Martín Ferroni

La Justicia frenó los eventos privados en Cataratas y suspendió la resolución de Parques Nacionales

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La Cámara Federal de Posadas suspendió la aplicación de la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN), que habilitaba la realización de “microeventos” privados dentro del Parque Nacional Iguazú, y revocó así el rechazo dictado en primera instancia. El fallo representa un fuerte revés para la política de flexibilización impulsada por el Gobierno nacional sobre áreas protegidas y refuerza la exigencia de controles ambientales previos en uno de los principales patrimonios naturales del país: Parque Nacional Iguazú.

La decisión fue firmada este 28 de abril por los jueces Fabián Gustavo Cardozo, Mario Osvaldo Boldu y Mirta Delia Tyden, integrantes de la Cámara Federal de Posadas, quienes hicieron lugar a la apelación presentada por la Asociación Civil Orembae y concedieron una medida cautelar de no innovar hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la causa.

La normativa cuestionada había sido aprobada en diciembre de 2025 y permitía desarrollar actividades privadas de pequeña escala en el Área Cataratas, con hasta 60 participantes. Desde la APN se defendía la iniciativa bajo el argumento de que se trataba de propuestas de “bajo impacto operativo”, de carácter experimental, sujetas a declaraciones juradas ambientales y controles administrativos simplificados.

Sin embargo, la organización ambientalista sostuvo que la resolución omitía requisitos esenciales previstos por la legislación ambiental argentina, entre ellos la Evaluación de Impacto Ambiental y los mecanismos de participación ciudadana, además de incumplir compromisos internacionales asumidos por el país, como el Acuerdo de Escazú.

En un comunicado difundido este martes, Orembae celebró la resolución judicial y afirmó que el pronunciamiento “constituye un hito fundamental en la defensa del patrimonio natural”. También destacó que el tribunal corrigió el criterio adoptado previamente por el Juzgado Federal de Puerto Iguazú, que había rechazado la cautelar bajo el argumento de que no existía un “peligro cierto e inminente”.

El abogado de la asociación, Martín Ferroni, remarcó que “la Cámara ha comprendido lo que el juez de primera instancia había pasado por alto: que, en materia ambiental, la duda favorece a la naturaleza”. Además, sostuvo que “no podemos esperar a que ocurra un daño irreversible para que la Justicia intervenga”.

El principio preventivo por encima de la presunción administrativa

En los fundamentos del fallo, los camaristas señalaron que la presunción de legitimidad de los actos administrativos no puede prevalecer cuando existe riesgo de afectación ambiental. En ese marco, remarcaron que el principio preventivo establecido en la Ley General del Ambiente obliga a actuar incluso cuando no exista certeza absoluta sobre las consecuencias futuras.

“El peligro existe con claridad”, sostuvieron los jueces al analizar la posibilidad de autorizar actividades cuyos alcances no estaban debidamente especificados en la resolución suspendida.

Además, advirtieron que la figura de los “microeventos” podía transformarse en una herramienta para eludir controles ambientales más rigurosos dentro de un área protegida de altísima sensibilidad ecológica.

La sentencia también cuestionó que la Administración de Parques Nacionales pretendiera respaldar la legalidad de la medida únicamente en sus propios mecanismos de supervisión. Para la Cámara, el control judicial sobre las decisiones estatales “es indelegable” y no puede quedar exclusivamente bajo la órbita del organismo demandado.

Escazú, participación ciudadana y un límite a la flexibilización

Otro de los ejes centrales del expediente gira en torno a la ausencia de Evaluación de Impacto Ambiental y de audiencias públicas previas.

Según el tribunal, la eventual omisión de esos procedimientos podría vulnerar derechos vinculados al acceso a la información pública, la participación ciudadana y la transparencia en la toma de decisiones ambientales.

En ese sentido, el fallo remarca que el Acuerdo de Escazú obliga al Estado argentino a garantizar procesos abiertos e inclusivos cuando se trata de decisiones que puedan afectar ecosistemas protegidos.

La resolución judicial abre ahora una nueva etapa en la discusión de fondo sobre el alcance de las actividades privadas dentro de parques nacionales y fija un precedente relevante para futuras decisiones sobre el uso turístico y comercial de áreas naturales protegidas.

En el caso de Iguazú, la suspensión de la Resolución 460/2025 deja en pausa cualquier intento de habilitar eventos privados experimentales hasta que exista una sentencia definitiva, en una causa que ya se transformó en un caso testigo sobre los límites entre desarrollo turístico, conservación ambiental y control institucional.

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Publican una guía sobre impacto ambiental en Misiones

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En un contexto donde la regulación ambiental gana centralidad en la agenda pública, el abogado Martín Ferroni impulsa una intervención que trasciende lo académico: la publicación de la “Guía Metodológica para Estudios de Impacto Ambiental y Análisis de sus Elementos Legislativos en la Provincia de Misiones”, cuya presentación comenzará el 8 de abril en Jardín América y continuará el 16 en Posadas. El dato no es menor. La obra no solo sistematiza criterios técnicos, sino que introduce una pregunta de fondo: ¿la normativa vigente en Misiones está preparada para responder a las nuevas exigencias ambientales?

Entre la técnica y la ley: una herramienta con doble lectura

El libro, coeditado por el Instituto Superior Multiversidad Popular y Editorial Mate, con auspicio del Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones, se estructura en dos planos que dialogan entre sí.

Por un lado, propone una guía metodológica para la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) con lineamientos estandarizados a nivel internacional, adaptados a la legislación argentina —en particular la Ley General del Ambiente N° 25.675— y al marco provincial. En términos prácticos, se trata de una herramienta operativa para quienes deben diseñar o evaluar proyectos con impacto ambiental.

Pero el segundo bloque introduce una dimensión más sensible: un análisis artículo por artículo de la Ley XVI-35 de Misiones, vigente desde los años 90. Allí, Ferroni identifica aspectos “que podrían optimizarse”, lo que, en clave política, abre una discusión sobre la actualización de una norma que regula uno de los procesos más críticos en materia de desarrollo y control estatal.

Regulación, formación y control

La publicación se inserta en un escenario donde la Evaluación de Impacto Ambiental funciona como un punto de intersección entre Estado, sector productivo y sociedad civil. No es solo un procedimiento técnico: define qué proyectos avanzan, bajo qué პირობ conditions y con qué controles.

En ese marco, la obra puede influir en distintos niveles. Por un lado, fortalece la formación técnica de profesionales y operadores del sistema. Por otro, introduce insumos para revisar la normativa vigente, en un contexto donde las leyes provinciales conviven con estándares nacionales e internacionales cada vez más exigentes.

La participación de instituciones educativas y el auspicio del sistema de enseñanza privada también sugieren una intención de ampliar el alcance del debate más allá del ámbito jurídico, llevándolo hacia la formación y la práctica profesional.

Una agenda en construcción

La decisión de analizar en profundidad una ley provincial que data de los años 90 no es neutra. Expone una tensión latente: la distancia entre marcos regulatorios diseñados en otro contexto y las demandas actuales en materia ambiental.

La presentación del libro abre, al menos en términos técnicos, una instancia de discusión sobre posibles ajustes o reformas. Sin embargo, el paso de la teoría a la agenda legislativa dependerá de la capacidad de estos insumos para instalarse en el debate político e institucional.

Por ahora, la guía se posiciona como un instrumento que ordena criterios y, al mismo tiempo, sugiere preguntas. En un terreno donde cada proyecto implica decisiones con impacto económico, social y ambiental, esa combinación puede resultar más influyente de lo que parece.

Presentación del libro

El libro será presentado el miércoles 8 de abril, a las 18.30 horas, en la sede del Profesorado de Biología de la Multiversidad Popular en Jardín América (en Av. Presidente Perón N° 135), y el jueves 16 de abril, a las 18.30 horas, en la sede de la Multiversidad Popular en Posadas, ubicada en Av. Blas Parera 5160.

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