Movilidad previsional

ANSES ajusta las jubilaciones desde julio: el haber mínimo sube a $411.989 y se actualizan las bases previsionales

Compartí esta noticia !

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó una actualización del 2,15% para las jubilaciones, pensiones y parámetros previsionales que comenzará a regir con los haberes de julio. La medida replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo y consolida el esquema de movilidad mensual vigente. Para el mercado interno, el impacto se concentra en la capacidad de consumo de millones de beneficiarios, mientras que para empleadores y estudios contables también implica nuevos valores para las bases imponibles del sistema previsional.

La actualización fue establecida mediante la Resolución 186/2026, publicada en el Boletín Oficial. Con este ajuste, el haber mínimo garantizado pasa a $411.989,33, mientras que el haber máximo asciende a $2.772.298,06. La Prestación Básica Universal (PBU) se ubicará en $188.466,31 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzará $329.591,46.

El incremento responde al mecanismo de movilidad implementado por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024, que sustituyó la fórmula anterior por un esquema de actualización mensual atado a la inflación medida por el INDEC. Para julio, la variación aplicada corresponde al IPC de mayo: 2,15%.

En provincias del NEA, donde la participación de jubilaciones, pensiones y asignaciones dentro del ingreso disponible de los hogares tiene un peso significativo en numerosas economías locales, cada actualización previsional repercute sobre el consumo cotidiano. Comercios minoristas, farmacias, supermercados y prestadores de servicios suelen captar parte de esos ingresos durante los primeros días del calendario de pagos.

Sin embargo, el ajuste también mantiene el ritmo de indexación de las obligaciones previsionales para empleadores. La resolución redefine las bases imponibles utilizadas para calcular aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), un dato relevante para empresas, áreas de recursos humanos y estudios contables.

Los principales cambios desde julio

Entre las modificaciones oficializadas se destacan:

  • Haber mínimo: $411.989,33.
  • Haber máximo: $2.772.298,06.
  • Prestación Básica Universal (PBU): $188.466,31.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $329.591,46.
  • Base imponible mínima para aportes: $138.757,90.
  • Base imponible máxima: $4.509.567,41.

En el caso de quienes perciben el haber mínimo y continúan recibiendo el bono extraordinario de $70.000, el ingreso total alcanzará $481.989,33. La resolución difundida por ANSES únicamente actualiza los haberes previsionales; el bono mantiene el mismo valor nominal que viene aplicándose desde marzo de 2024.

Qué significa para empresas y trabajadores

La actualización mensual no sólo modifica los ingresos de jubilados y pensionados. También redefine parámetros técnicos utilizados en la liquidación previsional de trabajadores activos.

Las nuevas bases imponibles determinan el rango sobre el cual se calculan los aportes personales y contribuciones patronales previstos en la Ley 24.241, por lo que su actualización resulta relevante para empleadores privados, organismos públicos y profesionales dedicados a la administración laboral.

Además, la resolución establece que las remuneraciones de quienes soliciten su jubilación desde el 1 de julio de 2026 continuarán actualizándose conforme los índices fijados por la Subsecretaría de Seguridad Social para el cálculo del haber inicial.

La movilidad mensual mantiene alineadas las prestaciones previsionales con la inflación, pero también consolida un esquema en el que tanto ingresos previsionales como parámetros laborales se modifican todos los meses. Para empresas y actores económicos, la previsibilidad dependerá de la evolución del IPC y de la continuidad del bono extraordinario, cuya actualización permanece desacoplada de la fórmula de movilidad.

Compartí esta noticia !

ANSES oficializó un aumento del 2,85% en las Asignaciones Familiares desde febrero y actualizó el tope de ingresos

Compartí esta noticia !

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó un incremento del 2,85% en los montos y límites de ingresos de las Asignaciones Familiares que regirá a partir de febrero de 2026. La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial, se enmarca en la fórmula de movilidad mensual atada a la inflación y redefine el umbral de ingresos a partir del cual se pierde el beneficio, fijado ahora en $2.646.379 por integrante del grupo familiar.

La actualización quedó formalizada mediante la Resolución 23/2026, firmada por el director ejecutivo del organismo, Fernando Omar Bearzi, y se aplica a las prestaciones previstas en la Ley 24.714, que regula el Régimen de Asignaciones Familiares. El ajuste responde a la movilidad establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/24, que dispuso actualizaciones mensuales según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, con dos meses de rezago.

Ajuste por inflación y nuevo tope para cobrar el salario familiar

El eje central de la resolución es la aplicación de un incremento del 2,85% sobre los montos de las asignaciones y sobre los límites y rangos de ingresos del grupo familiar, con excepción de la Ayuda Escolar Anual y otras prestaciones específicas contempladas en los incisos d) y e) del artículo 6° de la Ley 24.714.

Uno de los puntos más sensibles de la normativa está detallado en el Artículo 4°, que establece que si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $2.646.379, todo el grupo queda excluido del cobro de las asignaciones familiares, aunque la suma total de ingresos no supere el tope máximo global. Este criterio, ya vigente en el esquema del salario familiar, vuelve a cobrar relevancia en un contexto de actualización nominal de salarios e ingresos.

La resolución también aclara que, en caso de que los nuevos montos o límites resulten con decimales tras la aplicación de la movilidad, se aplicará redondeo al valor entero siguiente, un aspecto técnico que impacta directamente en la liquidación mensual de los beneficios.

A quiénes alcanza el aumento y qué prestaciones se actualizan

El incremento del 2,85% alcanza a un universo amplio de beneficiarios del sistema de seguridad social. Según lo establecido por ANSES, el ajuste impactará en:

  • Trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector público como privado.
  • Monotributistas, de acuerdo con las categorías definidas en función de los ingresos brutos anuales.
  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE), cuyos montos también se actualizan por la misma fórmula de movilidad.
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

La normativa se apoya en un entramado legal amplio, que incluye, entre otras, las Leyes 24.714, 27.160 y 27.743, el Decreto 514/21, el Decreto 63/25 y resoluciones conjuntas que garantizan que determinados trabajadores, como los contratados bajo modalidades temporarias o discontinuas en el sector agropecuario, perciban asignaciones no inferiores al 100% del valor de la AUH.

Ayuda Escolar Anual

La resolución también ratifica el criterio de actualización de la Asignación por Ayuda Escolar Anual, que se paga de manera masiva en marzo. Según el Decreto 63/25, este beneficio se actualiza una sola vez al año, en el momento de su pago, aplicando la fórmula de movilidad vigente. De este modo, si bien acompaña la inflación, su ajuste no es mensual como el resto de las asignaciones.

Desde el punto de vista institucional y fiscal, la actualización automática de las Asignaciones Familiares consolida el esquema de indexación mensual basado en el IPC, lo que otorga previsibilidad a los beneficiarios, pero también implica un seguimiento permanente del impacto presupuestario en un contexto de alta nominalidad. Al mismo tiempo, el endurecimiento del tope individual de ingresos refuerza el criterio de focalización del gasto social, excluyendo a grupos familiares cuando uno de sus integrantes supera el umbral establecido.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin