MINISTERIO DE TRABAJO

El Ministerio de Trabajo y Empleo capacitará a instructores y profesionales de actividades físicas

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En consonancia con las normativas publicadas en los últimos días, que establecen el retorno de diferentes actividades físicas, el Ministerio de Trabajo y Empleo de Misiones brindará capacitaciones de manera virtual para cumplimentar los protocolos establecidos en cada disciplina.

La Dirección de Inspecciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Empleo capacitará de manera virtual, el próximo miércoles a las 10 A.M., al personal que se desempeñe en las actividades mencionadas en la Resolución conjunta de los Ministerios de Salud, Gobierno y Deportes de la Provincia.

El día de la capacitación se le enviará un link a la casilla de correo del solicitante, minutos antes del inicio, para poder ingresar a la reunión.

Desde la Dirección de Inspecciones Laborales sostienen que este es el primer encuentro y que habrá nuevos días y horarios para aquellos que no puedan participar. El objetivo de la capacitación será facilitar y dar a conocer los protocolos de los diferentes deportes individuales y acondicionamientos técnicos/físicos para deportistas en Misiones.

Para participar se deberá completar el formulario en el sitio web del Ministerio de Trabajo.

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La ministra Silvana Giménez participó de la reunión plenaria del Consejo Federal de Trabajo

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Se desarrolló la 113° Reunión Plenaria del Consejo Federal del Trabajo en Buenos Aires, presidida por Claudio Moroni, Ministro de Trabajo de la Nación, junto a los ministros de las provincias.

Los temas que se trataron fueron:
 Mejorar el poder adquisitivo y el ingreso de los jubilados.
 Mayor fiscalización haciendo foco en la erradicación del trabajo infantil
 Trabajo informal, vínculo fuerte con la AFIP.
 Negociación colectiva y creación del Consejo Económico Social.
 Atender los distintos sectores sociales
 Generar empleo a través de la inclusión. Principalmente aquellos requeridos por la demanda laboral. Apuntar a las mujeres, jóvenes y sectores vulnerables.
 Apuntar a que los comercios aprovechen los recursos de la tarjeta alimentaria del Plan Nacional contra el Hambre.
 No dejar de reconocer las diferencias regionales sin descentralizar las paritarias.
 Generar crecimiento del salario real.
 Participación de los ministros de las provincias en la paritaria docente.

Al momento de la exposición en el plenario, Silvana Giménez, destacó los ejes de gestión determinados por el Gobernador Oscar Herrera Ahuad “estamos en la misma línea, trabajar en la prevención y erradicación del trabajo infantil, generar empleo para las mujeres y los jóvenes”.

También coincidió con la temática de Nación “Como dijo Moroni pensamos no tener programas enlatados, porque a veces las provincias capacitamos jóvenes que después no tienen inserción laboral. Argentina está en crisis y nos necesita”.

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Yerba Mate: está abierto el registro de “prestadores de servicio de cosecha”

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El Ministerio de Trabajo y Empleo informó que se encuentra en proceso de actualización del Registro de Prestadores de Servicios de la Cosecha de Yerba Mate mediante la Ley Provincial IX N°

  1. Los requisitos para la inscripción anual son:
     Constancia de número de Código Único de Identificación Tributaria (CUIT)
     Zona geográfica donde se prestarán los servicios
     Constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales
     Nómina de trabajadores a cargo, con datos personales
     Constancia de Contratación de Seguro, correspondiente al Peón Rural
     Identificación del vehículo a utilizar para el transporte de los trabajadores, titularidad y seguridad del mismo

Los mismos deberán ser presentados a partir del día 10 de febrero en la Sede Central del Ministerio de Trabajo y Empleo, ubicada en calle Santa Fe N° 343 de la Ciudad de Posadas.

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Declaran ilegal medidas de fuerza de trabajadores del pediátrico

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El ministerio de Trabajo y Empleo de Misiones declaró ilegal el accionar de los trabajadores del Hospital Público Provincial de Pediatría, y ordenó la suspensión inmediata de las medidas de fuerza que pudieran estar tomando, retrotrayendo la situación anterior al conflicto con cese de las acciones directas que se pudieran estar tomando y normalizar el servicio suspendido, bajo apercibimiento de ley.

En los considerandos se destaca que “pese a la legitimidad de los reclamos, ya estuvieron en consideración y negociación con las entidades gremiales como ATE, CTA y UPCN, entre otras, entendiendo estos la particular situación de crisis que ha derivado incluso en la ley provincial de emergencia alimentaria que marca claramente las prioridades de la situación general y pretende proteger a las facciones más humildes.

Debe señalarse que, el sector en cuestión a más de prestar un servicio esencial como lo es la salud en general, en particular afecta a los niños, niñas y adolescentes y que con ello se violenta la ley 26061, lo que impone un tratamiento y abordaje especial a situaciones como la descripta”.

Esta circunstancia, sumado a la intransigencia del grupo o sector que lleva adelante las medidas, y la falta de representación colectiva de sus reclamos, torna al mismo ilegal, correspondiendo a esta autoridad laboral la declaración en este sentido, llamando a la reflexión de los trabajadores involucrados, a los fines del cese inmediato de las medidas de acción directas que se están llevando a cabo y retomar la senda del diálogo”.

Además agrega el fundamento de la medida que “no puede escapar a la consideración de los trabajadores que, más allá del derecho al reclamo, el mismo debe a mas de gozar el mérito, que desde ya lo tiene, el caracter de oportunidad y conveniencia del mismo, frente a una situación y contexto nacional pocas veces visto en la historia, donde los salarios público provinciales en particular que dependen de la arcas del Estado provincial, han sido seriamente dañadas por las políticas de la Nación, que han obligado no solo a recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino también pedir el cumplimiento de fallos de la misma. Estas circunstancias excepcionales demandan esfuerzos colectivos e individuales excepcionales, como lo han sabido comprender las propias entidades sindicales en muchos casos”.

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Los recibos de sueldo podrán emitirse en formato digital

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Así lo dispuso el ministerio de Trabajo a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. Será optativo y comenzará regir en 10 días.
El Gobierno dispuso que los empleadores podrán optar por emitir los recibos de sueldo en formato digital, que a su vez deberán ser firmados “digitalmente”.
La medida -que comenzará a regir dentro de diez días- se tomó a partir de una resolución del Ministerio de Producción y Trabajo, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
“Establécese que los empleadores podrán optar por emitir, indistintamente, recibos de pago en concepto de salarios u otras formas de remuneración al personal en relación de dependencia en formato papel o digital”, según el texto oficial.
Trabajo aclaró que en caso de optarse por recibos de pago digitales, “el empleador deberá arbitrar los medios necesarios a efectos de que los mismos sean firmados digitalmente, tanto por él como por el trabajador. Sin perjuicio de ello, el trabajador podrá optar por firmar en disconformidad”.
“El sistema utilizado deberá contemplar la posibilidad de que el trabajador pueda salvar sus recibos de haberes digitales, así como guardar copia de ellos”, añadió.
El Poder Ejecutivo recordó que la Ley N° 25.506 de Firma Digital “reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, e instituyó la Infraestructura de Firma Digital con alcance federal”.
Además, consideró que “resulta necesario armonizar las legítimas expectativas vertidas en el uso de medios digitales con las garantías que deben asegurarse al ejercicio de los derechos de los trabajadores, como derivación del orden público laboral vigente”.
“A efectos de prescindir de la autorización a los empleadores para la emisión de recibos digitales, se estima procedente derogar la Resolución N° 1.455/11 del ex Ministerio de Trabajo, como así también sus normas complementarias, y establecer que los empleadores podrán optar por emitir, indistintamente, recibos de pago en concepto de salarios u otras formas de remuneración al personal en relación de dependencia en formato papel o digital”, explicó.
Fuente Ámbito

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