OACI

La ANAC simplifica el ingreso de aerolíneas extranjeras y pone el foco en la seguridad operacional

Compartí esta noticia !

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) modificó las reglas para reconocer los certificados de explotadores de servicios aéreos extranjeros y avanzó en una simplificación que busca reducir barreras de entrada al mercado aerocomercial argentino. La Resolución 543/2026, publicada este viernes, enmienda la Parte 129 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) y elimina el antiguo Apéndice B, correspondiente al Certificado de Reconocimiento de AOC Extranjero (AOCR).

El cambio apunta a agilizar el reconocimiento de las habilitaciones otorgadas por autoridades aeronáuticas de otros países, especialmente cuando existen condiciones objetivas que permiten verificar que esos Estados cuentan con niveles adecuados de supervisión de la seguridad operacional. La nueva lógica se apoya en los resultados del Programa Universal de Auditoría de la Vigilancia de la Seguridad Operacional (USOAP) de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), en lugar de replicar controles que ya fueron realizados por las autoridades aeronáuticas de los países de origen.

La modificación tiene un efecto económico concreto: un trámite más simple puede traducirse en menores costos regulatorios y menor tiempo para que una aerolínea extranjera pueda comenzar a operar rutas hacia la Argentina. En un mercado donde la disponibilidad de vuelos, la competencia entre compañías y la conectividad internacional tienen impacto directo sobre el turismo, el comercio y la movilidad de personas, la reducción de barreras de entrada busca ampliar la oferta sin convertir la desregulación en una disminución de los estándares de seguridad.

El nuevo esquema establece una modalidad abreviada de reconocimiento para determinados operadores extranjeros. Entre las condiciones centrales figura la existencia de un acuerdo bilateral de servicios aéreos entre la Argentina y el Estado que emitió el certificado, además de una evaluación satisfactoria del USOAP de la OACI que ubique la calidad de la supervisión de seguridad operacional del país emisor en niveles similares o superiores a los argentinos. También se establece que las rutas comprendidas bajo este mecanismo no impliquen operaciones de cabotaje dentro del territorio nacional.

El cambio no supone que la ANAC abandone sus facultades de control. Por el contrario, la normativa mantiene la responsabilidad del organismo argentino para verificar el cumplimiento de los requisitos aplicables y conservar la capacidad de intervenir frente a incumplimientos que puedan afectar la seguridad operacional. La regulación también establece mecanismos de notificación cuando el certificado extranjero sea suspendido, revocado, cancelado o vea afectada su vigencia.

La arquitectura regulatoria busca, en términos prácticos, asignar los recursos de fiscalización donde exista mayor riesgo. La información producida por el USOAP permite contar con un parámetro internacional sobre la capacidad de cada Estado para supervisar a sus operadores. De esta manera, la Argentina puede evitar controles redundantes sobre jurisdicciones con sistemas de vigilancia consolidados y concentrar capacidad técnica en aquellos casos que requieran un análisis más profundo.

La reforma también mantiene exigencias específicas cuando un operador pretende realizar cabotaje en la Argentina. En esos casos, los solicitantes deben presentar información sobre la empresa, su certificado de explotador, manuales de operación y seguridad, derechos de tráfico, aeronaves, planes de seguridad, bases de operación, mantenimiento y certificados de ruido, entre otros antecedentes.

Uno de los aspectos más relevantes desde el punto de vista operativo es que la ANAC conserva la posibilidad de reconocer aprobaciones especiales vinculadas con determinadas operaciones, siempre que se encuentren debidamente acreditadas. Además, el régimen establece mecanismos para incorporar nuevas aeronaves a las operaciones de un explotador cuyo certificado ya fue reconocido, evitando que cada incorporación obligue necesariamente a iniciar un nuevo proceso de enmienda.

La resolución también incorpora un criterio de mayor previsibilidad para los operadores. Una vez presentada la documentación exigida para afectar nuevas aeronaves, la ANAC deberá comunicar su aceptación en un plazo de cinco días hábiles; si transcurre ese período sin respuesta, las aeronaves se tendrán por afectadas a la operación, según las condiciones establecidas por la norma.

El impacto potencial trasciende a las compañías aéreas. Para los pasajeros, una mayor facilidad de ingreso de operadores extranjeros puede significar más alternativas de vuelos, mayor competencia y mejores posibilidades de conexión con destinos internacionales. Para las empresas vinculadas al turismo, la logística y el comercio exterior, una oferta aerocomercial más amplia puede reducir restricciones de conectividad y mejorar las condiciones para operar con mercados externos.

La apuesta regulatoria, por lo tanto, consiste en combinar apertura y control: facilitar el acceso de nuevos explotadores cuando exista evidencia internacional suficiente sobre la calidad de la supervisión de su país de origen y mantener una capacidad efectiva de fiscalización sobre las operaciones que se desarrollen en territorio argentino. El desafío será que la simplificación administrativa se traduzca efectivamente en nuevas rutas y mayor competencia, sin generar zonas grises en materia de seguridad operacional.

La medida entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y alcanza también a los expedientes de reconocimiento de certificados extranjeros que ya se encontraban en trámite, que continuarán bajo la nueva normativa.

Anexo 1 Resolución 543/2026 ANAC by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

Rigen nuevas reglas para la meteorología aeronáutica en Argentina: qué cambia y por qué impacta en la seguridad de los vuelos

Compartí esta noticia !

Desde este 1° de agosto, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) puso en vigencia un nuevo marco operativo para el Servicio de Meteorología Aeronáutica, una actualización técnica que busca alinear a la Argentina con los estándares internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y fortalecer la seguridad operacional en todos los vuelos que despegan, aterrizan o sobrevuelan el espacio aéreo nacional.

La medida, oficializada mediante la Resolución 533/2026, aprueba el documento Procedimientos Generales de Meteorología (PROGEN-MET), que pasa a complementar la nueva Parte 203 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), también vigente desde este viernes. El objetivo es unificar criterios, modernizar la elaboración de información meteorológica y brindar datos más precisos para la toma de decisiones de pilotos, controladores aéreos y operadores aeroportuarios.

Aunque se trata de una norma de carácter técnico y dirigida principalmente a quienes prestan servicios de navegación aérea, su impacto trasciende al sector aeronáutico. La calidad y precisión de la información meteorológica es uno de los pilares de la seguridad aérea, especialmente en un contexto de fenómenos climáticos cada vez más extremos y variables.

El nuevo procedimiento incorpora los lineamientos contenidos en el documento PANS-MET (DOC 10157) de la OACI, recientemente adoptado a nivel internacional, estableciendo criterios homogéneos para la observación, elaboración y difusión de información meteorológica destinada a la navegación aérea.

Entre las novedades se encuentran nuevos procedimientos para la emisión de reportes meteorológicos utilizados en la aviación, la estandarización de la codificación internacional de fenómenos climáticos y criterios más precisos para informar eventos que pueden afectar las operaciones aéreas, como tormentas, niebla, granizo, cenizas volcánicas, lluvias intensas o formación de hielo. También se actualizan los protocolos para los informes METAR y SPECI, fundamentales para la planificación y el desarrollo seguro de los vuelos.

El documento técnico detalla cómo deberán notificarse los distintos fenómenos meteorológicos, utilizando abreviaturas y parámetros uniformes a nivel mundial. Por ejemplo, establece criterios específicos para reportar lluvias, lloviznas, nieve, granizo, neblina, humo, tormentas eléctricas, chubascos, remolinos de arena, cenizas volcánicas y distintos niveles de intensidad de cada fenómeno.

La resolución también define responsabilidades para la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), que actúa como proveedor de los servicios de navegación aérea, y para la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la ANAC, encargada de fiscalizar el cumplimiento de estos procedimientos en todo el territorio nacional.

Desde el punto de vista operativo, la medida no modifica derechos ni obligaciones para pasajeros o aerolíneas comerciales, sino que reorganiza la manera en que se produce y distribuye la información meteorológica utilizada durante todas las etapas de un vuelo. Sin embargo, especialistas coinciden en que contar con información climática más estandarizada y precisa contribuye a reducir riesgos, mejorar la planificación de rutas, optimizar los tiempos operativos y disminuir cancelaciones o demoras provocadas por condiciones meteorológicas mal interpretadas.

En un escenario donde el transporte aéreo depende cada vez más de herramientas predictivas y de información en tiempo real, la actualización normativa representa un paso hacia una mayor integración de Argentina con los sistemas internacionales de navegación aérea.

La resolución entró en vigencia este 1° de agosto de 2026, marcando el inicio de una nueva etapa en la gestión meteorológica de la aviación argentina, con foco en la seguridad, la interoperabilidad y la modernización tecnológica.

Compartí esta noticia !

El Gobierno lanzó el nuevo DNI y modificó el pasaporte para alinearlos con estándares internacionales

Compartí esta noticia !

El Gobierno nacional oficializó la implementación de un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) y una serie de modificaciones en el pasaporte argentino, con cambios en el formato, los materiales y los sistemas de seguridad. Las medidas fueron formalizadas mediante las disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas este jueves en el Boletín Oficial, y entrarán en vigencia el 1° de febrero de 2026. Según aclararon desde el Registro Nacional de las Personas, los documentos actuales seguirán siendo válidos hasta su vencimiento.

La actualización apunta a adecuar los documentos de identidad y viaje a los estándares internacionales de seguridad y tecnología, en línea con la normativa de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), particularmente la norma 9303/2015/2021, que regula los documentos de lectura mecánica y promueve la incorporación de nuevas tecnologías.

Un DNI electrónico con chip y mayor seguridad de datos

El nuevo DNI será una tarjeta de policarbonato multicapa, con grabados láser, impresión por chorro de tinta y un chip sin contacto, un conjunto de características técnicas destinadas a mejorar la durabilidad del documento y reforzar la protección de los datos personales.

Para los ciudadanos argentinos mayores de 14 años, el documento incluirá el escudo nacional, la inscripción “República Argentina – Mercosur. Registro Nacional de las Personas. Ministerio del Interior”, la leyenda “Documento Nacional de Identidad” y una fotografía a color de frente. También contendrá nombre y apellido, sexo, número de DNI, fecha de emisión y vencimiento, nacionalidad, ejemplar, fecha de nacimiento, número de serie grabado por láser, código CAN, imagen fantasma y firma del titular. En los casos en que la persona no sepa o no pueda firmar, ese campo permanecerá en blanco.

La normativa ratifica, además, que los excombatientes de Malvinas mantendrán la leyenda que los identifica como “Héroe” o “Heroína de la Guerra de las Islas Malvinas”. En el caso de los DNI para personas extranjeras, el formato y los elementos serán los mismos que los previstos para ciudadanos argentinos.

Para los menores de 14 años, el DNI conservará las mismas características técnicas. En los niños menores de 5 años, la firma corresponderá al padre, madre, tutor o representante legal, mientras que a partir de los 5 años se registrará la firma del propio menor. Asimismo, se prevé la emisión de un DNI “0 Año” provisorio para recién nacidos que no puedan ser trasladados por razones de salud certificadas, válido únicamente dentro del territorio nacional y con datos biográficos y filiatorios.

En el dorso del DNI se incorporarán el domicilio, lugar de nacimiento, CUIL, número de trámite, código QR, zona de lectura mecánica e imagen fantasma. Para ciudadanos extranjeros, se añadirá país de nacimiento, juzgado y fecha de naturalización.

Nuevo pasaporte: más páginas y hoja de policarbonato

En paralelo, el Gobierno dispuso un nuevo diseño del pasaporte argentino, que pasará a contar con 34 páginas y una hoja de policarbonato personalizada con grabado láser, en línea con los estándares internacionales de seguridad y resistencia física.

Desde el organismo señalaron que la modificación busca reforzar la protección de los datos personales y elevar la confiabilidad del documento, tanto para ciudadanos argentinos como para extranjeros que lo utilicen como documento de viaje. El rediseño responde al mismo criterio normativo que el DNI electrónico, en el marco de la adecuación a las exigencias de la OACI.

Vigencia, transición y validez de los documentos actuales

La Dirección Nacional del Registro de las Personas aclaró que los pasaportes y DNI emitidos antes de la entrada en vigencia de las disposiciones seguirán siendo plenamente válidos hasta su fecha de vencimiento, salvo que una futura norma establezca lo contrario.

Durante el período de transición, se continuará utilizando el stock de insumos disponibles, por lo que los pasaportes confeccionados con materiales actuales mantendrán su validez. La decisión apunta a optimizar recursos públicos y evitar el desperdicio de insumos del Estado, sin afectar la validez jurídica ni operativa de los documentos en circulación.

Con estas medidas, el Gobierno avanza en una actualización integral del sistema de identificación y documentación de viaje, con impacto directo en la seguridad documental, la interoperabilidad internacional y los procedimientos administrativos, sin modificar la vigencia de los documentos actualmente en uso.

Compartí esta noticia !

ANAC moderniza la normativa de seguridad operacional y deroga seis resoluciones vigentes

Compartí esta noticia !

ANAC actualiza el marco regulatorio de seguridad operacional aeroportuaria y deroga seis resoluciones vigentes.

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) consolidó un nuevo esquema normativo para los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) en aeródromos. La medida moderniza y unifica criterios que regían desde 2012, en línea con los estándares internacionales de la OACI.

Unificación normativa y fin de un esquema fragmentado

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) oficializó la Resolución 723/2025, publicada este 16 de octubre en el Boletín Oficial. Mediante la cual deroga seis normas previas que regulaban la seguridad operacional aeroportuaria. Así redefine el marco de acción de los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) en todo el territorio nacional.

El organismo, que depende del Ministerio de Economía, dispuso la derogación de las resoluciones ANAC N° 605/2012, 252/2014, 443/2014, 437/2016, 570/2012 (art. 6°) y de la Disposición DGIYSA N° 541/2023, todas vinculadas a la implementación, control y análisis de riesgo de seguridad operacional en aeródromos.

La medida, firmada por el administrador nacional Oscar Alfredo Villabona, tiene como objetivo modernizar y unificar los procedimientos bajo un esquema compatible con los lineamientos del Anexo 19 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y el Documento 9859 —Manual de Gestión de la Seguridad Operacional—.

“Por la dinámica propia de las operaciones aeroportuarias no resulta viable mantener plazos rígidos para la presentación de los análisis de riesgo”, argumenta la resolución. Justificando la necesidad de adaptar la normativa a las condiciones operativas actuales.

En este contexto, la ANAC redefine la estructura de los Comités de Seguridad Operacional (CSO) y los mecanismos de análisis de riesgo. Reemplazando las reglas dispersas y de difícil cumplimiento que regían desde hace más de una década.

Modernización del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS)

El Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) es el conjunto de políticas, procedimientos y estructuras internas que cada aeropuerto o proveedor de servicios aeronáuticos debe implementar para identificar, evaluar y mitigar riesgos vinculados a la seguridad operacional.

Hasta ahora, cada resolución regulaba aspectos específicos —como la presentación de análisis de riesgo con plazos fijos o la designación de jefes de aeródromo como responsables de los SMS—, lo que generaba superposición normativa y falta de coherencia operativa.

Con la Resolución 723/2025, la ANAC establece un nuevo marco coordinado bajo la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios y la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea, garantizando una gestión más ágil, preventiva y basada en evidencia técnica.

El texto subraya que la gestión del riesgo operacional “constituye una actividad destinada a la identificación y el control inicial de deficiencias y peligros dentro del contexto operativo”, y que debe integrarse como parte esencial del SMS de cada proveedor de servicios.

Asimismo, se refuerza el principio de responsabilidad ejecutiva de los jefes de aeródromo, designados originalmente en la Resolución 437/2016. Quienes seguirán siendo los responsables institucionales del funcionamiento del sistema en sus respectivas jurisdicciones.

Repercusiones e impacto institucional

La actualización marca un avance significativo en la política de seguridad aérea argentina, al alinear el marco regulatorio con las exigencias internacionales de la OACI. Y busca fortalecer la capacidad del Estado nacional para fiscalizar operaciones complejas en aeropuertos y aeródromos.

La medida fue elaborada con la participación técnica de las Direcciones Regionales Centro, Noroeste, Noreste y Sur, así como de las áreas de Planificación, Control de Gestión y Asuntos Jurídicos de la ANAC, lo que refleja una visión federal de la seguridad operacional.

El nuevo esquema también permitirá reducir tiempos administrativos en la aprobación de cambios operativos, obras o intervenciones en aeródromos, sin perder control sobre la evaluación de riesgos asociados.

En términos prácticos, la resolución unifica procedimientos y mejora la trazabilidad normativa, ofreciendo mayor previsibilidad a los operadores aeroportuarios, aerolíneas, concesionarios y organismos de control.

Con esta reforma, la ANAC fortalece su rol como autoridad nacional en materia de seguridad operacional, cerrando un ciclo normativo iniciado en 2012. Y reemplazándolo por un marco más moderno, coherente y adaptado a las exigencias del tráfico aéreo actual.

Compartí esta noticia !

El Aeropuerto de Posadas obtiene la certificación de ANAC y se consolida como terminal internacional

Compartí esta noticia !

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) oficializó, mediante la Resolución 594/2025, la certificación del Aeropuerto Internacional de Posadas “Libertador General José de San Martín”, convirtiéndolo en uno de los pocos aeródromos argentinos con acreditación formal conforme a las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), Parte 139. La medida, publicada en el Boletín Oficial el 1 de septiembre de 2025, tiene un fuerte impacto en términos de seguridad operacional, conectividad y desarrollo regional.

La certificación del aeropuerto posadeño se enmarca en los compromisos internacionales asumidos por la Argentina bajo el Convenio de Chicago (Ley 15.110), que obliga a los Estados a garantizar que sus aeródromos cumplan con los estándares de seguridad de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

El proceso comenzó en 2024, cuando la concesionaria Aeropuertos Argentina presentó la pre-solicitud formal ante ANAC, iniciando la Fase 1 prevista en la Sección 139.110 de la RAAC. Tras superar instancias técnicas y de verificación —incluyendo la aprobación de manuales, auditorías de infraestructura, equipos y servicios— el aeropuerto avanzó a las fases 2, 3 y 4, donde debió presentar un plan de medidas correctivas aceptado por la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios.

Finalmente, el 28 de agosto de 2025, ANAC otorgó el Certificado de Aeródromo N° 009, consolidando un proceso de más de un año que involucró auditorías, informes técnicos y la revisión de los protocolos de seguridad, emergencias y operación aeroportuaria.

Los alcances de la certificación

De acuerdo con el artículo 2 de la resolución, el certificado tendrá validez en tanto se mantengan las condiciones y procedimientos detallados en el Manual de Aeródromo, documento que regula todos los aspectos operativos del aeropuerto, desde el control de fauna hasta la gestión de emergencias.

La ANAC, a través de la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios, será la encargada de fiscalizar el cumplimiento de estas normas, garantizando que el aeropuerto continúe alineado con los estándares internacionales.

El aeropuerto de Posadas se suma así a la lista de aeródromos argentinos con certificación plena, condición indispensable para potenciar su perfil como terminal internacional y atraer nuevas aerolíneas y rutas comerciales, especialmente en un contexto en el que Misiones busca posicionarse como hub turístico y logístico del NEA.

Impacto regional y proyección

El otorgamiento de este certificado no solo fortalece la seguridad operacional, sino que también proyecta beneficios económicos y sociales para la región:

  • Mayor competitividad turística: Posadas podrá negociar con aerolíneas internacionales para establecer vuelos directos, aprovechando su cercanía con destinos como Iguazú y Encarnación (Paraguay).
  • Impulso logístico y comercial: el aeropuerto certificado puede captar mayor tráfico de carga aérea, facilitando exportaciones regionales, especialmente de productos agroindustriales.
  • Conexión estratégica: se consolida el rol del aeropuerto como nodo clave dentro de la infraestructura del Mercosur.

En un plano político e institucional, la medida representa un respaldo a la política de modernización aeroportuaria que ANAC impulsa desde 2019, reforzando la alineación con los estándares de la OACI.

El desafío ahora será mantener la certificación, lo que implica auditorías periódicas, actualizaciones de infraestructura y cumplimiento constante de los protocolos establecidos en el Manual de Aeródromo. Asimismo, abre la puerta a futuras inversiones público-privadas que podrían ampliar la capacidad operativa y de servicios del aeropuerto.

En un contexto de creciente demanda aérea en el interior del país, la certificación de Posadas podría convertirse en un caso testigo para acelerar procesos similares en otras terminales regionales.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin