-decidio-postergar-el-tratamiento-del-proyecto-de-inviolabilidad-de-la-propiedad-privada%2F&fwr=0&fwrattr=true&rpe=1&resp_fmts=3&asro=0&aiactd=0&aicctd=0&ailctd=0&aimartd=4&aieuf=1&aicrs=1&uach=WyJXaW5kb3dzIiwiMTkuMC4wIiwieDg2IiwiIiwiMTQ4LjAuNzc3OC4xODEiLG51bGwsMCxudWxsLCI2NCIsW1siQ2hyb21pdW0iLCIxNDguMC43Nzc4LjE4MSJdLFsiR29vZ2xlIENocm9tZSIsIjE0OC4wLjc3NzguMTgxIl0sWyJOb3QvQSlCcmFuZCIsIjk5LjAuMC4wIl1dLDBd&abgtt=6&dt=1780615898972&bpp=1&bdt=800&idt=213&shv=r20260604&mjsv=m202605290101&ptt=9&saldr=aa&abxe=1&cookie=ID%3Dcf4caddf6e604a93%3AT%3D1780610981%3ART%3D1780610981%3AS%3DALNI_MaFY9cl7RDBTI6mJTaGYDvhL_TDRQ&gpic=UID%3D000013012012c981%3AT%3D1780610981%3ART%3D1780610981%3AS%3DALNI_MYY-_gYoR46vAJcnGJFed4c3j_3VQ&eo_id_str=ID%3Ddc70184577c848e2%3AT%3D1780610981%3ART%3D1780610981%3AS%3DAA-Afjak6_bpdJ2ftNjhmL798fMf&prev_fmts=0x0%2C736x280&nras=1&correlator=7822564386527&frm=20&pv=1&u_tz=-180&u_his=3&u_h=768&u_w=1366&u_ah=720&u_aw=1366&u_cd=32&u_sd=1&dmc=16&adx=308&ady=2088&biw=1351&bih=599&scr_x=0&scr_y=0&eid=95390667%2C31098887%2C95393137&oid=2&pvsid=3662483151179516&tmod=493068966&uas=1&nvt=6&ref=https%3A%2F%2Fwww.parlamentario.com%2F&fc=1920&brdim=0%2C0%2C0%2C0%2C1366%2C0%2C1366%2C720%2C1366%2C599&vis=1&rsz=%7C%7CEebr%7C&abl=CS&pfx=0&fu=128&bc=31&bz=1&pgls=CAEQBRoFNC4xLjE.&ifi=3&uci=a!3&btvi=2&fsb=1&dtd=219

Asimismo hubo una serie de modificaciones al Capítulo IV que propone 8 artículos con cambios y derogaciones a la Ley sobre el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales (26.737).

Entre las modificaciones a la Ley de Expropiaciones (N° 21.499), se incorpora expresamente la exigencia de que la declaración de utilidad pública, que será de interpretación restrictiva, cumpla con los estándares de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

También se establecen criterios objetivos para la determinación del valor del bien, tomando como referencia la fecha inmediatamente anterior a cualquier acto estatal que pueda influir en su cotización. “De este modo, se evitará que la propia actuación estatal distorsione el valor del bien en perjuicio del expropiado, con lo cual se garantiza un justiprecio real”, sostuvo el PEN.

Asimismo, se regula con mayor precisión el alcance de la indemnización, con inclusión del lucro cesante cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y se encuentre debidamente acreditado.

Se incorpora, además, un mecanismo de actualización del monto indemnizatorio que contempla la evolución de los precios y una tasa de interés comercialmente razonable, con el objeto de preservar su valor real hasta el momento del efectivo pago. “Esta previsión resulta indispensable en contextos inflacionarios, a fin de evitar que la indemnización se torne ilusoria”, señaló el Gobierno en los considerandos.

Finalmente, se refuerza el rol del control judicial, se asegura la valoración fundada de la prueba técnica y se garantiza el debido proceso.

Por otra parte, el proyecto de ley redefine el régimen de ocupación temporánea y establece límites claros que preserven su carácter excepcional; y se modifica la figura de la expropiación irregular, mediante la incorporación de supuestos en los que el Estado, sin transferir formalmente el dominio, priva sustancialmente al titular de las facultades esenciales del derecho de propiedad.

El PEN manifestó que en esta propuesta “se pone el foco en que la protección del derecho de propiedad demanda la existencia de mecanismos procesales eficaces. La demora en la restitución de un inmueble frente a una ocupación ilegítima implica, en los hechos, una privación del derecho sin indemnización, lo cual resulta incompatible con la garantía de inviolabilidad dispuesta por nuestra Ley Suprema”.

En este sentido, el proyecto introduce reformas al Código Procesal Civil y Comercial y al Código Civil y Comercial de la Nación, a fin de establecer la tramitación por vía sumarísima del proceso de desalojo e incorporar mecanismos de restitución anticipada del inmueble en supuestos de verosimilitud del derecho, bajo caución juratoria y con control judicial suficiente.

Asimismo, se modernizan los sistemas de notificación, por medio de la incorporación del domicilio electrónico, y se fortalecen las facultades del juez para identificar ocupantes y asegurar la eficacia de las decisiones.

Compartí esta noticia !

Desalojos exprés y flexibilización ambiental: la otra cara de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada

Compartí esta noticia !

Según la última encuesta de Inquilinos Agrupados, el 70% de los inquilinos está endeudado y gasta más del 40% de su salario en pagar el alquiler. No son los únicos: la morosidad de las familias está en sus niveles más altos desde que se tiene registro (2010) y, según revela un informe de Argentina Grande en base a la Encuesta Permanente de Hogares, 1 de cada 4 hogares se está endeudando para llegar a fin de mes. El número de morosos incobrables se triplicó, la preocupación por el endeudamiento familiar empieza a encabezar las encuestas de opinión pública y, sin embargo, el Senado avanzará este jueves con un proyecto de ley que amenaza la seguridad habitacional de los inquilinos más vulnerables

Es la ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, cuyo autor intelectual es Federico Sturzenegger e incluye también la eliminación del tope del 15% a la venta de tierras a capitales extranjeros. El objetivo del proyecto es acelerar los tiempos de los desalojos contra los inquilinos que estén en mora. ¿Cómo? La iniciativa habilita que, en casos de falta de pago o vencimiento del contrato, el locador (el dueño de la propiedad) pueda exigir la desocupación inmediata del inmueble luego de 10 días del aviso de falta de pago.

Según explica Gervasio Muñoz, titular de Inquilinos Agrupados, el Código Civil y Comercial establece que sólo después de dos meses consecutivos de no pagar el alquiler el locador puede rescindir el contrato. Con la nueva ley, esta exigencia desaparecerá y, una vez que el dueño dio aviso de la deuda, el inquilino tiene solo 10 días hasta que el juez puede dar la orden de desalojo. “Y encima eliminan la posibilidad de cancelar la deuda. Una vez que el dueño hizo la demanda, el inquilino ya no puede cancelar la deuda que tenía”, agrega Muñoz.

El proyecto original de Sturzenegger, incluso, reducía a tres días el plazo para el desalojo, pero los senadores aliados del Gobierno exigieron flexibilizarlo. La jefa del oficialismo en el Senado, Patricia Bullrich, tuvo que negociar con los gobernadores para conseguir las firmas para el dictamen de mayoría y acordó establecer una diferenciación entre inquilinos morosos y “usurpadores”. Los primeros tendrían un plazo de 10 días, los segundos sólo 3.

No fue el único cambio que Bullrich tuvo que negociar para conseguir el apoyo del bloque radical y las fuerzas provinciales. Tras la explosión del escándalo patrimonial de Manuel Adorni, los aliados empezaron a aumentar las exigencias. Reclamaron el envío de los pliegos judiciales de sus provincias y se negaron a aprobar un nombramiento judicial más hasta que Juan Bautista Mahiques enviara los de las vacantes judiciales del interior. Le cerraron la puerta a la eliminación de las PASO y, pese al juego de seducción de Diego Santilli, exigieron que esta vez, si querían que acompañaran la reforma electoral, Luis Caputo tendría que abrir la billetera.

En este contexto, Bullrich tuvo que negociar dos meses para lograr avanzar con la ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. Aceptó modificaciones, flexibilizó el capítulo de desalojos e, incluso, eliminó el capítulo que afectaba directamente a los barrios populares. Es decir: el apartado que habilitaba el desalojo en todos los barrios populares inscriptos en RENABAP. Por presión de la Iglesia y de numerosas organizaciones sociales que advirtieron que, si empezaban a habilitar desalojos en las villas, el enfrentamiento podría derivar en una gran emergencia social, Bullrich aceptó sacar el capítulo y patear la discusión para más adelante.

La negociación clave, sin embargo, fue la inclusión de los gobernadores en la mesa de la toma de decisiones respecto a la extranjerización de la tierra. La ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada elimina los límites para la compra de tierras rurales por parte de personas o empresas extranjeras y, a pedido de los senadores, Bullrich agregó un artículo que define que cualquier tierra que quiera venderse tendrá que tener el visto bueno del gobierno provincial. “Federalismo puro y duro”, presumió la ex ministra.

Otro cambio: la Ley de Manejo del Fuego
La iniciativa de Sturzenegger incluye otros cambios relacionados con el régimen de propiedad de las tierras nacionales. Además de habilitar la venta de tierras a extranjeros sin límites geográficos o cuantitativos, el proyecto elimina las restricciones impuestas por la Ley de Manejo del Fuego para las tierras afectadas por incendios.

En 2020, Máximo Kirchner impulsó una ley que modificaba la ley de presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales con el objetivo de prevenir la especulación inmobiliaria detrás de los incendios intencionales. La ley, que se sancionó con críticas de gran parte del sector agropecuario, prohibió por hasta 60 años la venta y el cambio de uso de las tierras afectadas por incendios. La restricción se extendió por 30 años en las zonas agrícolas y por 60 años en los bosques nativos.

El proyecto del Gobierno lo que hace es eliminar esa prohibición. “¿Qué sentido tiene extender la protección de los bosques nativos a la producción agropecuaria? Para una producción agropecuaria es un dislate extender el concepto y afectar la propiedad privada durante 30 años sin poder hacerle ninguna modificación”, cuestionó Sturzenegger cuando fue a exponer en el plenario de comisiones del Senado.

La Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada se debatirá el próximo jueves en el Senado. El oficialismo está convencido de que tendrá los votos para darle la media sanción: el apoyo de los gobernadores, una vez más, se muestra impermeable a los escándalos políticos del Gobierno. La red de alianzas de Javier Milei promete sostenerse hasta que comience el Mundial de Fútbol.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin