El Senado aprobó la ley de Propiedad Privada, pero quedaron a salvo la Ley de Tierras y la de Manejo del Fuego
El Senado de la Nación dio media sanción a la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, pero el texto que finalmente salió de la Cámara alta quedó sustancialmente recortado respecto del proyecto original del Gobierno. Después de casi doce horas de debate y negociaciones, la iniciativa fue aprobada en general por 37 votos afirmativos y 33 negativos y ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados.
Para Misiones, sin embargo, el dato político y ambiental más relevante está en aquello que no fue aprobado.
El oficialismo debió eliminar los dos capítulos que habían despertado mayor resistencia en la provincia: la reforma de la Ley de Tierras -que tenía los votos en contra de Sonia Rojas Decut y Carlos Arce- y los cambios a la Ley de Manejo del Fuego.
La eliminación del capítulo referido a la extranjerización de tierras ya había sido acordada antes de llegar a la votación. Pero durante la extensa sesión del jueves se produjo una segunda modificación decisiva: ante la falta de votos suficientes, La Libertad Avanza retiró también el capítulo que pretendía modificar el régimen vigente para los inmuebles afectados por incendios.
Así, la Ley de Manejo del Fuego no fue modificada y continúan vigentes las restricciones actuales sobre el cambio de uso de las superficies incendiadas. La normativa mantiene las limitaciones durante 30 años para determinadas superficies agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas, mientras que para bosques nativos, áreas naturales protegidas y humedales las restricciones pueden extenderse durante 60 años.
El objetivo de esas prohibiciones es evitar que un incendio, intencional o accidental, termine habilitando posteriormente negocios inmobiliarios o modificaciones del uso del suelo.
La permanencia de esas restricciones fue uno de los puntos centrales del debate ambiental. La reforma impulsada por el Ejecutivo pretendía modificar ese esquema bajo el argumento de que la legislación vigente podía terminar castigando también al propietario que hubiera sido víctima de un incendio. Sin embargo, durante la sesión fueron creciendo las objeciones por una eventual regresión de las normas de protección ambiental.
Con el correr de las horas quedó en evidencia que el oficialismo no tenía los votos necesarios para sostener ese capítulo. Finalmente, antes de la votación general, el miembro informante Agustín Coto anunció su retiro.
Con los capítulos de Tierras y Manejo del Fuego fuera del texto, los representantes misioneros acompañaron la iniciativa en la votación general.
Los senadores Carlos Arce y Sonia Rojas Decut votaron afirmativamente junto con el oficialismo, la UCR, el PRO y otros bloques provinciales. La votación general terminó con 37 votos positivos y 33 negativos.
El resultado debe leerse, sin embargo, junto con la negociación previa. Los representantes de Misiones habían anticipado su rechazo a los capítulos que afectaban la Ley de Tierras y la legislación sobre incendios.
En particular, la eliminación de la reforma de Tierras había sido precedida por una fuerte posición política de Misiones contra cualquier flexibilización que pudiera facilitar la extranjerización del territorio provincial.
La discusión tiene una sensibilidad especial para una provincia fronteriza como Misiones, rodeada en más del 90% de sus límites por Brasil y Paraguay y con recursos estratégicos vinculados al agua, la biodiversidad y la Selva Paranaense.
La retirada de ambos capítulos permitió así separar esos debates de las restantes reformas vinculadas a la propiedad privada.
Qué quedó finalmente de la ley
Después de la eliminación completa de los capítulos III y IV, el proyecto quedó concentrado fundamentalmente en tres grandes áreas: expropiaciones, desalojos y modernización de los registros inmobiliarios.
En materia de expropiaciones, la reforma establece una interpretación más restrictiva del concepto de utilidad pública. La declaración deberá identificar de manera específica el objetivo perseguido y la expropiación deberá resultar idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo.
También introduce cambios en el régimen indemnizatorio. La compensación deberá considerar el valor objetivo del inmueble, tomando el valor de mercado cuando pueda determinarse, además de los daños directos derivados de la expropiación.
El lucro cesante podrá incorporarse cuando sea consecuencia directa de la expropiación y esté respaldado por pruebas objetivas. El proyecto establece como regla un límite equivalente al 30% del daño emergente, salvo que el propietario pueda demostrar fehacientemente una afectación superior.
Otro de los ejes centrales son los desalojos. Para los alquileres destinados a vivienda, antes de iniciar una demanda por falta de pago el propietario deberá intimar fehacientemente al inquilino y concederle un plazo no inferior a diez días corridos para cancelar la deuda.
Vencido ese período, y ante la falta de restitución del inmueble, podrá iniciarse una acción judicial de desalojo mediante el procedimiento más breve previsto por la legislación procesal correspondiente.
La iniciativa también contempla modificaciones destinadas a modernizar y digitalizar los procedimientos de los registros de la propiedad inmueble.
Un proyecto mucho más reducido que el original
La media sanción llegó después de un recorrido legislativo particularmente complejo. El proyecto impulsado por el Gobierno nacional atravesó numerosos cambios desde que obtuvo dictamen. Durante las negociaciones parlamentarias circularon múltiples versiones y el oficialismo fue modificando el articulado para intentar reunir los votos necesarios.
La primera gran concesión fue la eliminación del capítulo III, que modificaba la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
La segunda ocurrió prácticamente sobre el cierre de la sesión.
El capítulo sobre Manejo del Fuego comenzó el debate todavía dentro del proyecto, pero fue perdiendo respaldo a medida que avanzaban las intervenciones. Senadores de distintas bancadas advirtieron sobre el impacto ambiental que podría generar la modificación. La resistencia terminó haciendo inviable su aprobación.
El resultado fue una ley sensiblemente distinta de aquella que había llegado originalmente al Congreso: desaparecieron dos capítulos completos y diez artículos respecto del texto previo a la sesión.
En la votación particular, el capítulo sobre expropiaciones fue aprobado por 37 votos contra 33. El capítulo referido a desalojos obtuvo 36 votos positivos, 33 negativos y una abstención. Los capítulos restantes también consiguieron las mayorías necesarias.
La protección contra el cambio de uso después de los incendios sigue vigente
Para Misiones, probablemente ésta sea una de las consecuencias más importantes de la negociación parlamentaria.
La eliminación del capítulo ambiental implica que no se alteran las restricciones actualmente establecidas para los terrenos afectados por incendios.
El régimen vigente fue diseñado precisamente para quitar incentivos económicos a la utilización del fuego como mecanismo previo a una transformación productiva o inmobiliaria del territorio.
El proyecto del Gobierno buscaba revisar esas limitaciones argumentando que la prohibición podía afectar durante décadas a propietarios que no hubieran provocado el incendio.
Sus críticos advertían, en cambio, que flexibilizar las restricciones podía volver a generar un incentivo económico para incendiar tierras y modificar posteriormente su destino.
Ese debate quedó, por ahora, cerrado. Ahora la discusión continuará en Diputados, donde deberá tratarse el texto aprobado por el Senado.
