LEY DE MINISTERIOS

Cambios en la Ley de Ministerios y ampliación del poder operativo de Interior y Seguridad

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El Gobierno modificó por DNU la Ley de Ministerios y amplió las competencias del Ministerio del Interior y del Ministerio de Seguridad Nacional

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 825/2025, una reestructuración de la Ley de Ministerios N.º 22.520. La norma redefine atribuciones clave del Ministerio del Interior —que absorberá funciones de registro de identidad, relaciones legislativas y políticas deportivas— y fortalece el rol del Ministerio de Seguridad Nacional en materia de seguridad interior, política migratoria y control fronterizo. La decisión, que entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, deberá ser evaluada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

Reforma institucional: más atribuciones para Interior y reorganización del esquema de competencias

El DNU 825/2025, fechado el 19 de noviembre de 2025, introduce cambios estructurales en la Ley de Ministerios N.º 22.520 (t.o. por Decreto 438/92). Según los considerandos, el Gobierno argumenta que las modificaciones son “impostergables para la gestión” y se encuadran en las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 3 de la Constitución Nacional.

El decreto redefine funciones dentro del Ministerio del Interior. En particular, otorga:

  • El contralor del registro y certificación de identidad, incorporando formalmente la conducción del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
  • Las relaciones con el Poder Legislativo Nacional, integrando esta área dentro del esquema del Ministerio.
  • La política deportiva nacional, abarcando deporte de alto rendimiento, amateur y recreativo.

Asimismo, el DNU modifica los incisos 35 y 40 del artículo 16 para redefinir competencias en materia de turismo y su representación internacional. También suprime los incisos 38 y 46 al 51, eliminando funciones previas del esquema ministerial.

La medida incluye una sustitución integral del artículo 17, ampliando el alcance del Ministerio del Interior a 33 funciones específicas: desde el régimen electoral, los actos patrióticos y la política federal de frontera, hasta la creación de condiciones para el desarrollo territorial, la definición de políticas de deporte, la asignación de becas deportivas y la representación internacional vinculada al deporte.

Nueva estructura del Ministerio de Seguridad Nacional y alcance de la reforma

El DNU también reemplaza por completo el artículo 22 bis, redefiniendo las atribuciones del Ministerio de Seguridad Nacional, que ahora concentra:

  • La planificación y ejecución integral de la seguridad interior.
  • La dirección y coordinación de Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacionales, Provinciales y de CABA.
  • La política criminal y el funcionamiento del sistema penitenciario.
  • Las políticas migratorias, incluyendo el otorgamiento de condición de refugiado y el derecho de asilo.
  • La producción de inteligencia penal correspondiente a las fuerzas de seguridad.
  • La supervisión de la seguridad aeroportuaria, el régimen de armas, explosivos y afines, y la aplicación de la Ley de Manejo del Fuego N.º 26.815.
  • El control fronterizo en Pasos Internacionales, Centros de Frontera y Áreas de Control Integrado, en coordinación con países limítrofes.
  • La planificación de infraestructura para seguridad y control de fronteras.

El decreto también incorpora la coordinación de estadísticas criminales federales, la intervención en zonas de frontera (Ley 22.352) y la articulación con el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (Ley 27.287).

Con este rediseño, el Ministerio de Seguridad asume un rol más amplio que abarca desde migraciones hasta la tutela del sistema penitenciario, consolidando un esquema de centralización operativa.

Proceso legislativo, efectos institucionales y próximos pasos

El decreto instruye a dar cuenta inmediata a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, de acuerdo con lo previsto en la Ley 26.122, que regula la intervención parlamentaria en los Decretos de Necesidad y Urgencia. La Bicameral tiene un plazo de 10 días hábiles para emitir un dictamen sobre su validez o invalidez, y cada Cámara deberá pronunciarse mediante resolución expresa conforme al artículo 82 de la Constitución Nacional.

La entrada en vigencia del DNU se produce el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, según el artículo 5°, y lleva las firmas de Javier Milei y los ministros miembros del Gabinete.

La reforma reorganiza áreas sensibles para la administración estatal: identidad, relaciones federales, política deportiva, seguridad interior y migraciones. También reconfigura la distribución de responsabilidades entre Interior y Seguridad, con efectos operativos para provincias, municipios, organismos descentralizados y fuerzas de seguridad.

De cara al debate legislativo, se prevén repercusiones en sectores vinculados a la política federal, la administración electoral, el sistema deportivo nacional, el régimen migratorio y la articulación con gobiernos provinciales.

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Milei reorganiza ministerios: Turismo, Ambiente y Deportes pasan a la Jefatura de Gabinete

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Reestructuración del Gabinete Nacional, Milei elimina la Secretaría de Comunicación y traslada competencias de Turismo, Ambiente y Deportes a la Jefatura de Gabinete

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 793/2025 redefine la Ley de Ministerios, concentra funciones en la Jefatura de Gabinete y traslada Migraciones al Ministerio de Seguridad. El Gobierno busca “optimizar la gestión y reducir estructuras”, en un nuevo paso hacia la reorganización del Estado.

Reconfiguración del organigrama ministerial

El presidente Javier Milei firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia 793/2025, publicado el 11 de noviembre en el Boletín Oficial, que introduce una profunda modificación en la Ley de Ministerios N° 22.520. La medida, dictada en acuerdo general de ministros, apunta a “dotar de mayor eficiencia” a la estructura del Poder Ejecutivo mediante la supresión de organismos y reasignación de competencias estratégicas.

El decreto elimina la Secretaría de Comunicación y Medios de la Presidencia de la Nación, cuyas funciones pasarán a depender directamente de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Además, centraliza bajo esta última la gestión de las políticas de turismo, ambiente y deportes, hasta ahora a cargo del Ministerio del Interior.

Simultáneamente, se dispone que el Ministerio de Seguridad Nacional asuma la administración de las políticas de migración, inmigración y registración de personas, incluyendo el control tutelar sobre la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) y el Registro Nacional de las Personas (Renaper), funciones históricamente ligadas al área del Interior.

“Las modificaciones a la Ley de Ministerios resultan impostergables para la gestión de gobierno”, fundamenta el texto firmado por Milei, junto al jefe de Gabinete Manuel Adorni, los ministros Luis Petri, Patricia Bullrich, Luis Caputo, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger, entre otros.

La medida, que entra en vigencia con su publicación, deberá ser tratada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme a lo dispuesto por la Ley 26.122, que regula los DNU.

La Jefatura de Gabinete asume un rol ampliado

La Jefatura de Gabinete de Ministros se consolida como eje central de la coordinación ejecutiva del Gobierno Nacional, al incorporar competencias de turismo, deportes, medio ambiente y comunicación, que se suman a sus tradicionales funciones de articulación administrativa y presupuestaria.

El artículo 3° del decreto incorpora 35 nuevas atribuciones al artículo 16 de la Ley de Ministerios, otorgando a la Jefatura potestad para:

  • Determinar políticas nacionales de turismo, deporte y medio ambiente.
  • Administrar el Fondo Nacional de Turismo y coordinar el Consejo Federal de Turismo.
  • Supervisar el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) y la ejecución de obras de infraestructura deportiva y turística.
  • Formular políticas de comunicación gubernamental, difusión institucional y administración de los medios públicos nacionales, incluyendo la radio y televisión estatal.
  • Ejercer la coordinación del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) y administrar programas internacionales de financiamiento vinculados al cambio climático.

En materia ambiental, la norma faculta a la Jefatura a “entender en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible como política de Estado”, en el marco del artículo 41 de la Constitución Nacional.

De esta forma, el decreto fusiona áreas que históricamente operaron en carteras separadas y que, en administraciones previas, contaron incluso con rango ministerial (Turismo, Medio Ambiente y Deportes).

La Jefatura también concentrará la estrategia de comunicación institucional, incluyendo la “difusión de los objetivos de la gestión de gobierno y la proyección de la imagen del país”, así como la “administración, operación y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado Nacional”.

Seguridad Nacional amplía su alcance: migraciones, fronteras y registro civil

Uno de los cambios más significativos del DNU 793/2025 es la transferencia del régimen migratorio y del Registro Nacional de las Personas al Ministerio de Seguridad Nacional.

El artículo 5° redefine el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios, otorgándole al área encabezada por Patricia Bullrich competencias en políticas migratorias, de identificación ciudadana y manejo del fuego, además de las ya tradicionales de seguridad interior y control fronterizo.

La cartera será responsable de la aplicación de la Ley de Migraciones N° 25.871, de la Ley de Registro Nacional de las Personas N° 17.671 y de la Ley de Manejo del Fuego N° 26.815, que ahora quedan bajo su jurisdicción directa.

El decreto aclara que “toda referencia normativa efectuada a dichas leyes al Ministerio del Interior deberá entenderse referida al Ministerio de Seguridad Nacional”, consolidando así la reasignación de funciones.

La medida refuerza también la coordinación de políticas de frontera, control de pasajes internacionales y seguridad aeroportuaria, al tiempo que dispone la intervención de Seguridad en el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (Ley 27.287).

Este rediseño unifica la gestión de la seguridad fronteriza, migratoria y civil bajo un mismo ministerio, con el objetivo declarado de mejorar la eficiencia en el control y la prevención del delito transnacional.

Un nuevo esquema político y administrativo

Con la firma del DNU 793/2025, el presidente Milei avanza en una reconfiguración institucional profunda que consolida la reducción del aparato estatal y la concentración funcional en áreas estratégicas.

El Ministerio del Interior mantiene su rol político federal y electoral, pero cede áreas operativas clave —migraciones, turismo y ambiente— que durante décadas formaron parte de su estructura. En contrapartida, se refuerza su responsabilidad en la relación con las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en materia de derechos políticos y comunidades indígenas.

“Las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas por las Secretarías General, Legal y Técnica, de Inteligencia de Estado y de Cultura”, detalla el decreto, que deja sin efecto la Secretaría de Comunicación y Medios y faculta al Presidente a crear o suprimir organismos según lo considere necesario.

La decisión se enmarca en la estrategia gubernamental de simplificación institucional y reducción del gasto público, que ha implicado la eliminación o fusión de diversas dependencias desde el inicio de la gestión.

Impacto político e institucional

El DNU 793/2025 genera un nuevo mapa de poder dentro del Ejecutivo:

  • La Jefatura de Gabinete pasa a ser el núcleo de las políticas estratégicas transversales.
  • El Ministerio de Seguridad amplía su control operativo sobre áreas de frontera y documentación.
  • El Ministerio del Interior se concentra en funciones políticas e institucionales.

La medida puede tener repercusiones en la articulación federal y en la gobernanza interministerial, ya que fusiona áreas con agendas diversas bajo un mando centralizado.

Asimismo, el decreto implicará una readecuación presupuestaria y administrativa: los créditos, bienes y personal de la disuelta Secretaría de Comunicación y Medios serán transferidos automáticamente a la Jefatura de Gabinete.

El DNU será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que tendrá un plazo de diez días hábiles para emitir dictamen sobre su validez.

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Milei restituyó el Ministerio del Interior y designó a Lisandro Catalán como ministro

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El Gobierno nacional oficializó la restitución del Ministerio del Interior, cartera que había sido degradada a Secretaría en 2024, y nombró a Lisandro Catalán al frente de la misma. La medida, instrumentada por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 658/2025 y el Decreto 672/2025, redefine el esquema de la Ley de Ministerios y amplía las competencias del Ejecutivo en materia de gestión política, turismo, deporte y política ambiental.

La decisión se da en un escenario de replanteo político de La Libertad Avanza luego de la derrota electoral en la provincia de Buenos Aires. Según trascendió, el presidente Javier Milei reunió a su Gabinete para evaluar cambios y resolvió activar tres mesas de trabajo: una Política, otra Bonaerense y una Federal, destinada a recomponer la relación con los gobernadores.

En ese marco, la restitución del Ministerio del Interior aparece como un movimiento destinado a recuperar centralidad institucional y fortalecer el diálogo político con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lisandro Catalán, abogado y hombre de confianza del oficialismo, ya venía trabajando junto a Guillermo Francos en negociaciones políticas. Su debut se produjo la semana pasada cuando encabezó la primera reunión de la mesa federal, en la que se sentaron representantes de aliados estratégicos.

Este lunes, el jefe de Estado le tomará juramento en Casa Rosada, en una jornada de alta densidad política que incluirá reuniones de las mesas nacional y bonaerense, y que culminará con una cadena nacional para presentar el Presupuesto 2026.

Redefinición de la Ley de Ministerios

El DNU 658/2025 modifica la Ley de Ministerios N.° 22.520 y establece que el despacho de los negocios del Ejecutivo quedará a cargo del Jefe de Gabinete y nueve ministerios: Interior; Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Defensa; Economía; Justicia; Seguridad Nacional; Salud; Capital Humano; y Desregulación y Transformación del Estado.

El Ministerio del Interior asume así competencias ampliadas:

  • Gestión política interna: asistencia al Presidente y al Jefe de Gabinete en la coordinación institucional, preservación del régimen republicano y federal, y relación con provincias y CABA.
  • Registro y ciudadanía: supervisión del Registro Nacional de las Personas (Renaper) y la gestión de políticas migratorias y de asilo.
  • Turismo y deporte: administración del Fondo Nacional de Turismo, coordinación del Consejo Federal de Turismo, promoción de la actividad deportiva y representación internacional en ambas materias.
  • Política ambiental: diseño y ejecución de planes de mitigación y adaptación al cambio climático, preservación de bosques y áreas protegidas, y gestión sostenible de los recursos naturales.

Además, la norma dispone que toda referencia normativa a la Vicejefatura de Gabinete del Interior deberá entenderse como Ministerio del Interior, y transfiere a la nueva cartera los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes y personal correspondientes.

En paralelo, la Jefatura de Gabinete se fortalece con la creación de un Vicejefe de Gabinete Ejecutivo, con rango y jerarquía ministerial, a quien podrá delegar facultades específicas. El decreto detalla 57 funciones de la Jefatura, desde la coordinación de ministerios y la administración general hasta la relación con el Congreso y la supervisión de políticas científicas y tecnológicas.

La restitución del Ministerio del Interior envía una señal clara en dos direcciones: por un lado, hacia los gobernadores, que encuentran un canal institucionalizado para discutir temas de financiamiento, obras y políticas sectoriales; por el otro, hacia el interior del Gabinete, donde la figura de Catalán se erige como un contrapeso a la centralidad de la Jefatura de Gabinete y alinea a la Casa Rosada con una estrategia de mayor apertura política.

El movimiento también tiene impacto en el plano legislativo, dado que el Ministerio del Interior será clave en la construcción de consensos para avanzar con la agenda de reformas de Milei, particularmente en materia de presupuesto, coparticipación y federalismo fiscal.

En el plano institucional, la inclusión de áreas como turismo, deporte y medio ambiente bajo la órbita de Interior marca un rediseño del mapa de competencias, que busca ganar eficiencia pero también acumular poder político en una sola cartera.

De cara al futuro inmediato, la expectativa se centra en el rol que jugará Catalán en la mesa federal y en la articulación con las provincias en un contexto económico y social marcado por tensiones presupuestarias y demandas de recursos.

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Gobierno publicó Boletín Oficial y se justificó por la demora

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Con casi un día de retraso, el Boletín Oficial publicó el nuevo esquema del Gabinete. Ya había asombro y hasta enojo por la demora de su publicación e incluso durante casi todo el día el tema fue tendencia en las redes sociales, pero este miércoles, pasadas las 17 horas finalmente salió la publicación. Por supuesto, el Gobierno se justificó por el retraso y le echó la culpa a las reformas en la Ley de Ministerios.
Luego de que el oficialismo estuviera en el ojo del huracán por las demoras de la publicación del Boletín Oficial, pasadas las 17 de este miércoles 05/09, el Gobierno dio a conocer el decreto 801/2018 con los 10 ministerios que decidió el presidente Mauricio Macri.
El Gobierno dio a conocer el decreto Decreto 801/2018, que modifica la Ley de Ministerios, con fecha 05/09/2018. Tras el llamativo retraso, quedó establecido que los Ministerios serán los siguientes:
-Del Interior, Obras Públicas y Vivienda
– De Relaciones Exteriores y Culto
– De Defensa
– De Hacienda
– De Producción y Trabajo
– De Transporte
– De Justicia y Derechos Humanos
– De Seguridad
– De Salud y Desarrollo Social
– De Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología”
Se justificó la demora:
El recorte de ministerios dispuesta por el Presidente de la nación alegan que se demoró su publicación del Boletín Oficial que tendría que haber sido publicado a primera hora de este miércoles 05/09, por razones ajenas a su voluntad.
Las demoras se debieron a la reforma de la Ley de Ministerios, dispuesta por Mauricio Macri en el inicio de esta semana. Vale recordar que el Presidente decidió la eliminación de nueve ministerios, entre ellos Salud, Trabajo, Energía y Ciencia y Tecnología, y de esa forma el Gabinete Nacional pasará a estar conformado por la Jefatura de Gabinete y diez carteras.
Según se informó en lunes, los ministerios de Energía, Trabajo, Salud, Agroindustria, Cultura y Ciencia y Tecnología, Turismo y Ambiente y Desarrollo Sustentable se convierten en Secretarías de Estado y las dos últimas dependerán directamente del Presidente de la Nación.
LEY DE MINISTERIOS
Decreto 801/2018
Modificación.
Buenos Aires, 05/09/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-43451499-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus modificatorias, se prevén, entre otros aspectos, los Ministerios que integran el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en esta instancia resulta pertinente efectuar un reordenamie nto estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas en materia de reducción presupuestaria.
Que para ello deviene menester efectuar la fusión de Ministerios a fin de centralizar las actuales competencias en un número menor de Jurisdicciones.
Que la urgencia en la adopción de la presente medida hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de acuerdo a los artículos 2°, 19 y 20 de la Ley N° 26.122.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1º.- El Jefe de Gabinete de Ministros y DIEZ (10) Ministros Secretarios tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministerios serán los siguientes:
– Del Interior, Obras Públicas y Vivienda
– De Relaciones Exteriores y Culto
– De Defensa
– De Hacienda
– De Producción y Trabajo
– De Transporte
– De Justicia y Derechos Humanos
– De Seguridad
– De Salud y Desarrollo Social
– De Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología”

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