NO BINARIO

A 10 años de la Ley de Identidad de Género, 247 personas cambiaron su identidad autopercibida en Misiones

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En vísperas de conmemorarse el 10° aniversario de la sanción en el Congreso de la Nación de la Ley de Identidad de Género, el Registro Nacional de las Personas (Renaper), organismo dependiente del Ministerio del Interior a cargo de Wado de Pedro, publicó un informe en el que precisa que desde 2012 a hoy 12.655 personas rectificaron sus datos de identificación en el DNI de acuerdo con su identidad autopercibida de género.

El estudio señala además que el 62 por ciento de las personas que rectificaron su DNI optó por la categoría “Mujer”, mientras que el 35 por ciento lo hizo por “Varón”; en tanto que, desde la implementación del decreto N° 476/21, que desde el año pasado permite incluir una “X” para aquellos casos en que las personas se autoperciban con género “No binario”, se realizaron 354 rectificaciones hasta el 31 de marzo de 2022.

De acuerdo con el informe del Renaper, la característica principal de la población que cambió su género en el DNI es que se trata de gente joven adulta, siendo el promedio de edad de 33 años, mientras que la mitad de la población tiene menos de 31 años.

En Misiones, según los datos brindados por Virginia Soto, hubo 247 trámites de cambio de género. En 2021 se registró el mayor número de trámites, con 40 solicitudes. Desde 2012 se registran 130 cambios a femeninos y 106 a masculinos. El resto son no binarios.

Datos complementarios sobre la estructura etaria señalan que se observa que la población que se autopercibe con género “Varón” o “No binario” es más joven que las personas que eligieron el género “Mujer”.

Al analizar más aspectos sobre la edad de las personas que rectificaron su género, el informe refleja que quienes optaron por el género “Varón” lo hicieron en edades más tempranas en relación con los demás géneros escogidos.

En la evolución en la cantidad de trámites de rectificación de sexo en el DNI, es de destacar que en 2012 (año en que se sancionó la ley) se realizaron 1.708 trámites, mientras que en los años posteriores se observa un descenso en este índice hasta arribar al 2018, cuando se inicia un paulatino incremento en la cantidad de rectificaciones realizadas.

El informe refleja que en esta etapa el aumento de rectificaciones se da mayoritariamente en la cantidad de personas que cambiaron por género “Varón” (entre el 45 y el 58 por ciento); contrariamente a lo que sucedió hasta 2017, cuando entre el 70 y 90 por ciento de las rectificaciones realizadas por año eran para cambiar a género “Mujer”.

En 2020, con la llegada de la pandemia, los casos de rectificación se redujeron, para retomar el sendero alcista a partir de 2021, donde se observa un notable aumento de los trámites de rectificación.

En proporción, 26 de cada 100 mil habitantes de Argentina tienen el DNI rectificado acorde a la Ley de Identidad de Género, siendo la Ciudad de Buenos Aires la que presenta la mayor cantidad de habitantes que realizaron el trámite de cambio de género, con 47 personas cada 100 mil habitantes. A ella le siguen las provincias de Salta, La Rioja y Tierra del Fuego (entre 36 y 37 personas cada 100 mil habitantes).

En otro apartado, el estudio del Renaper informa que la mayor parte de la población que cambió el género en su DNI reside en los grandes centros urbanos del país: el 37,5 % del total tiene domicilio en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

En este caso, la concentración es mayor entre las personas que se autoperciben con un género “No binario” (52,3 %), luego entre las de género “Varón” (42,9 %) y en menor medida entre las que optaron por “Mujer” (33,1 %).

Asimismo, el 2,2 % de las personas que rectificaron su DNI según la Ley de Identidad de Género son extranjeras: entre ellas, la mayoría se autopercibe “Mujer”, y reside en CABA y en la Provincia de Buenos Aires.


Sobre la Ley de Identidad de Género.

El 9 de mayo de 2012 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.743 de Identidad de Género, acompañando la lucha de las diversas organizaciones pertenecientes al colectivo LGBTIQ+, enmarcada en los principios de Yogyakarta (2006) y en diversos tratados de Derechos Humanos.

A partir de esta ley, el Estado reconoce la identidad de género como un derecho humano fundamental, adoptando la definición de identidad que la califica como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.

Así, nuestro país se ha constituido en una referencia jurídica internacional por estar a la vanguardia en el reconocimiento de la identidad de género autopercibida, ya que la actual legislación no exige a la persona ningún diagnóstico médico ni orden judicial para su rectificación en el DNI: por el contrario, establece que toda persona tiene el derecho a ser identificada de acuerdo con su identidad de género autopercibida. Mediante un simple procedimiento administrativo, cualquier persona puede modificar su nombre, imagen y el género en su DNI, de manera personal y gratuita.

Asimismo, a partir del decreto presidencial N° 476/21, sancionado el 21 de julio del año pasado, Argentina se convirtió en el primer país de la región en reconocer identidades por fuera del sistema binario masculino y femenino en los DNI y pasaportes, con lo cual las personas que hagan la rectificación de su partida de nacimiento conforme a la Ley de Identidad de Género podrán solicitar que se consigne la letra “X” en su documentación, en el caso de que no se autoperciban como varones ni como mujeres.

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Es de Misiones y recibirá el primer DNI y pasaporte no binarios en un consulado argentino

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“Me interesa que otras personas que viven en el extranjero sepan que el pasaporte no binario es una posibilidad real que se puede implementar hoy”, explicó Cy, que recibirá este jueves ambos documentos.

Cy, de 37 años, se convertirá este jueves en la primera persona de nacionalidad argentina en recibir su DNI y pasaporte no binarios en el exterior, una batalla que en lo personal viene librando hace más de tres años desde Berlín y cuya resolución positiva se precipitó ahora con el decreto presidencial que agregó “X” como tercera opción registral de género a las tradicionales M y F.

“La embajada de nuestro país en Alemania, con sede en la ciudad de Berlín, entregará mañana un DNI no binario a una persona de nacionalidad argentina, y de esta manera se convertirá en el primer documento de estas características otorgado en una representación nacional en el exterior”, informó la Cancillería a través de un comunicado.

Con el acompañamiento de la organización Abogadxs por los Derechos Sexuales (Abosex), Cy ya había conseguido el año pasado que el registro civil de su provincia -Misiones- fuera aún más allá y le emitiera una nueva acta de nacimiento con el casillero de género vacío, siendo esta indefinición una opción alternativa que viene reclamando el colectivo “Todes con DNI” tras la publicación del decreto 476/2021, para un mejor cumplimiento de la Ley de Identidad de Género (26743) de 2012.

“Para mí lo más importante es el pasaporte, porque es lo que me permite acceder a todo, y me parece increíble porque no hay muchos estados en el mundo que estén dando documentación no binaria”, dijo Cy a Télam desde Alemania, donde vive y trabaja.

“Mi paso siguiente es ver qué países países los reconocen para saber dónde puedo moverme”, agregó.

No obstante, Cy aseguró que el decreto 476/2021 le generó “opiniones encontradas” porque, por un lado, “es un avance en relación a lo que había”; pero, por otro, “no todas las personas que no nos identificamos con H o M, necesariamente somos una X”.

“Yo milito en Todes con DNI, desde donde venimos proponiendo otras alternativas al Renaper porque la ley habla de identidad de género autopercibido, no de una X, y yo hubiera preferido que mis documentos tengan un campo vacío, como mi partida de nacimiento; es decir, que el género sea un campo opcional abierto”.

“Pero Alberto Fernández dijo que era un primer paso y yo espero que haya más avances en relación a esto”, dijo.

Por otro lado, Cy afirmó que da a conocer su caso porque “me interesa que otras personas que viven en el extranjero sepan que el pasaporte no binario es una posibilidad real que se puede implementar hoy”.

Cy teme que “haya consulados o embajadas que digan que todavía no es posible porque el decreto es muy reciente” a quienes quieran iniciar el trámite de rectificación del pasaporte en el extranjero, siendo que “hoy es posible”.

“A mí me llevó 3 años y 8 meses que se respete nuestra ley de identidad de género que tiene 9 años, en lo personal considero que es la mejor del mundo; por eso me gustaría que en adelante las personas residentes en el exterior tengan acceso de una manera más rápida a este derecho porque te cambia la vida cuando tenés un DNI que tiene tu nombre y género”, agregó.

En julio del año pasado Cy ya había hecho historia al obtener una nueva partida de nacimiento no binaria, pero ese reconocimiento legal no le había permitido hasta ahora obtener su DNI y pasaporte del Renaper, donde se había estancado el trámite, por lo cual el último año lo pasó sin documentos, con todos los inconvenientes que eso genera.

“Fue horrible porque sin documentación en el exterior no podes hacer nada, casi ni moverme”, contó.

La falta de un pasaporte que reflejara su verdadero nombre e identidad de género autopercibida le impidió todo ese tiempo “hacer lo más básico de lo básico” como “tener una cuenta de banco a mi nombre, firmar un contrato de alquiler o de trabajo, pagar los servicios y hasta vacunarme contra el coronavirus”, sin que se violara su derecho a la identidad.

“Ahora la situación cambió con este decreto que incorpora la ‘X’ como tercera opción, apenas se publicó fui a la embajada donde me dijeron que mi documentación iba a salir y ya mañana me la entregan”, contó.

Por su parte, Emiliano Litardo -de Abosex- afirmó que el pasaporte no binario de Cy implica “reparar su situación migratoria en Berlín” pero también “cumplir un deseo suyo de tener en sus documentos oficiales una identidad que le represente”; y si bien “la X no era justo lo que ella quería”, la medida igualmente “permite efectivizar un derecho concreto”.

El abogado que redactó la letra de la Ley de Identidad de Género, planteó que en la nueva documentación no binaria “hay una apoyatura jurídica y política importante” en esta norma de 2012, “no obstante me parece que restringe otras manifestaciones de identidad de género por fuera de la X”.

“Pero, para el caso concreto de Cy, refuerza el aspecto autodeclaratorio de la identidad de género a través de la ley, y por eso es celebratorio”, dijo.

A su turno, el jefe de gabinete de la Cancillería, Guillermo Justo Chaves, calificó el acto de mañana, en Berlín, como “histórico”.

“Es nuestra obligación como gobierno que esta instancia de ampliación de derechos sea un paso más, firme y concreto, en un camino largo que busca cumplir con dos valores que nos atraviesan profundamente: el amor y la igualdad, y que eso lo viva cada compatriota sin importar dónde se encuentre”, dijo.

En su comunicado, la Cancillería explicó que el pasaporte de emergencia le será entregado también mañana en función de la “situación de extrema vulnerabilidad” que supone la “indocumentación” para quien, como Cy, se “encuentran en el exterior sin otra ciudadanía”.

“Posteriormente, teniendo un DNI vigente, se procederá a iniciar, en la sección consular de la Embajada, el trámite necesario para la emisión de un pasaporte ordinario que le iguale en derechos con el resto de la ciudadanía argentina”, dijeron.

El acto de entrega se producirá el jueves a las 11 (hora local) en la sede del Consulado Argentino en Berlín, y contará también con la presencia la extitular de la Dirección de la Mujer y Asuntos de Género de la Cancillería y encargada de negocios ad interim de la Embajada Argentina en Berlín, Ana Sarrabayrouse; y del jefe de la sección consular, Martín Castro.

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Mucho más que maquillaje

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Luego de la aprobación del decreto presidencial por el cual las personas que se identifican a sí mismas como no binarias pueden solicitar que se coloque una X donde se anota F (si es mujer) o M (si es varón) se produjo una polémica cuyos efectos no solamente no han cesado, sino que tienden a extenderse y profundizarse. Uno de los polos de esta polémica considera que estas medidas forman parte de la cosmética progresista del gobierno, del “relato”, esa máscara que el kirchnerismo ha sabido utilizar tan astutamente. Sería, según esta perspectiva, una maniobra tendiente a la búsqueda de rédito político, en particular en época electoral, sobre todo teniendo en cuenta que este último decreto afectaría a pocas personas. Sin embargo, no estamos frente a una medida inocente y sin consecuencias: no es inocente, porque, en efecto, está en el marco de una campaña electoral en la cual la bandera de la “ampliación de derechos” es lo único que el oficialismo tiene para mostrar y, además, esta ley tiene consecuencias que, previsiblemente, se irán ampliando si este delirio proliferante de la negación de la realidad no se detiene de una vez. 

Considerando que la Ley de identidad de género de 2012 es el puntapié inicial de estas políticas identitarias, se han sancionado una serie de normas que se inscriben en el marco de dicha ley. Hay una tendencia a profundizar la legislación por la cual la diferencia sexual se elimina de los registros y deja de tener relevancia social. Desde la eliminación (inocua si fuera una medida aislada, pero que apuntala simbólicamente la tendencia) del número prefijo del CUIL, hasta los cupos en los medios de comunicación y la neolengua para designar a las mujeres (que aparece incluso en la Ley IVE) como “personas gestantes”, cuanta legislación se promueve va en el sentido del borrado del sexo. 

Recordemos que el sexo es una determinación biológica dimórfica en la especie humana, que no puede eliminarse ni anularse, en tanto que la sexualidad es el ejercicio privado de una actividad (siempre dentro de los límites de la sociedad y la época) y la orientación, también parte del campo de lo privado, refiere a la atracción hacia otras personas. En este sentido, el sexo es el único elemento que debe ser objeto de registro social. Sin embargo, Alberto Fernández expresó, durante la presentación del nuevo DNI no binario, la negación de estos conceptos: “Este es un paso que espero que termine el día en que en el DNI a nadie le pregunten si es hombre, mujer o lo que sea. Qué le importa al Estado saber la orientación sexual de sus ciudadanos, no es lo que necesita saber.”, dijo. Una mezcla deliberada que excede con mucho la cosmética. Adicionalmente, en esa misma presentación, dos personas que participaron del evento (una de las cuales recibía su nuevo DNI) manifestaron su disconformidad. De modo tal que tanto hay organizaciones que solicitan del Estado argentino la emisión de documentos (incluso las partidas de nacimiento) ajustados a la identidad de género de cada persona, como legisladores que han presentado proyectos en ese mismo sentido. 

En suma, esta decisión registral que se tomó la semana pasada es una tendencia anticientífica, no solamente porque niega la existencia de dos sexos, sino porque se niega a la obtención del conocimiento social. ¿Cómo se realizarán las pirámides poblacionales o cómo se registrarán las tasas de natalidad y mortalidad? Consecuentemente, ¿cuáles serán las herramientas que se dará el estado argentino para llevar adelante políticas de salud reproductiva o cómo se realizarán las investigaciones y estadísticas sobre los efectos en la salud de medicación o enfermedades?

Las consecuencias de esta concepción atomística de la sociedad por la cual se considera que legislar un derecho para un sector no implica en modo alguno un conflicto entre leyes, ni la vulneración de derechos de otros, tendrá su máxima expresión en la conculcación de derechos para la mitad de la población, las mujeres. No sabremos cuántas de nosotras hay en la Argentina, no sabremos si habrá un mamógrafo o anticonceptivos a disposición en los hospitales. Ya debemos compartir baños, vestuarios y cárceles con identidades autoidentificadas como mujeres y cada vez más tendremos que abandonar nuestros espacios en el deporte y la política. Luego de la LIG, el agravante por femicidio ya casi no tiene razón de ser, por eso terminará siendo eliminado del Código Penal, habida cuenta de la desaparición del sexo como base de la violencia. Los hombres no ceden sus espacios. El patriarcado oprimirá cada vez más a las mujeres, que verán en las identidades la disolución de la única determinación que las sometió históricamente: la forma en la que las sociedades de clase organizan la reproducción humana.  

Lamentablemente para las mujeres, estas medidas no son puramente cosméticas.

No hay maquillaje suficiente que pueda ocultar tanta barbarie.

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A qué edad se jubila un no binarie (o: cómo hacer la “desbinarizaciòn” de un Derecho binarizado)

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Parte de un tema trivial, pero es una cuestión que no está -ni podría- estar resuelta por un simple decreto reglamentario, pero toca un síntoma de cómo debe se operar en sistemas “no binarizados” cuando aceptamos la identidad “no binaria”. Como todo esto es en parte “borrador”, ¡aceptamos controversias al respecto! Es un tema no trivial de interpretación y “construcción” del derecho.

La pregunta motivadora que desvelaba a muchos era la siguiemte: ¿si las mujeres pueden jubilarse a los 60, y los hombres a los 65, a qué edad puede jubilarse alguien “no binario”? 

Recordemos que hoy salió el decreto que pueden ver acá.  Su efecto es permitir que haya en el DNI tres opciones, M, F o X, que abarcaría todas estas situaciones: Veamos los dos artículos más importantes.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que todas aquellas personas nacionales cuyas Partidas de Nacimiento se expidan en el marco de la Ley N° 26.743 en las que se consigne una opción para la categoría “sexo” que no sea “F” –Femenino- o “M” –Masculino-, o bien si el mismo no se hubiere consignado, podrán solicitar que en la zona reservada al “sexo” en los Documentos Nacionales de Identidad, y en los Pasaportes Ordinarios para Argentinos, se consigne la letra “X”; utilizándose en este caso el carácter de relleno “<” en la casilla correspondiente al campo “sexo” en la ZLM. 

ARTÍCULO 4º.- A los fines del presente decreto, la nomenclatura “X” en el campo “sexo” comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino

Es algo que el decreto puede hacer. Lo que el decreto (que es un decreto común, reglamentario, no DNU) no puede es reformar leyes que estén por encima de su jerarquía. Y en el resto de las áreas del derecho (todo el mundo piensa en jubilaciones, pero hay muchas) el sistema fue pensado como binario (hombre O mujer). 

Esto implica que en efecto quede boyando la pregunta de apertura: si las mujeres pueden jubilarse a los 60, y los hombres a los 65 ¿a qué edad puede jubilarse un(e) no binario? · 

¿Como se llega a ser “no binario”?

Esto implica que debamos desandar el camino de como se llega a ser “no binario”, lo que nos lleva a la Ley de Identidad de Género de 2012. A los efectos jurìdicos -y para todo el sistema argentino- género es “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo” (art. 2).

Recordemos que la rectificación de partida es “registral” no “judicial”. Una persona puede pedir que le rectifiquen el sexo en la partida de nacimiento al registro, y no necesita ir a un juez. 

Entonces, para tener un DNI “X” se necesita haber seguido este procedimiento y tener una partida donde alguien se haya anotado como “no binario”. Si alguien piensa que esto puede dar lugar a un carnaval de idas y vueltas, aclaramos que la ley lo deja hacer a pedido solo una vez, y para cambios ulteriores requiere intervención judicial.

Dos principios para llenar un vacìo legal

Frente a ese sujeto “no binario” la situación no-legalmente contemplada se debería resolver en base a este argumento de principio (1) que postulo y que hay que seguir con atención: si alguien tiene el derecho de adoptar una calificación no prevista anteriormente (en el caso concreto, se asumió “no binario”), el vacío legal resultante no se puede cubrir equiparando su caso al grupo calificado que tiene más restringido -o menos facilitado- el ejercicio de otro derecho.

Este argumento podría ser enunciado de otro modo más general, que llamaremos principio (2): el efecto de un derecho personalísimo como el de la identidad de género debe resolverse de forma que su ejercicio no perjudique a su titular en cuanto a las clasificaciones preexistentes que se articulan por sexo. 

Otro caso: el no binario electoral

Pensemos en la ley de paridad, que nos ha dejado un art. 60 bis del Codigo Electoral así redactado: las listas “deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente”.

Es obvio, ante todo, que el no binario no queda privado de derechos electorales, por no ser hombre ni mujer. El sistema tiene que resolver eso en base a principios, no escritos.

La solución jurídica: el no binarie puede entonces alternar tanto con hombre como con mujer, para atender el principio (2), y ambos principios se deben conjugar para resolver lo que implica ese “gris” que genera el “no binario” en un derecho absolutamente “binarizado” (mucho más allá de jubilaciones). 

Ahora bien, esto es así no por (y desde) el decreto de hoy, sino que la misma situación –y el mismo razonamiento- podía haberse hecho “ayer”, o, al menos, desde la ley de identidad de género en la medida en que incorporamos el “no binario” como concepto válido identitario. De hecho, antes del decreto de hoy fallos judiciales que ordenaban expedir DNIs no binarios (aunque según me informan, no fueron efectivamente expedidos pues el Estado los había apelado).

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