MINISTERIO DE ECONOMIA

Argentina promulga la ley que habilita acuerdos con holdouts

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El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.818, que aprueba los acuerdos de conciliación alcanzados con Bainbridge Ltd. y el grupo de acreedores liderado por Attestor Value Master Fund LP, poniendo fin a dos litigios internacionales vinculados al proceso de reestructuración de la deuda argentina. La norma, oficializada mediante el Decreto 564/2026, habilita al Ministerio de Economía a ejecutar los pagos previstos con cargo al presupuesto destinado al servicio de la deuda pública.

La decisión no implica la emisión de nueva deuda ni modifica el perfil de vencimientos vigente. Su relevancia radica en la reducción de riesgos legales que podían derivar en nuevas medidas cautelares o acciones de embargo sobre activos argentinos en el exterior, un factor seguido de cerca por inversores, organismos multilaterales y empresas con exposición al financiamiento internacional.

Los acuerdos fueron aprobados por el Congreso el pasado 24 de junio y establecen que las obligaciones asumidas serán afrontadas a través de la Jurisdicción 90 – Servicio de la Deuda Pública, preservando el tratamiento presupuestario específico para este tipo de compromisos.

Para el sector privado, la normalización de litigios internacionales constituye una variable relevante porque reduce uno de los componentes del denominado riesgo jurídico soberano, es decir, la incertidumbre asociada a demandas contra el Estado que pueden afectar el acceso al crédito o encarecer el costo de financiamiento del país.

En términos financieros, el cierre de estos expedientes complementa la estrategia oficial orientada a mejorar la percepción de solvencia institucional de Argentina. Aunque el impacto inmediato sobre el riesgo país dependerá de múltiples variables macroeconómicas, la eliminación de pasivos judiciales pendientes suele ser considerada positivamente por los mercados al disminuir potenciales contingencias futuras.

El texto legal no incorpora modificaciones respecto de las condiciones negociadas entre las partes. Se limita a otorgar la aprobación legislativa requerida para la entrada en vigencia de los acuerdos, requisito indispensable para que el Estado pueda cumplir con las obligaciones asumidas durante la negociación.

Qué implica para el sector productivo

Para empresas exportadoras, industrias con proyectos de inversión y compañías que recurren al financiamiento externo, la resolución de controversias internacionales representa una mejora institucional, aunque de efecto indirecto.

Aspectos relevantes de la medida Se aprueban los acuerdos de conciliación con Bainbridge Ltd. y Attestor Value Master Fund. Los pagos serán financiados mediante partidas del Servicio de la Deuda Pública. Se reducen contingencias judiciales vinculadas a bonos soberanos. No se crean nuevos instrumentos de deuda ni se modifican los vencimientos vigentes. Se fortalece el proceso de normalización financiera impulsado por el Ministerio de Economía.

La promulgación de la Ley 27.818 representa un paso en la estrategia de cierre de litigios heredados vinculados a la deuda soberana. El verdadero impacto económico dependerá de si estas señales institucionales logran traducirse en una reducción sostenida del costo de financiamiento del Estado y, posteriormente, del sector privado. Para el entramado productivo argentino, la normalización financiera adquiere valor cuando se convierte en mejores condiciones para invertir, producir y acceder al crédito.

Anexo Ley 27818 by CristianMilciades

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El Tesoro logró colocar $13,2 billones y refinanció vencimientos en una licitación con fuerte demanda por bonos de largo plazo

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La Secretaría de Finanzas concretó una nueva licitación de deuda en la que adjudicó instrumentos por un valor efectivo de $13,22 billones, tras recibir ofertas por $14,93 billones. El resultado implicó un rollover del 81,26% sobre los vencimientos que enfrentaba el Tesoro, en una operación que volvió a mostrar un importante interés del mercado por los títulos públicos, aunque sin alcanzar una refinanciación total de los compromisos.

La colocación combinó instrumentos a tasa fija, bonos ajustados por inflación (CER), títulos vinculados a la tasa TAMAR, bonos duales CER/TAMAR, instrumentos dólar linked y deuda denominada directamente en dólares estadounidenses. La estrategia del Ministerio de Economía volvió a apuntar a diversificar las alternativas de financiamiento y extender los plazos de vencimiento, consolidando la curva de deuda en moneda local.

Uno de los datos más relevantes fue el marcado interés de los inversores por los bonos de mayor duración. El instrumento con mayor volumen adjudicado fue la nueva Lecap con vencimiento el 13 de noviembre de 2026, que captó $4,18 billones con una tasa efectiva mensual del 2,10%, equivalente a una Tasa Interna de Retorno Efectiva Anual (TIREA) del 28,32%.

Sin embargo, el mayor protagonismo volvió a concentrarse en los instrumentos indexados. El bono dual CER/TAMAR con vencimiento en diciembre de 2029 absorbió $3,77 billones, mientras que el nuevo bono a tasa TAMAR con vencimiento en julio de 2027 obtuvo colocaciones por $2,43 billones. A ellos se sumaron tres emisiones ajustadas por CER con vencimientos entre 2027 y 2028 que, en conjunto, captaron más de $2,1 billones.

La preferencia por este tipo de activos refleja que una parte importante del mercado continúa buscando cobertura frente a la evolución futura de la inflación y de las tasas de interés, aun cuando el Gobierno sostiene que el proceso de desinflación continuará durante los próximos meses.

En el segmento vinculado al tipo de cambio, el Tesoro adjudicó aproximadamente $694.000 millones equivalentes mediante dos títulos dólar linked con vencimientos en agosto de 2026 y diciembre de 2028, instrumentos que permiten a los inversores protegerse frente a eventuales movimientos del dólar oficial.

Por otra parte, el Gobierno volvió a salir al mercado internacional de deuda en moneda dura mediante la reapertura del Bonar 2028 (AO28). En esta licitación recibió ofertas por USD 527 millones y finalmente adjudicó USD 257 millones de valor efectivo, equivalentes a un Valor Nominal Original (VNO) de USD 266 millones, con un rendimiento del 7,83% anual y una tasa nominal del 7,56%.

La demanda superó ampliamente el monto finalmente adjudicado, por lo que se aplicó un fuerte prorrateo sobre las ofertas presentadas al precio de corte, fijado en USD 967 por cada USD 1.000 de valor nominal. Además, la Secretaría de Finanzas anunció que el próximo lunes realizará una segunda vuelta exclusivamente para el AO28, por hasta USD 100 millones adicionales, manteniendo el mismo precio de corte.

Desde la perspectiva financiera, la licitación vuelve a mostrar que el Tesoro mantiene acceso al mercado doméstico de deuda pese a no alcanzar un rollover pleno. La decisión de refinanciar poco más del 81% de los vencimientos implica que el resto podrá cubrirse con parte de la liquidez acumulada por el Gobierno, una estrategia que el equipo económico viene utilizando en los últimos meses para administrar el perfil de vencimientos sin incrementar significativamente el stock de deuda.

Al mismo tiempo, la composición de la demanda ofrece una señal relevante sobre las expectativas del mercado. Mientras los títulos a tasa fija continúan encontrando compradores, la mayor concentración de colocaciones en instrumentos indexados por inflación o vinculados a tasas variables refleja que los inversores todavía privilegian mecanismos de cobertura ante un escenario macroeconómico que, aunque muestra señales de estabilización, continúa transitando un proceso de normalización.

Para el Ministerio de Economía, la continuidad de licitaciones con elevados niveles de participación constituye un componente central de la estrategia de financiamiento del Tesoro, en un esquema que busca sostener el equilibrio fiscal sin recurrir a la emisión monetaria del Banco Central y consolidar un mercado de deuda en pesos cada vez más profundo.

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Misiones accede a financiamiento internacional: USD 75 millones para ampliar la red eléctrica

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La infraestructura energética de Misiones suma una nueva vía de financiamiento internacional. El Gobierno nacional aprobó el esquema de garantías que permitirá a la provincia acceder a un préstamo de hasta 75 millones de dólares de la Corporación Andina de Fomento destinado a ampliar y modernizar la red eléctrica. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 131/2026, publicado el 5 de marzo en el Boletín Oficial, y habilita la firma de los contratos necesarios para ejecutar el programa que tendrá un impacto directo en el sistema energético de la zona sur, con la extensión de la línea 132 entre San Isidro, en Posadas, Alem y Oberá.

El financiamiento apunta al “Proyecto de Mejoras de Infraestructura de Redes Eléctricas en la Provincia de Misiones”, una iniciativa orientada a fortalecer el sistema de transmisión y facilitar la integración de energías renovables en la red provincial. El mecanismo incluye una garantía soberana del Estado nacional y una contragarantía de la provincia, que respalda los compromisos financieros asumidos.

El dato central del decreto es el monto: USD 75 millones, un volumen significativo para inversiones en infraestructura energética provincial en un contexto de restricción fiscal y limitado acceso al crédito externo.

Cómo funciona el financiamiento: garantía nacional y contragarantía provincial

La norma aprueba dos instrumentos contractuales que estructuran la operación financiera.

Por un lado, el Contrato de Garantía entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF) establece que el Estado nacional actuará como garante solidario de las obligaciones de pago del préstamo otorgado a la provincia. Esto significa que, ante un eventual incumplimiento del prestatario, el Gobierno nacional deberá responder por el capital, intereses, comisiones y demás cargos financieros asociados al crédito.

A su vez, se aprueba un Contrato de Contragarantía entre la Nación y el Gobierno de Misiones. En este acuerdo, la provincia se compromete a reembolsar cualquier monto que el Estado nacional deba afrontar en su condición de garante.

El mecanismo prevé además una herramienta clásica del financiamiento subnacional en Argentina: si la provincia no cumple con los pagos, el Gobierno nacional podrá instruir al Banco Nación para retener fondos de la coparticipación federal y destinarlos a cancelar la deuda.

Este esquema busca preservar el crédito soberano frente al organismo financiero internacional y, al mismo tiempo, asegurar que la responsabilidad final del endeudamiento recaiga sobre la jurisdicción beneficiaria.

El proyecto: redes de transmisión y energías renovables

Los fondos del préstamo estarán destinados a mejorar la infraestructura eléctrica en la región centro de Misiones.

El programa se estructura en dos componentes principales: Inversión en infraestructura de transmisión eléctrica, orientada a ampliar y modernizar las redes existentes. Gestión del financiamiento, vinculada a la administración técnica y financiera del proyecto.

El objetivo declarado es mejorar la calidad y confiabilidad del suministro eléctrico, además de facilitar la integración de energías renovables dentro del sistema provincial.

El proyecto también busca reforzar la capacidad del sistema para acompañar el crecimiento de la demanda energética, un factor relevante en provincias con fuerte desarrollo industrial forestal, agroindustrial y turístico.

Antecedentes institucionales y encuadre financiero

La operación se inscribe dentro del esquema habitual de financiamiento de organismos multilaterales para proyectos de infraestructura subnacional.

En este caso, la CAF – Banco de Desarrollo de América Latina se comprometió a otorgar el préstamo a la provincia con la condición de contar con una garantía soberana de la República Argentina. Ese requisito es frecuente en operaciones de crédito internacional con gobiernos provinciales.

Antes de la aprobación del decreto, distintos organismos técnicos evaluaron la operación.

El Banco Central analizó el impacto de la garantía en la balanza de pagos y concluyó que el efecto macroeconómico será limitado y consistente con la dinámica prevista de las operaciones externas.

Por su parte, la Oficina Nacional de Crédito Público del Ministerio de Economía indicó que el costo financiero del préstamo resulta inferior al que la Argentina podría obtener en el mercado, lo que refuerza la conveniencia del financiamiento multilateral frente a otras fuentes de crédito.

Impacto económico: infraestructura energética y desarrollo regional

Desde el punto de vista económico, la medida apunta a fortalecer uno de los cuellos de botella estructurales de muchas economías regionales: la infraestructura energética.

La inversión en redes de transmisión puede generar efectos en varias dimensiones:

Inversión pública: el préstamo habilita recursos externos para obras eléctricas en una provincia con creciente demanda energética.

Competitividad productiva: una red más robusta reduce riesgos de interrupciones y mejora la estabilidad del suministro para industrias, aserraderos, agroindustrias y servicios.

Integración energética: la modernización de la red facilitará la incorporación de fuentes renovables, un objetivo cada vez más presente en las políticas energéticas provinciales.

Efecto fiscal controlado: al tratarse de financiamiento externo con garantía nacional, el riesgo crediticio se comparte entre Nación y provincia, aunque el esquema de contragarantía mantiene la responsabilidad primaria en el gobierno provincial.

Financiamiento multilateral para infraestructura provincial

En términos de política pública, el decreto muestra continuidad en el uso de organismos multilaterales como fuente de financiamiento para obras de infraestructura en provincias.

El Gobierno nacional mantiene un rol central en estas operaciones, ya que: otorga la garantía soberana exigida por los organismos internacionales, y establece mecanismos de contragarantía para preservar el crédito público.

La medida también delega en el Ministerio de Economía y en la Secretaría de Finanzas la facultad de firmar los contratos y eventuales modificaciones operativas, siempre que no alteren el monto ni el destino del financiamiento.

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Tarifas de energía: el Gobierno avanza con la reducción de subsidios y nuevos aumentos desde febrero

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Las tarifas de los servicios públicos registrarán nuevos aumentos a partir del 1º de febrero de 2026, como resultado de una serie de medidas adoptadas por el Gobierno nacional para avanzar en la reducción de subsidios y sostener el esquema de actualización de precios del sector energético. El ajuste más significativo se verificará en el gas natural, con una suba promedio del 16,86% en todo el país, mientras que en el caso de la energía eléctrica el incremento autorizado será del 2,55% en Misiones, según lo dispuesto por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para la empresa LÍNEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL SOCIEDAD ANÓNIMA (LITSA).

Las decisiones se formalizaron a través de la Resolución ENRE 38/2026, publicada en el Boletín Oficial el 30 de enero, y se inscriben en el marco de la emergencia del Sector Energético Nacional declarada por el Decreto 55/2023 y prorrogada sucesivamente hasta el 9 de julio de 2026.

Gas natural: suba promedio del 16,86% y cambios en el esquema de precios

El aumento más relevante se producirá en la tarifa de gas, que registrará un incremento promedio del 16,86% como consecuencia de la combinación de varios factores regulatorios y económicos. Entre los motivos del ajuste se encuentran la cuota mensual de la Revisión Quinquenal Tarifaria, el aumento mensual por fórmula de actualización basada en el IPIM y el IPC para evitar el deterioro real de las tarifas, la aplicación del nuevo esquema de subsidios SEF y la implementación de un precio de gas unificado y fijo para todo el año.

Según explicaron desde el Gobierno nacional, este último punto genera un salto tarifario puntual en febrero, pero se aplica en un mes de bajo consumo. En ese sentido, la interpretación oficial sostiene que “se busca darle previsibilidad al usuario para que en los meses donde más necesita consumir gas (invierno) no se le dispare el precio”, y que de esta manera “se evita así sobresaltos estacionales de la factura a lo largo del año”.

El enfoque apunta a reducir la volatilidad estacional del costo del servicio y a profundizar el proceso de corrección de los precios relativos de la economía, en línea con los objetivos planteados por el Ministerio de Economía en el marco de la emergencia energética.

Electricidad en Misiones: ajuste del 2,55% para LITSA

En el caso de la energía eléctrica, el incremento autorizado será del 2,55% en Misiones, correspondiente al segmento de transporte bajo jurisdicción federal. El ajuste fue aprobado por el ENRE mediante la Resolución 38/2026 y alcanza a LÍNEAS DE TRANSMISIÓN DEL LITORAL SOCIEDAD ANÓNIMA (LITSA), en su carácter de transportista independiente.

El aumento surge de la aplicación del mecanismo de actualización de la remuneración aprobado por el ENRE en la Resolución 320/2025, rectificada por la Resolución 591/2025, que establece una fórmula de ajuste basada en la evolución del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicados por el INDEC.

Para diciembre de 2025, el IPIM registró una variación del 2,40% y el IPC del 2,85%. Dadas las ponderaciones definidas en el esquema regulatorio —67% IPIM y 33% IPC—, el porcentaje de actualización resultante fue del 2,55%, con vigencia a partir del 1 de febrero de 2026.

El objetivo explícito del mecanismo es que la remuneración de las transportistas se mantenga en términos reales durante todo el período tarifario de cinco años, conforme a lo establecido en el marco de la Revisión Quinquenal Tarifaria.

Marco normativo, fundamentos y alcance institucional

La resolución del ENRE se apoya en una extensa base normativa, que incluye la Ley 24.065 de Energía Eléctrica, la Ley 27.742, el Decreto 55/2023 que declaró la emergencia energética, sus prórrogas posteriores, y las instrucciones impartidas por el Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía mediante notas fechadas el 26 de enero de 2026.

En ese contexto, el organismo regulador aprobó los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de LITSA, detallados en el anexo de la resolución, que incluyen remuneraciones por conexión y por capacidad de transporte, con montos expresados en pesos por hora según nivel de tensión y tipo de equipamiento.

La medida fue notificada a las principales asociaciones del sector eléctrico y a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), y forma parte del proceso más amplio de actualización tarifaria que el Gobierno impulsa para reducir subsidios, ordenar las cuentas públicas y garantizar la sostenibilidad del sistema energético.

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El Gobierno aprobó una nueva suba de los impuestos a los combustibles: impactará en la nafta y el gasoil desde febrero

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Mediante el Decreto 74/2026, publicado el 30 de enero en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso una nueva postergación parcial de los aumentos pendientes en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. La medida modifica el cronograma previsto en el Decreto 617/2025 y establece que, entre el 1° y el 28 de febrero de 2026, las subas se apliquen de manera parcial y escalonada, mientras que la entrada en vigencia plena de los incrementos se traslada al 1° de marzo de 2026.

El objetivo explícito del Poder Ejecutivo es “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, en un contexto de actualización impositiva basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y de impacto directo sobre los precios de naftas y gasoil.

Marco legal y antecedentes de la actualización impositiva

El esquema de impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono se encuentra regulado por los Capítulos I y II del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificatorias. Allí se establecen montos fijos en pesos por unidad de medida, tanto para el impuesto a los combustibles líquidos como para el tributo al dióxido de carbono.

La normativa prevé que dichos montos se actualicen trimestralmente en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, considerando las variaciones acumuladas desde enero de 2018. El mecanismo operativo de actualización fue definido por el Decreto N° 501/2018, que asignó esa tarea a la entonces AFIP, hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), y fijó que los efectos de cada actualización rigen desde el primer día del segundo mes posterior.

Sin embargo, a través de una sucesión de decretos —entre ellos los Nros. 617/2025, 699/2025, 782/2025, 840/2025 y 929/2025— el Poder Ejecutivo fue difiriendo en el tiempo la aplicación efectiva de los incrementos resultantes de las actualizaciones correspondientes al año calendario 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025.

El Decreto 617/2025 había fijado como fecha de entrada en vigencia de los incrementos remanentes el 1° de febrero de 2026. El nuevo Decreto 74/2026 reemplaza ese criterio y redefine el cronograma.

Subas parciales en febrero y nuevo cronograma de aplicación

Con la modificación introducida, el Gobierno dispuso que entre el 1° y el 28 de febrero de 2026 los impuestos se incrementen de manera parcial, con montos específicos por producto.

Para las naftas sin plomo (hasta y más de 92 RON) y la nafta virgen, el decreto fija:

  • Un aumento de $16,773 por litro en el impuesto a los combustibles líquidos (artículo 4° de la Ley 23.966).
  • Un incremento de $1,027 por litro en el impuesto al dióxido de carbono (artículo 11).

En el caso del gasoil, los incrementos serán:

  • $14,372 por litro en el impuesto a los combustibles líquidos.
  • $1,638 por litro en el impuesto al dióxido de carbono.

Además, se mantiene el tratamiento diferencial para el gasoil destinado al consumo en la Patagonia, el Partido de Patagones y el Departamento de Malargüe. Para esas zonas, el decreto establece un aumento adicional de $7,782 por litro, conforme al artículo 7°, inciso d) de la Ley 23.966, que alcanza a las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

En paralelo, el Decreto 74/2026 sustituye la fecha de entrada en vigencia plena de los incrementos, que pasa del 1° de febrero al 1° de marzo de 2026, extendiendo un mes más el esquema de transición.

Impacto económico

La decisión de aplicar los aumentos de manera parcial y escalonada tiene impacto directo sobre la estructura de costos de los combustibles, un insumo clave para el transporte, la logística y amplios sectores de la economía. Al diferir la aplicación total de los incrementos derivados de las actualizaciones por IPC, el Gobierno busca moderar el traslado inmediato a precios finales, sin desactivar el esquema legal de actualización automática previsto en la Ley 23.966.

Desde el punto de vista fiscal, la medida implica postergar parcialmente la recaudación plena asociada a los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, aunque mantiene vigente el sendero de normalización definido por la normativa. En términos institucionales, el decreto reafirma la utilización del instrumento reglamentario, en ejercicio de las facultades del artículo 99, inciso 2 de la Constitución Nacional, para administrar los tiempos de implementación de tributos ya establecidos por ley.

El Decreto 74/2026 fue firmado por el presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, y entra en vigencia el 1° de febrero de 2026, de acuerdo con el texto oficial publicado en el Boletín Oficial.

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