Ministerio de Economía

El Gobierno reordena la estructura del Estado, claves del Decreto 866/2025

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El Gobierno redefinió la estructura del Estado, fuerte reordenamiento de ministerios, organismos y competencias

En un decreto de amplia alcance, el Poder Ejecutivo dispuso una profunda reconfiguración de la administración pública nacional. El Decreto 866/2025, firmado el 6 de diciembre y publicado en el Boletín Oficial, modifica el esquema organizativo del Estado, suprime áreas completas, crea nuevas dependencias e introduce cambios en los objetivos, la dependencia jerárquica y el ámbito de actuación de múltiples organismos clave.
La medida entra en vigencia desde el día de su dictado, un dato institucional central porque habilita su aplicación inmediata.

Reordenamiento estructural: ajustes en Jefatura de Gabinete, Interior, Economía y Salud

El Gobierno justificó los cambios en la necesidad de “optimizar la gestión de gobierno”, según el texto oficial. Para ello readecua el organigrama aprobado originalmente por el Decreto 50/2019, incorporando las modificaciones de una serie de decretos previos (658/25, 793/25 y 825/25).

Supresión y reconfiguración de áreas

El decreto elimina la Secretaría de Comunicación y Medios, cuya supresión aparece en los artículos 1 y 7, impactando tanto en el organigrama como en los objetivos de la administración pública.

En paralelo, la Jefatura de Gabinete recibe una reorganización completa de sus áreas. La nueva estructura incorpora: Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa. Secretaría de Asuntos Estratégicos. La Secretaría Ejecutiva. Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología. También la Secretaría de Turismo y Ambiente. Y la Secretaría de Comunicación y Prensa

Cada una de ellas con sus respectivas subsecretarías, incluidas áreas de análisis, planificación, innovación, turismo, ambiente y medios públicos.

Los anexos oficiales precisan además que la Jefatura de Gabinete tendrá bajo su órbita organismos descentralizados como la Agencia de Acceso a la Información Pública, AABE, CONICET, CONAE, el ENACOM y el Banco Nacional de Datos Genéticos, entre otros.

Ingreso del Ministerio del Interior al nuevo organigrama

El decreto incorpora en el organigrama central el Ministerio del Interior como Apartado VI. Entre sus dependencias se destacan: Secretaría de Interior, con áreas de asuntos políticos, deportes, enlace legislativo y la Subsecretaría del INAI. Y Secretaría de Provincias y Municipios, con subsecretarías específicas para provincias y municipios.

En los organismos descentralizados bajo Interior se incorporan el RENAPER, la Comisión Nacional Antidopaje y el ENARD, según la planilla del Anexo III.

Cambios profundos en el Ministerio de Economía

El Ministerio de Economía es uno de los que recibe la mayor reorganización interna. Se redefinen:

  • Secretaría Legal y Administrativa
  • Secretaría de Política Económica
  • Secretaría de Hacienda
  • Secretaría de Finanzas
  • Secretaría de Energía
  • Secretaría de Minería
  • Secretaría de Coordinación de Producción
  • Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
  • Secretaría de Obras Públicas
  • Secretaría de Transporte
  • Secretaría de Asuntos Nucleares

El anexo precisa decenas de organismos que pasarán a actuar bajo su órbita, entre ellos:

  • INDEC, CNV, SENASA, INASE, INTA, INV, ARCA, ANPYN, ENRE, ENARGAS, INTI, INPI, INIDEP, INA, ORSEP, TTN, DNV, ANAC, CNRT, ANSV, ORSNA, CNEA, entre muchos otros.
  • Además, empresas estratégicas como Energía Argentina S.A., Entidad Binacional Yacyretá, Aerolíneas Argentinas, Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina S.A. e YPF S.A. (en el marco del art. 15 de la Ley 26.741) quedan incluidas en la estructura jurisdiccional del ministerio.

Reestructuración del Ministerio de Salud

El decreto también redefine la estructura del Ministerio de Salud, reorganizando: La Secretaría de Gestión Administrativa. La Secretaría de Gestión Sanitaria. Y la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina

Se detallan nuevas subsecretarías vinculadas a planificación sanitaria, vigilancia epidemiológica, fiscalización y prevención de consumo de drogas.

Impacto administrativo, político y presupuestario: el alcance de la reorganización

Transferencias, vigencia inmediata y adecuaciones en curso

El artículo 21 del decreto establece un movimiento significativo:
se transfieren de Interior a la Jefatura de Gabinete todas las unidades, bienes, personal y créditos presupuestarios de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes, con excepción de Deportes.

Además, se mantienen transitoriamente las estructuras de nivel inferior a Subsecretaría (art. 22). Las erogaciones se atenderán con los créditos vigentes hasta que se formalicen las adecuaciones presupuestarias (art. 23). La vigencia es inmediata desde el 6 de diciembre de 2025 (art. 24).

Motivación institucional

El Ejecutivo sostiene que la reorganización busca adecuar el funcionamiento del Estado a las reformas de la Ley de Ministerios y a procesos previos de transformación administrativa. Incluyendo la incorporación del INAI a la Jefatura de Gabinete (Decreto 438/25). La adecuación del organigrama y los objetivos estratégicos de gobierno. La intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional y de la Oficina Nacional de Presupuesto en la estructuración final del decreto.

Proyecciones y efectos sectoriales

La reorganización afecta a:

Organismos regulatorios clave (ENACOM, ENRE, ENARGAS, CNV, ANAC, CNRT).

Empresas públicas estratégicas (Energía Argentina, Yacyretá, Aerolíneas Argentinas, AySA, ARSAT).

Institutos científicos y tecnológicos (CONICET, CNEA, INTA, INTI, INIDEP).

Áreas críticas del Estado nacional: transporte, energía, minería, agricultura, estadísticas, obras públicas, seguridad nuclear, ambientes y comunicación.

Los cambios podrían reconfigurar la coordinación entre sectores, modificar la gobernanza de empresas públicas y ajustar el papel de los reguladores nacionales.

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Peajes fluviales: la AGP unifica los procedimientos de intimación y cobro en dólares

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La Administración General de Puertos (AGP), en proceso de disolución según el DNU 3/2025, aprobó un nuevo procedimiento de intimación y gestión de cobranzas para los peajes de la Vía Navegable Troncal, extendiendo a 35 días corridos el plazo de vencimiento de las facturas emitidas en dólares. La medida, oficializada el 5 de diciembre de 2025 mediante la Resolución 132/2025, busca “una gestión más eficiente de las cobranzas”, en línea con las dificultades operativas planteadas por las agencias marítimas.

Reordenamiento institucional y necesidad de unificar criterios

La resolución se inscribe en el marco de la profunda reestructuración del sistema portuario nacional, iniciada con el DNU 3/2025, que dispuso tanto la disolución y liquidación de la AGP, como la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), organismo autárquico que asumirá la continuidad jurídica y operativa.

Mientras avanza ese proceso, las Resoluciones 21/2025 y 1548/2025 del Ministerio de Economía encargaron al Interventor de la AGP el despacho de los asuntos indispensables para asegurar la continuidad administrativa, incluyendo la gestión de los contratos vinculados a la Vía Navegable Troncal (VNT).

En este contexto, la AGP tenía vigentes —y superpuestas— dos normativas internas que regulaban el procedimiento de intimaciones por cobros impagos de peajes: RESOL-2024-34-APN-AGP#JGM y RESOL-2025-17-APN-AGP#MEC

Ambas fueron abrogadas por el Artículo 1 de la nueva resolución para evitar duplicaciones “sobre una misma materia” y reemplazadas por un único procedimiento actualizado.

Principales modificaciones: extensión del plazo de vencimiento y nuevo mecanismo de cobranza

El cambio más significativo es la extensión del vencimiento de las facturas a 35 días corridos desde su emisión, un punto impulsado por la Dirección de Administración y Finanzas y solicitado por agencias marítimas que “manifestaron dificultades para cumplir con los plazos de pago actualmente vigentes”.

Según el Anexo I – Procedimiento de Intimación y Gestión para Cobranzas, se establecen los siguientes parámetros:

Nueva operatoria de facturación e intimación

  • Tipo de cambio: dólar billete vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior.
  • Vencimiento: 35 días corridos desde la emisión.
  • Intereses: tasa SOFR a 360 días + 1.000 puntos básicos.
  • Notificación: mediante Nota de Intimación, enviada al domicilio electrónico constituido por la agencia marítima.

El Anexo indica que la intimación deberá detallar: número de factura vencida, importe adeudado, monto del capital al día de la intimación.

Si el deudor no regulariza la situación dentro de los 15 días corridos, la AGP podrá abrir un expediente electrónico caratulado “Nombre o Razón Social del Deudor s/ Intimación de Pago”, con copia de la factura, constancia de notificación y antecedentes.

Procedimiento judicial

El expediente pasa a la Dirección de Asuntos Jurídicos, que deberá decidir el inicio de la acción judicial e informar a la Gerencia General en un plazo de 15 días.

Si corresponde accionar, el abogado apoderado deberá iniciar el proceso judicial y remitir constancias dentro de los 10 días posteriores.

Planes de pago y acuerdos

El nuevo régimen prevé que, en caso de propuestas de allanamiento, transacción o plan de pagos, la Dirección de Asuntos Jurídicos elaborará un informe técnico y un Proyecto de Convenio de Reconocimiento de Deuda en Juicio y Pago, a evaluar por la autoridad que inició el trámite.

Registro y seguimiento

Se ordena mantener un registro actualizado de acreencias y presentar informes semestrales ante el órgano de gobierno societario.

Alivio para agencias marítimas y continuidad en el cobro de peajes

La extensión del plazo de vencimiento era un reclamo sostenido por agencias marítimas, que advirtieron demoras en la cadena de pagos debido a que deben trasladar los importes de peaje a sus clientes antes de cancelar las facturas ante AGP.

La medida: descomprime la presión financiera inmediata, reduce la litigiosidad por vencimientos acelerados, facilita la gestión operativa de facturación internacional, y uniforma el proceso de cobro en la transición institucional hacia ANPYN.

Al mismo tiempo, fortalece los mecanismos de control fiscal, al establecer un circuito administrativo y judicial más claro, con trazabilidad digital y plazos estrictos.

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Caputo negocia crédito por hasta US$7.000 millones y proyecta baja del riesgo país

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Caputo confirmó que negocia un crédito de hasta US$7.000 millones con bancos privados para sostener las reservas y reducir el riesgo país

El ministro de Economía, Luis Caputo, reveló que avanza en negociaciones con entidades financieras privadas para obtener un financiamiento de entre US$6.000 y US$7.000 millones destinado a cubrir el pago de intereses de enero sin afectar el nivel de reservas. El funcionario aseguró que el acuerdo, junto con el paquete de leyes que el Gobierno enviará al Congreso, será clave para bajar el riesgo país y recuperar acceso al crédito internacional.

Negociación por US$7.000 millones y objetivo central: mantener las reservas en enero

Al participar del encuentro “Líderes”, el ministro de Economía, Luis Caputo, confirmó que el Gobierno trabaja con bancos privados en un esquema de financiamiento por hasta US$ 7.000 millones, que tendría como finalidad evitar una caída de reservas durante el pago de intereses previsto para enero.

Los bancos nos ofrecieron US$6.000/7.000 millones y estamos viendo cuánto le tomaremos”, señaló el titular del Palacio de Hacienda. Y remarcó el propósito central de la operación:
“Queremos asegurar que el pago de enero no haga que bajen las reservas”.

El acuerdo aparece como un puente financiero de corto plazo para ordenar el frente externo, mientras el Gobierno busca reconstruir la demanda de pesos y normalizar el flujo de dólares hacia la cuenta financiera.

Además, Caputo afirmó que espera una reducción del riesgo país en las próximas semanas, impulsada tanto por la negociación con bancos como por el paquete de leyes que el Ejecutivo enviará próximamente al Congreso Nacional, un elemento que considera clave para generar previsibilidad macroeconómica.

Desmentida sobre un préstamo de US$20.000 millones y señales al mercado

En su intervención, el ministro negó categóricamente que existieran gestiones para obtener un financiamiento por US$20.000 millones provenientes de bancos privados.

No hay ninguna posibilidad de que los bancos le presten a un país US$20.000 millones. No hablábamos con los bancos, hablábamos con Estados Unidos y dos más para hacer un fondo para juntar esos US$20.000 millones”, precisó.

Caputo afirmó que finalmente el Gobierno decidió no avanzar con ese mecanismo:
Cuando se descomprimió el riesgo ‘kuka’, elegimos ‘hacerla por las nuestras’, porque es mucho más fuerte la señal de que podemos hacerlo solos”.

En ese contexto, explicó que la oferta de entidades privadas se convirtió en el camino más adecuado para evitar la pérdida de reservas y enviar una señal de orden fiscal y monetario.

El ministro también anticipó que la cartera económica comunicará formalmente el proceso de acumulación de reservas y los detalles del acuerdo con bancos, al tiempo que proyectó que “la lógica diría que en los próximos meses debiera bajar el riesgo país”.

Bandas cambiarias, demanda de dinero y posibilidades de acumulación de reservas sin emisión neta

Caputo sostuvo además que el esquema de bandas cambiarias continuará vigente, por la limitada dimensión del mercado local:
El mercado de cambios argentino es muy chico, con días de operaciones de US$90 millones. Una intervención para comprar reservas distorsionaría el precio”, explicó.

Aseguró que la oferta de divisas deberá provenir de la cuenta financiera, lo que consideró positivo porque “eso es inversión”.

Sobre la capacidad de compra de reservas, el ministro detalló el marco monetario que permitiría absorber dólares sin necesidad de esterilizar: Si la base monetaria se mantiene constante en relación con el PBI, crecería 25% en términos nominales, lo que habilitaría la adquisición de US$7.000 millones sin expandir por encima de ese nivel. Si la demanda de dinero se recuperara un punto del PBI, permitiría comprar otros US$7.000 millones adicionales. Con una recuperación de dos puntos, la capacidad teórica ascendería a US$20.000 millones, también sin necesidad de esterilizar.

El ministro alertó que esta estrategia depende de que exista oferta de dólares y que la demanda tenga capacidad de absorber la emisión asociada a la compra. “Si hay una oferta muy grande y no acompaña la demanda, la compra con pesos emitidos sin demanda generará presiones inflacionarias”.

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El Ejecutivo modifica el presupuesto y redefine fondos para seguridad, salud y energía

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El Gobierno refuerza partidas clave y autoriza cambios estructurales en el Fondo Gasífero: Milei firmó el DNU 849/2025 que reconfigura el presupuesto 2025

En un contexto de emergencia económica y con un Presupuesto prorrogado por segundo año consecutivo, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 849/2025, que modifica de forma integral el Presupuesto General de la Administración Nacional y habilita transferencias millonarias para cubrir obligaciones previsionales, gastos esenciales y programas sociales. La medida incluye la posibilidad de transformar o disolver el Fondo de Desarrollo Gasífero Argentino (FONDESGAS), un punto clave para la infraestructura energética.

Un DNU para reordenar las cuentas públicas en un año sin presupuesto aprobado

El DNU, publicado en el Boletín Oficial y fechado el 28 de noviembre de 2025, sostiene su justificación en la “situación de suma gravedad” económica y en el hecho de que por segundo año consecutivo el Congreso no sancionó una Ley de Presupuesto, luego de que el Ejecutivo enviara su proyecto el 15 de septiembre de 2024.

Para sostener la administración del Estado, el Gobierno recuerda que el Decreto 1131/24 prorrogó el Presupuesto 2023 (Ley 27.701), mientras que la Decisión Administrativa 3/25 estableció los créditos correspondientes a esa prórroga.

El marco de emergencia se fundamenta además en: El Decreto 70/2023, que declaró la emergencia pública económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025. La Ley 27.742 (Bases), que declaró la emergencia administrativa, económica, financiera y energética por un año.

Bajo este contexto, el Gobierno afirma que “resulta necesario asegurar una distribución razonable de los recursos” para evitar que se vea afectada la prestación de “servicios esenciales” del Estado.

Recomposición previsional, seguridad y gasto social: el detalle de los refuerzos presupuestarios

Asignaciones para jubilaciones, retiros y sentencias judiciales

Uno de los puntos centrales del DNU es la asignación de $406.557.027.778 destinados al pago de deudas previsionales originadas en sentencias judiciales firmes vinculadas a las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

El reparto es el siguiente: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal:
$352.748.607.000. Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF):
$53.808.420.778

El Gobierno explica que el refuerzo responde a los aumentos salariales otorgados durante 2025 a las Fuerzas de Seguridad (Resoluciones 176/25, 520/25 y 944/25) y al Personal Militar (Resoluciones conjuntas 11/25, 24/25 y 63/25), que impactan directamente en los haberes de retirados y pensionados.

Modificaciones en cargos y traspasos

El DNU incorpora también modificaciones de personal, registradas en las planillas anexas IF-2025-127772174-APN-SSP#MEC.

Entre ellas, se destacan: Transferencia de cargos desde la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Justicia hacia el Ministerio de Seguridad Nacional, en línea con el Decreto 605/2025.

El ajuste busca adecuar la dotación de agentes tras la reubicación de dependencias como el Registro Nacional de Datos Genéticos.

Salud, discapacidad, educación y programas sociales

El DNU también refuerza partidas para: Hospitales de alta complejidad SAMIC, incluidos Garrahan, El Cruce, Cuenca Alta, René Favaloro, Bicentenario Esteban Echeverría y el Presidente Néstor Kirchner. Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS): para el pago de pensiones no contributivas y del subsidio extraordinario a beneficiarios. Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia: financiamiento de Prestación Alimentar. Secretaría de Educación: Política salarial docente y no docente de universidades. Compra de computadoras. Becas PROGRESAR, comedores escolares y Jornada Extendida. Programas de empleo: Volver al Trabajo, Fomentar e Intercosecha. ANSeS: Prestaciones previsionales con impacto de la Ley de Movilidad Previsional (N° 26.417). Programa 19 (Asignaciones Familiares). Prestación por desempleo.Programa 32 – Acciones de Nutrición (Programa 1000 Días). Transferencias al PAMI. Prestación Mensual de Oncopediatría.

Empresas públicas y organismos: financiamiento adicional

La jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro (91) recibe refuerzos para sostener: Radio y Televisión Argentina S.A.U. Educ.ar S.A.U. Casa de Moneda S.A.U. Yacimientos Carboníferos Río Turbio. Belgrano Cargas y Logística S.A. SOFSE (Sociedad Operadora Ferroviaria). ACUMAR. ENARD. Incremento de capital del IDB Investment Corporation.

Asimismo se readecúa el Servicio de la Deuda Pública para cubrir servicios financieros del ejercicio en curso.

Economía queda habilitado a disolver el Fondo de Desarrollo Gasífero

Uno de los artículos con mayor impacto político y sectorial es el artículo 4°, que autoriza al Ministerio de Economía a modificar, transformar, disolver o liquidar el Fondo de Desarrollo Gasífero Argentino (FONDESGAS).

El DNU instruye a Energía Argentina S.A. (ex Enarsa), fiduciaria del fondo, a brindar “colaboración y asistencia” a la Secretaría de Energía para garantizar la transición hacia un nuevo instrumento de financiamiento de obras de transporte de gas.

La habilitación refleja el giro del Gobierno hacia mecanismos alternativos para financiar infraestructura energética en un contexto de severo ajuste fiscal y restricciones de financiamiento.

El sector energético podría mostrar distintas reacciones: desde empresas interesadas en nuevos esquemas de inversión hasta gobernadores y actores del gasoducto troncal que podrían advertir por eventuales retrasos o redefiniciones.

Control legislativo obligatorio

Como establece la Ley 26.122, el DNU debe ser remitido a la Comisión Bicameral Permanente, que deberá dictaminar su validez y enviarlo al recinto de ambas Cámaras para su tratamiento.

El artículo 7° del decreto cumple con ese paso formal: “Dese cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del H. Congreso de la Nación”.

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Autorizan vuelos de Lima y Cusco a Iguazú: LAN Perú amplía la red aérea con Argentina

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Perú suma nueva conexión aérea con Misiones, autorizan vuelos regulares de Lima y Cusco a Iguazú

El Gobierno nacional oficializó este viernes la autorización para que LAN Perú S.A. (LATAM Airlines Perú) opere vuelos regulares internacionales en la ruta Lima–Iguazú y, por primera vez, habilite la operación Cusco–Iguazú. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 43/2025, refuerza a Misiones como puerta de entrada turística y logística del país y amplía la red aerocomercial con uno de los hubs más importantes de Sudamérica.

Una medida estratégica para la conectividad del Norte argentino

La Disposición 43/2025 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo, publicada este viernes en el Boletín Oficial, formalizó la incorporación de LAN Perú S.A. (LATAM Airlines Perú) como nuevo operador de vuelos regulares internacionales en la ruta que une Lima con Puerto Iguazú. La normativa, fechada el 27 de noviembre de 2025, se dicta en el marco del expediente EX-2025-109703756-APN-DGDYD#JGM y conforme a la Ley 17.285 (Código Aeronáutico) y los Decretos 50/2019 y 599/2024.

La empresa había solicitado la autorización a través del requerimiento RE-2025-72083306-APN-DGDYD#JGM, en el cual acreditó los recaudos administrativos para operar vuelos de transporte aéreo de pasajeros y carga. La Subsecretaría remarcó que la solicitud “se encuentra contemplada en el marco bilateral que rige las relaciones aerocomerciales entre ambos países”, sustentado en el Acuerdo de Servicios Aéreos (2006) y el Memorándum de Entendimiento del 13 de mayo de 2024.

Lo innovador es que la resolución habilita también el tramo Cusco–Iguazú, una conexión directa que vincula dos destinos catalogados entre las Maravillas del Mundo. Para el sector turístico de Misiones, esta apertura posibilita un circuito regional de alto impacto económico, orientado al turismo internacional que combina naturaleza, patrimonio cultural y rutas multidestino.

La ANAC y la Dirección Nacional de Transporte Aéreo (DNTA) emitieron dictámenes favorables, y el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía intervino conforme a las exigencias de la normativa vigente.

Rutas, libertades del aire y proyección regional

El Artículo 1° de la disposición autoriza a la aerolínea a operar servicios regulares internacionales “de forma combinada” en un amplio esquema de rutas. Para Misiones, la incorporación de Lima–Iguazú y Cusco–Iguazú destaca dentro del conjunto, junto con conexiones hacia Buenos Aires, Rosario, Mendoza, Salta, Córdoba, Tucumán y Neuquén.

Además, la norma habilita a LAN Perú a ejercer derechos de quinta y sexta libertades, permitiendo que los vuelos hacia Argentina utilicen como puntos anteriores o posteriores destinos como Miami, Nueva York, Los Ángeles, Washington, San Francisco, Orlando, São Paulo, Río de Janeiro, Punta Cana y Santo Domingo, entre otros.

Esta facultad amplía la proyección internacional de Iguazú al integrarlo en redes de conexión intercontinental, lo que incrementa la disponibilidad de rutas de largo alcance mediante circuitos con escala en Perú.

Según la disposición, la decisión se adopta porque “la empresa acreditó los recaudos legales y administrativos exigidos por la normativa vigente”, y porque la autoridad aeronáutica del Perú la designó formalmente para operar en territorio argentino.

Iguazú como nodo de entrada al país

La autorización llega en un contexto en el que Misiones busca fortalecer su conectividad como herramienta para impulsar la llegada de turistas internacionales y consolidar su posicionamiento como destino estratégico.

El arribo de LAN Perú en rutas hacia Iguazú aporta: Mayor frecuencias internacionales, diversificando operadores. Acceso directo desde hubs de distribución regional, especialmente Lima y Cusco. Más competitividad y alternativas tarifarias, lo cual suele dinamizar la demanda. Mayor visibilidad internacional, al integrarse a redes globales mediante libertades del aire.

La posibilidad de conectar directamente Cusco con Iguazú perfila una ruta de alto valor para la industria turística regional, ya que articula dos destinos emblemáticos con fuerte demanda global. La medida podría impulsar alianzas entre operadores, paquetes multidestino y circuitos binacionales orientados al mercado norteamericano y europeo.

Desde el punto de vista institucional, la resolución refuerza el cumplimiento de los acuerdos bilaterales con Perú y consolida políticamente la estrategia nacional de ampliar la oferta aerocomercial mediante normas transparentes, previsibles y alineadas a la normativa internacional.

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