Medios de pago

E-commerce: cuotas, billeteras y medios de pago redefinen la competencia por cada venta

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El comercio electrónico argentino atraviesa una transformación que ya no se explica solamente por el precio, la variedad o la comodidad de comprar desde un dispositivo. La posibilidad de elegir cómo pagar y, sobre todo, cómo financiar una compra, se convirtió en un factor determinante para concretar una venta. El desafío para las empresas dejó de ser únicamente atraer consumidores: ahora también deben ofrecer una infraestructura de pagos capaz de acompañar hábitos cada vez más diversos.

Los datos del Estudio Anual de Comercio Electrónico 2025, elaborado por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE) junto con Kantar Insights, muestran con claridad ese cambio. La categoría “Medios de pago y Financiamiento” alcanzó el 25% de importancia entre los motivos que explican las compras online, cuatro puntos porcentuales más que en 2024.

Dentro de ese universo, el 16% de los consumidores señaló como prioridad la posibilidad de utilizar cualquier medio de pago, mientras que el 15% valoró especialmente la alternativa de pagar en cuotas. La lectura para los comercios es directa: cuanto mayor sea la capacidad de adaptar el pago a las preferencias del consumidor, mayor es la posibilidad de transformar una intención de compra en una operación efectiva.

El fenómeno también se observa en la evolución de las billeteras digitales. Según el estudio, estos medios ganaron 12 puntos porcentuales y alcanzaron el 20% de participación. El avance refleja una modificación en la relación cotidiana de los consumidores con el dinero y, al mismo tiempo, eleva la exigencia sobre los comercios que buscan sostener ventas en un mercado cada vez más digitalizado.

Sin embargo, el crecimiento de las billeteras no desplazó completamente a los instrumentos tradicionales. Las transferencias mediante QR y las tarjetas de crédito y débito continúan concentrando una participación neta del 67%. A su vez, más de la mitad de las ventas financiadas, el 54%, se concreta en planes de entre tres y seis cuotas.

El dato resulta particularmente relevante para las pequeñas y medianas empresas, porque muestra que competir en el comercio electrónico no depende exclusivamente de disponer de una tienda online. La experiencia de pago pasó a formar parte de la propuesta comercial y puede definir si un consumidor abandona el proceso o completa la operación.

La infraestructura que sostiene ese último paso adquiere así una importancia creciente. Las pasarelas de pago permiten integrar distintas alternativas dentro de un mismo entorno y reducir la complejidad operativa que enfrentan los comercios ante la proliferación de billeteras, transferencias, QR y tarjetas.

Desde la Cámara Argentina de Comercio Electrónico, Natalia López, integrante de su Comisión Directiva, vinculó el crecimiento de estas herramientas con una transformación más amplia de la digitalización y de la infraestructura de pagos. El punto central es que la sofisticación tecnológica debe quedar resuelta detrás de escena para que el consumidor encuentre un proceso simple al momento de pagar.

En ese sentido, el checkout dejó de ser una instancia puramente técnica. Se convirtió en un punto estratégico del negocio: allí se pone a prueba si el comercio consiguió traducir la diversidad de medios disponibles en una experiencia clara, rápida y compatible con las preferencias del cliente.

Para las empresas, la solución pasa entonces por integrar y ordenar, más que por multiplicar opciones sin una estrategia. Una infraestructura capaz de concentrar diferentes modalidades de pago, incorporar nuevas tecnologías y sostener alternativas de financiación permite reducir fricciones y ampliar las posibilidades de conversión.

El cambio también plantea una señal para el ecosistema comercial argentino: la digitalización ya no termina cuando el consumidor encuentra un producto y lo agrega al carrito. La verdadera competencia se juega en el último tramo de la operación, donde medios de pago, financiación, tecnología y experiencia de usuario convergen para definir si la venta finalmente ocurre.

En un escenario de consumo más selectivo, facilitar el pago puede ser tan importante como conseguir al cliente. Y para el comercio electrónico, esa diferencia empieza a construirse en el checkout.

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ARCA escalona la nueva facturación electrónica y otorga más tiempo para que adapten sus sistemas

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una profunda actualización del régimen de emisión de comprobantes electrónicos que comenzará a implementarse desde el 1 de julio de 2026, aunque con un cronograma gradual para los sectores de mayor complejidad operativa. La decisión busca evitar interrupciones en la facturación mientras las empresas adecuan sus plataformas tecnológicas y procesos administrativos.

La Resolución General 5866/2026 modifica los regímenes generales de facturación vigentes, incorpora nuevas modalidades de emisión electrónica, reorganiza obligaciones para distintos contribuyentes y deroga normas específicas que, a partir de la integración de sistemas, dejan de ser necesarias. ARCA justificó el cambio en las consultas recibidas y en las dificultades operativas planteadas por diversos sectores antes de la entrada en vigencia prevista originalmente.

Para el entramado productivo, la medida tiene una lectura que trasciende el aspecto tributario: representa un nuevo paso en la estandarización digital de la documentación comercial entre empresas, entidades financieras y organismos de control, reduciendo la coexistencia de regímenes diferenciados y simplificando la administración documental de operaciones masivas.

Un cronograma gradual para evitar impactos operativos

En lugar de imponer una implementación simultánea, ARCA distribuyó las nuevas obligaciones entre julio de 2026 y marzo de 2027, especialmente para actividades que procesan millones de comprobantes mensuales.

Las principales fechas son:

  • 1 de julio de 2026: comienza la vigencia general de la resolución y de las nuevas obligaciones para los sectores alcanzados.
  • 1 de septiembre de 2026: inicia la obligación para determinadas operaciones de compañías de seguros.
  • 1 de octubre de 2026: se incorporan contratos de leasing y operaciones de comercio exterior de entidades financieras.
  • 1 de diciembre de 2026: alcanzará préstamos bancarios, operaciones con consumidores finales y liquidaciones vinculadas a tarjetas.
  • 1 de marzo de 2027: se incorporan operaciones de coaseguro y liquidaciones periódicas a comercios adheridos de los sistemas de pago.

La implementación escalonada responde a la necesidad de adaptar desarrollos informáticos, interfaces con clientes y sistemas de intercambio de información antes de que las obligaciones resulten plenamente exigibles.

Liquidación electrónica mensual: uno de los cambios centrales

La principal innovación es la incorporación de la Liquidación Electrónica Mensual como modalidad válida de emisión de comprobantes.

Podrán utilizar este esquema entidades financieras; compañías de seguros; administradoras y emisoras de tarjetas; participantes del sistema de pagos por transferencia; instituciones educativas privadas; empresas de medicina prepaga sin fines de lucro; Prestadores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrados ante la CNV.

Esta modalidad permitirá agrupar en un único comprobante las operaciones realizadas durante un mes calendario con un mismo cliente, reduciendo significativamente la cantidad de comprobantes emitidos y simplificando procesos administrativos. Las empresas deberán conservar los registros que permitan reconstruir cada operación individual que integra esa liquidación.

La resolución también introduce modificaciones relevantes para la administración de los puntos de venta y la identificación de compradores.

Entre ellas sobresalen: posibilidad de vincular actividades económicas específicas a cada punto de venta; actualización de los procedimientos para altas y bajas de puntos de emisión; obligación de identificar al consumidor cuando una operación supere los $10 millones; posibilidad de consignar CUIT aun por montos inferiores cuando el comprador necesite computar el gasto como deducción en el Impuesto a las Ganancias.

La medida busca mejorar la trazabilidad tributaria sin extender la identificación obligatoria a todas las operaciones de consumo.

Otro de los cambios apunta a simplificar la operatoria de las compañías de seguros de caución.

ARCA elimina el régimen específico que utilizaban hasta ahora para solicitar comprobantes electrónicos y las integra al WebService general de facturación electrónica. Durante un período de transición podrán continuar utilizando el sistema anterior hasta el 31 de diciembre de 2026, reduciendo los riesgos de migración tecnológica.

La resolución también deroga normas anteriores cuya regulación queda absorbida por el nuevo esquema unificado.

Impacto para el sector productivo

Para empresas proveedoras de software de gestión, estudios contables, bancos, fintech y grandes prestadores de servicios, la resolución implica una nueva etapa de adecuación tecnológica.

Los principales efectos son: menor fragmentación normativa al unificarse distintos regímenes de facturación. Mayor automatización en operaciones de alto volumen. Reducción de comprobantes individuales mediante liquidaciones mensuales. Más exigencias de trazabilidad, especialmente en la conservación de información respaldatoria. Calendario gradual, que reduce riesgos de incumplimientos durante la transición.

En provincias como Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa, donde numerosas empresas utilizan plataformas centralizadas de facturación para servicios financieros, educación privada, salud y comercio electrónico, el principal desafío será coordinar las actualizaciones de software con suficiente anticipación para cumplir cada etapa del cronograma.

La resolución confirma que ARCA continuará avanzando hacia una administración tributaria basada en comprobantes electrónicos cada vez más integrados y estandarizados. El desafío para las empresas no estará únicamente en emitir nuevas facturas, sino en adaptar procesos internos, sistemas de gestión y controles documentales para operar bajo un esquema con mayor trazabilidad digital y menor margen para procedimientos manuales.

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ARCA reglamentó las nuevas exenciones al impuesto al cheque

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero adecuó la reglamentación del impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios para incorporar las exenciones creadas por el Decreto 475/2026. La medida impacta sobre empresas de activos virtuales registradas ante la CNV, administradoras de medios de pago y transportadoras de caudales, que deberán inscribir sus cuentas para acceder a los beneficios.

ARCA oficializó la reglamentación operativa de las nuevas exenciones al denominado “impuesto al cheque”, incorporadas días atrás por el Decreto 475/2026. La Resolución General 5869 modifica el régimen vigente para que determinados operadores financieros puedan acceder al beneficio tributario mediante el Registro de Beneficios Fiscales del organismo.

Aunque el cambio tiene carácter administrativo, resulta clave para la aplicación efectiva de las exenciones. Sin esta adecuación, las empresas alcanzadas no contaban con el mecanismo formal para registrar las cuentas bancarias y cuentas de pago sobre las cuales corresponde aplicar la reducción o exención del tributo.

El universo beneficiado comprende tres actividades que ganaron peso dentro del ecosistema financiero argentino: los Prestadores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), las empresas administradoras de sistemas de tarjetas de crédito, débito y compra, y las transportadoras de caudales autorizadas por el Banco Central.

La resolución también actualiza el funcionamiento del Registro de Beneficios Fiscales, creado por ARCA en 2015, que concentra las cuentas bancarias alcanzadas por tratamientos impositivos diferenciales. A partir de ahora, los nuevos sujetos incorporados por el Decreto 475/2026 deberán registrar allí las cuentas sobre las cuales pretenden aplicar la exención.

El impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios grava los movimientos realizados en cuentas bancarias y determinadas operatorias financieras. En sectores con elevado volumen transaccional, su incidencia puede representar un costo operativo significativo, especialmente cuando existen múltiples movimientos diarios entre cuentas.

La reglamentación aprobada por ARCA no modifica las condiciones materiales de las exenciones, que ya habían sido establecidas por el Poder Ejecutivo. Su función consiste en integrar esos nuevos beneficios al sistema de administración tributaria para que puedan aplicarse de manera efectiva y ser controlados por el organismo recaudador.

Para las empresas alcanzadas, el beneficio dependerá del correcto cumplimiento del procedimiento registral. La inscripción de las cuentas constituye un requisito indispensable para que las entidades financieras apliquen el tratamiento tributario correspondiente.

Señal para la economía digital

Uno de los aspectos más relevantes de la medida es la incorporación expresa de los Prestadores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos ante la CNV, una categoría regulatoria creada recientemente para ordenar la actividad de los exchanges y otras plataformas vinculadas con criptomonedas.

Desde la perspectiva productiva, la decisión reduce costos transaccionales para un segmento que procesa un alto volumen de operaciones electrónicas y que hasta ahora enfrentaba una carga tributaria diseñada para un sistema financiero tradicional.

También favorece a operadores vinculados con la infraestructura de pagos y logística financiera, dos eslabones cuya eficiencia impacta sobre el funcionamiento cotidiano del comercio, la bancarización y los medios electrónicos de pago.

Alcance para las empresas

Las modificaciones introducidas por ARCA implican que los nuevos sujetos exentos deberán inscribir sus cuentas bancarias y cuentas de pago en el Registro de Beneficios Fiscales. Las exenciones alcanzan a Prestadores de Servicios de Activos Virtuales registrados ante la CNV, empresas de tarjetas y transportadoras de caudales habilitadas por el BCRA. La resolución tiene efectos para hechos imponibles ocurridos desde el 18 de junio de 2026. ARCA mantiene las facultades de fiscalización para verificar que las condiciones del beneficio continúen vigentes.

La medida confirma una tendencia de la política tributaria reciente: adaptar normas históricas a nuevas actividades vinculadas con la digitalización financiera. Si bien el impuesto al cheque continúa vigente, el Gobierno amplía gradualmente el listado de operaciones exentas para evitar que determinados sectores estratégicos soporten una carga tributaria que encarece su operatoria cotidiana.

Para empresas tecnológicas, entidades financieras, procesadoras de pagos y proveedores de infraestructura financiera, el foco pasará ahora por la correcta implementación administrativa del beneficio. La inscripción oportuna en el registro de ARCA será determinante para que la exención se traduzca efectivamente en una reducción del costo tributario.

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Los pagos digitales consolidan su avance: las transferencias crecieron 26,6% y el QR interoperable se disparó más de 63%

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El sistema nacional de pagos profundizó durante mayo su transformación hacia los medios digitales. Las transferencias inmediatas, los pagos con QR interoperable y las billeteras virtuales volvieron a liderar el crecimiento de las transacciones, mientras que el efectivo y los instrumentos tradicionales continúan perdiendo participación en un proceso de digitalización cada vez más acelerado.

De acuerdo con el Informe de Pagos Minoristas publicado por el Banco Central (BCRA), durante mayo se realizaron 759,9 millones de transferencias inmediatas (“push”) en pesos por un total de $87,5 billones. En términos interanuales, las operaciones crecieron 26,6% en cantidad y 12,9% en montos reales, consolidando a este instrumento como el principal canal de movimiento de dinero entre personas y empresas. Más de tres cuartas partes de estas operaciones (76,6%) tuvieron como origen o destino una Cuenta Virtual Uniforme (CVU), lo que refleja el creciente protagonismo de las fintech y las billeteras digitales.

Las transferencias en moneda extranjera también mostraron una expansión significativa. En mayo se concretaron cerca de dos millones de operaciones por un equivalente a USD 3.389 millones, con incrementos interanuales de 27,3% en cantidad y 40,7% en volumen medido en dólares.

También continuó creciendo el uso de las transferencias “pull”, mecanismo utilizado para debitar fondos previamente autorizados desde otra cuenta. Durante mayo se registraron 43,9 millones de operaciones por $4,2 billones, con aumentos interanuales de 15,1% en cantidad y 8% en términos reales.

Uno de los segmentos con mayor expansión volvió a ser el de los pagos con transferencia (PCT) interoperables mediante códigos QR. Durante el mes se realizaron 103,7 millones de operaciones por $2,4 billones, lo que representa un crecimiento interanual de 63,7% en cantidad y de 57,7% en montos reales. El 98,8% de estos pagos se inició mediante códigos QR interoperables, mientras que apenas el 1,2% utilizó claves aleatorias o tokens.

El informe también muestra que la interoperabilidad continúa consolidándose. Del total de pagos con QR, el 52,8% fue realizado desde cuentas bancarias (CBU) y el 47,2% desde cuentas virtuales (CVU). Del lado de los comercios, el 52,4% de las acreditaciones terminó en cuentas de pago administradas por proveedores de servicios de pago, reflejando el crecimiento de este ecosistema financiero. Actualmente existen 90 billeteras digitales interoperables registradas y 63 aceptadores de pagos con transferencia habilitados por el Banco Central.

La expansión del dinero digital también se refleja en la evolución de las cuentas de pago. Durante abril, último dato disponible, existían 66,2 millones de cuentas de pago, de las cuales 13 millones registraban saldo por aproximadamente $700.000 millones. Paralelamente, los fondos invertidos en Fondos Comunes de Inversión Money Market a través de proveedores de servicios de pago alcanzaron los $7,5 billones. En conjunto, ambos conceptos ya representan el 7,5% del total de los depósitos privados en pesos del sistema financiero.

En contraste con el avance de los pagos digitales, los débitos directos registraron una caída de 7,7% interanual en cantidad de operaciones. Durante mayo se efectuaron 11 millones de débitos automáticos por $1,9 billones, mientras que la tasa de efectividad alcanzó el 40%.

Otro fenómeno que continúa profundizándose es la digitalización del cheque. Durante mayo se compensaron 4,7 millones de cheques por un total de $22,9 billones, pero el cheque electrónico (ECHEQ) ya explicó el 84,9% de los montos compensados y el 63,5% de las operaciones. Además, comenzaron a consolidarse los ECHEQ denominados en dólares, con 152 documentos compensados por USD 29 millones. En paralelo, los rechazos por falta de fondos representaron apenas el 2,1% de la cantidad de cheques compensados y el 1,4% de los montos.

En materia de consumo, las tarjetas de crédito volvieron a superar a las de débito en cantidad de operaciones. Durante abril —último dato disponible para este segmento— se registraron 172,1 millones de pagos con tarjeta de crédito por $9,9 billones, frente a 164,3 millones de operaciones con débito por $4,9 billones. Sin embargo, ambos instrumentos continúan mostrando caídas interanuales tanto en cantidades como en montos reales, reflejando un contexto de menor consumo y una creciente migración hacia las transferencias inmediatas como medio de pago.

El efectivo también continúa perdiendo terreno. El 89% de las extracciones todavía se realiza mediante cajeros automáticos, aunque este canal registró una caída interanual del 33% en cantidad de operaciones y del 13% en montos reales. Durante abril se realizaron 40,2 millones de extracciones por $4,1 billones, con un monto promedio cercano a los $103.200 por operación.

En el transporte también continúa ampliándose el uso de los pagos digitales. En mayo se registraron 24,7 millones de viajes abonados mediante QR, principalmente en colectivos y subterráneos, mientras que la utilización de la tarjeta SUBE mostró una disminución interanual de 15,9% en cantidad de viajes durante abril.

El informe del Banco Central refleja un cambio estructural en los hábitos de pago de los argentinos. La interoperabilidad entre bancos y billeteras digitales, junto con el crecimiento de las transferencias inmediatas y los pagos con QR, consolida un ecosistema financiero donde las operaciones electrónicas ganan terreno de forma sostenida frente al efectivo y los instrumentos tradicionales, una tendencia que continúa redefiniendo el sistema nacional de pagos.

Informe Mensual Pagos Minoristas 2026 05 by CristianMilciades

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Fintech, criptomonedas y tarjetas no pagarán impuesto al cheque

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Un decreto publicado este jueves amplió el alcance de las exenciones del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios para empresas de servicios de pago, proveedores de activos virtuales, operadores de tarjetas y transportadoras de caudales. La medida busca equiparar tratamientos tributarios entre actores que realizan funciones similares y reducir costos de transacción en sectores vinculados a la economía digital.

La decisión oficial, formalizada mediante el Decreto 475/2026, modifica el régimen de exenciones del denominado “impuesto al cheque”, uno de los tributos que más inciden sobre la intermediación financiera y los movimientos bancarios. El cambio incorpora nuevos beneficiarios y actualiza criterios que habían quedado rezagados frente a la evolución tecnológica del sistema de pagos.

Para el sector privado, la señal es clara: el Gobierno busca eliminar distorsiones tributarias que afectaban a empresas fintech, plataformas de pagos y operadores de activos virtuales, actividades que ganaron peso en la economía argentina durante los últimos años, pero que mantenían diferencias regulatorias respecto de otros participantes del sistema financiero.

Menos costo transaccional para la economía digital

La principal novedad es la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) al listado de actividades alcanzadas por la exención.

Las cuentas bancarias utilizadas exclusivamente para operaciones vinculadas a la actividad de estos operadores quedarán exceptuadas del gravamen, siempre que estén debidamente registradas ante los organismos competentes.

La medida alcanza a empresas vinculadas al ecosistema cripto que operan legalmente en Argentina y que hasta ahora enfrentaban una carga tributaria adicional sobre movimientos operativos que no implicaban generación de valor agregado, sino mera circulación de fondos.

Desde una perspectiva económica, la eliminación de ese costo mejora la competitividad de plataformas locales frente a competidores internacionales y reduce el costo operativo de servicios vinculados a pagos digitales, tokenización y activos virtuales.

Fintech y cobranzas: equiparación tributaria

El decreto también amplía beneficios para las empresas dedicadas al cobro electrónico de servicios, impuestos y otras obligaciones por cuenta y orden de terceros.

La modificación incluye expresamente las cuentas utilizadas para depósitos de efectivo en cuentas bancarias o de pago y las empleadas por agentes oficiales que actúan dentro de esas redes.

La actualización normativa busca reconocer la transformación del sistema de cobranzas argentino, donde los canales digitales y las redes de proximidad cumplen funciones que históricamente realizaban entidades bancarias tradicionales.

Para miles de comercios que funcionan como puntos de cobranza o recepción de pagos, la medida puede traducirse en menores costos administrativos y financieros, favoreciendo la expansión de servicios en localidades alejadas de los grandes centros urbanos.

Tarjetas y transporte de caudales también quedan alcanzados

Otra modificación relevante incorpora beneficios para las empresas que operan sistemas de tarjetas de crédito, compra y débito.

Las cuentas utilizadas para gestionar préstamos bancarios destinados a financiar su actividad y las operaciones vinculadas a la emisión o cancelación de obligaciones negociables quedarán exentas del impuesto.

La decisión apunta a reducir el costo financiero asociado al funcionamiento de la infraestructura de pagos electrónicos, un componente central para el comercio formal.

Además, se suman las empresas transportadoras de caudales registradas ante el Banco Central. Las cuentas utilizadas exclusivamente para rendir fondos en efectivo a sus clientes también quedarán alcanzadas por el beneficio.

Aunque el avance de los pagos digitales reduce gradualmente el uso de efectivo, la logística de valores continúa siendo un eslabón clave para actividades comerciales, supermercados, estaciones de servicio y cadenas de distribución en gran parte del interior del país.

Qué cambia para el sector productivo

Entre los principales efectos de la medida aparecen menor carga tributaria sobre movimientos operativos de empresas fintech y plataformas digitales. Reducción de costos de intermediación financiera para actores vinculados a pagos electrónicos. Mayor competitividad para operadores de activos virtuales regulados. Incentivos para ampliar servicios financieros en localidades del interior. Equiparación tributaria entre empresas que desarrollan actividades similares. Menores costos de infraestructura para redes de cobranza y medios de pago.

La ampliación de exenciones no modifica la estructura general del impuesto al cheque, pero sí profundiza una tendencia regulatoria orientada a favorecer la digitalización financiera y reducir cargas sobre actividades consideradas estratégicas para la modernización del sistema de pagos.

El desafío estará en medir si la reducción de costos regulatorios logra traducirse en una mayor expansión de servicios financieros, especialmente en regiones donde la inclusión financiera todavía representa una barrera para el crecimiento de las pymes y las economías regionales.

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