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Privatización de ENARSA: el Gobierno avanza con tres ofertas y activa la fase decisiva por el control de Transener

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El Gobierno dio un paso concreto en la privatización de activos energéticos al aprobar, el 24 de abril mediante la Resolución 540/2026, la preselección de tres ofertas para la venta de las acciones de CITELEC, controlante de TRANSENER. La decisión, firmada por el Ministerio de Economía, ordena avanzar hacia la apertura de las ofertas económicas el 28 de abril a las 10:00. El dato no es menor: se trata de una pieza central del sistema eléctrico nacional. La pregunta que se abre es si este movimiento consolida el esquema de desinversión estatal o si tensiona el equilibrio entre regulación y control de infraestructura crítica.

Del mandato legal a la ejecución operativa

La operación se inscribe en el marco de la Ley 27.742, que declaró a ENARSA sujeta a privatización, y en la estrategia definida por el Decreto 286/2025, que habilitó un proceso por etapas. En esta primera fase, el foco está puesto en la venta del 50 % de participación que la empresa estatal posee en CITELEC, sociedad que controla el 52,65 % del capital accionario de TRANSENER, concesionaria del transporte de energía eléctrica en alta tensión.

El procedimiento elegido —concurso público nacional e internacional— no prevé preferencias para empleados ni programas de propiedad participada. Es una señal clara sobre el tipo de modelo que se busca implementar: apertura competitiva y sin mecanismos de reparto interno.

El 14 de abril se concretó la apertura del Sobre N° 1, con tres ofertas recibidas. Tras el análisis técnico, la Comisión Evaluadora recomendó la preselección de todas ellas, al verificar el cumplimiento de los requisitos del pliego. No hubo impugnaciones dentro del plazo previsto, lo que despeja el camino hacia la siguiente instancia.

Quiénes siguen en carrera y qué está en juego

Los oferentes que avanzan a la etapa económica son tres:

  • CENTRAL PUERTO S.A.
  • El consorcio integrado por EDISON TRANSMISIÓN S.A. y GENNEIA S.A.
  • EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE S.A. (EDENOR)

La resolución no introduce cambios en el esquema del proceso, pero sí formaliza un punto de inflexión: a partir de ahora, la competencia se traslada al terreno de las propuestas económicas, donde se definirá quién accede a una posición clave dentro del sistema de transporte eléctrico.

El activo en disputa no es menor. A través de CITELEC, el futuro adjudicatario tendrá influencia directa sobre TRANSENER y, de manera indirecta, sobre otras compañías vinculadas al transporte eléctrico, incluso con proyección internacional.

Energía, mercado y Estado

El avance del proceso fortalece la hoja de ruta del Gobierno en materia de privatizaciones, con un esquema que combina decisión política y ejecución técnica. La ausencia de impugnaciones en esta etapa sugiere, al menos en lo formal, un proceso ordenado y sin conflictos visibles entre los actores participantes.

Al mismo tiempo, el movimiento reconfigura el mapa de poder en el sector energético. La eventual salida del Estado de una posición relevante en la red de alta tensión abre interrogantes sobre la futura articulación entre operadores privados y organismos regulatorios.

Desde el punto de vista económico, la operación también pone en juego el control de un segmento estratégico del sistema eléctrico, donde la estabilidad operativa y la inversión en infraestructura son variables sensibles. El diseño del proceso —con etapas, evaluación técnica previa y apertura económica diferida— busca reducir incertidumbre, pero no elimina los riesgos asociados a la transición.

La hora de las ofertas y las señales del mercado

El 28 de abril será una fecha clave. La apertura del Sobre N° 2 definirá no solo quién presenta la mejor oferta, sino también qué tipo de valoración hace el mercado sobre activos energéticos en un contexto de reconfiguración estatal.

A partir de ese momento, el proceso entrará en su fase más visible, donde la decisión final tendrá impacto directo en la estructura del sector eléctrico. También será una señal hacia otros procesos de privatización en marcha o en evaluación.

Quedan variables abiertas: el nivel de competencia real entre oferentes, las condiciones finales de adjudicación y el margen de intervención estatal futura. La política energética vuelve a cruzarse con la lógica de mercado, en un terreno donde cada movimiento redefine equilibrios.

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El Gobierno ajusta la privatización de ENARSA y redefine el cronograma para vender Transener

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El Gobierno nacional volvió a intervenir en el proceso de privatización de Energía Argentina S.A. (ENARSA) y dio una nueva señal sobre el ritmo y las condiciones de la venta de activos estratégicos del sistema energético. A través de la Resolución 364/2026, firmada el 19 de marzo, el Ministerio de Economía aprobó la incorporación de nuevas modificaciones al pliego del concurso público que busca desprenderse de la participación estatal en CITELEC S.A., controlante de Transener.

La decisión no introduce un cambio de rumbo, pero sí recalibra el procedimiento: suma dos nuevas circulares modificatorias (N° 3 y 4), ajusta el cronograma y retoca condiciones del pliego. En un proceso que ya venía siendo intervenido con correcciones previas, el movimiento abre un interrogante: ¿se trata de una optimización técnica para atraer inversores o de una señal de dificultades en la ejecución del plan original?

Una privatización por etapas con foco en el corazón del sistema eléctrico

La venta de CITELEC es el primer paso concreto dentro de la estrategia de privatización total de ENARSA, definida en la Ley 27.742 y reglamentada por el Decreto 286/2025, que dispuso avanzar por etapas para garantizar la continuidad de los servicios y las obras en curso.

No es un activo menor. CITELEC controla el 52,65% de Transener, la empresa que opera la red de transporte de energía eléctrica en alta tensión en todo el país. A su vez, ese entramado societario incluye participaciones indirectas en Transba S.A., responsable del transporte troncal en la provincia de Buenos Aires, y en Transener Internacional Ltda., con operaciones en Brasil.

En términos de poder real, lo que está en juego no es solo una empresa, sino el control de la infraestructura crítica que sostiene el sistema eléctrico nacional.

El mecanismo elegido es un concurso público con base, de alcance nacional e internacional, sin programas de propiedad participada ni preferencias para sectores específicos, lo que confirma una decisión política: priorizar la competencia abierta por sobre esquemas de distribución accionaria más amplios.

Cambios sobre la marcha: cronograma, pliegos y señales al mercado

La Resolución 364/2026 se inscribe en una secuencia de ajustes. El proceso había sido formalmente lanzado en diciembre de 2025 con la Resolución 2090/2025, que aprobó el pliego, convocó al concurso (N° 504/2-0002-CPU25) y fijó las primeras fechas.

Días antes de esta nueva medida, la Resolución 281/2026 ya había introducido modificaciones a través de una circular previa. Ahora, con las circulares 3 y 4, el Ministerio de Economía vuelve a intervenir sobre dos ejes: Reprogramación del cronograma del proceso. Cambios en artículos del pliego para “mejorar, ampliar y corregir” condiciones

El argumento formal apunta a garantizar los principios de la contratación administrativa y del proceso de privatización, en línea con la Ley 23.696. Pero en clave política, los ajustes sucesivos muestran que el diseño original del proceso sigue en revisión.

La intervención de la Secretaría de Energía y de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” refuerza la idea de que se trata de un proceso central dentro de la agenda económica del Gobierno.

Impacto político y económico: entre la señal pro-mercado y la ejecución real

La privatización de ENARSA —y en particular de su participación en el sistema de transporte eléctrico— tiene una doble lectura.

Por un lado, consolida una señal pro-mercado alineada con el marco legal vigente: avanzar en la desinversión estatal en empresas estratégicas y abrir el juego a capitales privados, incluso internacionales.

Por otro, la necesidad de ajustar pliegos y cronogramas introduce un matiz: la ejecución del proceso no es lineal.

Cada modificación puede leerse como una instancia de adaptación para mejorar condiciones y atraer oferentes, pero también como un indicio de que el proceso requiere calibración constante para sostener su viabilidad.

En ese equilibrio se juega parte de la credibilidad del esquema: no alcanza con la decisión política de privatizar, también importa cómo se implementa.

Además, el hecho de que no se contemplen mecanismos de propiedad participada ni preferencias específicas delimita el tipo de actores que podrán competir, lo que impacta directamente en la configuración futura del sector.

Un proceso abierto, con variables en movimiento

La resolución entra en vigencia de inmediato y ordena la publicación de las nuevas circulares en los canales oficiales, incluyendo plataformas nacionales e internacionales.

Pero más allá del acto administrativo, el proceso sigue abierto. Las próximas semanas estarán marcadas por dos variables clave: la respuesta del mercado a las nuevas condiciones y la capacidad del Gobierno para sostener el cronograma ajustado.

En un contexto donde la infraestructura energética es un activo estratégico, cada modificación del proceso no solo ordena un expediente, sino que también redefine expectativas sobre el futuro del sector eléctrico y el rol del Estado en su gestión.

Por ahora, el Gobierno avanza. Pero lo hace corrigiendo sobre la marcha, en un proceso donde la letra de los pliegos y los tiempos del mercado todavía están buscando un punto de equilibrio.

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Transporte eléctrico: el Gobierno habilita concesiones privadas para ampliar la red nacional

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El Poder Ejecutivo nacional avanzó con un cambio estructural en la política de infraestructura energética al disponer que las obras prioritarias de ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica se ejecuten bajo el régimen de concesiones privadas de obra pública previsto en la Ley N° 17.520, mediante licitaciones públicas nacionales e internacionales y sin erogaciones directas del Estado. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 921/2025, firmado el 26 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y se inscribe en el marco de la emergencia del sector energético nacional, prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.

La norma redefine el esquema de ejecución de inversiones clave en transmisión eléctrica, con el objetivo de atraer capital privado, mejorar la confiabilidad del sistema y reducir restricciones estructurales que afectan la operación del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), en un contexto de crecimiento de la demanda y limitaciones históricas en la red de alta tensión.

Marco normativo y emergencia energética: la base del nuevo esquema

El decreto se apoya en un entramado normativo amplio que incluye las Leyes N° 15.336, 17.520 y 24.065, y una serie de decretos y resoluciones dictados desde 1992 hasta 2025. En particular, retoma los objetivos fijados por el artículo 2° del Texto Ordenado de la Ley N° 24.065, que establece como ejes de la política eléctrica la protección de los usuarios, la confiabilidad y libre acceso al sistema, la eficiencia tarifaria y el fomento de inversiones privadas en generación, transporte y distribución.

El contexto inmediato es la emergencia del Sector Energético Nacional, declarada originalmente por el Decreto N° 55/2023 y prorrogada sucesivamente por los Decretos N° 1023/2024 y N° 370/2025. Ese marco habilitó a la Secretaría de Energía a diseñar un programa de acciones para garantizar inversiones indispensables en transporte y distribución eléctrica, asegurando la prestación continua del servicio en condiciones técnicas y económicas adecuadas.

En ese sentido, la Resolución del Ministerio de Economía N° 715/2025 declaró prioritarias determinadas obras de ampliación del sistema de transporte, identificadas en su Anexo, y dispuso que se ejecuten bajo el esquema concesional de la Ley N° 17.520, abriendo la puerta a un modelo donde el sector privado asume la construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura.

Concesiones, inversión privada y rol de la Secretaría de Energía

El Decreto 921/2025 establece que las obras prioritarias de ampliación del sistema de transporte eléctrico se realizarán a título gratuito para el Estado, mediante concesiones de obra pública y bajo el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional. De este modo, el financiamiento, la ejecución y la operación quedarán en manos de concesionarios privados, con un esquema contractual que, según destaca la norma, preserva el equilibrio económico-financiero y brinda previsibilidad a inversores y financiadores.

El texto subraya que el régimen de la Ley N° 17.520 ofrece garantías en materia de remuneración, variación de condiciones contractuales y mitigación de riesgos, incluso frente a eventuales terminaciones anticipadas. Esto permite estructurar proyectos de largo plazo sin comprometer recursos públicos de manera directa, en línea con la estrategia oficial de reducción del gasto público y optimización del rol del Estado.

En este marco, el decreto delegó amplias facultades en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, que tendrá a su cargo:

  • Aprobar los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y técnicas, así como el modelo de contrato de concesión.
  • Convocar a las licitaciones públicas nacionales e internacionales.
  • Organizar y coordinar la Comisión Evaluadora.
  • Calificar oferentes y resolver impugnaciones.
  • Dictar el acto administrativo de adjudicación y suscribir los contratos de concesión.

El Ministerio de Economía quedará, a su vez, como Autoridad de Aplicación de los contratos, ejerciendo la supervisión y el control general, mientras que la Secretaría de Energía podrá dictar las normas complementarias y operativas necesarias para la implementación del régimen.

Impacto esperado y proyección del sistema eléctrico

Desde una perspectiva institucional y económica, la medida busca destrabar inversiones largamente postergadas en la red de transmisión eléctrica, un cuello de botella crítico para el desarrollo energético y productivo. La ampliación del sistema de transporte resulta clave para mejorar la confiabilidad del suministro, reducir riesgos de saturación y acompañar el crecimiento de la demanda en distintas regiones del país.

El esquema concesional también implica un cambio relevante en la relación entre el Estado y el sector privado en materia de infraestructura eléctrica, trasladando riesgos y responsabilidades operativas a los concesionarios, pero bajo reglas contractuales definidas y supervisión estatal.

En términos políticos, el decreto consolida una orientación que prioriza la participación privada en obras estratégicas, apoyada en un marco legal existente pero poco utilizado en el sector eléctrico durante las últimas décadas. En ese sentido, la implementación efectiva de las licitaciones y la respuesta del mercado serán determinantes para evaluar el alcance real de esta política en el mediano y largo plazo.

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Licitación de la Hidrovía: informe de la ONU garantiza competencia internacional y estándares globales

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UNCTAD respalda la licitación de la Vía Navegable Troncal de la hidrovía y avala la competencia internacional en dragado

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) avaló los nuevos pliegos elaborados por la Agencia Nacional Portuaria y de Navegación (ANPyN) para la licitación internacional de la Vía Navegable Troncal. El informe técnico, de más de cien páginas, concluye que la estructura propuesta “satisface mayoritariamente” las recomendaciones del organismo y garantiza condiciones efectivas de competencia global, un punto central para el Gobierno del presidente Javier Milei en un proceso considerado estratégico para el comercio exterior argentino.

Un aval técnico clave para un proceso estratégico

El documento remitido esta semana por UNCTAD se elaboró en el marco del Memorándum de Entendimiento firmado con la ANPyN, y analiza requisitos técnicos, modelo económico y estándares de seguridad, además de la capacidad real del mercado internacional para cubrir las demandas del contrato.

El organismo destaca que los pliegos “satisfacen mayoritariamente” las buenas prácticas recomendadas y resultan adecuados para un proceso competitivo. La evaluación adquiere relevancia institucional en un contexto donde la Vía Navegable Troncal —más conocida como Hidrovía Paraná–Paraguay— canaliza más del 80% del comercio exterior argentino y constituye un corredor esencial para Paraguay, Bolivia, Uruguay y el sur de Brasil.

El respaldo internacional se inscribe además en un escenario político donde la administración Milei busca dar señales de previsibilidad ante actores exportadores, empresas de dragado, países usuarios y organismos multilaterales.

Competencia internacional garantizada: ocho empresas en condiciones de intervenir

UNCTAD dedicó un capítulo específico a evaluar la disponibilidad de flota capaz de cumplir el dragado, el componente central del contrato. Allí identifica a cuatro empresas líderes mundiales —Jan de Nul, DEME, Boskalis y Van Oord— como firmas que cuentan con flota suficiente para responder a los requerimientos técnicos de los nuevos pliegos.

Además, señala que otras compañías —Inai Kiara, Rhode Nielsen, Great Lakes and Dock Co. y Weeks Marine— podrían presentarse “conjuntamente con otras” para alcanzar el tamaño de flota exigido.

En su conclusión, el organismo afirma: “La realidad del sector permite asegurar que no solo no existe una restricción a la competencia en el marco del concurso, sino que sería posible completar las ofertas con aspectos que mejorarían las garantías de servicio del nuevo concesionario”.

Recomendaciones técnicas y ajustes sugeridos por Naciones Unidas

Aunque el balance general es favorable, UNCTAD recomienda introducir ajustes puntuales. Formalizar un procedimiento de modificación contractual ante “actuaciones de interés público no previstas”. Fortalecer los requisitos profesionales del representante técnico de cada oferente. Ordenar artículos vinculados a la evaluación económica. Asegurar que la adjudicación recaiga en el oferente “que obtenga la mayor puntuación” combinando calidad técnica y oferta económica. Aclarar que el fideicomiso del Anexo 10 debe finalizar una vez agotados los remanentes, independientemente del plazo concesional.

En materia de gobernanza, el organismo propone crear una Sociedad de Propósito Específico (SPE) para aislar activos, mejorar la transparencia y facilitar el control estatal a cargo de la ANPyN. También destaca la necesidad de un sistema robusto de supervisión por parte del Estado, dado que el modelo se estructurará “a riesgo empresario y sin aval del Estado”.

Inversiones iniciales y sostenibilidad del proyecto

El informe respalda el modelo económico del contrato, aunque sugiere revisar cada diez años las hipótesis de ingresos, inversiones y tarifas para asegurar la sostenibilidad.

La UNCTAD subraya que las primeras etapas de la concesión requerirán una fuerte inyección de capital, estimada en “más de 420 millones de dólares entre aportes y financiamiento”, destinada a dragado, señalización y modernización tecnológica.

El organismo también recomienda: Incorporar un esquema de ciberseguridad diseñado desde el inicio. Implementar inversiones escalonadas en infraestructura. Crear comisiones técnicas permanentes para monitorear dragado, balizamiento, salvamento, tecnología y contabilidad.

Un mensaje político en un debate sensible

El respaldo técnico de UNCTAD impacta directamente en un proceso que históricamente generó tensiones entre provincias, sectores exportadores, armadores regionales, sindicatos y empresas internacionales.

Aunque aún restan ajustes, el visto bueno del organismo introduce un elemento de legitimidad internacional que fortalece la estrategia del Gobierno frente al llamado licitatorio.

El informe reafirma: “Los pliegos satisfacen mayoritariamente las recomendaciones y mejores prácticas de este organismo”.

Para la administración nacional, el aval representa un activo estratégico en una de las licitaciones más relevantes de los últimos años, tanto por su impacto económico como por su peso político en la agenda federal del transporte y la logística.

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Puente Santo Tomé–São Borja: el Ejecutivo ratifica adendas y habilita la nueva concesión

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El Gobierno ratifica prórrogas y habilita la adjudicación del Puente Santo Tomé–São Borja, cómo sigue la transición del corredor fronterizo clave para el Mercosur

El Gobierno nacional formalizó, mediante el Decreto 833/2025 publicado este 25 de noviembre, una serie de decisiones estratégicas para garantizar la continuidad operativa del Puente Internacional Santo Tomé–São Borja y avanzar en la transición hacia un nuevo modelo de concesión binacional. La medida ratifica dos prórrogas del contrato vigente con Mercovía S.A., aprueba la adjudicación del futuro contrato a CS Infra S.A. y redefine la representación argentina en la Comisión Mixta Argentino-Brasileña (COMAB).

Se trata del principal paso institucional de la última década en uno de los corredores logísticos más relevantes para el comercio regional, clave para el tránsito de cargas entre Argentina, Brasil y el eje central del Mercosur.

Un decreto para ordenar la transición: prórrogas, adjudicación y cambios institucionales

El Decreto 833/2025 ratifica formalmente la 6ª Adenda (25 de agosto de 2025) y la 7ª Adenda al Contrato Internacional de Concesión firmado originalmente en 1996, que prorrogan la operación de Mercovía S.A. entre el 29 de agosto y el 28 de octubre de 2025, y luego por un período adicional acordado entre ambos Estados.
El objetivo es evitar la interrupción del servicio en el Centro Unificado de Frontera y en la operación del puente binacional, cuyo contrato original vencía el 29 de agosto de 2025.

El decreto también aprueba la adjudicación a CS Infra S.A., seleccionada por la COMAB tras evaluar las propuestas del proceso licitatorio internacional iniciado bajo el Pliego N° 01/2025. Según el Acta N° 112 del 31 de julio de 2025, fue la única oferta válida, y superó técnicamente la presentada por Plus Byte S.R.L., desestimada por incumplimiento del Anexo 5 del pliego.

Por otra parte, el Gobierno modifica el artículo 4° del Decreto 383/1996 y faculta al Ministerio del Interior para proponer los representantes argentinos ante la COMAB, otorgándole un rol central en la gestión del corredor fronterizo. El Ministerio de Economía continuará como asistente técnico en materia de obras públicas e infraestructura.

Tres décadas de concesión, múltiples adendas y una transición compleja

El vínculo jurídico del puente se remonta al Acuerdo de 1989, aprobado por la Ley 23.772, mediante el cual Argentina y Brasil crearon la COMAB y definieron el marco para la construcción y explotación de la vinculación vial.
En 1996, el Decreto 383 adjudicó la concesión al entonces consorcio IMPREGILO-IGLYS-CIGLA-CONVAP (hoy Mercovía S.A.) por 25 años.

Desde 2021, ante el vencimiento del plazo, ambos países fueron encadenando prórrogas sucesivas:

  • 19/07/2021: Acuerdo de Prórroga inicial (365 días + opción 365).
  • 19/08/2021: 2ª Adenda (ratificada por Decreto 723/2021).
  • 23/08/2022: 3ª Adenda (tras nuevo canje de notas).
  • 08/08/2023: 4ª Adenda (ratificada por Decreto 581/2024).
  • 28/08/2024: 5ª Adenda (nueva prórroga de 365 días).
  • 25/08/2025: 6ª Adenda —prórroga hasta el 28/10/2025—.
  • 2025: 7ª Adenda —nueva prórroga acordada por ambos Estados para garantizar la continuidad del servicio—.

El 26 de agosto de 2025 entró en vigor un nuevo Acuerdo por Canje de Notas que habilitó una extensión “precaria y transitoria” por 31 días (29/08-29/09/2025), con posibilidad de 90 días adicionales si fuera necesario.

En paralelo, la COMAB avanzó en el proceso licitatorio internacional para una nueva concesión integral que abarcará operación, modernización, mantenimiento y gestión del Centro Unificado de Frontera.

Qué implica el decreto para el corredor fronterizo

El Decreto 833/2025 tiene efectos directos en tres planos:

Continuidad operativa garantizada

La ratificación de las adendas evita la interrupción del servicio —crítica para el tránsito fronterizo— y ordena la transición entre Mercovía S.A. y el nuevo concesionario.

Avance hacia un nuevo modelo de concesión

La aprobación de la adjudicación a CS Infra S.A. habilita la firma formal del contrato, que deberá realizarse bajo las condiciones del Pliego COMAB N° 01/2025.

El Gobierno autoriza explícitamente a la Delegación Argentina a rubricar el documento.

Reconfiguración institucional

El traspaso de la representación ante la COMAB al Ministerio del Interior reposiciona al área en la agenda de infraestructura estratégica, mientras que Economía queda como soporte técnico.

Esto implica un alineamiento administrativo con el resto de los organismos que gestionan pasos fronterizos y obras de conectividad.

Qué puede ocurrir en los próximos meses

Con la transición ya validada por decreto, los pasos siguientes son: Firma del contrato con CS Infra S.A. Asunción efectiva del nuevo concesionario (aplazada al 2 de diciembre de 2025 según Resolución COMAB N° 4). Implementación del cronograma de modernización y mejoras previsto en el pliego. Cierre definitivo de la concesión histórica de Mercovía S.A., con obligaciones específicas de colaboración establecidas en las adendas.

El puente Santo Tomé–São Borja es uno de los principales corredores logísticos de Corrientes y Río Grande do Sul. Su regulación, eficiencia y continuidad operativa impactan directamente en el comercio bilateral y en el movimiento regional de cargas hacia los puertos atlánticos.

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